Qué se movió cada día en la Legislatura. Toca un día para ver qué le pasó a cada medida. Los filtros te dejan seguir un solo tipo de trámite, como el Calendario de Órdenes Especiales, que es la antesala de una votación.
En trámite
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28+28 más
29+12 más
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Para añadir un nuevo subinciso 69 al inciso (b) del Artículo 2.04 de la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, a los fines de disponer para que el Secretario del Departamento de Educación establezca en el currículo del nivel superior, un curso compulsorio de educación vial de un semestre como requisito de graduación de dicho nivel; derogar la Ley 209 de 25 de agosto de 2000, según enmendada, conocida como “Ley para Establecer en el Currículo de las Escuelas Superiores Públicas un Curso Compulsorio de Seguridad en el Tránsito”; y para otros fines relacionados.
Para enmendar la Ley Núm. 25 de 23 de abril de 1927, mejor conocida como “Ley de Picas”, a los fines de eliminar la limitación de que las picas se realicen sólo en fiestas patronales y culturales para estimular la economía de los municipios; eliminar la restricción de quince (15) días por año natural como período máximo de utilización de picas en estas fiestas; autorizar a las Legislaturas Municipales a regular el término y lugar en actividades autorizadas por los gobiernos municipales; y para otros fines relacionados.
Para añadir un inciso (g) al Artículo 3 de la Ley 454-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Flexibilidad Administrativa y Reglamentaria para el Pequeño Negocio”, a los fines de disponer que los reglamentos de suministro de servicios esenciales que contengan una fianza de pago o depósito permitirán el pago prorrateado del monto requerido; disponiéndose, sin embargo, que la entidad gubernamental correspondiente podrá imponer un cargo equivalente al cinco (5%) por ciento del total requerido de fianza, cuando se otorgue el pago diferido de la misma.
Para enmendar el Artículo 3, inciso (a) de la Ley Núm. 454-2000, según enmendada, conocida como la "Ley de Flexibilidad Administrativa y Reglamentaria para el Pequeño Negocio", a los fines de disponer que una primera infracción a un pequeño negocio conllevará exclusivamente un aviso de multa y se le concederá un término para corregir la falta, antes de la imposición de cualquier penalidad económica y la facultad de modificar penalidades económicas; y para otros fines relacionados.
Para adoptar la “Ley para Prohibir Ruidos Innecesarios y Proteger la Tranquilidad Pública” y derogar la Ley Núm. 71 de 26 de abril de 1940, según enmendada, conocida como “Ley para Suprimir los Ruidos Innecesarios”; derogar la Ley Núm. 155 de 15 de mayo de 1937, según emendada, conocida como la “Ley para Disponer sobre los Amplificadores o Altoparlantes cuando Afecten la Tranquilidad Pública”, y derogar la Ley Núm. 211 de 23 de julio de 1974, conocida como “Ley para Prohibir el Uso de Altoparlantes o Amplificadores en la Proximidad de las Escuelas Públicas o Privadas en Puerto Rico“; establecer parámetros, excepciones y penalidades; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Código de Seguros de Puerto Rico, Ley Núm. 77 de 19 de junio de 1957, según enmendada, a fin de establecer guías voluntarias para la oferta de seguros paramétricos contra desastres naturales; promover pagos automáticos basados en factores predefinidos para mitigar impactos económicos sin costos adicionales al erario ni obligaciones mandatorias a las aseguradoras o consumidores; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los Artículos 4, 11 y 11-A de la Ley Núm. 9 de 25 de abril de 2013, según enmendada, conocida como “Ley de la Asociación de Empleados del Gobierno de Puerto Rico de 2013”, a los fines de disponer que la membresía en la Asociación de Empleados del Gobierno de Puerto Rico (AEELA) y la aportación al Fondo de Ahorro y Préstamos serán voluntarias; requerir autorización previa, expresa y verificable para cualquier descuento de nómina o pensión relacionado con dicha Asociación; y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley de Regulación de la Pirotecnia para el Orden, Tranquilidad, Entorno, Garantía y Empatía en Puerto Rico o Ley PROTEGE”, a los fines de prohibir la tenencia, uso, fabricación, importación, venta, ofrecimiento, entrega o distribución de todo artificio o producto de pirotecnia; establecer penalidades y responsabilidad civil; disponer sobre la incautación y decomiso; disponer sobre el destino de los fondos recaudados en concepto de multas; ordenar el establecimiento de campañas de concientización; autorizar para la reglamentación a los fines de la implementación de esta ley; derogar la Ley Núm. 83 de 25 de junio de 1963, según enmendada, conocida como “Ley de Pirotecnia de Puerto Rico ”; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 41.050 de la Ley Núm. 77 de 19 de junio de 1957, según enmendada, conocida como “Código de Seguros de Puerto Rico”, a los fines de extender los límites de responsabilidad civil por impericia médico-hospitalaria a los que está sujeto el Gobierno de Puerto Rico, al Doctors’ Center Hospital San Fernando de la Carolina y a cualquier otro hospital cuyo dueño sea un municipio o el Gobierno de Puerto Rico, sus dependencias o instrumentalidades, independientemente de que dichos hospitales sean operados o administrados por una institución privada; y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley de Patrón de Personal de Enfermería en las instituciones médico-hospitalarias de Puerto Rico”, a los fines de resguardar unas condiciones de trabajo funcionales y óptimas que viabilicen la labor del personal de la enfermería en beneficio y atención de los pacientes en Puerto Rico; instituir el patrón de personal correspondiente a cada unidad; establecer penalidades; delinear las obligaciones y responsabilidades del Departamento de Salud y para otros fines relacionados.
Para enmendar los incisos (a), (ww) y (ccc) del Artículo 1.03; el inciso (b) del Artículo 5.02; y el inciso (a) del Artículo 6.06 de la Ley 247-2004, según enmendada, conocida como “Ley de Farmacia de Puerto Rico”, para incluir la figura del “Nurse Practitioner”, como prescribiente autorizado para expedir recetas; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 3 de la Ley 5-2022, según enmendada, conocida como “Ley para el Fortalecimiento y Desarrollo del Deporte Puertorriqueño”, a los fines de aumentar la asignación de fondos al Fondo Permanente para la Administración de los Bienes Destinados al Deporte y al Olimpismo de la obligación de pago de tarifa comercial por extracción de agua; y para otros fines relacionados.
Para derogar la Ley 212-2014, conocida como "Ley de Desarrollo y Preservación del Tren de Arroyo", a fin de eliminar del ordenamiento jurídico un organismo interagencial inoperante desde 2015, evitar duplicidad administrativa y modernizar el andamiaje gubernamental de Puerto Rico.
Para crear la "Ley de Reflexión y Meditación en las agencias, dependencias, instrumentalidades y corporaciones públicas del Gobierno de Puerto Rico; establecer la política pública; disposiciones administrativas; y para otros fines relacionados.
Para enmendar la Sección 2032.01 del Capítulo 2 de la Ley Núm. 60-2019, conocida como el "Código de Incentivos de Puerto Rico", según enmendada, a los fines de añadir un nuevo inciso (f) que cree el Programa de Clusters Médicos como actividad elegible para incentivos; establecer exenciones de hasta el 100% en arbitrios de construcción para proyectos de clusters médicos que incluyan al menos tres consultorios especializados; condicionar dichas exenciones al intercambio estatutario de contratar al menos el 70% de mano de obra local por un término definido de cinco años; requerir fiscalización estricta por el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC); promover la descentralización de servicios médicos especializados alrededor de la isla; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 11 de la Ley Núm. 75 de 24 de junio de 1975, según enmendada, conocida como "Ley Orgánica de la Junta de Planificación de Puerto Rico", a los fines de incorporar nuevas funciones relacionadas con la integración de consideraciones de cambio climático y sostenibilidad ambiental en los procesos de planificación, la promoción del uso de tecnologías digitales para mayor transparencia y participación ciudadana en los trámites de zonificación y desarrollo, y el fortalecimiento de la coordinación con los municipios en la elaboración y revisión de planes locales de usos de terrenos; garantizar la alineación con políticas públicas de resiliencia, gobierno electrónico y autonomía municipal; y para otros fines relacionados.
“Para enmendar el Artículo 16 de la Ley Núm. 139-2008, según enmendada, mejor conocida como “Ley de la Junta de Licenciamiento y Disciplina Médica”, a los fines de disponer que la Junta publique de forma gratuita, el manual contentivo de toda información relativa al examen de reválida, incluyendo una Tabla de Especificaciones detallada sobre las materias y los temas que podrán ser incluidos o no serán objeto de examen, en formato digital y accesible en su página oficial de internet a toda persona que solicite ser admitida a tomar el examen.”
Para ordenar a la Comisión de Recursos Naturales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación sobre todo asunto relacionado con la preservación, la utilización y el riego de los terrenos, el control de las inundaciones, la preservación y el uso de las reservas de agua, de los manglares, reservas forestales, la pesquería, la vida silvestre, los yacimientos mineros y su uso responsable y la conservación de las especies animales y vegetales de mayor importancia o en peligro de extinción; lo relacionado a la contaminación ambiental, disposición de desperdicios sólidos, incluyendo el reciclaje y vertederos; los estudios e investigaciones que permitan la formulación de política pública sobre la calidad ambiental, incluyendo el saneamiento de los terrenos, del agua y del aire para asegurar la máxima calidad de vida, el control de las emisiones al aire, las descargas en el agua y sobre los terrenos, el manejo de los desperdicios, y el control y la degradación de los desperdicios tóxicos para que no sean dañinos a la vida animal y vegetal, entre otros; el estudio concerniente a las determinaciones específicas sobre mejoras permanentes y permisos de construcción y de uso de terrenos que ameriten estudios de impacto ambiental, en consideración a los reglamentos, mapas o planos existentes, conservación, fomento y aprovechamiento de recursos forestales, pesquería y vida silvestre, yacimientos mineros y arqueológicos y la calidad del medioambiente en general; el cambio climático y sus efectos, especialmente en las costas, infraestructura, ecosistemas, desarrollo y seguridad pública; y sobre cualquier asunto que le delegue la Cámara de Representantes de Puerto Rico o el Presidente o la Presidenta de ésta.
Para ordenar a la Comisión de Recursos Naturales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre el cumplimiento y la efectividad de la Resolución Conjunta 195 del 1ro de agosto del 2012, que dispuso la creación del “Consorcio para la Protección de Bahía Puerto Mosquito de Vieques”; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de la Región Central de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la crisis de la distribución de agua potable en el Municipio de Corozal con el fin de identificar alternativas viables a corto, mediano y largo plazo, para brindar una solución final y permanente a este problema.
Para ordenar a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación sobre los pasos necesarios para crear el marco institucional y el andamiaje gubernamental mediante los cuales se facilite y se promueva proactivamente la instalación de paneles solares para la generación de energía fotovoltaica en estacionamientos públicos y privados, techos comerciales e industriales y otras áreas construidas o impactadas en todo Puerto Rico.
Para ordenar a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre los requisitos que se exigen a los ciudadanos al momento de renovar su licencia de conducir, si están o no en cumplimiento con los procedimientos establecidos en el Departamento de Transportación y Obras Públicas; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de la Región Este de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar un estudio exhaustivo periódico en torno a la situación actual y el desarrollo socioeconómico urbano y rural de los municipios que componen esta región; investigar todo asunto relacionado con los programas gubernamentales, a nivel municipal y estatal, recomendar legislación necesaria y pertinente para alcanzar soluciones, lograr el desarrollo integrado y armonioso de la región en conjunto con los servicios que prestan los gobiernos municipales, incluyendo pero sin limitarse al desarrollo ambiental, los recursos naturales, estudiar como los efectos de distintos fenómenos atmosféricos y las inclemencias del tiempo, como, por ejemplo: los huracanes, las marejadas, la erosión costera, las tormentas, han afectado esta región de la isla, el desempleo, las necesidades de vivienda, la recreación, la educación, la transportación, el desarrollo de infraestructura, los programas de salud y las necesidades particulares, la seguridad pública, los servicios necesarios las personas con discapacidades y otros de naturaleza similar; fiscalizar el uso y manejo de los fondos públicos, estatales y federales, asignados a los municipios, agencias y corporaciones públicas que componen la Región Este de Puerto Rico; identificar los recursos y las alternativas a corto y largo plazo para la mejorar la infraestructura, desarrollar el turismo, crear nuevos programas de bienestar social, apoyar las iniciativas comunitarias; entre otros; y para otros fines relacionados.
“Para ordenar al Departamento de la Familia de Puerto Rico, específicamente a la Administración de Familias y Niños (ADFAN), rendir un informe detallado sobre el número de jóvenes removidos participando en programas de vida independiente, los servicios ofrecidos, los mecanismos de medición planes de transición, su efectividad, desglose por edades y géneros, y la duración de los subsidios proporcionados; y para otros fines relacionados.”
Para ordenar al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio fomentar el crecimiento de la industria de espectáculos con drones o “drone ligth shows” en Puerto Rico, como industria innovadora, alternativa tecnológica y sostenible a la pirotecnia tradicional; ordenar una campaña de promoción sobre los incentivos económicos disponibles para dicha industria; promover la transición hacia eventos visuales de alta tecnología que garanticen la inclusión y el respeto a poblaciones sensibles; y para otros fines relacionados.
Para reasignar al Municipio de Aguas Buenas, la cantidad de cien mil (100,000) dólares, provenientes del Inciso e, Apartado 3 de la Resolución Conjunta Núm. 59-2014; para ser utilizados según se desglosa en la Sección 1 de esta Resolución Conjunta; para autorizar el pareo de los fondos reasignados; y para otros fines.
Para designar con el nombre de “Avenida Pedro Rafael Pierluisi Urrutia”, la totalidad de la Carretera Estatal PR-37 que discurre entre los municipios de San Juan y Carolina, en un merecido reconocimiento a este destacado servidor público que sirvió como secretario de los departamentos de Estado; y Justicia, Comisionado Residente y Gobernador de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.