Para enmendar el Artículo 1327 de la Ley 55-2020, según enmendada, conocida como "Código Civil de Puerto Rico"; para aclarar que en el contrato de préstamo no se deben intereses si no se pactan expresamente.
Qué propone
La medida el Artículo 1327 del Código Civil de Puerto Rico (Ley 55-2020) para cambiar la presunción legal sobre los contratos de préstamo. Anteriormente, el Artículo 1327 establecía que el préstamo, salvo pacto distinto, era oneroso (generaba intereses). La enmienda sustituye 'oneroso' por 'gratuito', de modo que ahora el préstamo se presume gratuito, y solo se deberán intereses si las partes lo pactan expresamente. Esto afecta a cualquier persona que celebre un contrato de préstamo bajo la ley civil de Puerto Rico.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida, Ley 131-2026, fue el 27 de febrero de 2025 y por el Senado el 22 de junio de 2026. Fue firmada por la Gobernadora el 15 de julio de 2026 y entró en vigor inmediatamente.
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Última acción · 15 de julio de 2026
Ley 131-2026
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A favor (46)
A favor (26)
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