Qué propone
La medida añade incisos al Artículo 24 de la Ley de la Policía de Puerto Rico (Ley 83-2025) para expandir las funciones de la Junta de Evaluación Médica. Crea un servicio de psicología clínica 'in-house' en cada una de las trece (13) comandancias regionales, asignando un mínimo de trece (13) psicólogos clínicos licenciados. Estos profesionales atenderán crisis emocionales, estrés laboral y trastornos por exposición traumática de los agentes policiales, quienes podrán acceder a estos servicios de forma voluntaria y confidencial.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida (PC 1147) fue el 18 de febrero de 2026 y el 14 de mayo de 2026. Posteriormente, fue enviada al Senado, donde fue referida a comisión para su consideración.
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Última acción · 11 de junio de 2026
Remitido a la Comisión de Reglas y Calendario del Senado
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A favor (49)
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Para enmendar los Artículos 2, 3 y 5, derogar los Artículos 6 y 7, renumerar los Artículos 8, 9 y 10 como Artículos 6, 7 y 8, respectivamente, enmendar el Artículo 11 y renumerarlo como Artículo 9, enmendar el Artículo 12 y renumerarlo como Artículo 10, enmendar el Artículo 13 y renumerarlo como Artículo 11, y renumerar los Artículos 14 al 24 como Artículos 12 al 22, respectivamente, de la Ley Núm. 96 del 4 de junio de 1983, según enmendada, conocida como “Ley para Reglamentar el Ejercicio de la Profesión de la Psicología en Puerto Rico”, a los fines de actualizar la definición del término “práctica de la psicología”, establecer el grado doctoral para todas las áreas de la psicología como requisito para solicitar la licencia de Psicólogo, modificar la composición de la Junta Examinadora de Psicólogos, facultar la otorgación de una credencial de Proveedor de Servicios de Salud en Psicología y para otros fines relacionados.
La medida, Proyecto de la Cámara 77, enmienda la Ley para Reglamentar el Ejercicio de la Profesión de la Psicología en Puerto Rico (Ley 96 de 1983). Propone actualizar la definición de 'práctica de la psicología', establecer el grado doctoral como requisito universal para la licencia de psicólogo, modificar la composición de la Junta Examinadora de Psicólogos y crear una nueva credencial de 'Proveedor de Servicios de Salud en Psicología' (PSSP). Afecta directamente a aspirantes a la licencia, profesionales de la psicología y a la estructura de la Junta Examinadora.
Para enmendar el inciso (2) del Artículo 9 de la Ley Núm. 83-2025, conocida como “Ley de la Policía de Puerto Rico”, a los fines de establecer preferencia y adscripción obligatoria por domicilio en la asignación inicial de reclutas egresados de la Academia de la Policía, permitiendo al Superintendente ordenar, mediante convocatorias regionales, que reclutas domiciliados en una región tengan preferencia y adscripción compulsoria a la comandancia correspondiente, con excepciones por necesidad operativa justificada; y para otros fines relacionados.
La medida propone enmendar la Ley Núm. 83-2025, conocida como la Ley de la Policía de Puerto Rico, para establecer una preferencia y adscripción obligatoria por domicilio en la asignación inicial de nuevos reclutas de la Academia de la Policía. Esto significa que los agentes recién graduados serían asignados preferentemente a comandancias dentro de su región de residencia. El Superintendente de la Policía podría ordenar convocatorias regionales para facilitar esta adscripción, permitiendo excepciones solo si hay una necesidad operativa debidamente justificada.
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