Qué propone
La medida propone prohibir el uso de dispositivos electrónicos portátiles personales con acceso a internet y telefonía digital por parte de estudiantes en todas las instituciones educativas públicas de Puerto Rico, desde nivel elemental hasta superior, durante el horario escolar, incluyendo recesos y actividades organizadas. Establece excepciones para uso educativo supervisado, emergencias justificadas y acomodos razonables por discapacidad o salud. Asigna al Departamento de Educación la responsabilidad de reglamentar el cumplimiento, incluyendo protocolos de manejo, custodia, almacenamiento y devolución de dispositivos, así como procedimientos ante incumplimiento.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida fue aprobada con por la Cámara de Representantes el 15 de mayo de 2025 y posteriormente por el Senado el 24 de junio de 2025. Fue el 11 de julio de 2025 y mediante el 11 de agosto de 2025.
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Última acción · 11 de agosto de 2025
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Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para prohibir el uso de dispositivos electrónicos personales por parte de los estudiantes en las instituciones educativas públicas de Puerto Rico en todos los niveles educativos; establecer las excepciones a dicha prohibición; y para otros fines relacionados
La medida, de haber sido aprobada, prohibiría el uso de dispositivos electrónicos personales (teléfonos inteligentes, tabletas, relojes digitales, etc.) por parte de estudiantes en instituciones educativas públicas de Puerto Rico en todos los niveles, incluyendo recesos y actividades organizadas. Se permitirían excepciones para uso educativo supervisado, emergencias justificadas o acomodos razonables por salud/discapacidad. El Departamento de Educación tendría la responsabilidad de crear reglamentación para su cumplimiento, incluyendo protocolos de custodia, manejo de incumplimientos y orientación a la comunidad escolar.
Para prohibir el uso de dispositivos electrónicos personales por parte de los estudiantes en las instituciones educativas públicas de Puerto Rico hasta octavo grado; establecer las excepciones a dicha prohibición; y para oh·os fines relacionados
La Ley 185-2025 prohíbe el uso de dispositivos electrónicos portátiles personales con acceso a internet por parte de estudiantes en instituciones educativas públicas de Puerto Rico hasta octavo grado, durante el horario escolar, recesos y actividades organizadas. Establece excepciones para uso educativo supervisado, emergencias justificadas y acomodos razonables por salud o discapacidad. El Departamento de Educación (DE) es responsable de reglamentar el cumplimiento, incluyendo protocolos de manejo, custodia, devolución de dispositivos, y procedimientos ante incumplimiento.
“Para prohibir el uso de celulares, relojes inteligentes, tabletas y otros dispositivos de similar naturaleza en las escuelas públicas de Puerto Rico; facultar al Departamento de Educación a establecer reglamentación; y otros asuntos relacionados.”
La medida proponía prohibir el uso de celulares, relojes inteligentes, tabletas y dispositivos similares en las escuelas públicas de Puerto Rico. Permitía excepciones para usos pedagógicos autorizados por maestros o para atender condiciones médicas certificadas. Facultaba al Departamento de Educación a crear reglamentación y ordenaba a la Junta de Instituciones Postsecundarias evaluar la implementación en instituciones de educación básica.
Para disponer que el Departamento de Educación del Gobierno de Puerto Rico establezca un protocolo de clasificación de niveles de seguridad escolar en los planteles con garantías mínimas para reducir riesgos y vulnerabilidades.
Esta Ley ordena al Departamento de Educación (DE) a crear e implementar un protocolo para clasificar los niveles de seguridad en todas las escuelas públicas y privadas certificadas, estableciendo criterios de evaluación y medidas de respuesta. El DE tiene 270 días para desarrollar e implementar dicho protocolo, que deberá considerar factores criminales, estructurales y ambientales, e incluir la recopilación de informes de incidentes por parte de los directores escolares. La medida busca garantizar entornos de aprendizaje más seguros y resilientes.
Para crear la “Ley Protege Tu Mundo Digital”, a los fines de establecer un programa educativo preventivo mediante módulos trimestrales sobre el uso seguro y responsable de las redes sociales y entornos digitales para estudiantes; disponer su integración al currículo existente del Departamento de Educación de Puerto Rico; ordenar la colaboración interagencial entre el Departamento de Educación y el Departamento de la Familia para el desarrollo de dichos módulos; y para otros fines relacionados.
La medida crea la "Ley Protege Tu Mundo Digital" (PROTEGE), estableciendo un programa educativo preventivo con módulos trimestrales sobre el uso seguro y responsable de redes sociales y entornos digitales. Estos módulos se integrarán al currículo del Departamento de Educación para estudiantes desde quinto grado en adelante, requiriendo la colaboración del Departamento de la Familia en su desarrollo. El objetivo es capacitar a los estudiantes para identificar riesgos, proteger su información y buscar ayuda.
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