Qué propone
Designa la carretera PR-685 en Manatí como la Ruta Gastronómica y Panorámica “Sabor de las Atenas”. Faculta a la Compañía de Turismo de Puerto Rico (CTPR) a establecer un Comité de Trabajo, desarrollar planes de mercadeo y promoción, y coordinar con múltiples agencias públicas y entidades privadas para su implementación. Requiere señalización oficial y la presentación de un informe anual a la Asamblea Legislativa. La medida fue por la Gobernadora.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
La medida se enmarca en la política de desarrollo turístico de Puerto Rico, que se ha consolidado como un pilar estratégico para la economía desde la creación de la Compañía de Turismo en 1970. La propuesta de una ruta gastronómica y panorámica es un ejemplo de cómo se busca diversificar la oferta turística más allá de los grandes proyectos hoteleros y de convenciones, buscando integrar el turismo a nivel local y comunitario, un aspecto que ha sido objeto de debate en la planificación urbana.
En qué va
Esta medida legislativa (PC 512) fue aprobada por ambas cámaras de la Asamblea Legislativa en 2025 y , quien ejerció un en enero de 2026.
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Última acción · 7 de enero de 2026
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Para designar con el nombre de “Sabor de las Atenas” a la Ruta Gastronómica y Panorámica que transcurre la carretera estatal PR-685 que atraviesa el municipio de Manatí; establecer un Comité de Trabajo de la Compañía de Turismo de Puerto Rico, para que pueda identificar, tomar acción afirmativa y dar debido cumplimiento a todos los requerimientos dispuestos en esta Ley; incluyendo el establecimiento de acuerdos colaborativos con el Municipio de Manatí y/o cualquier otra entidad pública o privada; desarrollar los planes de mercadeo y promoción que se estime necesario; someter un Informe Anual ante la Asamblea Legislativa pormenorizando su cumplimiento con los requerimientos y exigencias de esta Ley; coordinar con otras agencias y para otros fines.
Esta medida designa un tramo de la carretera PR-685 en Manatí como la "Ruta Gastronómica y Panorámica Sabor de las Atenas". Establece un Comité de Trabajo adscrito a la Oficina de Turismo para coordinar su desarrollo, mercadeo y promoción, incluyendo acuerdos con el municipio y entidades privadas. La Oficina de Turismo deberá someter un informe anual a la Asamblea Legislativa sobre su cumplimiento. La ley entra en vigor al momento de su aprobación.
Para demarcar la extensión del Frente Marítimo del Municipio Autónomo de Cataño, incluyendo el Malecón Edwin Rivera Sierra, como “Zona de Turismo Gastronómico”, comprendiendo la Avenida Las Nereidas, desde la Calle Destino hasta la Avenida Barbosa, y la Avenida Barbosa, desde la Calle José I. Correa hasta La Puntilla de Cataño; y ordenar a la Compañía de Turismo de Puerto Rico a desarrollar planes de mercadeo, promoción y apoyo para dicha zona; y para otros fines relacionados."
La medida buscaba designar una sección específica del frente marítimo de Cataño, incluyendo el Malecón Edwin Rivera Sierra y partes de las avenidas Las Nereidas y Barbosa, como una 'Zona de Turismo Gastronómico'. Ordenaba a la Compañía de Turismo de Puerto Rico (CTPR) desarrollar planes de mercadeo, promoción, apoyo a comerciantes, coordinación interagencial y presentar un informe anual. Afectaba directamente al Municipio de Cataño y a la CTPR en sus funciones de planificación y promoción turística.
Para designar con el nombre de “Vamos Pa’ la Montaña” la Ruta Gastronómica y Panorámica que transcurre por las carreteras estatales y municipales que atraviesan los municipios de Naranjito, Corozal, Comerio y Barranquitas; facultar a la Compañía de Turismo de Puerto Rico, agencias públicas o entidades privadas a delinear lo que serán los planes de mercadeo y promoción; al igual que la reglamentación requerida que fomente la implantación de estas rutas; y para otros fines relacionados.
La medida designa la Ruta Gastronómica y Panorámica “Vamos Pa’ la Montaña” en los municipios de Naranjito, Corozal, Comerío y Barranquitas. Autoriza a la Compañía de Turismo de Puerto Rico (CTPR), agencias públicas y entidades privadas a crear planes de mercadeo, promoción y reglamentación para fomentar su desarrollo. También permite la instalación de rótulos informativos y promocionales y que la CTPR oriente a comerciantes sobre incentivos.
Para demarcar la calle Palma y la calle Gonzalo Marín de Arecibo como “Zona de Turismo Gastronómico” que se conocerá como “Corredor Gastronómico Aracibo en la Villa del Capitán Correa” y ordenar a la Compañía de Turismo de Puerto Rico a desarrollar planes de mercadeo, promoción y apoyo para dicha zona; y para otros fines relacionados.
La medida buscaba designar las calles Palma y Gonzalo Marín en Arecibo como una "Zona de Turismo Gastronómico" denominada "Corredor Gastronómico Aracibo en la Villa del Capitán Correa". Ordenaba a la Compañía de Turismo de Puerto Rico (CTPR) a desarrollar planes de mercadeo, promoción y apoyo para esta zona. Afectaba directamente al municipio de Arecibo y a la CTPR, imponiéndole nuevas responsabilidades operativas y de planificación.
Para designar la Carretera PR-39 conocida como la calle Cerra en Santurce del Municipio de San Juan como “Centro Gastronómico y Cultural Metropolitano”; autorizar a la Compañía de Turismo de Puerto Rico y al Instituto de Cultura Puertorriqueña al desarrollo conjunto de planes de mercadeo, promoción y apoyo de estos sectores; y para otros fines relacionados.
Esta medida legislativa, conocida como la Ley del Centro Gastronómico y Cultural Metropolitano, designa la Carretera PR-39 (Calle Cerra) en Santurce, San Juan, como un área oficial para el desarrollo gastronómico y cultural. Autoriza y ordena a la Compañía de Turismo, el Instituto de Cultura Puertorriqueña, el Municipio de San Juan y el Departamento de Transportación y Obras Públicas a crear conjuntamente un plan de mercadeo, promoción y apoyo para los negocios en esta zona. Establece un plazo de 180 días para la adopción de reglamentación y exige que las agencias soliciten los fondos necesarios en sus presupuestos anuales, con la supervisión de OGP y AAFAF para asegurar su asignación.
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