Qué propone
Esta medida la Ley de Préstamos Personales Pequeños (Ley 106 de 1965) para reducir de $200,000 a $50,000 el requisito de activo líquido inicial para obtener una licencia de concesionario de préstamos de cuantía baja. A partir del segundo año, se permite cumplir con el requisito mediante fianzas, certificados de depósito o cartas de crédito. Afecta directamente a los solicitantes de nuevas licencias y a los concesionarios existentes, buscando reducir barreras de entrada y fomentar la competencia en el mercado de crédito de bajo monto.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La Ley 110-2026, que la Ley de Préstamos Personales Pequeños, fue el 16 de marzo de 2026 y por el Senado el 28 de mayo de 2026, siendo firmada por la Gobernadora el 12 de junio de 2026.
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Última acción · 12 de junio de 2026
Ley 110-2026
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A favor (44)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para enmendar el inciso (c) del Articulo 14 de la Ley Núm. 106 de 28 junio de 1965, según enmendada, conocida como la “Ley de Préstamos Personales Pequeños” a los fines de flexibilizar los requisitos de activos mínimos que se le requieren a los concesionarios.
El Proyecto de la Cámara 1038 propone enmendar la Ley Núm. 106 de 1965, conocida como la "Ley de Préstamos Personales Pequeños", para flexibilizar los requisitos de activos mínimos para los concesionarios. Establece que durante los primeros dos años de operación, deberán mantener $50,000 en activos líquidos. A partir del segundo año, se permitirán alternativas como fianzas, certificados de depósito o cartas de crédito para cumplir con este monto mínimo. También moderniza la divulgación de tasas de interés, permitiendo su publicación en línea, y afecta a los concesionarios de préstamos personales pequeños y a los consumidores que buscan estos servicios.
Para enmendar el Artículo 1.3 de la Ley Núm. 136-2010, según enmendada, conocida como “Ley para Regular los Negocios de Servicios Monetarios”, a los fines de adoptar disposiciones del Modelo de Ley de Modernización de Transmisión de Dinero de la Conferencia de Supervisores Bancarios Estatales; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda el Artículo 1.3 de la Ley Núm. 136-2010 para modificar las exclusiones del licenciamiento de negocios de servicios monetarios. Busca adoptar disposiciones del Modelo de Ley de Modernización de Transmisión de Dinero de la Conferencia de Supervisores Bancarios Estatales. Permite que ciertos operadores de sistemas de pago, intermediarios procesadores de pagos, y proveedores de servicios externos de instituciones financieras con seguro federal queden exentos de licencia bajo condiciones específicas, facilitando así la introducción de nuevos productos y servicios de pago, incluyendo transacciones casi en tiempo real, tanto domésticas como transfronterizas.
En contra (2)
A favor (21)
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