Qué propone
Esta medida la Ley 99-2009 y las Reglas de Procedimiento Criminal para hacer obligatoria la imposición de vigilancia electrónica como condición de fianza para imputados de cualquier delito relacionado con violencia doméstica, o delitos graves/menos graves donde exista una relación de pareja, además de una lista ampliada de delitos graves específicos. También modifica el Plan de Reorganización del Departamento de Corrección y Rehabilitación para autorizar el cobro de cargos administrativos mensuales a los imputados sujetos a supervisión electrónica, destinados a cubrir costos de renta, monitoreo y adquisición de tecnología.
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
Esta medida se enmarca en la respuesta gubernamental a la violencia de género, un tema que ha sido históricamente impulsado por la presión cívica y la acción ejecutiva, como lo demuestra la creación de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres y la declaración de estado de emergencia por violencia de género en 2021. La medida busca fortalecer los mecanismos de protección a las víctimas, un objetivo central en la lucha contra la violencia de género en Puerto Rico.
En qué va
Ley 137-2025, el 10 de abril de 2025 y por el Senado el 16 de octubre de 2025. Fue firmada por los presidentes legislativos en noviembre de 2025 y el 13 de noviembre de 2025, siendo promulgada el 4 de diciembre de 2025.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 4 de diciembre de 2025
Ley 137-2025
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (48)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para enmendar los Artículos 1.3, 2.1-B, 3.1, 3.2 y 3.3 de la Ley Núm. 54 de 15 de agosto de 1989, según enmendada, conocida como “Ley de Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica”, a los fines de introducir enmiendas técnicas y para enmendar el Artículo 5.3 para introducir enmiendas técnicas y establecer el término tres (3) días laborables para pautar la vista en alzada en aquellos casos en que se denuncia la comisión de un delito al amparo de la citada Ley 54 y se solicita la audiencia en alzada luego de que no se determinare causa probable para arresto o se determinase causa probable para arresto por un delito inferior o distinto al imputado; y para enmendar los Artículos 2 y 3 de la Ley 99-2009, según enmendada, conocida como “Ley para Crear el Programa de Vigilancia, Protección y Prevención de Violencia Doméstica”, a los fines de asegurar la imposición de vigilancia electrónica para la protección de la víctima y establecer la zona de exclusión; y para otros fines relacionados.
Esta medida propone enmendar la Ley Núm. 54 de Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica y la Ley Núm. 99 de 2009 para la Vigilancia Electrónica. Introduce un plazo de tres (3) días laborables para pautar vistas en alzada tras una determinación de no causa probable o causa probable por delito menor en casos de violencia doméstica. También busca asegurar la imposición de vigilancia electrónica y establecer zonas de exclusión para proteger a las víctimas.
Para crear la “Ley del Programa de Vigilancia, Prevención y Protección de Menores”, para imponer supervisión electrónica mandatoria como condición adicional a la fianza, cuando exista una determinación de causa probable para arresto por la comisión de determinados delitos graves en contra de la integridad y la seguridad de esta población; delimitar las conductas delictivas sujetas a esta reformulación doctrinal; y para otros fines relacionados.
A favor (21)
A favor (47)
La medida crea la "Ley del Programa de Vigilancia, Prevención y Protección de Menores". Impone la supervisión electrónica como condición adicional a la fianza para imputados de delitos graves contra menores, tras una determinación de causa probable. Se delimitan las conductas delictivas sujetas a esta medida, incluyendo maltrato, agresión sexual, secuestro y pornografía infantil. El Programa de Servicios con Antelación al Juicio (PSAJ) evaluará y recomendará esta supervisión, estableciendo además zonas de exclusión para garantizar la seguridad del menor.
Crea una cuenta gratis para opinar, comentar y seguir esta medida.
Aún no hay comentarios. Comparte tu opinión sobre esta medida.