Qué propone
La medida la Ley 121-2019 (Carta de Derechos de Adultos Mayores), el Código Civil de Puerto Rico (Ley 55-2020) y la Ley de la Judicatura (Ley 201-2003). Faculta a jueces municipales y superiores a ordenar el nombramiento de tutores temporales cuando la condición de un adulto mayor, por accidente o enfermedad, ponga en riesgo su seguridad, bienestar, dignidad o patrimonio. Afecta directamente a adultos mayores en situaciones de vulnerabilidad y a los tribunales que atienden estos casos.
Pros
Última acción · 18 de mayo de 2026
Ley 87-2026
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (22)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para enmendar el Artículo 9 para añadir un nuevo inciso (k) de la Ley Núm. 121 de 1 de agosto 2019, según enmendada, conocida como la “Carta de Derechos y la Política Pública del Gobierno a favor de los Adultos Mayores” a los fines de establecer que en la concesión de órdenes de protección al amparo de esta ley, los jueces municipales del Tribunal de Primera Instancia están facultados para ordenar el nombramiento de un tutor temporal conforme al Artículo 140 (b) del Código Civil de Puerto Rico, cuando determine que la condición de salud, social o económica del adulto mayor pone en riesgo su seguridad o bienestar personal, mental, moral y/o patrimonial; enmendar el Artículo 5.004(a) para añadir un nuevo inciso (9) de la Ley 201-2003, según enmendada, conocida como la “Ley de la Judicatura de 2003” a los fines de facultar a los jueces municipales a ordenar el nombramiento de un tutor temporal conforme el Artículo 140(b) del Código Civil de Puerto Rico, al amparo de la Ley Núm. 121 de 1 de agosto 2019, según enmendada, conocida como la “Carta de Derechos y la Política Pública del Gobierno a favor de los Adultos Mayores; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmendaba la Ley de la Carta de Derechos y Política Pública del Gobierno a favor de los Adultos Mayores (Ley 121-2019) y la Ley de la Judicatura de 2003 (Ley 201-2003). Su propósito era facultar a los jueces municipales a ordenar el nombramiento de un tutor temporal, conforme al Código Civil, al momento de conceder órdenes de protección a adultos mayores. Esto aplicaría si la condición de salud, social o económica del adulto mayor pusiera en riesgo su seguridad o bienestar patrimonial, personal, mental o moral. Afectaría directamente a adultos mayores en situaciones de vulnerabilidad y a los jueces municipales.
Para enmendar los Artículos 3, 8 y 11 de la Ley 121-2019, según enmendada, conocida como “Carta de Derechos y la Política Pública del Gobierno a favor de los Adultos Mayores”, con el fin de realizar enmiendas técnicas y conformar el lenguaje en las Leyes 130-2024 y 195-2024, y para otros fines relacionados.
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en el marco legal de protección a los adultos mayores, un tema que la Ley 121-2019, mencionada en la medida y en los fragmentos, busca abordar ante el aumento de casos de negligencia y abuso. La medida amplía las facultades judiciales para el nombramiento de tutores temporales, fortaleciendo el andamiaje legal que, según los fragmentos, es robusto pero requiere recursos para su implementación efectiva.
En qué va
La Ley 87-2026 fue aprobada por ambas cámaras legislativas en mayo de 2026, tras un trámite que incluyó y revisiones en comisiones del Senado y la Cámara de Representantes, y fue firmada por los presidentes de ambos cuerpos antes de ser .
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
En contra (1)
A favor (52)
Ausente (1)
A favor (26)
Ausente (2)
La medida PS 92 enmienda la Ley 121-2019, conocida como la Carta de Derechos y la Política Pública del Gobierno a favor de los Adultos Mayores. Específicamente, modifica la definición de 'abandono' en su Artículo 3 para incluir la falta de contribución, colaboración o diligencia de un familiar o tutor hacia el adulto mayor, y ajusta la numeración de las definiciones. También modifica el Artículo 8, reafirmando al Departamento de la Familia como ente central para el cumplimiento de la ley y detallando la colaboración de otras agencias como la Oficina del Procurador de las Personas de Edad Avanzada y la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción. Afecta directamente a adultos mayores, sus familiares, tutores, cuidadores y a las agencias gubernamentales encargadas de su protección y bienestar.
Crea una cuenta gratis para opinar, comentar y seguir esta medida.
Aún no hay comentarios. Comparte tu opinión sobre esta medida.