Qué propone
La medida PS 178 la Ley 74-2017 para añadir la legislación sobre derechos y beneficios de personas con impedimentos como tema obligatorio en la capacitación anual de supervisores del servicio público. Establece que la Defensoría de las Personas con Impedimentos será la entidad encargada de impartir estas capacitaciones, que deben sumar al menos doce (12) horas contacto anuales. Afecta directamente a los funcionarios con responsabilidades de supervisión en agencias, municipios y entidades gubernamentales, y a la Defensoría como proveedora de los adiestramientos.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida PS 178 fue y el Senado tras un proceso de y el 15 de julio de 2026.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 15 de julio de 2026
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A favor (25)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para añadir un subinciso (ñ) al inciso (3) de la Sección 6.3 del Artículo 6 de la Ley 8-2017, según enmendada, conocida como “Ley para la Administración y Transformación de los Recursos Humanos en el Gobierno de Puerto Rico”, a los fines de agrupar y consolidar en una sola Ley, los requisitos aplicables al reclutamiento y selección de personas con impedimentos cualificados para puestos regulares del servicio de carrera; reafirmar como política pública el que las agencias públicas incluyan en su fuerza laboral, como mínimo, un cinco (5) por ciento de personas con impedimentos cualificadas; enmendar los artículos 2 y 4 de la Ley 81-1996, conocida como “Ley de Igualdad de Oportunidades de Empleo para Personas con Impedimentos”, y los artículos 1, 2, 3, 4 y 5 de la Ley 219-2006, según enmendada, conocida como “Ley para Fomentar el Empleo de las Personas con Impedimentos Cualificadas en las Agencias, Dependencias y Corporaciones Públicas de Puerto Rico”, con el propósito de atemperar ambas leyes con la presente; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda la Ley 8-2017 para consolidar requisitos de reclutamiento y selección de personas con impedimentos cualificados para puestos de carrera en el servicio público. Reafirma como política pública que las agencias públicas empleen, como mínimo, un cinco (5) por ciento de personas con impedimentos cualificadas. También ajusta la Ley 81-1996 y la Ley 219-2006 para alinearlas con estas disposiciones, afectando a todas las agencias públicas y a las personas con impedimentos que buscan empleo en el gobierno.
Para enmendar el Artículo 16 de la Ley 238-2004, según enmendada, conocida como "Carta de Derechos de las Personas con Impedimentos", con el propósito de ampliar las funciones de los enlaces interagenciales, para ayudar a garantizar la coordinación de los recursos y servicios del Estado, para atender las necesidades colectivas y particulares de las personas con impedimentos de acuerdo con su condición; hacer correcciones técnicas en la Ley; y para otros fines relacionados.
A favor (45)
A favor (48)
A favor (28)
La medida enmienda el Artículo 16 de la Ley 238-2004, conocida como la Carta de Derechos de las Personas con Impedimentos. Su propósito es ampliar las funciones de los enlaces interagenciales designados por las agencias y municipios. El objetivo es mejorar la coordinación de los recursos y servicios del Estado para atender las necesidades de las personas con impedimentos. Afecta directamente a las agencias gubernamentales que deben designar y capacitar a estos enlaces, y de forma indirecta a las personas con impedimentos al buscar optimizar la prestación de servicios.
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