Qué propone
La medida el Artículo 6 de la Ley 261-2004, conocida como 'Ley del Voluntariado de Puerto Rico'. Autoriza explícitamente a los municipios, agencias, dependencias e instrumentalidades del Gobierno de Puerto Rico a investigar y procurar fondos federales disponibles para facilitar la participación de adultos mayores en programas de voluntariado dentro de estas entidades gubernamentales. Afecta directamente a las agencias públicas y a la población de adultos mayores que buscan oportunidades de voluntariado.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
La medida aborda la participación de adultos mayores en programas de voluntariado, lo que se relaciona con el tema de fondo de los adultos mayores en Puerto Rico, su bienestar y su contribución a la sociedad. Los fragmentos históricos detallan los desafíos que enfrenta esta población, como el colapso de los sistemas de retiro, la transformación demográfica, la vulnerabilidad y la cobertura médica, lo que subraya la importancia de iniciativas que promuevan su integración y bienestar.
En qué va
La Ley 129-2025, que la Ley 261-2004, fue el 29 de septiembre de 2025 y por la Cámara de Representantes el 23 de octubre de 2025, siendo firmada por la Gobernadora el 21 de noviembre de 2025.
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Última acción · 21 de noviembre de 2025
Ley 129-2025
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A favor (28)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para enmendar el Artículo 6 de la Ley 261-2004, según enmendada, conocida como “Ley del Voluntariado de Puerto Rico”, a los fines de autorizar a los municipios, agencias, dependencias e instrumentalidades del Gobierno de Puerto Rico, a investigar y procurar fondos federales disponibles, que permitan que nuestros adultos mayores participen en programas de voluntariado en el Gobierno de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
La medida proponía enmendar el Artículo 6 de la Ley 261-2004 (Ley del Voluntariado de Puerto Rico) para autorizar explícitamente a municipios, agencias y dependencias gubernamentales a investigar y procurar fondos federales dirigidos a programas de voluntariado para adultos mayores. Su objetivo era facilitar la participación de este grupo demográfico en el servicio público a través de dichas iniciativas.
Para enmendar el inciso (n) del Artículo 3.4 de la Ley 10-2017, según enmendada, conocida como "Ley Orgánica de la Oficina para el Desarrollo Socioeconómico y Comunitario de Puerto Rico", a los fines de establecer, actualizar y publicar digitalmente en la página cibernética oficial de la Oficina los programas, beneficios, servicios, actividades e instalaciones disponibles para los adultos mayores, tanto en las agencias gubernamentales, así como en entidades privadas; además, incluir un listado actualizado de las comunidades especiales por distrito para facilitar y acceder a canales de comunicación efectivos; y para otros fines relacionados.
Esta medida, Ley 20-2026, enmienda el inciso (n) del Artículo 3.4 de la Ley Orgánica de la Oficina para el Desarrollo Socioeconómico y Comunitario de Puerto Rico (ODSEC). Su propósito es obligar al Director Ejecutivo de la ODSEC a establecer, actualizar y publicar digitalmente en la página web oficial de la agencia toda la información sobre programas, beneficios, servicios, actividades e instalaciones disponibles para adultos mayores, tanto de agencias gubernamentales como de entidades privadas. Además, impone a estas agencias y entidades la obligación de suministrar la información requerida por la ODSEC para cumplir con este fin. Afecta directamente a los adultos mayores, a las agencias públicas y entidades privadas que ofrecen servicios a esta población, y a la ODSEC.
Para enmendar el Articulo 8 de la Ley Núm. 267-2004, según enmendada mejor conocida como "Ley del Voluntariado de Puerto Rico" a los fines de aumentar a seis rnil dólares ($6,000.00) anuales el tope asignado a los voluntarios en calidad de dietas o viáticos para cubrir gastos razonables de alimentación, de viaje u otros incidentales incurridos por razón del ejercicio de sus funciones o labores como voluntarios, o cualquier reembolso; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda el Artículo 8 de la Ley Núm. 261-2004, conocida como 'Ley del Voluntariado de Puerto Rico', para aumentar el tope anual de dietas o viáticos para voluntarios de $1,500 a $6,000. Establece que estas cantidades, hasta el nuevo tope, no se considerarán estipendio o remuneración para fines fiscales y laborales. Requiere documentación para respaldar gastos y permite que cada entidad gubernamental establezca límites reglamentarios según su presupuesto.
Para añadir un sexto párrafo al Artículo 6 de la Ley 261-2004, según enmendada, conocida como "Ley del Voluntariado de Puerto Rico", a los fines de crear un programa de voluntariado adscrito al Departamento de Seguridad Pública para asistir en desastres y emergencias; y para otros fines relacionados.
La medida P. de la C. 412 propone enmendar el Artículo 6 de la Ley 261-2004, conocida como 'Ley del Voluntariado de Puerto Rico', para añadir un párrafo que ordena al Departamento de Seguridad Pública (DSP) establecer una reserva de voluntarios aptos y cualificados para asistir en desastres y emergencias. Estos voluntarios podrían realizar tareas de asistencia directa al ciudadano, como distribución de suministros y colaboración en limpieza, aliviando la carga de los respondedores de primera línea. La medida afectaría directamente al Departamento de Seguridad Pública y a los ciudadanos que requieran asistencia durante emergencias.
Para enmendar el Artículo 3 de la Ley 58-2018, según enmendada, conocida como “Ley para Propiciar el Bienestar y Mejorar la Calidad de Vida de los Adultos Mayores”, con el propósito de ampliar los alcances del Programa “Empresarismo Master”, adscrito al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC), para que los adultos mayores tengan acceso a planes de financiamiento que les sirvan de apoyo en el proceso de capacitación, incubación y financiamiento, entre otras; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda el Artículo 3 de la Ley 58-2018 para expandir el programa "Empresarismo Master" del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC). Busca armonizar los alcances de este programa con el Código de Incentivos de Puerto Rico (Ley 60-2019) y otras leyes aplicables, permitiendo a los adultos mayores acceder a planes de financiamiento e incentivos para convertirse en empresarios. Afecta directamente a adultos mayores en Puerto Rico que deseen iniciar o expandir negocios.
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