Qué propone
La medida PS 63, ahora Ley 156-2025, la Ley 141-2019 de Transparencia para extender el plazo de respuesta a solicitudes de información pública de 10 a 20 días laborables, permitiendo prórrogas de hasta 50 días. Elimina la obligación de entregar información en el formato solicitado y exime a las agencias de generar documentos inexistentes. Requiere notificar al jefe de agencia por cada petición y exige la dirección postal y correo electrónico del solicitante. La ley fue con 29 votos a favor y 24 en contra, y en el Senado con 18 votos a favor y 9 en contra.
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
La medida fue aprobada por de última hora en la Cámara, un procedimiento que limita el escrutinio público y el debate legislativo. Se una ley de transparencia existente (Ley 141-2019) que buscaba agilizar el acceso a la información pública.
En qué va
La medida PS 63 fue el 13 de noviembre de 2025 y por el Senado el 18 de noviembre de 2025, tras un proceso de . Fue firmada por los presidentes de ambas cámaras y el 5 de diciembre de 2025, convirtiéndose en Ley 156-2025 el 13 de diciembre de 2025.
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Última acción · 13 de diciembre de 2025
Ley 156-2025
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (18)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para enmendar el Artículo 7, crear un nuevo Artículo 9 y reenumerar los artículos 9 al 15, respectivamente, de la Ley 141-2019, según enmendada, conocida como ”Ley de Transparencia y Procedimiento Expedito para el Acceso a la Información Pública”; y para otros fines relacionados.”
El Proyecto de la Cámara 448 propone enmendar la Ley 141-2019 para extender los plazos de respuesta a solicitudes de información pública de 10 a 20 días laborables (y de 15 a 25 para oficinas regionales), permitiendo una prórroga adicional de 10 días. También crea un nuevo mecanismo de reconsideración administrativa ante el jefe de la agencia antes de acudir a los tribunales y establece fundamentos específicos para la denegación de información. Afecta directamente a los ciudadanos que solicitan información pública y a las agencias gubernamentales que deben proveerla.
Para enmendar el Artículo 6 de la Ley Núm. 141-2019, según enmendada, conocida como “Ley de Transparencia y Procedimiento Expedito para el Acceso a la Información Pública”, a los fines de precisar el contenido del acuse de recibo de las solicitudes de información pública; y para otros fines relacionados.
El Proyecto del Senado 1374 enmienda el Artículo 6 de la Ley Núm. 141-2019, conocida como “Ley de Transparencia y Procedimiento Expedito para el Acceso a la Información Pública”. Su propósito principal es precisar el contenido mínimo que debe incluir el acuse de recibo de las solicitudes de información pública por parte de las entidades gubernamentales. Afecta directamente a los ciudadanos que solicitan información pública, quienes recibirán un acuse de recibo más detallado y estandarizado, y a los Oficiales de Información de las agencias, quienes deberán asegurar que sus procesos de acuse cumplan con los nuevos requisitos.
Ausente (1)
A favor (29)
A favor (28)
A favor (19)
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