Para establecer el reconocimiento oficial de la Lengua de Señas Puertorriqueña (LSP) como la lengua natural de la comunidad sorda en Puerto Rico, establecer como política pública la garantía a la inclusión, la diversidad y el respeto a los derechos lingüísticos de todas las personas, mandatar un censo dirigido a recopilar información estadística sobre la comunidad sorda en Puerto Rico, y para otros fines relacionados.
Qué propone
La medida establece el reconocimiento oficial de la Lengua de Señas Puertorriqueña (LSP) como la lengua natural de la comunidad sorda en Puerto Rico. Designa como política pública la garantía de inclusión, diversidad y respeto a los derechos lingüísticos. Además, ordena a la Defensoría de Personas con Impedimentos y al Instituto de Estadísticas de Puerto Rico a realizar conjuntamente un censo para recopilar información estadística sobre la comunidad sorda, con fines de planificación y formulación de política pública. La medida afecta directamente a la comunidad sorda, a las agencias gubernamentales encargadas de su implementación y a la ciudadanía en general al promover la accesibilidad.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida fue el 12 de enero de 2026 y por la Cámara el 16 de junio de 2026. Fue el 2 de julio de 2026 y el 2 de agosto de 2026 ().
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 2 de agosto de 2026
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A favor (28)
A favor (44)
Abstenido (1)
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