Qué propone
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) y al Departamento de Hacienda a implementar la Ley 96-2022. Específicamente, establece que los plazos para acogerse a descuentos en multas de tránsito, cuando un ciudadano impugna y no prevalece, comenzarán a contar una vez la decisión judicial sea final, firme e inapelable. Esto afecta a ciudadanos con multas de tránsito que han sido o serán objeto de un proceso de revisión judicial.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Esta Resolución Conjunta (RCC 143) fue el 6 de noviembre de 2025 y por el Senado el 22 de enero de 2026, siendo firmada por la Gobernadora el 6 de marzo de 2026.
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Última acción · 6 de marzo de 2026
Res. Conj. 16-2026
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (48)
A favor (28)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), en coordinación con la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) y el concesionario Metropistas, poner en vigor lo establecido en el inciso (8) del Artículo 22.02 de la Ley Núm. 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, para que los conductores puedan conocer si tienen balance bajo en su cuenta de AutoExpreso al transitar por cada carretera que cuente con una estación de peaje; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), en coordinación con la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) y el concesionario Metropistas, a cumplir con el inciso (8) del Artículo 22.02 de la Ley Núm. 22-2000. El objetivo es instalar y mantener sistemas (como avisos tipo semáforo u otros) en cada estación de peaje para que los conductores puedan conocer si tienen balance bajo en su cuenta de AutoExpreso al transitar por dichas vías. Afecta directamente a los conductores que utilizan las autopistas de peaje con sistema AutoExpreso.
Para ordenar al Secretario del Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) a enmendar el Reglamento Núm. 9526 de ese Departamento, “Reglamento para Estaciones Oficiales de Inspección, Inspección de Vehículos de Motor y Otros Fines Relacionados”, a los fines de: (1) establecer criterios rectores claros para la certificación de equipos de inspección vehicular; (2) aclarar la naturaleza penal de las conductas tipificadas en el Artículo 12.07 de la Ley 22 2000 y prohibir su imposición administrativa; (3) crear un protocolo formal de referido al Departamento de Justicia; (4) establecer de forma expresa la delegación de autoridad del Secretario hacia la Dirección de Servicios al Conductor (DISCO); (5) adoptar un procedimiento uniforme y documentado para la imposición de sanciones; (6) prohibir negociaciones informales de multas; y (7) garantizar la incorporación explícita de las protecciones del debido proceso administrativo en todos los procedimientos de inspección, intervención y sanción; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Secretario del Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) a enmendar el Reglamento Núm. 9526, que regula las estaciones de inspección vehicular. Los cambios buscan establecer criterios claros para la certificación de equipos, prohibir la imposición administrativa de multas penales del Artículo 12.07 de la Ley 22-2000, crear un protocolo formal de referidos al Departamento de Justicia, clarificar la delegación de autoridad a la Dirección de Servicios al Conductor (DISCO), adoptar procedimientos uniformes para sanciones administrativas, prohibir negociaciones informales de multas y garantizar las protecciones del debido proceso administrativo. Afecta directamente a las estaciones de inspección vehicular, sus operadores, el DTOP y a los ciudadanos en sus interacciones con el sistema de inspección y posibles sanciones.
Para ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), en coordinación con el Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS), que realicen la programación necesaria para que se puedan eliminar a través de la aplicación de CESCO Digital, los gravámenes de venta condicional de los títulos de vehículos de motor; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), en coordinación con el Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS), a programar la aplicación CESCO Digital para permitir la eliminación electrónica de los gravámenes de venta condicional de los títulos de vehículos de motor. Se establece un plazo de 180 días para implementar estos procedimientos y se requiere que el DTOP revise sus reglamentos o políticas internas para reflejar estos cambios. Además, el DTOP deberá informar a la Asamblea Legislativa sobre las gestiones realizadas. Afecta directamente a los ciudadanos que han saldado préstamos de vehículos de motor y buscan obtener un título libre de gravamen.
Para asignar la cantidad de dos millones doscientos mil ($2,200,000) dólares, los cuales procederán de la Resolución Conjunta de Presupuesto para el Año Fiscal 2026- 2027 y ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) y a la Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico (ACPR) realizar el proyecto de mejoras geométricas y reducción de congestión en la PR-153, entre la PR-542 y la entrada a Plaza Santa Isabel; garantizar la seguridad y el bienestar de todos los conductores que transitan por dicha vía; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta asigna $2,200,000 de fondos del Presupuesto para el Año Fiscal 2026-2027. Ordena al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) y a la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACPR) a realizar mejoras geométricas y de reducción de congestión en un tramo específico de la PR-153 en Santa Isabel. Los fondos deben ser desembolsados por Hacienda antes del 31 de agosto de 2026, y las agencias deben garantizar la seguridad vial durante y después de la construcción.
Para ordenar a la Comisión para la Seguridad en el Tránsito, así como a la Administración de Compensaciones por Accidentes de Automóviles, a cumplir con el Artículo 2 de la Ley 226-2015, y ejecutar de manera inmediata una campaña masiva de orientación y educación a la ciudadanía para dar fiel cumplimiento a lo establecido en el Artículo 4.12(B) de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”; permitir acuerdos de colaboración entre las agencias concernidas para el cumplimiento de esta Resolución Conjunta; ordenar la presentación de informes de cumplimiento; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena a la Comisión para la Seguridad en el Tránsito (CST) y a la Administración de Compensaciones por Accidentes de Automóviles (ACAA) a cumplir con el Artículo 2 de la Ley 226-2015, el cual les obligaba a ejecutar una campaña masiva de orientación y educación ciudadana sobre el Artículo 4.12(B) de la Ley 22-2000 (Ley de Vehículos y Tránsito). La medida permite acuerdos de colaboración entre agencias y exige la presentación de informes de cumplimiento dentro de 90 días y luego anualmente. Afecta a todos los conductores de Puerto Rico al buscar mayor cumplimiento de las normas de 'Move Over' y a los funcionarios y trabajadores que laboran en las vías públicas.
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