Qué propone
Esta resolución conjunta ordena a la Autoridad de Tierras de Puerto Rico a eliminar las restricciones de preservación agrícola e indivisión impuestas bajo la Ley Núm. 107 de 1974 a dos predios específicos (marcados como Núm. 23 y Núm. 25) en Vega Alta. También instruye a la Junta de Planificación a permitir su segregación, al Registro de la Propiedad y al Departamento de Agricultura a borrar dichas restricciones de sus registros, y al DRNA a identificar humedales en las parcelas. Afecta directamente a los actuales propietarios de estas fincas y a las agencias gubernamentales encargadas de la administración de tierras.
Pros
Contras
Última acción · 16 de agosto de 2025
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (50)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para ordenar al Departamento de Agricultura proceder con la liberación de las condiciones y restricciones contenidas en la Certificación de Título expedida el 15 de junio de 1982, por René A. Picó Irizarry, de la finca marcada con el número nueve (9), del predio de terreno dedicado a los fines del Título Sexto de la Ley de Tierras de Puerto Rico, radicada en el barrio Sabana del término Municipal de Vega Alta, Puerto Rico, compuesto de catorce cuerdas, con seis mil ochenta diezmilésimas de otra (14.6080); y para otros fines relacionados.
La Resolución Conjunta de la Cámara 53 (RCC 53) propone ordenar al Departamento de Agricultura y a la Autoridad de Tierras de Puerto Rico (ATPR) que liberen las condiciones y restricciones de uso agrícola impuestas sobre una finca específica de 14.6080 cuerdas en Vega Alta. Originalmente, esta finca fue designada bajo el Título VI de la Ley de Tierras para fines de fincas familiares, con restricciones de no segregación y no cambio de uso agrícola. La medida busca conceder una dispensa legislativa individualizada para permitir la segregación o un eventual cambio de uso de esta propiedad.
Para ordenar a la Departamento de Agricultura y a la Junta de Planificación de Puerto Rico de acuerdo con lo establecido, a liberar de las restricciones y condiciones sobre preservación e indivisión previamente impuestas y anotadas según dispuesto en la Ley Núm. 107 de 3 de julio de 1974, según enmendada, del predio de terreno marcado con el número seis (6) en el Plano de Subdivisión de la finca “Vega Redonda”, según consta en la Certificación de Titulo con Restricciones, otorgada en el Municipio de Guaynabo, el 19 de julio de 2010, sobre la Finca Número Diez Mil Seis Cientos Treinta y Uno (10,631), inscrita al Folio Número Ciento Cuarenta (140) del Tomo Ciento Sesenta y Dos (162) de Comerío, Registro de la Propiedad de Barranquitas, Inscripción Primera e inscrita a favor de don Rubén Rivera Burgos y Angelina Ortiz Rodríguez
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
Esta medida se relaciona con la custodia y ordenamiento territorial de Puerto Rico, un tema que ha sido central desde la creación de la Autoridad de Tierras en 1941 como parte de la reforma agraria. La medida aborda la liberación de restricciones de preservación agrícola en Vega Alta, lo que se inscribe en la tensión histórica entre la protección de suelos fértiles y la presión por la rezonificación o el desarrollo, como se ha visto en otras reservas agrícolas.
En qué va
Esta Resolución Conjunta fue aprobada por ambas cámaras legislativas con y tras un proceso de conferencia, pero fue de bolsillo por la Gobernadora el 16 de agosto de 2025.
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A favor (23)
A favor (23)
A favor (47)
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Agricultura y a la Junta de Planificación de Puerto Rico a levantar las restricciones de preservación e indivisión impuestas bajo la Ley Núm. 107 de 1974 a un predio de terreno específico (marcado como número 6 en la subdivisión 'Vega Redonda', Finca 10,631). El propósito es permitir que los dueños actuales, Rubén Rivera Burgos y Angelina Ortiz Rodríguez, o sus herederos, puedan poseer la propiedad sin las condiciones originales de uso agrícola y de no división, que fueron anotadas en el Registro de la Propiedad.
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