Qué propone
Esta medida el Artículo 4-A de la Ley de Menores de Puerto Rico (Ley Núm. 88 de 1986) para crear una excepción a la regla que exige agotar los remedios administrativos del Departamento de Educación antes de que el Tribunal de Menores pueda intervenir. La excepción aplicaría a menores imputados de faltas de Clase II o III que representen una amenaza sustancial a la seguridad escolar o a la integridad física de otros. Afecta directamente a menores involucrados en incidentes escolares graves y al sistema de justicia juvenil y educativo.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida se encuentra en la etapa de , habiendo sido aprobada con tanto por la Cámara de Representantes como por el Senado. Actualmente, está de vuelta tras una solicitud de .
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Última acción · 29 de junio de 2026
Devuelto a la Comisión(es)
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (46)
A favor (18)
Ausente (2)
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