Qué propone
La Ley 115-2026 crea la 'Ley de Remedios Civiles para la Protección de Animales', estableciendo un mecanismo civil para combatir el maltrato, crueldad, abandono y abuso animal. Permite que cualquier persona demande y solicite a un tribunal una orden de custodia provisional para un animal maltratado, incluso si el demandante no es el guardián. Faculta al tribunal a transferir permanentemente la guarda del animal si determina riesgo de maltrato futuro y permite la recuperación de costos de cuidado.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se enmarca en la evolución de la política pública de Puerto Rico hacia la protección animal, que ha avanzado con la Ley 154-2008 al criminalizar el maltrato. La nueva ley complementa este marco punitivo al establecer un remedio civil, permitiendo a los ciudadanos intervenir directamente para proteger a los animales, lo que refleja una tendencia a fortalecer los mecanismos legales contra la crueldad.
En qué va
La Ley 115-2026 fue y el Senado de Puerto Rico, culminando un proceso de conferencia y siendo firmada por los presidentes de ambos cuerpos y , quien la promulgó el 18 de junio de 2026.
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Última acción · 18 de junio de 2026
Ley 115-2026
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (23)
En contra (1)
A favor (34)
En contra (11)
A favor (19)
En contra (5)
A favor (37)
En contra (11)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para establecer la “Ley para Crear el Registro de Rescatistas de Animales de Puerto Rico”, instituir un Registro voluntario de rescatistas de animales; y para decretar otras disposiciones complementarias.
Esta medida propone la creación de la "Ley para Crear el Registro de Rescatistas de Animales de Puerto Rico". Instituye un registro digital voluntario administrado por la Oficina Estatal para el Control de Animales (OECA) en colaboración con el Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS). Los rescatistas que se registren deberán proveer información de contacto y un informe estadístico anual de sus labores, y serán elegibles para subvenciones de la OECA si los fondos están disponibles. Afecta directamente a personas y organizaciones que rescatan animales, así como a agencias gubernamentales que deberán adaptar sus reglamentos.
Para establecer la “Ley para el Control Ético de Animales en Estado de Abandono utilizando el método Capturar, Esterilizar y Devolver (CED)”, a los fines de crear una política pública para el manejo ético y efectivo de la población de animales en estado de abandono en Puerto Rico; establecer las responsabilidades de las agencias gubernamentales y los municipios; promover la colaboración entre el sector público, organizaciones sin fines de lucro y la ciudadanía; asignar recursos; y para decretar otras disposiciones complementarias.
La medida P. del S. 1089 establece la "Ley para el Control Ético de Animales en Estado de Abandono utilizando el método Capturar, Esterilizar y Devolver (CED)". Crea una política pública para el manejo de animales abandonados mediante el método CED, define responsabilidades para agencias y municipios, y promueve la colaboración público-privada. La ley entrará en vigor 180 días después de su aprobación y será implementada principalmente por el Departamento de Salud.
Para crear la “Ley para Crear el Registro de Rescatistas de Animales de Puerto Rico”, instituir un Registro voluntario de rescatistas de Animales y para otros fines relacionados.
La medida propone la creación de la Ley para Crear el Registro de Rescatistas de Animales de Puerto Rico. Instituye un registro digital voluntario administrado por la Oficina Estatal para el Control de Animales (OECA) en colaboración con el Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS). Afecta a personas y organizaciones que rescatan animales, al gobierno en su coordinación de esfuerzos de bienestar animal y a la OECA en su rol de administrador y potencial proveedor de subvenciones.
Para añadir un nuevo Artículo 1553A a la Ley 55-2020, según enmendada, conocida como “Código Civil de Puerto Rico”; enmendar los Artículos 5, 8, 16, 34, 36 y 38, y añadir un nuevo Artículo 12A a la Ley 219-2012, según enmendada, conocida como “Ley de Fideicomisos”; a los fines de establecer reglas sobre el cuidado sucesoral de animales de compañía; autorizar la constitución de fideicomisos para su cuidado; disponer reglas de administración, fiscalización, legitimación y distribución de remanentes; y para otros fines relacionados.
Esta medida propone añadir un nuevo artículo (1553A) al Código Civil de Puerto Rico (Ley 55-2020) y enmendar varios artículos de la Ley de Fideicomisos (Ley 219-2012). Su objetivo es establecer un marco legal para el cuidado sucesoral de animales de compañía, permitiendo la creación de fideicomisos específicos para su sostenimiento y cuidado, y definiendo reglas para su administración y fiscalización. Afecta principalmente a dueños de animales de compañía que desean planificar su cuidado post-mortem y a quienes deseen establecer o administrar dichos fideicomisos.
Para crear la “Ley para la Recuperación de Animales Domésticos” con el propósito de establecer un procedimiento uniforme que facilite y legitime la recuperación de animales domésticos extraviados y encontrados; añadir un nuevo inciso (8) al Artículo 6 de la Ley Núm. 36 de 30 de mayo de 1984, según enmendada, a los fines de crear una página cibernética administrada por la Oficina Estatal de Control Animal (OECA), adscrita al Departamento de Salud, bajo el Programa de Salud Ambiental, donde se publicarán fotografías de los animales con el propósito de cumplir con lo dispuesto en esta Ley y para otros fines relacionados.
La medida propone crear la Ley para la Recuperación de Animales Domésticos, estableciendo un procedimiento uniforme para la recuperación de mascotas extraviadas. Añade un nuevo inciso (8) al Artículo 6 de la Ley Núm. 36 de 1984 para crear una página cibernética administrada por la Oficina Estatal de Control Animal (OECA) del Departamento de Salud, donde se publicarán fotos de animales encontrados. También crea el Registro Obligatorio de Mascotas de Puerto Rico. Afecta a dueños de mascotas, personas que encuentran animales, municipios y la OECA.
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