Qué propone
Esta medida el Artículo 27 de la Ley 355-1999, conocida como la Ley Uniforme de Rótulos y Anuncios de Puerto Rico. Establece que cuando se publiquen alertas de emergencia (como Alerta Amber, Silver, Rosa, Mayra Elías, Ashanti, o información de criminales buscados), estas deberán permanecer visibles en los tableros de anuncios digitales por un mínimo de setenta y dos (72) horas. La medida afecta a los dueños de tableros de anuncios digitales, a la Policía de Puerto Rico, y a la ciudadanía al garantizar una mayor visibilidad de información crítica de seguridad pública.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida, Proyecto del Senado 144, fue y el Senado de Puerto Rico y ha sido para su firma o .
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Última acción · 15 de julio de 2026
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (26)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para enmendar el inciso (w) del Artículo 4 de la Ley Núm. 74 de 23 de junio de 1965, según enmendada, conocida como “Ley de la Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico”, a los fines de establecer que en las pizarras o vallas publicitarias electrónicas destinadas para la difusión de información que se encuentran ubicadas en los expresos, avenidas, calles o vías públicas principales, se notifique en que áreas se encuentran realizándose obras y mejoras en las carreteras pertenecientes al Estado, a propósito de que los conductores de vehículos de motor advengan en conocimiento y puedan tomar rutas alternas; y para otros fines relacionados.
La medida propone enmendar el inciso (w) del Artículo 4 de la Ley Núm. 74 de 1965, conocida como la Ley de la Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico. El objetivo es obligar a que las pizarras o vallas publicitarias electrónicas en vías públicas principales notifiquen sobre obras y mejoras en carreteras estatales. Esto busca informar a los conductores para que puedan tomar rutas alternas y mitigar la congestión vehicular.
Para enmendar los Artículos 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 16, 22, 23, 24, 25, eliminar la actual PARTE VI y su Artículo 26 y sustituirla por una nueva PARTE VI y un nuevo Artículo 26, enmendar los Artículos 28, 29, 30, 31, 32, 33 y 34 de la Ley 355 de 2 de diciembre de 1999, según emendada, conocida como la “Ley Uniforme de Rótulos y Anuncios de Puerto Rico de 1999”; a los fines de realizar enmiendas técnicas a la ley actual, que se inserten nuevas disposiciones que brinden certeza en el proceso de otorgación de permisos de rótulos y anuncios de Puerto Rico; establecer una Amnistía; disponer el deber ministerial de la Oficina de Gerencia de Permisos; y para otros fines relacionados.
En contra (1)
Ausente (1)
A favor (49)
Esta medida busca enmendar la Ley Uniforme de Rótulos y Anuncios de Puerto Rico de 1999 para modernizar sus disposiciones, incluyendo cambios técnicos en la concesión de permisos. Propone aumentar la separación entre anuncios a 1,000 pies lineales en vías del National Highway System y establece un mecanismo de pago retroactivo por derechos de renovación de marbetes no pagados, además de requerir nuevos permisos tras dos años de no renovación. También define el deber ministerial de la Oficina de Gerencia de Permisos (OGP) y crea una amnistía para ciertos incumplimientos.
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