Para añadir un nuevo Artículo 7, y reenumerar los actuales artículos 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16 y 17, como los artículos 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 18, respectivamente, en la Ley 167-2002, según enmendada, comúnmente conocida como “Ley para Crear Programas de Ayuda al Empleado y su Familia Inmediata”, con el propósito de establecer que, los profesionales de la conducta humana que laboran en un Programa de Ayuda al Empleado, serán considerados como personal de primera respuesta o primeros respondedores en casos de emergencias; y para otros fines relacionados.
Qué propone
El P. del S. 515 proponía añadir un nuevo Artículo 7 a la Ley 167-2002 y renumerar sus artículos actuales 7 al 17 como 8 al 18. Habría reconocido como personal de primera respuesta, en emergencias, a los profesionales de la conducta humana que trabajan en Programas de Ayuda al Empleado (PAE), y habría obligado a proveerles el material y equipo necesarios. También disponía incluirlos en programas de incentivos adoptados durante una emergencia, sujeto a disponibilidad de fondos; no eliminaba requisitos de la ley. La medida fue y, por tanto, esos cambios no entraron en vigor.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
El Senado aprobó la medida el 29 de septiembre de 2025 y la Cámara el 13 de noviembre de 2025, sin en esta última. Fue el 20 de noviembre y recibió un el 20 de diciembre de 2025, por lo que no se convirtió en ley.
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Última acción · 20 de diciembre de 2025
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