Qué propone
Esta medida, identificada como Resolución Conjunta 10-2026, ordena al Departamento de Agricultura y a la Junta de Planificación de Puerto Rico a liberar las restricciones de preservación e indivisión previamente impuestas sobre un predio de terreno específico en Las Marías. Estas restricciones estaban asociadas a la Ley 107 de 1974 y a una certificación de título otorgada por la Corporación para el Desarrollo Rural de Puerto Rico a favor de Agustín Rosado Carlo y Leonarda Martí Martínez. La medida busca modificar las condiciones de uso y propiedad de esta finca particular.
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Contras
Última acción · 12 de febrero de 2026
Res. Conj. 10-2026
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (21)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para ordenar al Departamento de Agricultura y a la Junta de Planificación de Puerto Rico, a proceder con la liberación de las condiciones y restricciones sobre preservación e indivisión previamente impuestas y anotadas, según dispuesto por la Ley 107 de 3 de julio de 1974, según enmendada, a los predios de terreno marcados con los número 20 y 20-A del Proyecto Olivares, ubicados en el barrio Frailes y Rancheras del municipio de Yauco y según consta en la Certificación de Título otorgada por la Corporación para el Desarrollo Rural de Puerto Rico a favor de Don Carlos Padró Rodríguez y Doña Aracelis Torres Rodríguez; y para otros fines pertinentes.
Esta medida ordena al Departamento de Agricultura y a la Junta de Planificación a levantar las restricciones de preservación e indivisión sobre dos parcelas de terreno específicas (números 20 y 20-A) en Yauco, conocidas como Proyecto Olivares. Estas restricciones fueron impuestas bajo la Ley 107 de 1974. La acción libera a los actuales dueños, Carlos Padró Rodríguez y Aracelis Torres Rodríguez, de estas limitaciones, permitiendo la división o un uso distinto del terreno.
Para ordenar a la Departamento de Agricultura y a la Junta de Planificación de Puerto Rico de acuerdo con lo establecido a liberar de las restricciones y condiciones sobre preservación e indivisión previamente impuestas y anotadas según dispuesto en la Ley Núm. 107 de 3 de julio de 1974, según enmendada, del predio de terreno marcado con el número Diez (10) en el Plano de Subdivisión de la finca “Vega Redonda”, según consta en la Escritura Número Treinta y Tres (33), otorgada en San Juan, Puerto Rico, el 24 de junio de 1981 ante el Notario Público Rafael Pérez Fussa, sobre la Finca Número Seis Mil Seiscientos Cincuenta y Nueve (6,659) inscrita al Folio Número Doscientos Ochenta y Cuatro (284) Tomo Noventa y Tres (93) de Comerío, en el Registro de la Propiedad de Barranquitas, Inscripción Primera e inscrita a favor de Don Pedro Reyes Alicea y Jesusa Ríos Ortiz, ambos fallecidos
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
. La medida aborda la liberación de restricciones sobre terrenos agrícolas, un tema que se enmarca en la discusión histórica sobre la custodia y ordenamiento territorial de Puerto Rico. La Ley 107 de 1974, mencionada en la medida, se vincula con los esfuerzos de la Autoridad de Tierras de Puerto Rico (Ley 26 de 1941) para salvaguardar suelos fértiles, como se discute en los fragmentos, y refleja la tensión entre la preservación agrícola y la presión por el desarrollo.
En qué va
La Resolución Conjunta 10-2026 fue el 10 de noviembre de 2025 y por la Cámara el 27 de enero de 2026, siendo firmada por los presidentes de ambas cámaras y el 12 de febrero de 2026 para su firma final.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Ausente (1)
A favor (42)
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Agricultura y a la Junta de Planificación de Puerto Rico que liberen un predio de terreno específico (marcado con el número Diez (10) en el Plano de Subdivisión de la finca “Vega Redonda”, Finca Núm. 6,659 en Comerío) de las restricciones de preservación e indivisión impuestas bajo la Ley Núm. 107 de 1974. La medida busca permitir que los herederos de los titulares originales puedan poseer legalmente la tierra, independientemente de su uso actual o pasado agrícola.
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