Para enmendar el Artículo 4 de la Ley Núm. 8-2004, según enmendada, mejor conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes”; a los fines de establecer que el Departamento de Justicia, a través de su Secretario, es el representante legal del Departamento de Recreación y Deportes en las demandas y procesos civiles, criminales, administrativos y especiales en que sea parte y que sean instados en los tribunales y otros foros en o fuera de la jurisdicción de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Qué propone
La medida habría el Artículo 4 de la Ley 8-2004: cambiaría “Se reestructura” por “Se crea” el DRD y eliminaría la frase que reconoce que conserva personalidad jurídica. Añadiría una orden para que el Departamento de Justicia, por medio de su Secretario, represente al DRD en todos los procesos civiles, criminales, administrativos y especiales en que sea parte, ante tribunales u otros foros dentro o fuera de Puerto Rico, si se inician después de la aprobación. La orden se sujetaría a la Ley 205-2004 y la medida entraría en vigor 30 días después de aprobarse. El cambio afectaría la capacidad jurídica del DRD y trasladaría a Justicia la representación de sus procesos nuevos.
Pros
Contras
Intereses en juego
Qué cambió en comisiónsegún el entirillado del informe
La comisión amplió el proyecto: además de ordenar representación por Justicia, añadió eliminar la personalidad jurídica del DRD, sustituyó “se reestructura” por “se crea” y fijó la vigencia a 30 días de la aprobación.
En qué va
El Senado derrotó la medida el 12 de noviembre de 2025. El 2 de diciembre, la Comisión de Gobierno del Senado rindió un segundo y no recomendó aprobarla.
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Última acción · 2 de diciembre de 2025
Comisión no recomienda aprobación de la medida
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (11)
En contra (15)
A favor (48)
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