Qué propone
Esta medida la Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal (Ley 26-2017) para establecer un nuevo marco legal sobre la propiedad inmueble del Estado en desuso. Busca priorizar la disposición de estas propiedades para el desarrollo de vivienda asequible, para adultos mayores, o para transferirlas a entidades sin fines de lucro. Si estos usos no son viables, se permite su venta bajo principios de competencia y transparencia. La medida la Ley 12-1975 y la Ley 235-2014, centralizando la evaluación y disposición de bienes inmuebles en el Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles (CEDBI).
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
. Esta medida se inscribe en el contexto histórico de la escasez de vivienda asequible y el alza en los costos habitacionales, exacerbada por factores como los huracanes de 2017 y la proliferación de alquileres a corto plazo. La disposición de propiedades en desuso del Estado para vivienda asequible, para adultos mayores o para entidades sin fines de lucro busca mitigar esta crisis, que ha afectado desproporcionadamente a las familias de ingresos bajos y moderados.
En qué va
La medida se encuentra en etapa de , habiendo sido aprobada con por el Senado y la Cámara de Representantes, y ahora un comité de conferencia debe conciliar las diferencias entre ambas versiones.
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Última acción · 8 de junio de 2026
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Para enmendar el Artículo 5.01; añadir un inciso (j) al Artículo 5.05; enmendar los incisos (a) y (d) del Artículo 5.06; y enmendar el Artículo 5.07 de la Ley Núm. 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, a fin de ampliar los deberes del Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles con respecto al inventario oficial de propiedades del Gobierno de Puerto Rico; y autorizar la transferencia de propiedades inmuebles en total desuso a los municipios, entidades sin fines de lucro o desarrolladores comunitarios para ser destinadas exclusivamente al desarrollo de vivienda social y asequible.
La medida busca enmendar la Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal (Ley 26-2017) para ampliar las funciones del Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles (CEDBI). Específicamente, autoriza la transferencia de hasta el 25% de propiedades gubernamentales en desuso a municipios, entidades sin fines de lucro o desarrolladores comunitarios, a un precio nominal de $1.00, siempre que se destinen exclusivamente a vivienda social y asequible. Esto afecta directamente al inventario de propiedades públicas y a las entidades que puedan recibir estas propiedades para fines de desarrollo habitacional.
Para enmendar el Artículo 5.07 de la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, a los fines de priorizar el traspaso de planteles escolares en desuso a organizaciones sin fines de lucro y gobiernos municipales que los soliciten para el desarrollo de vivienda asequible.
Esta medida enmienda el Artículo 5.07 de la Ley 26-2017 (Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal) para establecer una política de priorización. Ahora, el Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles deberá dar preferencia a las organizaciones sin fines de lucro y a los gobiernos municipales que soliciten planteles escolares en desuso para desarrollar proyectos de vivienda asequible. El proceso de disposición de bienes inmuebles sigue basándose en el justo valor de mercado o el beneficio al interés público, pero con esta nueva directriz de priorización.
En contra (2)
Abstenido (1)
A favor (29)
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