Para crear la “Ley de Fiscalización del Uso de Fondos Públicos por Personas Privadas”; facultar a la Oficina del Contralor de Puerto Rico para auditar a toda persona natural o jurídica, con o sin fines de lucro, que reciba más de quinientos mil (500,000) dólares en fondos públicos durante un año fiscal; disponer el cómputo del umbral, los deberes de las personas cubiertas, las garantías de las personas requeridas, la cláusula obligatoria de acceso del Contralor y las consecuencias del incumplimiento; enmendar los Artículos 3 y 11 de la Ley Núm. 9 de 24 de julio de 1952, según enmendada, “Ley de la Oficina del Contralor del Estado Libre Asociado de Puerto Rico” y el Artículo 5 de la Ley Núm. 237 de 31 de agosto de 2004, según enmendada; “Ley para Establecer Parámetros Uniformes en los Procesos de Contratación de Servicios Profesionales y Consultivos para las Agencias y Entidades Gubernamentales del ELA” y para otros fines relacionados.
Crea la Ley de Fiscalización del Uso de Fondos Públicos por Personas Privadas y enmienda los Artículos 3 y 11 de la Ley 9-1952 y el Artículo 5 de la Ley 237-2004; no deroga requisitos vigentes. Considera cubierta a una persona privada que reciba más de $500,000 en un año fiscal, sumando fondos de distintas entidades y personas vinculadas, y mantiene esa condición durante los tres años fiscales siguientes; ciertos pagos, como fondos federales canalizados por el Gobierno e incentivos contributivos, no cuentan para el umbral. Las personas cubiertas deberán llevar registros identificables, conservarlos por seis años y rendir un informe juramentado dentro de 120 días del cierre de cada año en que superen el umbral; las entidades otorgantes informarán antes del 31 de agosto sobre receptores que hayan recibido más de $100,000. El incumplimiento puede dar lugar a retención de pagos, inelegibilidad, multas de hasta $5,000 por requerimiento y recobro; además, la medida deja expresamente a salvo la facultad del Contralor de fiscalizar a personas privadas sin importar la cuantía recibida.
●2 a favor●3 en contra
Última acción: 19 oct 2026