Para añadir un nuevo inciso (95) al Artículo 2.3 de la Ley 58-2020, según enmendada, conocida como "Código Electoral de Puerto Rico de 2020", a los fines de definir el término "propaganda política"; y para otros fines relacionados.
La Ley 202-2026 añade el inciso (95) al Artículo 2.3 del Código Electoral y renumera los incisos que eran del 95 al 115 como 96 al 116. Define propaganda política como letreros, rótulos, pegatinas, audio, visuales, pantallas electrónicas u otros medios similares exhibidos en lugares públicos para promover o rechazar partidos, ideologías, aspirantes, candidatos, comités o asuntos electorales. No modifica la definición de Local de Propaganda. Ordena a la Comisión Estatal de Elecciones y a las agencias pertinentes implementar la ley y aprobar reglamentación, y dispone que entre en vigor inmediatamente.
●1 a favor●2 en contra
Última acción: 9 oct 2026