Qué se movió cada día en la Legislatura. Toca un día para ver qué le pasó a cada medida. Los filtros te dejan seguir un solo tipo de trámite, como el Calendario de Órdenes Especiales, que es la antesala de una votación.
En trámite
Camino a votarse
Camino a ser ley
Detenidas
Resto
+67 más
7+109 más
8+31 más
9+106 más
10+25 más
+84 más
14+37 más
15+20 más
16+128 más
17+23 más
+79 más
21+47 más
22+39 más
23+114 más
24+17 más
+89 más
28+28 más
29+12 más
30+87 más
Para enmendar el Artículo 18 de la Ley 42-2017, según enmendada, conocida como la “Ley para la Implantación del Plan para la Reorganización de la Industria del Cannabis Medicinal de Puerto Rico” a los fines de atemperar las regulaciones bancarias para con los negocios relacionados al cannabis medicinal a la de las demás jurisdicciones de los Estados Unidos y al gobierno federal; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 4 de la Ley Núm. 44 de 2 de julio de 1985, según enmendada, conocida como la “Ley para Prohibir el Discrimen Contra las Personas con Impedimentos Físicos, Mentales o Sensoriales”, a los fines de prohibir que cualquier institución pública o privada que ofrezca a la venta boletos para eventos públicos, espectáculos o actividades recreativas exija a las personas con impedimentos la presencia física o la presentación de evidencia médica como condición para la compraventa de boletos; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el inciso (a) del Artículo 7 de la Ley Núm. 130 de 8 de mayo de 1945, según enmendada, conocida como la “Ley de Relaciones del Trabajo de Puerto Rico”, a los fines de disponer que, cuando exista un acuerdo de arbitraje compulsorio pactado por las partes en un convenio colectivo para atender controversias relacionadas con alegadas violaciones al convenio, dicho foro arbitral tendrá jurisdicción exclusiva para atender tales controversias; y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley para establecer el uso de torniquetes en las Agencias Gubernamentales y Escuelas Públicas de Puerto Rico” a los fines de que todas las agencias gubernamentales y escuelas públicas de Puerto Rico cuenten con un instrumento (torniquete) el cual ayude a salvar una vida en una situación de emergencia; y para otros fines relacionados
Para declarar el 25 de marzo de cada año como el “Día del Niño por Nacer” para promover así, la celebración, el respeto y la defensa a la vida humana desde el momento de la concepción; responsabilizar al Departamento de Estado de organizar y patrocinar las actividades correspondientes a este día; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el inciso 5 de la Sección 2.1 del Artículo 2, según enmendada, conocida como “Ley para la Administración y Transformación de los Recursos Humanos en el Gobierno de Puerto Rico”; enmendar el inciso (y) del Artículo 1.2 de la Ley 1-2012, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica de la Oficina de Ética Gubernamental de Puerto Rico”; enmendar la Sección 1 de la Ley Núm. 99 de 5 de mayo de 1941, según enmendada, conocida como “Ley para Prohibir el Nepotismo en el Nombramiento de Funcionarios y Empleados de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico”; enmendar el inciso (r) del Artículo 3.1 de la Ley 2-2018, según enmendada, conocida como “Código Anticorrupción para el Nuevo Puerto Rico”; a los fines de extender las prohibiciones relacionadas al nepotismo y al nombramiento o contratación de familiares para incluir a la pareja por relación afectiva análoga a la conyugal, según reconocida en el Código Civil de Puerto Rico de 2020; y para otros fines relacionados.
Para enmendar la Ley Núm. 66 de 17 de agosto de 1989, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica de la Administración de Vivienda Pública de Puerto Rico”, a los fines de añadir un nuevo Artículo 13-A que establezca la primacía de acomodo en el primer piso de residenciales públicos de propiedad horizontal para familias con personas mayores de 65 años o con residentes encamados, con el propósito de garantizar accesibilidad y seguridad; disponer criterios de prioridad y mecanismos de implementación; y para otros fines relacionados.
Para enmendar la Sección 2 de la Ley de 12 de marzo de 1903, según enmendada, conocida como “Ley General de Expropiación Forzosa”, a los fines de aclarar la definición de fin o utilidad pública; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 268 de la Ley Núm. 146-2012, según enmendada, conocida como “Código Penal de Puerto Rico”, a los fines de incluir como conducta delictiva el uso de sistemas de inteligencia artificial en la fabricación de alegaciones falsas que induzcan a investigaciones criminales.
Para enmendar el Artículo 5.1 de la Ley Núm. 127 de 27 de junio de 1958, según enmendada, a los fines de incluir al Negociado del Cuerpo de Emergencias Médicas.
Para enmendar el Artículo 1 de la Ley Núm. 22-2013, que establece la Política Pública del Gobierno de Puerto Rico en contra del discrimen por orientación sexual o identidad de género en el empleo público o privado; enmendar el inciso (h) del Artículo 3 de la Ley Núm. 167 2003, según enmendada, conocida como “Carta de Derechos del Joven en Puerto Rico”; enmendar el inciso (aa) del Artículo 3 de la Ley Núm. 45-1998, según enmendada, conocida como “Ley de Relaciones del Trabajo para el Servicio Público de Puerto Rico”; enmendar el inciso (5) de la Sección 2.1 del Artículo 2, el inciso (35) del Artículo 3, el Artículo 6, la Sección 6.3 del Artículo 6 y el apartado (3) del subinciso (a) del inciso (2) de la Sección 9.1 del Artículo 9 de la Ley Núm. 8–2017, según enmendada, denominada “Ley para la Administración y Transformación de los Recursos Humanos en el Gobierno de Puerto Rico”; enmendar el inciso (d) del Artículo 17 de la Ley Núm. 115 de 30 de junio de 1965, según enmendada; enmendar el Artículo 2.042, el Artículo 2.048, el subinciso (3) del inciso (b) del Artículo 2.058, el Artículo 2.085 y el inciso 202 del Artículo 8.001 de la Ley Núm. 107–2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”; enmendar el Artículo 1, el Artículo 1-A, el Artículo 2 y el Artículo 2-A de la Ley Núm. 100 de 30 de junio de 1959, según enmendada; enmendar la Sección 1 de la Ley Núm. 131 de 13 de mayo de 1943, según enmendada, conocida como “Ley de Derechos Civiles de Puerto Rico”; enmendar el Artículo 1, el Artículo 2 y el Artículo 5 de la Ley Núm. 61-2011; enmendar los Artículos 66 y 180 de la Ley Núm. 146-2012, según enmendada, conocida como “Código Penal de Puerto Rico”; y derogar el Artículo 21 de la Ley Núm. 22-2013, a los fines de expandir dicha protección a cualquier gestión gubernamental, pública o privada y atemperar la legislación vigente a la política pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico establecida; y para decretar otras disposiciones complementarias.
Para enmendar el inciso (j) del Artículo 3 de la Ley 230 de 23 de julio de 1974, según enmendada, conocida como “Ley de Contabilidad del Gobierno de Puerto Rico”; y establecer la responsabilidad del Departamento de Hacienda de adoptar reglamentación administrativa con el fin de requerir que las asignaciones, los gastos y las ganancias generadas por servicios de tecnología e informática provistos o contratados por el Gobierno de Puerto Rico se divulguen de forma específica en un informe anual; con el fin de garantizar la transparencia cuando una empresa privada es contratada o subcontratada para ejercer funciones adjudicadas al Estado por virtud de la Constitución de Puerto Rico, las leyes o la reglamentación administrativa; y para decretar otras disposiciones complementarias.
Para enmendar los Artículos 7.092 y 7.148 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, a los fines de establecer una exención contributiva al pago del impuesto sobre todo el inventario de propiedad mueble perteneciente a un pequeño o mediano comerciante (PyMEs) cuyo volumen de ventas brutas anuales no exceda de cinco millones de dólares ($5,000,000.00); y para otros fines relacionados.
Para enmendar la Ley Núm. 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, específicamente para añadir un nuevo Artículo 9.12 al Capítulo IX y enmendar el Artículo 9.01 para añadir el inciso (t), con el propósito de prohibir la grabación y publicación de contenidos con estudiantes por personal educativo en planteles escolares o actividades educativas sin consentimiento escrito de padres o encargados radicado ante el Departamento de Educación, en busca de salvaguardar la privacidad, imagen y seguridad de los menores en entornos educativos contra riesgos cibernéticos y de exposición personal.
Para añadir un nuevo subinciso (1) al inciso (a) de la Regla 234 de las Reglas de Procedimiento Criminal de 1963, según enmendadas, con el objetivo de proteger el derecho constitucional contra registros, incautaciones y allanamientos irrazonables; y para decretar otras disposiciones complementarias.
Para enmendar los Artículos 139, 144, 146, 147, 148, 149 y 152 de la Ley Núm. 146 de 30 de julio de 2012, según enmendada, conocida como “Código Penal de Puerto Rico”, a los fines de aumentar ciertas penas, imponer revocación indefinida de licencia de conducir, prohibir aplicación de concurso de delitos, requerir cumplimiento consecutivo de penas, mandar tratamiento bajo AMSSCA, requerir registro en el Registro de Ofensores Sexuales, imponer multas para fondo de Centros P.I.T.I., expedir órdenes de alejamiento permanentes, y prohibir sentencias suspendidas; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los Artículos 6 y 7 de la Ley Num.183-1998, según enmendada, conocida como la "Ley de Compensación y Servicios a las Víctimas y Testigos de Delito", para incluir a las víctimas de trata humana como elegibles para que la Oficina de Compensación y Servicios a las Víctimas y Testigos de Delito pueda concederles compensación por daños ocurridos a causa de ser víctimas de dicho delito; y para que no le aplique a estas víctimas el impedimento para recibir compensación si cometieren delitos durante su condición de víctimas de trata.
Para ordenar a la Comisión de la Región Oeste de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre las condiciones de infraestructura, mantenimiento, acceso al agua potable, calidad del servicio y todo asunto relacionado a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados en los municipios de Aguada, Añasco, Rincón y Moca, que componen el Distrito Representativo Número 18.
Para ordenar a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación detallada en torno a la implantación del Artículo 12 de la Ley 22-2000, según enmendada, que establece que todo vehículo de motor que transite por las vías públicas debe ser sometido a inspecciones mecánicas periódicas, con particular énfasis en el requisito de que todos los centros de inspección de vehículos deban adoptar un nuevo sistema y equipo para llevar a cabo tales inspecciones; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre el cumplimiento con la Ley Núm. 219-2006, según enmendada, conocida como “Ley para Fomentar el Empleo de Personas con Impedimentos Cualificados en las Agencias, Dependencias y Corporaciones Públicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”; con el propósito de recomendar las acciones legislativas y administrativas que deban adoptarse; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Recursos Naturales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre los señalamientos públicos relacionados con actividades en fincas aledañas al Lago La Plata en el municipio de Toa Alta; evaluar posibles actividades de extracción de materiales de la corteza terrestre, el cumplimiento con la reglamentación vigente, así como el impacto potencial sobre la sedimentación del embalse; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de lo Jurídico de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el funcionamiento y efectividad de la Junta Reguladora de los Programas de Reeducación y Readiestramiento para Personas Agresoras; creada en virtud de la Ley Núm. 449-2000, según enmendada.
Para ordenar a la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el manejo de las querellas administrativas presentadas contra empleados de la Policía de Puerto Rico relacionadas con el manejo inadecuado de casos de violencia de género; evaluar la efectividad de los protocolos, procedimientos disciplinarios y mecanismos de supervisión existentes; identificar potenciales deficiencias institucionales; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Autoridad de los Puertas del Gobierno de Puerto Rico a designar el Muelle 15 en la Bahía de San Juan con el nombre de Carlos Fernando Chardón, quien fue distinguido por su servicio como soldado condecorado en el Ejército de los Estados Unidos durante la Segunda Guerra Mundial, así como por su desempeño en cargos públicos, incluyendo Secretario de Estado y Ayudante General de la Guardia Nacional de Puerto Rico, y para otros fines.
“Para ordenar al Departamento de Educación a implementar un Programa Integral de Mejora de la Lectura y Escritura en las escuelas públicas de Puerto Rico, establecer estándares de formación docente, fortalecer el liderazgo escolar y garantizar que todos los estudiantes alcancen competencia lectora al finalizar tercer grado; y para otros fines relacionados.”
Para ordenar a la Secretaria del Departamento de la Familia, diseñar y establecer un programa piloto que ofrezca un sistema coordinado de apoyo y servicios a los adultos con neurodivergencia; establecer parámetros y requisitos del Programa; facultar a la Secretaria del Departamento de la Familia para adoptar la reglamentación necesaria a estos fines; y para otros asuntos relacionados.
Para ordenar al Departamento de la Vivienda a realizar todas las gestiones necesarias para otorgar títulos de propiedad a los vecinos de la Comunidad Betances en el Barrio Quinto del Municipio de Ponce por el valor nominal de un dólar ($1.00); establecer ciertos requisitos y criterios para el otorgamiento de los títulos de propiedad; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Desarrollo Económico, Pequeños Negocios, Banca, Comercio, Seguros y Cooperativismo del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la efectividad de los incentivos fiscales ofrecidos por la Compañía de Fomento Industrial de Puerto Rico (PRIDCO); evaluar el impacto real de dichos incentivos en la creación de empleos, desarrollo económico regional, atracción de inversiones, y fortalecimiento de sectores industriales específicos; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico a investigar el estado de los caminos, carreteras estatales y municipales y de cualquier otra vía pública en los municipios que componen el Distrito Senatorial de Ponce, y su impacto en la calidad de vida y bienestar social de los residentes de estos municipios; y para otros fines relacionados.