Qué se movió cada día en la Legislatura. Toca un día para ver qué le pasó a cada medida. Los filtros te dejan seguir un solo tipo de trámite, como el Calendario de Órdenes Especiales, que es la antesala de una votación.
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30+26 más
31+49 más
Para enmendar los incisos (b) y (c) de la Sección 4030.20 de la Ley Núm. 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico” o “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011” a fin de ampliar el período de exención del pago del impuesto sobre la venta y uso en la compra de uniformes y materiales escolares a dos semanas completas al año e incluir a las computadoras portátiles, tabletas y lápices o bolígrafos digitales en los artículos considerados materiales escolares; y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley de Legitimación Activa Ambiental”, a los fines de otorgar legitimación activa estatutaria plena a cualquier persona en Puerto Rico que, motivada por el propósito de hacer valer la política pública ambiental, interese presentar, intervenir, solicitar reconsideración, recurrir o apelar como parte en cualquier acción o causa civil o administrativa bajo cualquier ley, reglamento u otra fuente jurídica que verse sobre asuntos ambientales, ecológicos o relacionadas a la protección, conservación o desarrollo de los recursos naturales o que tengan un impacto directo o indirecto en cuanto a estos asuntos; enmendar las Secciones 3.5, 3.15, 4.2 y 4.7 de la Ley 38-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico”; enmendar los Artículos 9.8, 13.1, 14.1 y 14.6 de la Ley 161-2009, según enmendada, conocida como “Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico”; enmendar los Artículos 12 y 19 de la Ley 416-2004, según enmendada, conocida como “Ley Sobre Política Pública Ambiental”; y para decretar otras disposiciones complementarias.
Para enmendar el inciso (aa) del Artículo 3 de la Ley 45-1998, según enmendada, conocida como la “Ley de Relaciones del Trabajo para el Servicio Público de Puerto Rico”; enmendar el inciso (35) del Artículo 3 y la Sección 6.3 del Artículo 6 de la Ley 8-2017, según enmendada, conocida como la “Ley para la Administración y Transformación de los Recursos Humanos en el Gobierno de Puerto Rico”; enmendar los Artículos 2.042, 2.048 y el inciso 203 del Artículo 8.001 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”; enmendar los Artículos 1, 1-A, 2 y 2A de la Ley Núm. 100 de 30 de junio de 1959; con el fin de establecer que no se pueda discriminar a nadie por razon de su “estatus migratorio” en el ambito laboral; ordenar a todas las agencias, instrumentalidades, departamentos, corporaciones públicas de la Rama Ejecutiva, los municipios, la Rama Legislativa y la Rama Judicial a atemperar sus reglamentos de personal para exponer claramente esta política pública; y para otros fines relacionados.
Para declarar el 22 de abril de cada año como el “Día Internacional del Planeta Tierra”.
Para derogar la Ley Núm. 89 de 21 de junio de 1955, según enmendada; añadir un nuevo inciso (v) y reenumerar los actuales incisos (v) al (w) como incisos (w) al (x) al Artículo 4 de la Ley Núm. 4 de 22 de junio de 1994, según enmendada, a los fines de transferir las funciones de conservar, custodiar, restaurar y estudiar los bienes muebles e inmuebles, los activo y funciones de custodias de arte que se encontraban bajo la custodia del Instituto de Cultura Puertorriqueña al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, y para otros fines relacionados.
Para enmendar los Artículos 1 y 4 de la Ley Núm. 41 de 5 de agosto de 1991, según enmendada, a los fines de actualizar el listado de Juntas Examinadoras adscritas al Departamento de Estado; encomendarle al Secretario de Estado la creación de un procedimiento uniforme de licenciamiento ocupacional que establezca el marco legal que regirá toda evaluación, concesión, denegación y revisión de solicitudes de expedición y renovación de licencias profesionales y ocupacionales por el Gobierno de Puerto Rico; y disponer para la aprobación automática de licencias provisionales, para toda solicitud que no se evalúe dentro del término máximo provisto; y para otros fines relacionados.
Para establecer la “Ley para la Reforma de Licencias Ocupacionales de Puerto Rico”, con el propósito de simplificar el ejercicio de algunas ocupaciones mediante la eliminación de requisitos obsoletos que encarecen la actividad laboral, impidiendo a individuos productivos encontrar empleo al concluir sus estudios o establecer pequeñas empresas en la Isla; añadir un inciso (z) al Artículo 5 de la Ley Núm. 23 de 20 de junio de 1972, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales”(“DRNA”), con el fin de facultar al Secretario del DRNA a adoptar reglamentación en cuanto a la ocupación y certificación de Operadores de Plantas de Tratamiento de Agua Potable y Aguas Usadas; derogar la Ley Núm. 53 del 13 de julio de 1978, según enmendada, conocida como “Ley para la Certificación de los Operadores de Sistemas y/o Plantas de Tratamiento, de Agua Potable y de Aguas Usadas”; derogar la Ley Núm. 99 del 30 de junio de 1975, según enmendada, conocida como “Ley de Técnicos en Electrónica de Puerto Rico”; derogar la Ley Núm. 125 de 8 de junio de 1973, según enmendada; derogar la Ley Núm. 54 de 21 de mayo de 1976, según enmendada; derogar la Ley Núm. 146 de 27 de junio de 1968, según enmendada; derogar la Ley Núm. 431 de 15 de mayo de 1950, según enmendada; derogar la Ley Núm. 204 de 8 de agosto de 2008, según enmendada, conocida como “Ley para la Creación de la Junta Reglamentadora de Relacionistas de Puerto Rico”; enmendar el Artículo 2; derogar los Artículos 3 al 14, 16 y 26; enmendar y reenumerar los Artículos 15 y 17; y reenumerar los Artículo 18 al 27 de la Ley Núm. 134 de 15 de julio de 1986, según enmendada, conocida como “Ley de Actores de Puerto Rico”; y para otros fines relacionados.
“Para enmendar el sub-inciso (i) del inciso 3 y los sub-incisos (g), (l), y (p) del inciso 4 del Artículo 1B; y añadir un nuevo Artículo 1C, a la Ley Núm. 45 de 18 de abril de 1935, según enmendada, conocida como Ley del Sistema de Compensaciones por Accidentes del Trabajo, a los fines de hacer disponible las facilidades del Hospital Industrial de Puerto Rico a todos los pacientes que requieran servicios médico-hospitalarios; actualizar la cita de las disposiciones legales allí mencionadas, y para otros fines relacionados.”
Para añadir un nuevo inciso (c) y redesignar los actuales incisos (c) a (k) como incisos (d) a (l); añadir un nuevo inciso (m) y redesignar los actuales incisos (1) a (o) como incisos (n) a (q); añadir un nuevo inciso (r) y redesignar los actuales incisos (p) a (s) como incisos (s) a (v); añadir un nuevo inciso (w) y redesignar los actuales incisos (t) a (z) como incisos (x) a (dd), respectivamente, del Artículo 1.03; enmendar el inciso (d) y añadir un inciso (r) al Artículo 2.04; enmendar el Artículo 8.03; añadir los incisos (c) y (d) al Artículo 8.08; y enmendar los incisos (d) y (e) del Artículo 8.11 de la Ley Núm. 255-2002, según enmendada, conocida como "Ley de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Crédito de 2002", a los fines de autorizar a las cooperativas de ahorro y crédito organizadas bajo sus disposiciones a ser miembros de un Banco Federal de Préstamo para Vivienda y como tales, recibir todos los beneficios de su membresía; permitir la colaboración entre la Corporación Pública para la Supervisión y Seguro de Cooperativas, "COSSEC", y el Banco Federal de Préstamo para Vivienda en procesos de Sindicatura y disolución de cooperativas miembros; y para otros fines relacionados.
“Para enmendar el Artículo 30.040 inciso (c) y el Artículo 31.090 de la Ley 77 de 19 de Junio de 1957, según enmendada, conocida como el “Código de Seguros de Puerto Rico”, a los fines de brindar mayor agilidad en los procesos de pagos entre aseguradoras y médicos proveedores de servicios de salud, así como mayor transparencia y capacidad de negoción a los proveedores individuales en el proceso de contratación para prestar servicios de salud.”
“Para añadir inciso (s) al Artículo 3 de la Ley Núm. 22 de 24 de julio de 1985, según enmendada, conocida como “Ley del Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico”, a los fines de ampliar y fortalecer los servicios brindados por la antes mencionada institución financiera a los individuos y corporaciones en general mediante el establecimiento de cuentas de depósito en el referido banco, servicios y apoyo bancario para industrias emergentes, y para otros fines relacionados.”
“Para establecer la Ley de Protección a la Integridad Física y la Salud Mental de los atletas profesionales en Puerto Rico, a los fines de garantizar que todo atleta profesional en Puerto Rico tenga una póliza o cubierta de salud; definir el término de atleta profesional; establecer deberes y responsabilidades al gobierno central para el cumplimiento de la Ley; y para otros fines relacionados.”
“Para enmendar las Secciones 2 y 3 de la Ley 258-2018; enmendar los Artículos 3.3, 18.0, 23.3, 36.1 y 36.3 de la Ley 234-2004, según enmendada; y, enmendar la Sección 6 de la Ley Núm. 83 de 2 de mayo de 1941, según enmendada, a los fines de establecer las entidades cooperativas de servicio eléctrico o cooperativas de trabajo asociado que tengan como fin brindar servicios de construcción, reparación, mantenimiento y operación, en todo o en parte, de la red de transmisión y distribución, incluyendo, pero sin limitarse a la propiedad de la Autoridad de Energía Eléctrica, instalaciones municipales, servicios contratados entre la Autoridad de Energía Eléctrica y los municipios de Puerto Rico, como ente profesional subcontratado por los municipios para reparaciones de la red de transmisión o de distribución eléctrica de la Autoridad de Energía Eléctrica o de los municipios, así como parte microredes de distribución de energía eléctrica en Puerto Rico o que contraten con corporaciones privadas; establecer la política pública que favorece la contratación de cooperativas de servicio eléctrico; disponer y promover la contratación del Gobierno Central, agencias, departamentos, corporaciones públicas, instrumentalidades y municipios de cooperativas de servicio eléctrico; autorizar a la Autoridad de Energía Eléctrica a contratar corporaciones de servicio eléctrico para la consecución de sus fines; y para otros fines relacionados.”
“Para enmendar los Artículos 2 y 3 de la Ley Núm. 84 de 2 de julio de 1987, según enmendada, a los fines de establecer una nueva condición dentro de las incluidas en el Programa para la Detección, Diagnóstico y Tratamiento de Enfermedades Hereditarias; y para otros fines relacionados.”
“Para enmendar el inciso (l) del Artículo 1.7 y el inciso (c) del Artículo 3.3 de la Ley 106-2017, según enmendada, conocida como “Ley para Garantizar el Pago a Nuestros Pensionados y Establecer un Nuevo Plan de Aportaciones Definidas para los Servidores Públicos”; y añadir un inciso (8) al Artículo 4 de la Ley 9-2013, según enmendada, conocida como “Ley de la Asociación de Empleados del Estado Libre Asociado de Puerto Rico de 2013”, a los fines de incluir a la Asociación de Empleados del Estado Libre Asociado entre las Entidades Administradoras del Nuevo Plan de Aportaciones Definidas; como alternativa a los empleados activos bajo Reforma 2000 y el Plan 106 que opten transferir voluntariamente su plan de aportaciones definidas a dicha Asociación; establecer una nueva categoría de socios de la Asociación señalada, para incluir a los exempleados públicos del Sistema 2000, Plan 106 y otros; y para otros fines relacionados.”
Para crear la “Ley de Legitimación Activa Ambiental”, a los fines de otorgar legitimación activa estatutaria plena a cualquier persona en Puerto Rico que, motivada por el propósito de hacer valer la política pública ambiental, interese presentar, intervenir, solicitar reconsideración, recurrir o apelar como parte en cualquier acción o causa civil o administrativa bajo cualquier ley, reglamento u otra fuente jurídica que verse sobre asuntos ambientales, ecológicos o relacionadas a la protección, conservación o desarrollo de los recursos naturales o que tengan un impacto directo o indirecto en cuanto a estos asuntos; enmendar las Secciones 3.5, 3.15, 4.2 y 4.7 de la Ley 38-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico”; enmendar los Artículos 9.8, 13.1, 14.1 y 14.6 de la Ley 161-2009, según enmendada, conocida como “Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico”; enmendar los Artículos 12 y 19 de la Ley 416-2004, según enmendada, conocida como “Ley Sobre Política Pública Ambiental”; y para decretar otras disposiciones complementarias.
Para enmendar los Artículos 15, 16, 17, 18, 19, 20 y 37 de la Ley 135-2020, según enmendada, conocida como "Ley del Instituto de Ciencias Forenses de Puerto Rico", a los fines de eliminar el término de juez instructor como persona facultada para realizar la investigación y autorización del levantamiento de cadáveres; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 3 de la Ley 1-2023, conocida como “Ley de Investigación, Análisis y Fiscalización Presupuestaria de Puerto Rico”, a los fines de aclarar y atemperar la organización de la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Transportación e Infraestructura y la Comisión de Desarrollo Económico de la Cámara de Representantes, realizar una investigación exhaustiva sobre la canalización del Río La Plata, con énfasis en su estado actual, los efectos de la inflación en los costos de ejecución de la tercera fase, el impacto en los planes subsiguientes, y las medidas adoptadas para afrontar los cambios en las circunstancias originalmente contempladas al diseñar y presupuestar el proyecto, y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación sobre todo asunto relacionado con la implantación de la política pública de todos los servicios públicos y privados que inciden sobre la salud; la prevención, diagnóstico y tratamiento de enfermedades y la conservación de la salud; los servicios médico-hospitalarios y ambulatorios; las investigaciones y las estadísticas vitales; las facilidades físicas, médicas y paramédicas y el equipo; la administración, implantación y gerencia de cualquier modificación de carácter general en los sistemas de salud, tales como el plan de salud del gobierno; la salud mental; la reglamentación y supervisión de la fabricación, distribución y venta de productos médicos; los profesionales de la salud; los servicios que combaten el alcoholismo y la drogadicción; la salud en general; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a las Comisiones de Asuntos Municipales; y de Hacienda realizar una investigación exhaustiva sobre las disposiciones del Artículo 7.148 de la Ley Núm. 107-2020, según enmendada, conocida como el "Código Municipal de Puerto Rico", con el fin de analizar propuestas viables de enmiendas, evaluar el impacto financiero en los municipios y considerar alternativas para garantizar el equilibrio entre los ingresos municipales y el apoyo a los sectores comerciales; investigar todo asunto relacionado al impuesto al inventario; y para otros fines relacionados.
Para expresar el más alto reconocimiento y felicitación de esta Cámara de Representantes al señor José Rafael "Palillo" Santiago por su extraordinaria trayectoria como jugador de béisbol profesional, narrador deportivo y mentor de jóvenes talentos, resaltando no solo su innegable impacto en el deporte puertorriqueño, sino también su humanidad, pasión y dedicación a la excelencia.
Para ordenar a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación sobre el estado actual de la política pública con relación a la identificación de la población existente de personas diagnosticadas con algún tipo de demencia, el deber de monitorear y evaluar la accesibilidad, cantidad y calidad de los servicios públicos y privados disponibles, así como también, el cumplimiento de todas las leyes y reglamentos que cobijan a esta población; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre las prácticas ilegales de conducción temeraria ocurridas durante las corridas ilegales de motoras incluyendo las acrobacias y maniobras de alto riesgo que estos conductores realizan en las carreteras públicas de Puerto Rico, con el fin de evaluar los peligros asociados, las estadísticas de accidentes, la efectividad de las sanciones actuales y la viabilidad de nuevas medidas legislativas para fortalecer la seguridad vial la fiscalización de estas conductas; y para otros fines relacionados.
Para designar la Carretera PR-863 ubicada en el Municipio de Toa Baja con el nombre de “José ‘Manrique’ Rivera Torres”, en reconocimiento a su destacada trayectoria educativa, comunitaria, espiritual y familiar, así como a su impacto perdurable en el Barrio Pájaros-Candelaria y el Municipio de Toa Baja, Puerto Rico, y para otros fines relacionados.
Para ordenarle al Procurador General de Puerto Rico unir al Estado Libre Asociado de Puerto Rico como demandante, junto a la coalición de estados y entidades que están demandando para que se bloquee de forma inmediata la orden ejecutiva del Presidente Donald Trump, titulada “Protección del significado y el valor de la ciudadanía estadounidense”, que busca eliminar el derecho a la ciudadanía por nacimiento; para solicitar se declare inconstitucional dicha orden y se garanticen los derechos de los niños nacidos en Estados Unidos e impactados por esta orden, y para otros fines relacionados.
Para expresar el más enérgico rechazo de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico a las políticas establecidas por el Presidente de Estados Unidos Donald J. Trump a través de la aprobación de un conjunto de Órdenes Ejecutivas que declaran la entrada de inmigrantes por las fronteras como una invasión, eliminan el carácter de santuarios de iglesias, escuelas y hospitales y promueven la deportación masiva con el auxilio de fuerzas militares; para consignar el repudio a cualquier propuesta para la utilización de recursos de Pueblo de Puerto Rico para la ejecución de dichas iniciativas, y para declarar nuestra solidaridad con las comunidades de inmigrantes en Puerto Rico ante la persecución que ya se ha iniciado por parte de las autoridades migratorias de los Estados Unidos.
Para expresar el más enérgico rechazo de la Asamblea Legislativa del Estado Libre Asociado de Puerto Rico a la Orden Ejecutiva emitida por el Presidente de los Estados Unidos, Donald J. Trump, titulada “Protecting the Meaning and Value of American Citizenship”, por constituir un atentado a los principios democráticos que atesoramos como Pueblo, de manera específica a la disposición de la Constitución Federal de los Estados Unidos de América de la Decimocuarta enmienda, vigente por más de ciento cincuenta (150) años, que establece de manera expresa que toda persona nacida en y sujeta a la jurisdicción de los Estados Unidos se le confiere la ciudadanía americana.
“Para exigir del Congreso de los Estados Unidos de América que, en virtud de sus poderes plenarios para legislar sobre Puerto Rico bajo la Cláusula Territorial de la Constitución de los Estados Unidos, enmiende la Ley Jones de 1920 (Merchant Marine Act of 1920, Pub. L. 66-261, as amended, 46 U.S.C. §§ 50101–58109), así como cualquier otra legislación pertinente sobre cabotaje, para excluir a Puerto Rico del ámbito de aplicación de dichas leyes.”
“Para expresar el más enérgico rechazo de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico a las políticas establecidas por el Presidente de Estados Unidos, Donald J. Trump, a través de la aprobación de un conjunto de Órdenes Ejecutivas que declaran la entrada de inmigrantes por las fronteras como una invasión, eliminan el carácter de santuarios de iglesias, escuelas y hospitales y promueven la deportación masiva con el auxilio de fuerzas militares; para consignar el repudio a cualquier propuesta para la utilización de recursos de Pueblo de Puerto Rico para la ejecución de dichas iniciativas, y para declarar nuestra solidaridad con las comunidades de inmigrantes en Puerto Rico ante la persecución que ya han iniciado las autoridades migratorias de los Estados Unidos.”
Para ordenar a las Comisiones de Hacienda, Presupuesto y PROMESA; y de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación sobre los servicios educativos disponibles a través de entidades públicas y de organizaciones sin fines de lucro para menores con discapacidades moderadas a severas en Puerto Rico, con el fin de promover soluciones legislativas, identificar recursos que permitan ampliar sus servicios; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Innovación, Reforma y Nombramientos del Senado de Puerto Rico que realice una investigación cuyo propósito sea identificar a todas las personas o entidades propietarias de estructuras ubicadas en la zona marítimo-terrestre sobre terrenos de dominio público, localizados en el Sector La Parguera del Municipio de Lajas; el uso (residencial o comercial) que se les está dando a dichas estructuras; así como los cambios o construcciones recientes realizadas en las propiedades allí ubicadas.
Para crear la Comisión Especial para la Revisión de Nuestro Ordenamiento Electoral; disponer su composición, funciones y poderes; establecer su vigencia; y para otros fines.
Para expresar el más enérgico rechazo del Senado del Estado Libre Asociado de Puerto Rico a las acciones del Presidente de los Estados Unidos de América, Donald J. Trump contra los inmigrantes que residen en Puerto Rico, así como aquellos que se encuentran en los Estados de la Nación Americana; del mismo modo, condenar cualquier uso de los recursos del Gobierno de Puerto Rico para apoyar o colaborar con estas órdenes del mandatario federal e instruir al Departamento de Estado de Puerto Rico por conducto de su secretaria, la licenciada Verónica Ferraiuoli Hornedo, a proveer asesoría legal a través de la Oficina de Orientación y Servicios a Ciudadanos Extranjeros en Puerto Rico a todos aquellos extranjeros residentes en Puerto Rico.
Para ordenar a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico realizar una investigación para conocer el estado actual de los hogares de envejecientes de Puerto Rico, a los fines de auscultar el cumplimiento con la política pública establecida y el nivel de cumplimiento con ésta en aquellas instituciones autorizadas a prestar servicios a dicha comunidad, así como a las organizaciones que atienden las necesidades de esta población.