Qué se movió cada día en la Legislatura. Toca un día para ver qué le pasó a cada medida. Los filtros te dejan seguir un solo tipo de trámite, como el Calendario de Órdenes Especiales, que es la antesala de una votación.
En trámite
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Camino a ser ley
Detenidas
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10+107 más
11+35 más
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15+27 más
16+21 más
17+65 más
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22+32 más
23+10 más
24+102 más
25+3 más
26+123 más
29+27 más
30+10 más
Lcda. Elba Cruz Rodríguez como Procuradora de Asuntos de Menores del Departamento de Justicia.
Lcda. Cynthia I. Candelaria Ramos como Procuradora de Asuntos de Menores del Departamento de Justicia.
Lcda. Paola N. García Mercado para un ascenso como Fiscal Auxiliar II del Departamento de Justicia.
Lcda. Kenya Cabán Aquino como Fiscal Auxiliar II del Departamento de Justicia.
Lcdo. Nelson D. Vélez Colón como Fiscal Auxiliar II del Departamento de Justicia.
Para derogar la Ley Núm. 70 de 20 de junio de 1963, según enmendada, conocida como "Ley del Relevo de la Inhabilidad Establecida por Ley para Ocupar Puestos Públicos a Personas con Sentencia Suspendida y Libertad a Prueba o Pena Alternativa a la Reclusión"; enmendar los Artículos 6.6 y 6.8 de la Ley 8-2017, según enmendada, conocida como "Ley para la Administración y Transformación de los Recursos Humanos en el Gobierno de Puerto Rico" con el propósito de eliminar la referencia a la Ley Núm. 70 de 20 de junio de 1963, según enmendada, ordenar y facultar la reglamentación necesaria para cumplir con los propósitos de esta Ley; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los Artículos 2, 4 y 6.1 de la Ley 121-2019, según enmendada, conocida como la "Carta de Derechos y la Política Publica del Gobierno a Favor de los Adultos Mayores", a los fines de establecer el derecho a la igualdad en el acceso a servicios y tecnologías; para establecer las responsabilidades de las agendas estatales; y para otros fines relacionados.
Para añadir un Capítulo IX al Libro III de la Ley Núm. 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, a fin de autorizar a los gobiernos municipales establecer el modelo de Oficinas Municipales para la Protección Animal y Control de la Sobrepoblación (OPACOS); determinar su financiamiento; y disponer reglamentación.
Para enmendar los artículos 2, 4, 5, 6, 9, 10, 12,13, 13A, 13B, 15, 16, 18 y 19 de la Ley Núm. 77 de 25 de junio de 1964, según enmendada, conocida como “Ley Antimonopolística de Puerto Rico”, a los fines de atemperar sus multas y penas con la Ley Núm. 146 de 30 de julio de 2012, según enmendada, conocida como “Código Penal de Puerto Rico”; aumentar la gravedad de ciertos delitos; actualizar ciertos términos; y para otros fines relacionados.
Para establecer la “Ley para Ajustar la Pensión Mínima al Costo de Vida Actual”; enmendar la Ley Núm. 447 de 15 de mayo de 1951 y la Ley Núm. 160 de 24 de diciembre de 2013 a los fines de aumentar la pensión mínima; y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley Especial para el Registro de Facilidades Deportivas y Recreativas Libres de Barreras en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, que ordenaría a la Defensoría de las Personas con Impedimentos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, en coordinación con el Departamento de Recreación y Deportes, la creación de un Registro Especial que identifique por municipio todos los parques e instalaciones deportivas y recreativas libres de barreras que garanticen el uso y disfrute pleno por parte de las personas con impedimentos, así como los programas de deporte adaptado en uso, sean públicos o privados; y otros asuntos afines.
Para enmendar los Artículos 2, 3 y 7 de la Ley 297-2018, según enmendada, conocida como “Ley Uniforme Sobre Filas de Servicio Expreso y Cesión de Turnos de Prioridad”, a los fines de eliminar el requisito de presencia física de la persona menor con diversidad funcional para que la persona padre, madre, tutor o encargada pueda utilizar el sistema de filas expreso; realizar enmiendas técnicas y de estilo para aclarar la redacción; añadir a la Oficina de la Procuradora de la Mujer y la Oficina del Procurador del Ciudadano como entidades responsables del cumplimiento de esta Ley; y para otros fines relacionado.
Para enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 2 de 7 de noviembre de 1975, según enmendada, conocida como "Ley de Certificados de Necesidad y Conveniencia" a fin de agilizar el proceso para expedir o denegar certificados de necesidad y conveniencia modificando los términos de presentación de evidencia de titularidad o compromiso de arrendamiento al momento de radicar la solicitud.
Para crear la “Ley de Asistencia Sicológica En Eventos Deportivos a Menores” con el fin de garantizar que los menores de edad tengan asistencia sicológica en todo evento y/o competencia deportiva; y para otros fines relacionados.
Para establecer la “Ley para la Regulación del Financiamiento de Programas Deportivos Escolares”, a los fines de prohibir el cobro de cuotas o cargos a estudiantes o a sus padres por participar en los programas deportivos que representen a una institución educativa; permitir métodos alternos de financiamiento para dichos programas; establecer una excepción para los programas administrados y operados por terceros contratados por la institución educativa; y para otros fines relacionados
Para añadir un inciso (f) al Artículo 20 de la Ley Núm. 107-2025, conocida como “Ley de Administración y Conservación de Documentos Públicos para el Siglo XXI”; y para otros fines relacionados.
Para promover el arte urbano como herramienta preventiva contra la delincuencia juvenil mediante el establecimiento de programas voluntarios en los municipios para la creación de murales comunitarios; fomentar la coordinación entre agencias gubernamentales, organizaciones sin fines de lucro y comunidades locales sin asignar fondos nuevos, utilizando recursos existentes; y para otros fines relacionados.
Para declarar la última semana del mes de septiembre de cada año como la "Semana de Concienciación sobre la Demencia Frontotemporal (DFT) en Puerto Rico", con el propósito de promover la educación, la detección temprana, la sensibilización social y el apoyo a pacientes, cuidadores y familias afectadas; y para otros fines relacionados.
Para declarar el mes de octubre de cada año como el “Mes de las Biociencias de Puerto Rico”; promover el conocimiento sobre la importancia y las aportaciones del sector de las biociencias al desarrollo económico, científico, tecnológico y social de Puerto Rico; fomentar la celebración de actividades educativas, científicas y de divulgación relacionadas con las biociencias; y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley para la Prevención del Aislamiento Social y la Soledad No Deseada de las Personas Adultas Mayores de Puerto Rico”; establecer el Programa Conecta 60+ bajo la coordinación de la Oficina del Procurador de las Personas de Edad Avanzada; establecer mecanismos voluntarios de identificación, cernimiento, seguimiento y conexión con servicios para personas adultas mayores en riesgo de aislamiento social o soledad no deseada; autorizar acuerdos colaborativos con municipios, entidades gubernamentales, instituciones de salud, organizaciones comunitarias y entidades sin fines de lucro; establecer protocolos especiales durante emergencias; disponer medidas de confidencialidad, reglamentación, financiamiento e informes; armonizar esta Ley con la Ley 76-2013, según enmendada, y la Ley 121-2019, según enmendada; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los Artículos 6 y 11 de la Ley Núm. 88 de 9 de julio de 1986, según enmendada, conocida como “Ley de Menores de Puerto Rico”; enmendar la Regla 2.7 y 13.8 de la Ley Núm. 33 de 19 de junio de 1987, según enmendada, conocida como “Reglas de Procedimiento para Asuntos de Menores”; a los fines de garantizar que todo menor esté adecuadamente representado por un abogado cuando enfrente investigaciones y procedimientos al amparo de dicha Ley y que la renuncia de tal derecho no pueda ocurrir sin el consejo legal competente; y para que toda declaración hecha por un menor en su contra sea inválida si no tuviese representación legal presente; que toda declaración hecha por un menor en su contra y en ausencia de representación legal sea considerada no aceptable en el proceso al amparo de esta Ley.
“Para añadir un nuevo inciso (j) al Artículo 246 de la Ley Núm. 146-2012, según enmendada, conocida como “Código Penal de Puerto Rico”, a los fines de añadir al delito de resistencia u obstrucción a la autoridad pública, el negarse a cooperar en una investigación criminal o a comparecer a un tribunal para autenticar un video con contenido delictivo que haya sido publicado en las redes sociales; y para otros fines relacionados.”
Para enmendar los Artículos 40, 58, 59, 60, 105, 106, 177, 185 y 209 de la Ley Núm. 210- 2015, según enmendada, conocida como "Ley del Registro de la Propiedad Inmobiliaria del Estado Libre Asociado", a los fines de realizar varias enmiendas para armonizar el estatuto al ordenamiento jurídico vigente conforme a la Ley Núm. 55-2020, según enmendada, conocida como Código Civil de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Para añadir un nuevo sub-inciso (r) al inciso 4 del Artículo 1-B, y enmendar el inciso (b) del Artículo 3 de la Ley Núm. 45 de 18 de abril de 1935, según enmendada, conocida como “Ley del Sistema de Compensaciones por Accidentes del Trabajo”; a los fines de aumentar los beneficios de compensación por incapacidad transitoria (dietas) y autorizar al administrador para realizar ajustes por costo de vida para todos los pagos por incapacidad que permite la ley; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los incisos (d) y (g) del Articulo 5 de la Ley Num. 8-2004, segun enmendada, conocida como "Ley Organica del Departamento de Recreación y Deportes" a fin de regular la practica del deporte al aire libre para menores de edad en las escuelas y entidades deportivas dirigidas a nifios y j6venes.
Para enmendar el Artículo 1; enmendar el inciso (c) del Artículo 3; y enmendar las incises (a), (b) y (d) del Artículo 8 de la Ley 163-2024, conocida coma "Ley para la Protección, Seguridad, Integración, Bienestar y Desarrollo Integral de las Personas con las Trastornos del Espectro Antista", a las fines de uniformar la terminología de la Ley, atemperar las definiciones al Manual Diagnóstico y Estadístico de las Trastornos Mentales (DSM-5), reforzar la composición interdisciplinaria de las equipos de servicios en las Centros de Autismo, disponer la acreditación de las Centros y de sus proveedores en las planes médicos comerciales y en el Plan de Salud del Gobierno; establecer mecanismos de seguimiento y fiscalización del cumplimiento de la Ley; y clarificar las competencias entre el Coordinador Interinstitucional de Servicios y el Comité Interinstitucional de Servicios; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos Municipales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre las políticas, prácticas y acciones del Municipio Autónomo de Cayey relacionadas con el recogido, remoción, traslado, custodia, albergue y disposición de animales abandonados o en estado de abandono; examinar el funcionamiento de sus programas e instalaciones de bienestar animal; evaluar el uso de fondos públicos y la contratación de servicios relacionados; determinar el cumplimiento con la Ley Núm. 154-2008, según enmendada; examinar la actuación de las agencias estatales con jurisdicción; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Autoridad de Tierras de Puerto Rico a proceder con la liberación de las condiciones y restricciones de la parcela de terreno marcada con el número DR guión ochenta y ocho (DR-88), en el Plano de Subdivisión del Proyecto Soller, sita en el Barrio Quebrada del término municipal de Camuy, Puerto Rico, compuesto de veinticinco cuerdas con mil doscientas sesenta y cuatro diezmilésimas de otra (25.1264 cdas.), equivalentes a noventa y ocho mil setecientos cincuenta y seis punto seis mil quinientos dieciocho metros cuadrados (98,756.6518 mc) la cual colinda por el Norte con la Finca número ochenta y siete (87); por el Sur con la Finca número ochenta y nueve (89); por el Este con camino que la separa de la finca número ochenta y tres (83) y carretera estatal número cuatrocientos cincuenta y cinco (455); y por el Oeste con la finca número ochenta y ocho (88) e Iván Martínez, a los fines de permitir la segregación de esta finca a favor de los titulares; considerándose las restricciones y condiciones de uso agrícola al remanente de la finca.
Para conmemorar el Semiquincentenario de las Estados Unidos de América y solicitar al Presidente y al Congreso de las Estados Unidos la admisión de Puerto Rico coma Estado de la Unión; para requerir que copia de esta Resolución Conjunta sea remitida al Presidente y al Congreso de las Estados Unidos de América; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Autoridad de Tierras traspasar al precio nominal de un dólar ($1.00) al Municipio de Canóvanas, los terrenos donde enclavan las viviendas de los residentes de la calle número 10, en el Sector Jardines de Palmarejo, del Barrio San Isidro, y de la comunidad de Santa Catalina en el barrio de Torrecilla Alta calle 16, ambos localizados en el Municipio de Canóvanas, para que dicho Municipio a su vez realice todas las gestiones necesarias para segregarlos y cederlos a las familias que allí residen.
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado al amparo de la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como "Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal", evaluar la posibilidad de autorizar la disposición a favor del Municipio de Lares, mediante el negocio jurídico que proceda conforme a la Ley 26-2017, según enmendada, incluyendo, sin limitarse a, usufructo, arrendamiento, cesión de uso, compraventa, transferencia de titularidad o cualquier otro negocio jurídico permitido del terreno y la estructura de la antigua Escuela Piletas Arce, localizada en la Carretera PR-129, Ramal 4453, Km. 2 Hm. 8 de dicho municipio, para que sea utilizada por la Asociación Comunitaria Piletas Arce, Inc., en coordinación con el Municipio de Lares, como centro comunal; y para proyectos de desarrollo económico, educativos, comunitarios y agrícolas en beneficio de la comunidad.
Para reasignar al Municipio de Aguas Buenas, la cantidad de cien mil (100,000) dólares, provenientes del Inciso e, Apartado 3 de la Resolución Conjunta Núm. 59-2014; para ser utilizados según se desglosa en la Sección 1 de esta Resolución Conjunta; para autorizar el pareo de los fondos reasignados; y para otros fines.
Para designar con el nombre de “Capitán Jorge L. ‘Borgie’ Ramos Peña” la Estación de Bomberos del Negociado del Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico ubicada en el Municipio de Arroyo; autorizar la instalación de la rotulación correspondiente y la celebración de las actividades protocolares relacionadas con dicha designación; y para otros fines relacionados.
Para ordenar al Departamento de Educación de Puerto Rico a identificar, segregar y transferir para uso y beneficio de la Escuela Especializada Bilingüe Simón Madera la porción de los terrenos de la antigua Escuela Luis A. Rivera, localizada en el Municipio de Guayama, en la cual ubica la cancha de dicha escuela, incluyendo las áreas inmediatamente circundantes que resulten necesarias para garantizar su acceso, uso, seguridad, mantenimiento y adecuado funcionamiento; disponer que la configuración de la porción segregada procure su integración física y funcional con los terrenos de la Escuela Especializada Bilingüe Simón Madera; autorizar la realización de mensuras, deslindes, estudios de título, segregaciones, inscripciones y demás trámites necesarios para perfeccionar dicha transferencia; y para otros fines relacionados.
Para ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas y a la Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico, en coordinación con el Departamento de Educación, los municipios y cualquier otra entidad pertinente, identificar las zonas escolares ubicadas en las vías públicas bajo sus respectivas jurisdicciones; realizar los estudios de tránsito y seguridad vial necesarios; desarrollar e implementar un plan escalonado para la instalación de reductores de velocidad, bandas transversales de alerta, marcas ópticas sobre el pavimento, rotulación de alta visibilidad, dispositivos luminosos, señales dinámicas indicadoras de velocidad y cualesquiera otras medidas de ingeniería y control de tránsito apropiadas para reducir la velocidad de los vehículos de motor en las zonas escolares; establecer un término de noventa (90) días para completar la identificación, evaluación y clasificación de dichas zonas y un término máximo de doce (12) meses para completar la implementación de las medidas correspondientes en el cien por ciento (100%) de las zonas escolares identificadas; disponer criterios de prioridad; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Turismo y Recursos Naturales y Ambientales del Senado de Puerto Rico, a realizar una investigación sobre proyectos de mitigación de erosión costera que se encuentran en proceso de asignación de fondos o con fondos obligados, según se desprende de la información que provee la Oficina Central de Recuperación, Reconstrucción y Resiliencia, comúnmente conocida como COR3, o cualquier otra entidad del Gobierno de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Gobierno; y a la Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre el estado de las estructuras que componen la antigua Escuela Luis Muñoz Marín, las cuales formaban parte de la Escuela Superior Ocupacional y Técnica de Yauco; las razones por las cuales, a más de seis (6) años de los terremotos de 2020, dichas estructuras no han sido demolidas o restauradas; el estado de los fondos estatales y federales destinados a su reconstrucción; el impacto que esta situación ha tenido sobre la comunidad escolar; y las acciones necesarias para garantizar instalaciones seguras, adecuadas y permanentes para dicha institución educativa.
Para ordenar a la Comisión de Agricultura del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el impacto de las condiciones de sequía severa y extrema que afectan la región sur de Puerto Rico sobre la actividad agrícola y ganadera; evaluar la disponibilidad, distribución y manejo de los recursos de agua destinados a los sistemas de riego agrícola; examinar el cumplimiento con las disposiciones de la Ley 34-2022, conocida como la “Ley para Salvaguardar la Asignación de Agua de los Embalses para los Sistemas de Riego Agrícola”; determinar la disponibilidad, elegibilidad y acceso de los agricultores y ganaderos afectados a programas estatales y federales de asistencia, mitigación y recuperación; evaluar la necesidad de adoptar medidas legislativas adicionales dirigidas a fortalecer la seguridad hídrica y la resiliencia del sector agrícola de la región sur; y para otros fines relacionados..
Para enmendar la Sección 4 de la R. del S. 461 que ordena a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado de Puerto Rico, llevar a cabo una investigación exhaustiva sobre el arbitrio al petróleo crudo y productos derivados conocido como “crudita”, su origen legislativo, evolución contributiva, impacto económico sobre los consumidores, su relación con el financiamiento de la Autoridad de Carreteras y Transportación, los compromisos financieros asociados a dicho arbitrio dentro del Plan de Ajuste de la deuda pública, su integración en los planes fiscales certificados y cualquier otro asunto relacionado con la política pública contributiva aplicable al petróleo y combustibles en Puerto Rico.