Qué se movió cada día en la Legislatura. Toca un día para ver qué le pasó a cada medida. Los filtros te dejan seguir un solo tipo de trámite, como el Calendario de Órdenes Especiales, que es la antesala de una votación.
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16+128 más
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22+39 más
23+114 más
24+17 más
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28+28 más
29+12 más
30+87 más
Para enmendar el Artículo 1.02 d (10) y e (12); añadir nuevos incisos 6, 7, 8, 11, 19, 24, 35, 44, 66 y 67 al Artículo 1.03, y renumerar los subsiguientes; añadir un nuevo subinciso 69 al Artículo 2.04 (b); añadir un nuevo Artículo 6.10 y 6.11; y enmendar el Artículo 9.05 (j) de la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, a los fines de ordenar el establecimiento de un currículo de enseñanza de carácter y valores en las escuelas del sistema público; y para otros fines relacionados.
Para enmendar la Ley Núm. 183-2014, conocida como "Ley para Designar los Sectores de Joyuda y Punta Arenas del Municipio de Cabo Rojo como 'Zona de Turismo Gastronómico'", a los fines de crear el Comité Inteagencial de Implementación; disponer mecanismos obligatorios de coordinación interagencial, planificación, ejecución, cumplimiento y rendición de cuentas; ordenar la presentación de informes; y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley de remoción autorizada de vehículos de motor ilegalmente estacionados de Puerto Rico”; autorizar la operación de empresas privadas dedicadas a la remoción de vehículos de motor ilegalmente estacionados; disponer los requisitos de licenciamiento, tarifas, notificación y custodia; establecer que los titulares de los vehículos deberán pagar las multas y cargos autorizados para recuperar sus vehículos removidos por haber sido ilegalmente estacionados; disponer sobre el proceso de revisión judicial; y para otros fines relacionados.
Para añadir el apartado (d) a la Sección 2083.01 en el Subcapítulo C del Capítulo 8 de la Ley Núm. 60 de 1 de julio de 2019, según enmendada, conocida como "Código de Incentivos de Puerto Rico", a los fines de disponer que el Permiso de Operación SMDF de cumplimiento ambiental que expide el DRNA conforme a la reglamentación vigente, le sea requerido a las empresas pecuarias para la obtención y renovación de la Certificación de Agricultor Bona Fide; y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley del registro oficial de parques recreativos para mascotas de Puerto Rico”; enmendar el Artículo 5 de la Ley Núm. 8 2004, según enmendada, conocida como la “Ley Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes” a los fines de agregar un inciso (q) mediante el que se ordena al Departamento de Recreación y Deportes integrar a su portal cibernético un Registro oficial de parques recreativos para mascotas en Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Para disponer que a todo empleado del Departamento de Educación se le concederán tres (3) días de licencia, sin cargo a sus balances de licencias, en caso de muerte de algún familiar cercano; y para otros fines relacionados.
Para añadir un nuevo subinciso 69 al inciso (b) del Artículo 2.04 de la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico” con el fin de establecer un número máximo de quince (15) estudiantes por salón en las escuelas Sistema de Educación Pública; y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley para crear la Certificación Escolar contra el Abuso y la Violencia de Pareja”; permitir la creación de cursos para adiestramientos para que estudiantes se puedan certificar como capacitadores en contra de la violencia; ordenar a la Oficina de la Procuradora de las Mujeres, en conjunto con el Departamento de Educación, a crear la Certificación Escolar contra el Abuso y la Violencia de Género; ordenar y establecer la facultad de reglamentación; y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley de Transición y Reitegración Laboral de Policías Estatales Retirados de Puerto Rico”; establecer el Programa de Transición y Reintegración Laboral de Policías Estatales Retirados de Puerto Rico, adscrito al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos, delinear sus objetivos y criterios de elegibilidad; crear el Comité Interagencial y Multidisciplinario a cargo de la implementación del Programa y establecer su composición, facultades y deberes; entre otros fines relacionados.
Para establecer la “Ley para la Regulación del Financiamiento de Programas Deportivos Escolares”, a los fines de prohibir el cobro de cuotas o cargos a estudiantes o a sus padres por participar en los programas deportivos que representen a una institución educativa; permitir métodos alternos de financiamiento para dichos programas; establecer una excepción para los programas administrados y operados por terceros contratados por la institución educativa; y para otros fines relacionados
Para declarar el tercer domingo de febrero de cada año coma el "Día del Sombrero".
Para establecer el “Mes de la Seguridad Acuática” en Puerto Rico, y designar el “Día del Guardavidas”, así como ordenar la colaboración municipal y de las agencias gubernamentales con fines de prevención, educación y seguridad acuática.
Para establecer guías voluntarias para la oferta de préstamos basados en datos alternativos en instituciones financieras y fintech; promover el uso de historiales de pagos móviles, datos de redes sociales, consumo de servicios públicos y otros indicadores no tradicionales para evaluar capacidad crediticia; fomentar la inclusión financiera sin imponer costos adicionales al erario ni obligaciones mandatorias a las entidades o consumidores; y para otros fines relacionados
Para establecer la “Ley para Simplificar el Sistema de Permisos de Puerto Rico” a los fines de declarar como política pública que los procesos que rigen la emisión de permisos sean sencillos, de suerte que impulsen el desarrollo y el disfrute de la propiedad, sin desplazar nuestra responsabilidad de proteger nuestros recursos naturales; sustituir el Permiso Único por el Registro de Uso, el cual tendrá un carácter declarativo y se regirá por la Intensidad del Uso Propuesto, así como simplificar los permisos de construcción con la creación de Permiso de Construcción Integrado; enmendar los artículos 1.5, 2.3, 2.7, 7.3, 8.1, 8.3, 8.4B, 9.6, 9.9, 9.12 y eliminar el actual artículo 8.4A, de la la Ley Núm. 161-2009, según enmendada, conocida como Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico, ordenar reglamenatación aplicable y para otros fines relacionados.
“Para crear el “Código de Planificación y Permisos”; a los fines de establecer el marco legal y administrativo que regirá la solicitud, evaluación, concesión y denegación de permisos por el Gobierno de Puerto Rico; disponer la política pública, establecer el alcance e interpretación con otras leyes y reglamentos; establecer lo relacionado a la protección del ambiente, zonas y sitios históricos, así como recursos arqueológicos; crear la Junta de Planificación y Urbanismo, la Oficina de Atención y Resolución de Querellas y la Junta de Revisiones Administrativas, todas adscritas al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, establecer la Oficina Central de Permisos como una oficina del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, y la crear Junta Adjudicativa como una entidad adscrita a la Oficina Central de Permisos, definir funciones, facultades y obligaciones y disponer en torno a la organización de dichas entidades; establecer las figuras del Profesional Autorizado, Inspector Autorizado, Profesional Cualificado y Profesional Licenciado y definir sus funciones, facultades y obligaciones; crear la figura de los Gerentes de Permisos y Agrimensor del Estado y establecer sus facultades; disponer sobre las facultades y deberes del Oficial Auditor de Permisos así como del Panel de Fiscalización y Cumplimiento ; establecer los parámetros del Reglamento Único para la Evaluación y Expedición de Permisos Relacionados al Desarrollo, Uso de Terrenos y Operación de Negocios, así como del Código de Construcción de Puerto Rico; crear el Sistema Unificado de Información, interconectado con el Sistema de Información Geoespacial, a fin que toda gestión deba documentarse electrónicamente de forma trazable, de manera que permita su medición, auditoría y verificación; establecer mecanismos para medir el por ciento de satisfacción de los ciudadanos y profesionales con el sistema y crear los medios para iniciar acciones correctivas de mejora; disponer en torno a la revisión administrativa y judicial de las decisiones tomadas conforme a este Código; establecer penalidades; disponer procesos de transición y entidades sucesoras; para enmendar los Artículos 5, 7, 8, 11, 13 y 13-A de la Ley Núm. 3 de 27 de septiembre de 1961, según enmendada, conocida como la “Ley para el Control de Edificaciones en Zonas Susceptibles a Inundaciones”; enmendar el Artículo 5 de la Ley Núm. 74 de 23 de junio de 1965, según enmendada, conocida como la “Ley de la Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico”; enmendar los Artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20 y 21 de la Ley Núm. 132 de 25 de junio de 1968, según enmendada, conocida como “Ley para Reglamentar la Extracción de Arena, Grava y Piedra”; enmendar las Secciones 1.03 y 1.10 del Artículo 1, la Sección 4.18 del Artículo 4, y las Secciones 6.01 y 6.04 del Artículo 6 de la Ley Núm. 151 de 28 de junio de 1968, según enmendada, conocida como la “Ley de Muelles y Puertos de Puerto Rico de 1968”; enmendar el Artículo 5 de la Ley Núm. 23 de 20 de junio de 1972, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales”; enmendar los Artículos 2-04, 2-05, 3-01, 5-01, 5-02, 5-03, y 5-04 de la Ley Núm. 54 de 30 de mayo de 1973, según enmendada, conocida como la “Ley de Administración, Conservación y Policía de las Carreteras Estatales de Puerto Rico”; enmendar los Artículos 6, 9 y 16 de la Ley Núm. 133 de 1 de julio de 1975, según enmendada, conocida como “Ley de Bosques de Puerto Rico”; enmendar los Artículos 5 y 8, añadir un nuevo Artículo 8A, enmendar los Artículos 9, 10, 11, 12, 13, 15, 18, 19 y 23 de la Ley Núm. 136 de 3 de junio 1976, según enmendada, conocida como la “Ley para la Conservación, el Desarrollo y Uso de 5 Los Recursos de Agua de Puerto Rico”; enmendar los Artículos 4, 7 y 10 de la Ley Núm. 111 de 12 de julio de 1985, según enmendada, conocida como la “Ley para la Protección y Conservación de Cuevas, Cavernas o Sumideros de Puerto Rico”; enmendar los Artículos 2, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18 y 20 de la Ley Núm. 10 de 7 de agosto de 1987, según enmendada, conocida como la “Ley de Protección, Conservación y Estudio de los Sitios y Recursos Arqueológicos Subacuáticos”; enmendar las Secciones 2, 3, 4, 5, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 19 de la Ley Núm. 112 de 20 de julio de 1988, según enmendada, conocida como la “Ley de Protección del Patrimonio Arqueológico Terrestre de Puerto Rico”; enmendar los Artículos 4, 11, 13, 23 y 24 de la Ley 70-1992, según enmendada, conocida como la “Ley para la Reducción y el Reciclaje de Desperdicios Sólidos en Puerto Rico”; enmendar los Artículos 3, 4 y 10 del Plan de Reorganización 4-1994, conocido como el “Plan de Reorganización del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio de 1994”; enmendar los Artículos 4 y 6 de la Ley 267-1998, según enmendada, conocida como la “Ley del Centro de Excavaciones y Demoliciones de Puerto Rico”; enmendar los Artículos 4 y 5 de la Ley 213-1999, según enmendada, conocida como la “Ley de Bosques Urbanos de Puerto Rico”; enmendar el Artículo 3 de la Ley 241-1999, según enmendada, conocida como la “Nueva Ley de Vida Silvestre de Puerto Rico”; enmendar los Artículos 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9, y suprimir en su totalidad los actuales Artículos 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16 y 17 de la Ley 76-2000, según enmendada, conocida como la “Ley de Procedimientos para Situaciones o Eventos de Emergencia”; enmendar el Artículo 2 de la Ley 49- 2003, según enmendada, mejor conocida como la “Ley para Establecer la Política Pública sobre la Prevención de Inundaciones, Conservación de Ríos y Quebradas y la Dedicación a Uso Público de Fajas Verdes en Puerto Rico”; enmendar los Artículos 3, 6, 7 y 11 de la Ley 8-2004, según enmendada, conocida como la “Ley Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes”; enmendar los Artículos 4 y 5 de la Ley 395-2004, según enmendada, conocida como “Parque Nacional de la Zona Cárstica del Río Tanamá”; para enmendar los Artículos 4, 8, 9, 10, 13, 16, 17, 18, 19, 22, derogar el TÍTULO III, que consta de los Artículos 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29 y 30, y enmendar los Artículos 40 y 43 de la Ley 416-2004, según enmendada, conocida como la “Ley sobre Política Pública Ambiental”; enmendar el Artículo 7 de la Ley 218-2008, según enmendada, conocida como la “Ley para el Control y la Prevención de la Contaminación Lumínica”; enmendar el Artículo 4 de la Ley 140-2015, según enmendada, conocida como la “Ley para el Manejo de Prácticas Agrícolas en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico”; enmendar el Artículo 11 de la Ley 15-2017, según enmendada, conocida como la “Ley del Inspector General de Puerto Rico”; enmendar el Artículo 1.11 de la Ley 17-2019, según enmendada, conocida como “Ley de Política Pública Energética de Puerto Rico”; enmendar el Artículo 5 del Capítulo I de la Ley 33-2019, según enmendada, conocida como la “Ley de Mitigación, Adaptación y Resiliencia al Cambio Climático de Puerto Rico”; enmendar los Artículos 3.004, 3.005, 3.007y 4.003, enmendar el título del Capítulo I del Libro VI, derogar en su totalidad los actuales Artículos 6.004, 6.005, 6.006, 6.007, 6.008, 6.009, 6.010, 6.011, 6.012, 6.013, 6.014, 6.015, 6.016, 6.017, 6.018, 6.019, 6.020, 6.021, 6.022, 6.023, 6.024, 6.025, 6.026, 6.027, 6.028, 6.029, 6.030, 6.031 y 6.032, establecer los nuevos Artículos 6.004, 6.005, 6.006, 6.007 y 6.008 y renumerar los actuales Artículos 6.033, 6.034, 6.035, 6.036, 6.037, 6.038, 6.039, 6.040, 6.041 y 6.042 como los Artículos 6.009, 6.010, 6.011, 6.012, 6.013, 6.014, 6.015, 6.016, 6.017 y 6.018, respectivamente, y enmendar el Artículo 8.001 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como el “Código Municipal de Puerto Rico”; enmendar el Artículo 3 de la Ley 110-2020 conocida como la “Ley del Cuerpo de Vigilantes de Recursos Naturales y Ambientales del Gobierno de Puerto Rico”; enmendar los Artículos 3 y 15 de la Ley 118-2022, conocida como la “Ley Especial para acelerar los procesos para otorgar títulos de propiedad bajo el Programa de Autorización de Títulos adscrito al Departamento de la Vivienda”; derogar la Ley Núm. 168 de 4 de mayo de 1949, según enmendada, conocida como “Ley para Ordenar 6 la Adopción de un Código de Edificación de Puerto Rico”; derogar la Ley Núm. 25 de 8 de junio de 1962, según enmendada, conocida como la “Ley para Requerir Facilidades Vecinales en los Desarrollos de Urbanizaciones y Edificios Multipisos”; derogar la Ley Núm. 135 de 15 de junio de 1967, según enmendada, conocida como “Ley de Certificación de Planos o Proyectos”; derogar la Ley Núm. 75 de 24 de junio de 1975, según enmendada, conocida como la “Ley Orgánica de la Junta de Planificación de Puerto Rico”; derogar la Ley Núm. 7 del 19 de julio de 1985, según enmendada, conocida como “Ley para la Certificación de Planos Finales de Construcción que Requieran Permisos y Endosos de Varias Agencias”; derogar la Ley Núm. 148 de 4 de agosto de 1988, según enmendada, mejor conocida como “Ley Especial para la Rehabilitación de Santurce”; derogar la Ley 75-1995, según enmendada, conocida como la “Ley Especial para la Rehabilitación de Río Piedras”; derogar la Ley 165-1999, conocida como la “Ley de las Llaves de Paso para el Servicio de Agua en el Interior de los Apartamentos”; derogar la Ley 424-2004, conocida como la “Ley del Procedimiento Especial Para la Obtención de los Servicios de Agua y Electricidad en las Facilidades Comunitarias de las Comunidades Especiales”; derogar la Ley 161-2009, según enmendada, conocida como la “Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico”; derogar la Ley 216-2014, conocida como “Ley del Control de Información Fiscal y de Permisos”; derogar la Ley 19-2017, según enmendada, conocida como la “Ley para Simplificar y Transformar el Proceso de Permisos de 2017”; derogar la Ley 103- 2020; derogar la Ley 111-2025; y para otros fines relacionados.”
“Para conceder al Departamento de la Familia la facultad para licenciar y supervisar los establecimientos privados y públicos existentes en Puerto Rico dedicados al cuidado de adultos con impedimentos; y para otros asuntos relacionados.”
Para enmendar los Artículos 3.045 y 3.047 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico" a los fines de ampliar las facultades de los municipios en cuanto al recogido, manejo y transportación de neumáticos desechados, en particular, cuando un municipio decida ejercer funciones como transportista de neumáticos desechados, para una ejecución más efectiva de los deberes, funciones municipales y la consecución de mayor autonomía; y otros fines relacionados
Para enmendar el inciso (c) del Artículo 1.048 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, con el propósito de hacer enmiendas técnicas en lo que respecta al procedimiento parlamentario en las sesiones de las legislaturas municipales; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre todo asunto relacionado con la situación fiscal del Gobierno, el ritmo de cumplimiento de las exigencias del Plan Fiscal Comprensivo exigido por la legislación “PROMESA”, las recaudaciones del Fondo General y los fondos especiales, el estimado de los recaudos e ingresos probables y el financiamiento mediante el uso de empréstitos; los estimados de ingresos, de inversiones y desembolsos de las corporaciones públicas; la legislación que liberalice o imponga contribuciones de cualquier tipo; la deuda pública del Gobierno de Puerto Rico y de las corporaciones públicas, así como las condiciones de pago para los empréstitos; la recaudación, custodia, depósito y contabilidad de los fondos públicos; la pre-intervención y el uso de los fondos públicos de acuerdo a los fines para los que se autorizaron; el estudio y la evaluación del Presupuesto General; las peticiones presupuestarias recomendadas por la Gobernadora para los departamentos, corporaciones públicas, agencias y demás instrumentalidades públicas, tomando en consideración todos los ingresos y recursos del Estado, los de la entidad evaluada, incluyendo fondos federales, fondos especiales y donaciones, así como cualquier otro ingreso y todo asunto relacionado a la otorgación de incentivos económicos que representen o conlleven impacto fiscal; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos del Consumidor de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la estructura de precios, los criterios de fijación de precios, los márgenes de ganancia, los costos administrativos y de transportación, el proceso de selección de vendedores, y el grado de fiscalización ejercido por el Departamento de Agricultura sobre los Mercados Familiares auspiciados por dicho Departamento; todo ello con el fin de garantizar que dichos mercados cumplan con su misión social y económica de beneficiar al consumidor y al agricultor local, y de reducir el impacto económico en las familias puertorriqueñas; y para otros fines relacionados.
Para solicitar respetuosamente a la Honorable Laura Taylor Swain, que tome una decisión final y definitiva sobre el proceso de reestructuración de la deuda de la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico (AEE), que no conceda extensiones adicionales al período de mediación cuando estas no adelanten una solución justa, razonable y sostenible, y que encamine el proceso hacia una determinación final sin dilaciones innecesarias, en aras del bienestar económico y social del Pueblo de Puerto Rico.
Para ordenar a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes a realizar una investigación sobre la experimentación en suelo puertorriqueño del herbicida conocido usualmente como “agente naranja”, realizada durante la década de 1960 por agencias del gobierno de Estados Unidos, las consecuencias de mediano y largo plazo de dichos experimentos sobre la salud humana y el medioambiente, y la participación de las autoridades del gobierno de Puerto Rico en los procesos relacionados con las referidas experimentaciones.
Para ordenar a la Comisión de Agricultura de la Cámara de Representantes a realizar una investigación sobre los datos y las estadísticas recopiladas por el Censo de Agricultura de 2022, en comparación con el uso que las agencias del gobierno central de Puerto Rico, especialmente el Departamento de Agricultura, el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, la Junta de Planificación y la Oficina de Gerencia de Permisos, le dan a esa información, así como a la información contendida en el Plan de Usos de Terrenos de 2015, en los procesos de evaluación de proyectos de construcción que impactan o tienen el potencial de impactar a los terrenos agrícolas y con valor ecológico en suelo puertorriqueño.
Para ordenar a la Comisión de Agricultura de la Cámara de Representantes a realizar una investigación sobre las estadísticas de producción agrícola recopiladas por el Censo de Agricultura de 2022, en comparación con las estadísticas oficiales del Departamento de Agricultura de Puerto Rico y los datos que informan las empresas agrícolas, los/as agricultores/as bona fide y profesionales y académicos/as de las ciencias agrícolas en los informes recurrentes requeridos por leyes y programas estatales y federales, con el propósito de confirmar qué proporción de los alimentos que se consumen en Puerto Rico son producidos localmente y, de esa manera, calcular con precisión la dimensión del problema de seguridad alimentaria que enfrenta el país.
Para ordenar a la Comisión de la Región Metro de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación inmediata y exhaustiva sobre las descargas de aguas residuales (aguas negras) y otros contaminantes en la Laguna del Condado en el Municipio de San Juan y áreas limítrofes, incluyendo impacto en la salud pública, el medio ambiente, la calidad de vida de los residentes y la protección del manatí antillano que habita este cuerpo de agua estuarino.
Para designar con el nombre de “SFC Jorge A. ‘Rambo’ Otero Barreto”, el tramo de la carretera Núm. 2, desde el kilómetro 35.6, entrada al barrio Pueblo Nuevo, hasta el kilómetro 214.0, en la Urbanización Camino del Sol, en la jurisdicción del Municipio de Vega Baja, Puerto Rico; establecer sobre la señalización de la vía; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico, conforme a los estatutos de la Ley Núm. 74 de 23 de junio de 1965, según enmendada, establecer e implantar los mecanismos necesarios para el funcionamiento eficiente de los sistemas de alumbrado eléctrico en las calles y carreteras que posibilitan y viabilizan el tránsito de vehículos y peatones en los sectores propios de los barrios Duey Bajo, Rosario Bajo, Rosario Peñón, Rosario Alto, Caín Alto, Hoconuco Alto, Caín Bajo, Hoconuco Bajo y Duey Alto en el Municipio de San Germán; igualmente, desarrollar planes de mantenimiento y provisión de servicios para garantizar la existencia y ejecución efectiva de la infraestructura que genere energía para iluminación precisa y adecuada en las vías de rodaje y caminos antes referidos.
Para ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas y a la Autoridad de Carreteras y Transportación del Estado Libre Asociado de Puerto Rico a realizar un estudio sobre la necesidad y viabilidad de realizar un ensanchamiento de carretera desde el Km. 7.6 al Km. 7.8 de la Carretera PR-670, intersección con la PR-137 del término jurisdiccional del municipio de Vega Baja; y para otros fines relacionados.
Para declarar Patrimonio Cultural del Municipio de Cidra, la Tuna Estudiantil de Cidra; y para otros fines relacionados.
Para declarar Patrimonio Cultural del Municipio de Cidra, la Banda Escolar de Cidra; y para otros fines relacionados.
“Para ordenar a la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras (OCIF) la elaboración de un estudio sobre alianzas bancarias con fintech para remesas internacionales y transparencia en las tarifas de transferencias internacionales, utilizando recursos actuales sin impacto fiscal; y para otros fines relacionados.”
Para modificar los límites territoriales de los municipios de Caguas y Cidra, a los fines de incluir dentro de la jurisdicción del Municipio de Cidra los sectores Palmeras (parte norte), Nogales y Robles de la Urbanización Estancias del Bosque, parte del sector los Cotto, la totalidad del sector Certenejas II y el sector Los Sierra del barrio Cañaboncito del Municipio de Caguas; y para incluir la parte extrema occidental del sector Muñoz Grillo y del sector Pablo Barreto dentro de la jurisdicción del Municipio de Caguas; ordenar a la Junta de Planificación preparar los mapas territoriales correspondientes utilizando el registro catastral del Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM); establecer disposiciones de transición administrativa y coordinación interagencial; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva, de naturaleza continua, sobre la administración, uso y gasto de los fondos públicos asignados y administrados por las agencias e instrumentalidades públicas del Gobierno de Puerto Rico, así como la ejecución y cumplimiento de los planes estratégicos de cada instrumentalidad pública; a fin de evaluar si se están utilizando adecuadamente los recursos económicos provistos a las agencias e instrumentalidades para atender las necesidades de los ciudadanos y poder determinar si es necesario que se tomen medidas legislativas o administrativas que promuevan el funcionamiento eficiente y aseguren el presupuesto adecuado de las agencias e instrumentalidades públicas en beneficio de los ciudadanos.
“Para ordenar a la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor, realizar una investigación exhaustiva sobre la instalación y proceso de permisos de una antena o torre de telecomunicaciones en área residencial del sector Los Arroyo, del barrio Piletas del Municipio de Lares; y para otros fines.”
Para ordenar a las Comisiones de Agricultura; y de Desarrollo Económico, Pequeños Negocios, Banca, Comercio, Seguros y Cooperativismo del Senado de Puerto Rico, a que lleven a cabo una investigación exhaustiva sobre el estado actual de la industria lechera en Puerto Rico; determinar la capacidad local de producción de leche fresca y de sus productos derivados; conocer el estado de situación de los ganaderos; y conocer las acciones que ha tomado el Departamento de Agricultura del Gobierno de Puerto Rico ante el cierre de una de las plantas procesadoras de leche fresca en la Isla.
Para ordenar a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado del Estado Libre Asociado de Puerto Rico a solicitar al Departamento de Turismo, al Departamento de Hacienda y al Centro de Recaudación de Impuestos Municipales a entregar las planillas de impuestos (mensuales, trimestrales y anuales) y cualquier otro documento relacionado a las rentas a corto plazo en el municipio de Lajas de los últimos cinco (5) años.
Para ordenar a la Comisión de Desarrollo Económico, Pequeños Negocios, Banca, Comercio, Seguros y Cooperativismo del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el proceso de venta y arrendamiento de propiedades industriales administradas por la Compañía de Fomento Industrial de Puerto Rico (PRIDCO); evaluar la eficiencia, transparencia y efectividad en la asignación y uso de dichas propiedades; analizar el impacto en la generación de actividad económica local; y para otros fines relacionados.
“Para ordenar a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico realizar una investigación sobre el cumplimiento de la Ley 158-2015, según enmendada, conocida como “Ley de la Defensoría de las Personas con Impedimentos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, en lo que concierne al proceso de nombramiento de las personas que han integrado el “Consejo Directivo para la Defensa de las Personas con Impedimentos” durante los últimos diez (10) años; así como la legitimidad de las acciones tomadas por ese organismo, en caso de que se identifique que alguno o varios de sus integrantes ocupan o han ocupado el cargo de forma ilícita.”
Para ordenar a las comisiones de Turismo, Recursos Naturales y Ambientales; y de Agricultura del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre las prácticas de disposición de escombros, materiales vegetativos y otros residuos por parte del Municipio de Río Grande, incluyendo el uso de terrenos municipales en instalaciones del Departamento de Obras Públicas y Ornato para tales fines, la permisología y fiscalización ambiental aplicable, y el posible impacto a fincas agrícolas aledañas; y para otros fines relacionados.
“Para ordenar a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre aquellas acciones realizadas por el Gobierno de Puerto conducentes a divulgar información confidencial de residentes de Puerto Rico que pudieran constituir una violación a los derechos garantizados por las leyes y la Constitución de Puerto Rico; y que estén dirigidas a colaborar con los esfuerzos de arrestos y deportaciones de personas con estatus migratorio irregular por parte de las autoridades migratorias de los Estados Unidos; y para otros fines relacionados.”
“Para ordenar a la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre la viabilidad de implantar sistemas automatizados de inspección vehicular de emisiones —conocidos como Self-Service Vehicle Emissions Inspection Kiosks— para atender las necesidades de inspección periódica de flotas gubernamentales y municipales, con el objetivo de reducir costos operacionales, aumentar la eficiencia y asegurar el cumplimiento ambiental en el sector público; y para otros fines relacionados.”
Para ordenar a la Comisión de Asuntos Municipales del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación amplia, continua y exhaustiva sobre los principales retos, desafíos emergentes y situaciones apremiantes que afectan a los gobiernos municipales en la Isla; examinar el marco legal aplicable, incluyendo la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, y cualquier legislación relacionada, con el propósito de evaluar su efectividad, pertinencia o necesidad de enmiendas; investigar el estado y sostenibilidad del financiamiento de los municipios, la prestación de servicios esenciales, el desarrollo de obras públicas, y otros asuntos fiscales y administrativos; analizar la interrelación entre el Gobierno Estatal, sus agencias y los gobiernos municipales; identificar mecanismos que fortalezcan la autonomía municipal, promuevan la eficiencia administrativa y mejoren la calidad de vida de los ciudadanos; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Turismo, Recursos Naturales y Ambientales del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre los protocolos y medidas de seguridad implementados en los Sistemas de Relleno Sanitario (vertederos) activos y en desuso, a fin de evaluar su capacidad de respuesta ante incendios, su cumplimiento con las normas ambientales aplicables y la efectividad de sus planes de manejo y emergencia; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a las Comisiones de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional e Impedimentos; y de Salud del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre el funcionamiento, operación y recursos fiscales de la Oficina Estatal de Control Animal (OECA), adscrita al Departamento de Salud, con el fin de evaluar su efectividad en el cumplimiento de su mandato legal, identificar deficiencias y recomendar medidas correctivas para abordar el problema de la sobrepoblación animal y la prevención de enfermedades zoonóticas en Puerto Rico.
Para ordenar a las Comisiones de Salud; y de Desarrollo Económico, Pequeños Negocios, Banca, Comercio, Seguros y Cooperativismo del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre las disposiciones relacionadas con la protección del criterio médico y el acceso inmediato a medicamentos recetados contenidas en la Ley 142-2020, así como analizar el impacto de la determinación judicial de invalidez de dicha Ley, a los fines de proponer medidas legislativas prospectivas, correctivas o sustitutivas.
Para ordenar a la Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre el estado actual de los edificios y las estructuras históricas ubicados en los municipios que conforman el Distrito Senatorial de Arecibo, muchos de los cuales están bajo la custodia o administración del Instituto de Cultura Puertorriqueña.
Para ordenar a la Comisión de Trabajo y Relaciones Laborales del Senado de Puerto Rico, llevar a cabo una investigación exhaustiva sobre las condiciones de infraestructura y mantenimiento en que se encuentran los cuarteles de la Policía de Puerto Rico en el Distrito de Humacao, incluyendo las condiciones laborales y necesidades del Cuartel Estatal de la Policía de Puerto Rico del Municipio de Yabucoa.
Para ordenar a la Comisión de Turismo, Recursos Naturales y Ambientales del Senado de Puerto Rico, a realizar una investigación sobre los problemas de recursos naturales que aquejan a las comunidades en los ocho distritos senatoriales como la erosión costera, la preservación y la utilización de terrenos, el control de inundaciones, la preservación y uso de las reservas de agua, mangle, bosques, pesca, vida silvestre, yacimientos mineros y la conservación de las especies animales y vegetales de valor alimenticio o ecológico, así como la contaminación y la salud ambiental, la disposición de desperdicios sólidos y vertederos, entre otros; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a las Comisiones de Educación, Arte y Cultura; y de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional e Impedimentos del Senado de Puerto Rico, a realizar una investigación exhaustiva sobre los protocolos internos, manuales de procedimiento y medidas de intervención adoptadas por las instituciones de enseñanza privada para atender situaciones de maltratos, ausentismo crónico y condiciones de salud e higiene de los estudiantes en sus instituciones; sobre la implementación de protocolos de detección temprana y preventiva de posibles situaciones de maltrato; evaluar el manejo de casos donde se identifiquen patrones de conducta del menor o de su entorno familiar que comprometan su integridad física, emocional o su aprovechamiento académico dentro del marco de la educación privada; asegurar el cumplimento con las leyes de protección al menor aplicables al sector no gubernamental; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a las Comisiones de Vivienda y Bienestar Social; y la de Salud del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre la eficacia de los servicios, programas y capacidades que brinda el Gobierno de Puerto Rico para atender el sinhogarismo y su impacto en la salud mental de esta población, con el propósito de elaborar un plan estructurado que defina metas concretas orientadas a la prevención, el cuidado permanente y la reinserción social de las personas sin hogar.
Para ordenar a la Comisión con jurisdicción del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre la implementación y el cumplimiento con la Ley 75-2019, de la Orden Ejecutiva 2021-007, la Orden Administrativa 2021-001, La Orden Administrativa 2023-001 y de la Carta Circular 2021-004 en las agencias del Estado Libre Asociado, las cuales requiere entre otras cosas, que toda transacción electrónica o formulario disponible en línea deben estar accesible a través del portal de gobierno ‘pr.gov” y que prohíben publicar en portales externos transacciones que no hayan sido incluidas previamente en el portal de gobierno.