Qué se movió cada día en la Legislatura. Toca un día para ver qué le pasó a cada medida. Los filtros te dejan seguir un solo tipo de trámite, como el Calendario de Órdenes Especiales, que es la antesala de una votación.
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Para enmendar los Artículos 2, 3 y 4 de la Ley 7-2019, conocida como "Ley de Transparencia en el Precio de Medicamentos Recetados"; para atemperar la misma a la intención legislativa original; ordenar al Departamento de Asuntos del Consumidor a que recopile una muestra de los precios al detal de los cien (100) medicamentos recetados con más frecuencia, que se despachan en las farmacias autorizadas a operar en Puerto Rico cuyo valor al detal sobrepasen los cien (100) dólares; requerir que el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) y la Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS) diseñen el formulario que será utilizado para que la información sea sometida; incluir en el Comité Interagencial a un farmacéutico licenciado, designado por el Colegio de Farmacéuticos de Puerto Rico; requerir al Comité el establecer las garantías de confidencialidad para el manejo de la información recibida de parte de las farmacias; y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley Especial de Participación, Inclusión Efectiva y Prioridad de los Municipios y del Modelo Cooperativo en los Procesos de Transformación del Sistema de Energía Eléctrica de Puerto Rico”; enmendar la Ley Núm. 120-2018, según enmendada, conocida como “Ley para Transformar el Sistema Eléctrico de Puerto Rico”; a los fines de establecer como política pública el proveer garantías específicas para que tanto los municipios del país y el movimiento cooperativista puedan asumir un rol activo en los procesos y estructuras para la implantación de la transformación señalada; así como para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley del Inventario de Villas Pesqueras de Puerto Rico”, a fin de mantener en el Departamento de Agricultura, un inventario actualizado y en formato digital de las villas pesqueras que hay en Puerto Rico, disponer el contenido de dicho inventario; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 160-2001, según enmendada, conocida como la “Ley de Declaración Previa de Voluntad sobre Tratamiento Médico” con el propósito de incluir que, en ausencia de un mandatario designado, el hijo mayor de entre 18 y 21 años que resida con el declarante pueda asumir la función de mandatario, asimismo poder nombrarlo previamente como mandatario, garantizando así el respeto a la voluntad del declarante y brindando mayor claridad en el proceso de toma de decisiones médicas; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los Artículos 1, 2, 3, 4 y 5 de la Ley 41-2015, según enmendada, conocida como la “Ley para prohibir la venta de cigarrillos electrónicos o “e-cigarettes” a menores de veintiún (21) años de edad” y el inciso b del Artículo 6042.08 de la Ley 1-2011, mejor conocida como el “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico” para prohibir la venta de cigarrillos electrónicos en instalaciones localizadas a menos de quinientos (500) metros de una escuela elemental, intermedia y superior; para añadir enmiendas técnicas y para otros fines relacionados.
Para designar con el nombre de “Sabor de las Atenas” a la Ruta Gastronómica y Panorámica que transcurre la carretera estatal PR-685 que atraviesa el municipio de Manatí; facultar a la Compañía de Turismo de Puerto Rico, agencias públicas o entidades privadas a delinear lo que serán los planes de mercadeo y promoción; al igual que la reglamentación requerida que fomente la implantación de esta ruta; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 3.14 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como "Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico", a los fines de extender la vigencia de las licencias de conducir de aquellos miembros de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de América o de la Reserva de las Fuerzas Armadas o de la Guardia Nacional de Puerto Rico domiciliados en Puerto Rico, a quienes se les venzan las mismas, mientras se encontrasen activados y movilizados a prestar servicios; otorgarles un término de tiempo de ciento veinte (120) días, una vez culminen su periodo de activación y movilización y regresen a Puerto Rico, para realizar los trámites de rigor para renovar sus licencias de conducir; ordenar al Secretario del Departamento de Transportación y Obras Públicas a establecer los mecanismos que sean necesarios para que en estos casos, la licencia pueda ser renovada en línea; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 18.1, Artículo 8, Artículo 17 y Artículo 18 de la Ley 121-2019, según enmendada, conocida como "Carta de Derechos y la Política Pública del Gobierno de Puerto Rico a Favor de los Adultos Mayores", a los fines de añadir al Negociado de Investigaciones Especiales de Puerto Rico, como una de las instituciones a las que se le podrá hacer un referido en casos de explotación financiera de adultos mayores y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 7.022 de la Ley Núm. 77 de 19 de junio de 1957, según enmendada, conocida como el “Código de Seguros de Puerto Rico”, a los fines de disminuir la contribución especial sobre las primas de seguro para los periodos contributivos comenzados a partir del 31 de diciembre de 2024; establecer un periodo de vigencia a los fines de eliminar la contribución especial sobre las primas de seguros al 31 de diciembre de 2027; y para otros fines relacionados.
Para establecer la "Ley de Concienciación sobre la Miastenia Gravis"; disponer la política pública del Gobierno de Puerto Rico respecto a la importancia de la detección temprana y el manejo adecuado de los pacientes; asignar responsabilidades al Departamento de Salud en cuanto a la educación continuada sobre Miastenia Gravis; establecer reglamentación que promueva su inclusión en los programas académicos de las correspondientes ramas de medicina y profesiones de la salud; desarrollar o implementar guías médicas sobre su diagnóstico y h·atamiento; promover investigaciones sobre sus causas y h·atamientos; declarar el mes de junio como el "Mes de la Concienciación sobre la Miastenia Gravis"; ordenar al Departamento de Salud promover actividades educativas dirigidas a estudiantes y profesionales de la salud en conmemoración de este mes; y para oh·os fines relacionados.
Para proveer sobre las nominaciones del Gobernador a puestos en la Rama Ejecutiva y la Rama Judicial en el periodo entre una elección general y el dos (2) de enero siguiente a dicha elección.
Para enmendar el Artículo 12.02 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, a los fines de eximir de la inspección del sistema de control de emisiones de gases, incluyendo el convertidor catalítico y piezas relacionadas, todo automóvil antiguo, clásico y clásico modificado; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los Artículos 1, 2, 5; añadir un nuevo Artículo 5-A; enmendar los Artículos 6, 7, 9, 10, 11, 12, 13 de la Ley Núm. 71-2017, conocida como “Ley para Regular la Profesión de Médicos Asistentes de Puerto Rico”, y enmendar el Artículo 4 de la Ley 139-2008, según enmendada, conocida como “Ley de la Junta de Licenciamiento y Disciplina Médica” a los fines de reconocer y regular la profesión de Asociado Médico Certificado; establecer sus requisitos de preparación académica, certificación, responsabilidades, ética profesional y procesos de educación continua; y para otros fines relacionados.
Para establecer los criterios que todo jefe de departamento, agencia, corporación pública, oficina, rama, instrumentalidad o dependencia del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, deberá cumplir para pautar anuncios, avisos o edictos en los medios de comunicación impresos del País e imponer penalidades por incumplimiento.
Para enmendar los Artículos 1, 4 y 7 de la Ley 266-2004, según enmendada, a los fines de aclarar los días de la semana y el horario en que se pueden realizar excarcelaciones a las personas convictas por delitos de abuso sexual y abuso contra menores, establecer que el plazo de notificación será dentro de las veinticuatro (24) horas laborables de la excarcelación, ordenar agilizar los procesos a través del Sistema de Información de Justicia Criminal, realizar enmiendas técnicas al estatuto; establecer obligaciones adicionales para el Departamento de Justicia; y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley Uniforme de Derechos Suplementarios para la Población con Diversidad Funcional y Adultos Mayores”, a los fines de uniformar la identificación y los derechos de las personas con diversidad funcional y adultos mayores; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 297-2018, según enmendada, conocida como Ley Uniforme Sobre Filas de Servicio Expreso y Cesión de Turnos de Prioridad; derogar la Ley Núm. 108 de 12 de julio de 1985, según enmendada; derogar la Ley 107-1998, según enmendada y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley para la Reorganización de las Subsidiarias y Afiliadas del Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico”; enmendar los Artículos 2, 4 y 5 de la Ley 103-2001, según enmendada, conocida como “Ley de la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico”; enmendar el Artículo 4 de la Ley Núm. 121 de 27 de junio de 1977, según enmendada, conocida como “Ley de la Autoridad de Puerto Rico para el Financiamiento de Facilidades Industriales, Turísticas, Educativas, Médicas y de Control Ambiental”; enmendar los Artículos 2 y 7 de la Ley 271-2002, según enmendada, conocida como “Ley del Fideicomiso Perpetuo de Comunidades Especiales”; enmendar los Artículos 1 al 6 de la Ley 290-2000, según enmendada, conocida como la “Ley para Establecer el Depositario de Archivos y Reliquias de Ex Gobernadores y Ex Primeras Damas de Puerto Rico”; enmendar el Artículo 4 de la Ley Núm. 44 de 21 de junio de 1988, según enmendada, conocida como “Ley de Autoridad para el Financiamiento de la Infraestructura de Puerto Rico”; enmendar los Artículos 4, 5 y 8 de la Ley 173-1999, según enmendada, conocida como “Ley del Fideicomiso de los Niños”; enmendar el inciso Cuarto y el inciso Quinto del Artículo 2 de la Ley Núm. 17 de 23 de septiembre de 1948, según enmendada, conocida como la “Ley del Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico”; derogar la Ley Núm. 25 de 6 de mayo de 1974, conocida como la “Ley de la Autoridad de Teléfonos de Puerto Rico”; derogar la Ley Núm. 62 de 10 de junio de 1974, según enmendada, conocida como “Ley de la Autoridad de las Navieras”; derogar el Artículo 14 de la Ley 125-2008, conocida como “Ley de Transferencia del Derecho al Cobro de Deudas Contributivas Morosas de Puerto Rico de 2008”; derogar la Resolución Núm. 5044 de 12 de diciembre de 1984, según enmendada, de la Junta de Directores del Banco Gubernamental de Fomento de Puerto Rico, mediante la cual se creó la Corporación para el Financiamiento Público De Puerto Rico; derogar la Resolución Núm. 3950 de 14 de abril de 1977, según enmendada, de la Junta de Directores del Banco Gubernamental de Fomento de Puerto Rico, mediante la cual se creó el Fondo para el Desarrollo de Puerto Rico; derogar la Resolución Núm. 6275 de 17 de noviembre de 1993, según enmendada, de la Junta de Directores del Banco Gubernamental de Fomento de Puerto Rico, mediante la cual se creó el Fondo para el Desarrollo del Turismo de Puerto Rico; a los fines de disolver a la Autoridad de las Navieras, la Autoridad de Teléfonos, la Corporación para el Financiamiento Público de Puerto Rico, el Fondo para el Desarrollo de Puerto Rico, el Fondo para el Desarrollo del Turismo en Puerto Rico, el Fideicomiso para la Compra de Deudas Contributivas Morosas y el Instituto de Economía y Finanzas José M. Berrocal; desafiliar a las demás subsidiarias y afiliadas del Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico; eliminar la facultad del Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico de crear subsidiarias o afiliadas mediante resolución de su Junta de Directores; completar la restructuración organizacional y corporativa del Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los Artículos 1 y 2; añadir los nuevos incisos (d), (e) y (f) y reenumerar los actuales incisos (d), (e), (f), (g) y (h) como los nuevos incisos (g), (h), (i), (j) y (k) del Artículo 3; añadir un nuevo inciso (d) y reenumerar el actual inciso (d) como el nuevo inciso (e) del Artículo 4 de la Ley 130-2008, mejor conocida como “Ley para el Ofrecimiento de Pruebas Rápidas para la Detección del Virus de Inmunodeficiencia Humana”, para autorizar el ofrecimiento de pruebas rápidas exentas para el cernimiento de infecciones de transmisión sexual y hepatitis virales; y para otros fines relacionados
Para añadir un nuevo inciso (d) a la Sección 2-102 del Subcapítulo 1 del Capítulo 2 y enmendar el inciso (e) de la Sección 9-109 de la Subparte 2 de la Parte 1 del Capítulo 9 de la Ley 208-1995, según enmendada, mejor conocida como “Ley de Transacciones Comerciales”, para aclarar que en lo que se refiere a estas transacciones, una vez llevada a cabo la misma, no se afecta lo establecido en el Artículo 1220 del Título VI del Libro Cuarto de la Ley 55-2020, según enmendada, mejor conocida como “‘Código Civil de Puerto Rico’ de 2020”, en cuanto al retracto litigioso; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el inciso (cc) del Artículo 1.02, añadir un nuevo subinciso (12) al inciso (e), enmendar y redesignar el inciso (k) como inciso (i), redesignar el inciso (1) como inciso (j), respectivamente, del Artículo 2.02, y enmendar los Artículos 6.05 y 6.08 de la Ley 168-2019, según enmendada, conocida como "Ley de Armas de Puerto Rico de 2020", a los fines de modificar la definición de "Parte de Arma de Fuego" e incluir como delito poseer, portar o transportar "Parte de Arma de Fuego", según definida en la propia Ley; y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley para Fomentar el Regreso a Puerto Rico con Empleo Seguro”, con el propósito establecer un mecanismo de entrevistas virtuales, y un proceso uniforme de compilación de documentos y datos para atraer a personas radicadas fuera de Puerto Rico, con el fin de que retornen al país con un empleo seguro, así como que prospectos empleados del Gobierno de Puerto Rico puedan someter sus solicitudes de empleos; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Articulo 2 de la Ley Núm. 35 de 20 de marzo de 1951, según enmendada, comúnmente conocida como "Ley de las Patentes de Invención y Registro", a los fines de instrumentar los mecanismos necesarios para que los inventores locales puedan crear, producir y mercadear sus inventos o descubrimientos cientificos, entre ohos, a través del Comité para el Fomento de las Patentes de Invención y Registro de Descubrimientos en Puerto Rico y de la Oficina del Ingeniero de Patentes y Registros de la Compañía de Fomento Industrial; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 1, añadir un nuevo Artículo 5 a la Ley 39-2020 conocida como “Ley para Prohibir la Interrupción de los Servicios de Electricidad y Agua Potable Durante la Vigencia de la OE-2020-023 por la Pandemia del Coronavirus (COVID-19)”, a los fines de autorizar el establecimiento de planes de pago por la cantidad adeudada por los servicios de agua potable y electricidad; aclarar la interpretación de este estatuto y su relación con otras leyes; establecer su vigencia; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los artículos 5, 6 y 7 de la Ley 151-2004, según enmendada, conocida como “Ley de Gobierno Electrónico”, a los fines de disponer para la publicación de los planes estratégicos de actividades, los planes de ejecución anual y los informes de resultados que todas las agencias del Gobierno de Puerto Rico, vienen obligadas a rendir, en virtud de la Ley 236-2012, según enmendada, conocida como “Ley de Rendición de Cuentas y Ejecución de Programas Gubernamentales”; enmendar los artículos 3, 4, 5, 6, 7 y 8 de la antes mencionada Ley 236-2012, según enmendada, conocida como “Ley de Rendición de Cuentas y Ejecución de Programas Gubernamentales”, con el propósito de atemperar ambas leyes y hacerle correcciones técnicas; enmendar el Artículo 6 de la Ley 75-2019, conocida como “Ley de la Puerto Rico Innovation and Technology Service” (PRITS), a los efectos de que la PRITS preste asistencia técnica a las agencias del Gobierno de Puerto Rico, para que estas puedan publicar los aludidos planes e informes, en sus respectivos portales de Internet; y para otros fines relacionados.
“Para enmendar la Regla 6 de las Reglas de Procedimiento Criminal de 1963, según enmendadas, con el fin de eliminar las facultades que se otorgan en dicha regla al Ministerio Público de someter casos mediante declaración jurada; aclarar la forma y la manera en que se llevará a cabo el procedimiento de determinación o no de causa probable para arresto; la forma y requisitos de la orden de arresto; y lo relacionado a la vista en alzada y el término para llevarla a cabo; y para otros fines relacionados.”
Para enmendar la Regla 6 de las Reglas de Procedimiento Criminal de 1963, según enmendadas, con el fin de disponer que será obligación del Ministerio Público estar presente en toda determinación de causa probable para arresto en los que la víctima sea una persona de la tercera edad o adulto mayor; y determinar que el Fiscal Auxiliar que estuvo presente en dicha vista tendrá la responsabilidad de continuar con la asignación de dicho caso, en todas las etapas del procesamiento criminal; y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley para el Establecimiento del Sistema Unificado de Reportes de Incidentes de Violencia de Género en Puerto Rico”, a los fines de desarrollar una plataforma digital estandarizada de recopilación, análisis y monitoreo de datos sobre violencia de género; disponer sobre la integración interagencial de datos provenientes de la Policía de Puerto Rico, el Departamento de Justicia, el Departamento de la Familia, el Departamento de Salud, la Oficina de la Procuradora de las Mujeres y el Poder Judicial; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 1539 de la Ley 55-2020, conocida como “Código Civil de Puerto Rico 2020,” a los fines de establecer la mancomunidad de las obligaciones en la responsabilidad extracontractual de cocausantes y la solidaridad a manera de excepción.
Para crear la “Ley para el Incentivo Corporativo y Empresarial de Puerto Rico y Amnistía Corporativa”, para la concesión de una Amnistía en las multas, penalidades y cargos por la presentación tardía de Informes Anuales en el Departamento de Estado, para viabilizar la activación de corporaciones inactivadas o canceladas por los pasados diez 10 años, establecer un término de noventa (90) días calendarios para la presentación de informes anuales sin multas, en virtud de esta ley, para disponer los términos, condiciones y procedimientos para esta “Amnistía Corporativa” y para otros fines.
“Para enmendar la Ley Núm. 92 de 26 de junio de 1965, a los fines de autorizar a las personas de 18 a 20 años, para que puedan solicitar y utilizar los servicios de crédito que ofrecen entidades financieras sujetas a la Ley Núm. 68 de 19 de junio de 1964, según enmendada, conocida como la “Ley de Ventas a Plazos y Compañías de Financiamiento”; y para otros fines relacionados.”
“Para añadir un nuevo inciso (j) al Artículo 3 y un nuevo inciso (s) al Artículo 5.1 de la Ley 66 de 17 de agosto de 1989, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica de la Administración de Vivienda Pública”, a los fines de establecer como parte de los propósitos de la Administración de Vivienda Pública la creación y mantenimiento de una base de datos digital y actuarial de apartamentos y viviendas públicas desocupadas, así como facultar al Administrador para implementar inspecciones recurrentes, rotulaciones visibles y publicaciones digitales instantáneas de dichas unidades, y compartir esta información con agencias de seguridad y bienestar público; y para otros fines relacionados.”
Para enmendar los Artículos 1 y 2; añadir los nuevos incisos (d), (e) y (f) y reenumerar los actuales incisos (d), (e), (f), (g) y (h) como los nuevos incisos (g), (h), (i), (j) y (k) del Artículo 3; añadir un nuevo inciso (d) y reenumerar el actual inciso (d) como el nuevo inciso (e) del Artículo 4 de la Ley 130-2008, mejor conocida como “Ley para el Ofrecimiento de Pruebas Rápidas para la Detección del Virus de Inmunodeficiencia Humana”, para autorizar el ofrecimiento de pruebas rápidas exentas para el cernimiento de infecciones de transmisión sexual y hepatitis virales; y para otros fines relacionados
Para ordenar a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación sobre la viabilidad de lograr la adaptación de todos los Balnearios de Puerto Rico con facilidades para el disfrute de personas con diversidad funcional.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos Federales y Veteranos de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre la implementación y ejecución de las disposiciones de la Ley Núm. 203-2007, conocida como “Carta de Derechos del Veterano Puertorriqueño del Siglo XXI”, mediante la cual se concede derechos y beneficios a favor de los veteranos; con el fin de formular las recomendaciones legislativas y administrativas necesarias para garantizar su efectivo cumplimiento; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a las comisiones de Asuntos Municipales; y de Recursos Naturales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la viabilidad de establecer sistemas de boyas para delimitar áreas propensas a ahogamientos por corrientes marinas, examinar la posibilidad de que los municipios costeros puedan destacar personal en las playas frecuentadas por bañistas e identificar protocolos efectivos para informar a la ciudadanía cuando las condiciones marítimas no se encuentren aptas para el uso recreativo; y para otros fines relacionados.
Para enmendar la Sección 4 de la Resolución de la Cámara 195 aprobada por la Cámara de Representantes de Puerto Rico, el 7 de abril de 2025, con el fin de incorporar enmiendas técnicas; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre la situación actual de las residencias de hospedaje de la Universidad de Puerto Rico en el Recinto de Río Piedras. Solicitamos además investigar además, el uso que se le está dando a las antiguas residencias de profesores, muchas de las cuales han permanecido en abandono por décadas; y para disponer que la Comisión rinda un informe con sus hallazgos y recomendaciones en un término que no exceda de noventa (90) días a partir de la aprobación de esta Resolución.
Para designar el tramo de la Carretera Estatal PR-866 que discurre entre la intersección con la Carretera Estatal PR-872 y la intersección con la Calle José E. Pedreira que ubica en el Municipio de Toa Baja, con el nombre de "Wanda Maldonado Medina", en reconocimiento a las gestas deportivas de esta distinguida atleta que hizo historia al convertirse en la primera mujer en pisar oficialmente un diamante de beisbol superior en Puerto Rico; autorizar la instalación de rótulos, autorizar el pareo de fondos; y para otros fines relacionados.
Para designar la carretera PR-906, en el municipio de Yabucoa, con el nombre de Luis "Buzo" Cintrón Andino; autorizar la instalación de rótulos; autorizar el pareo de fondos; y para otros fines relacionados.
Para denominar con el nombre del "Coronel Héctor E. Agosto Rodríguez" el edificio de la Comandancia de la Región de Ponce de la Policía de Puerto Rico, ubicado en el Municipio de Ponce, en un reconocimiento póstumo a su respetada trayectoria como servidor público; y para otros fines relacionados.
“Para ordenar a la Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS), establecer un registro público de organizaciones sin fines de lucro incorporadas en Puerto Rico; delegar el establecimiento de herramientas para la organización y búsqueda de datos, incluyendo el uso de la inteligencia artificial, a los fines de facilitar la identificación de iniciativas a favor de distintas causas sociales, así como para el conocimiento y beneficio general de la ciudadanía; y para otros fines relacionados.”
Para ordenar a la Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo realizar un estudio para determinar las condiciones en que se encuentra la infraestructura del Embalse Guajataca, investigue el avance de los trabajos del Embalse Guajataca y para otros fines relacionados.
Para enmendar la Sección 3 de la R. del S. 64, según aprobada el 31 de marzo de 2025, a los fines de extender el término de tiempo de la Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo del Senado de Puerto Rico, para rendir su informe final.
Para enmendar la Sección 3 de la R. del S. 65, según aprobada el 3 de abril de 2025, a los fines de extender el término de tiempo de la Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo del Senado de Puerto Rico, para rendir su informe final.
Para enmendar la Sección 3 de la R. del S. 129, según aprobada el 30 de junio de 2025, a los fines de extender el término de tiempo de la Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo del Senado de Puerto Rico, para rendir su informe final.
Para ordenar a la Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre las condiciones infraestructurales de la carretera PR-567, que discurre por los barrios San Lorenzo, Pasto y Vaga del municipio de Morovis y se extiende hasta el municipio de Orocovis; y para otros fines relacionados.