Qué se movió cada día en la Legislatura. Toca un día para ver qué le pasó a cada medida. Los filtros te dejan seguir un solo tipo de trámite, como el Calendario de Órdenes Especiales, que es la antesala de una votación.
En trámite
Camino a votarse
Camino a ser ley
Detenidas
Resto
+2 más
+24 más
5+17 más
6+71 más
7+11 más
+118 más
11+34 más
12+20 más
13+75 más
14+15 más
+52 más
18+30 más
19+90 más
20+61 más
21+37 más
+24 más
25+74 más
26+34 más
27+13 más
28+28 más
+157 más
Para enmendar los Artículos 2, 3 y 4 de la Ley 389-2004, mediante la cual se estableció un denominado “Programa de Oportunidades Financieras a Jóvenes Empresariales”, adscrito al Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico, con el propósito de otorgarle a la antes mencionada institución financiera, la responsabilidad de desarrollar un sistema de referidos a las agencias llamadas a conceder beneficios gubernamentales, expedir certificaciones, permisos y otros, para expeditar dichos procesos en beneficio de los jóvenes empresarios participantes; hacer correcciones técnicas; y para otros fines relacionados.
Para derogar la Ley 219-2004, conocida como “Ley para Reducir la Brecha Digital”, por haberse constituida esta, en una Ley obsoleta e inoficiosa.
Para enmendar el Artículo 4 de la Ley 68-2021, conocida como la "Ley para limitar el uso de imágenes captadas por los Sistemas Aéreos No Tripulados", a los fines de incluir la recolección de información necesaria, por el Departamento de la Vivienda de Puerto Rico (Vivienda) y el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM), entre las instancias en que no es de aplicación la prohibición impuesta en el Artículo 3 de la Ley; para facultar la reglamentación; y para otros fines relacionados.
Para aprobar la "Ley de Administración y Conservación de Documentos Públicos para el Siglo XXI"; derogar la Ley Núm. 5 de 8 de diciembre de 1955, según enmendada, conocida como "Ley de Administración de Documentos Públicos de Puerto Rico"; instaurar la nueva estructura del Archivo General de Puerto Rico; establecer la política pública sobre la identificación, manejo, protección y conservación de los documentos públicos; crear el Programa de Gestión de Documentos Públicos para el Gobierno, que aplicará a la Rama Ejecutiva, así como a las corporaciones públicas y los municipios del Estado Libre Asociado de Puerto Rico; delinear las funciones del referido Programa y los procedimientos de conservación de documentos e información pública; establecer penalidades por el incumplimiento de esta Ley o de la reglamentación adoptada en su virtud; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 11 de la Ley Núm. 75 de 2 de julio de 1987, según enmendada, conocida como “Ley Notarial de Puerto Rico”, a los fines de rectificar la información que deberá contener la planilla informativa sobre segregación, agrupación o traslado de bienes inmuebles; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 1.6 de la Ley 17-2019, conocida como “Ley de Política Pública Energética de Puerto Rico”, y los Artículos 2.3 y 2.13 de la Ley Núm. 82-2010, según enmendada, conocida como “Ley de Política Pública de Diversificación Energética por Medio de Energía Renovable Sostenible y Alterna en Puerto Rico” para atemperar los objetivos de política pública energética a la urgente y precaria realidad de la emergencia energética de Puerto Rico; garantizar el cumplimiento con las metas establecidas para el 2050 en particular la urgente necesidad de atender la confiabilidad y resiliencia del servicio eléctrico; disponer sobre el cumplimiento con la presente Ley; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 6.36 de la Ley 57-2014, según enmendada, conocida como “Ley de Transformación y ALIVIO Energético” para aumentar las multas que puede imponer y facilitar el cobro de las mismas; y para otros fines relacionados.
Para enmendar las Secciones 4, 5 y 15 de la Ley Núm. 74 de 21 de junio de 1956, según enmendada, conocida como “Ley de Seguridad de Empleo de Puerto Rico”, a los fines de ampliar las medidas de fiscalización sobre los beneficios concedidos por programas ordinarios de desempleo, programas de emergencia o análogos, así como establecer un debido proceso de ley específico y puntual sobre la autoridad que tiene el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos para notificar tanto al Departamento de Hacienda de Puerto Rico como al Servicio de Rentas Internas Federal sobre alguna deuda que surja por motivos de recobro de beneficios concedidos; y para otros fines relacionados.
Para crear la "Carta de Derechos del Estudiante Encamado, en Silla de Ruedas o que hace uso de tecnología que le asiste a mantenerse con vida", que será también conocida como la "Ley Victoria", a fin de establecer como política pública del Gobierno de Puerto Rico, los derechos que todo estudiante menor de veintiún (21) años, con impedimentos, que esté encamado, en silla de ruedas o que hacen uso de tecnología que los asisten a mantenerse con vida, y sin menoscabo a las leyes vigentes, tendrán frente al Departamento de Educación y el Gobierno de Puerto Rico; crear mecanismos judiciales expeditos para reivindicar tales derechos; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el inciso 5(A) de la Sección 1081.5 (a) de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico”, a los fines de aumentar la deducción permitida por aportaciones a una Cuenta de Aportación Educativa.
Para enmendar el inciso (d) de la Sección 1033.18 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico” a fin de admitir una deducción contributiva, a los padres o madres no custodios quienes cumplen con su deber de pagar la pensión alimentaria de sus hijos, que no excederá de la mitad de la deducción a la que tiene derecho el padre o madre custodio, permitir que el padre o madre no custodio reclame la deducción de un menor dependiente en el caso que el custodio no tenga la obligación de rendir la Planilla de Contribución sobre Ingresos; y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley para el aprovechamiento de fondos de recuperación destinados a la compra de viviendas y la repoblación de municipios”, a los fines de garantizar la adquisición de vivienda libre de discriminación para todas la personas participantes de los programas de recuperación tras desastres subsidiados con fondos federales, incluyendo la Subvención en bloque para desarrollo comunitario por desastre (CDBG); estabilizar la población de los municipios durante los procesos de reconstrucción tras desastre; establecer las prácticas discriminatorias en el acceso a una vivienda que se persiguen erradicar; los mecanismos procesales para alcanzar los propósitos de la medida; y para otros fines relacionados.
Para crear la “Comisión Conjunta Permanente de la Asamblea Legislativa para el Estudio, Evaluación, Revisión y Redacción del Código de Viviendas Asequibles en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico”; disponer sobre su funcionamiento; determinar su composición, deberes, facultades y responsabilidades; la correspondiente asignación de fondos; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 1.033 de la Ley 107-2020, según emnendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico", a los fines de aumentar a doce (12) días la Licencia disponible para Legisladores Municipales; y para oh·os fines relacionados.
Para crear la “Ley del Registro de Cabilderos de Puerto Rico”, a fin de establecer la política pública sobre el ejercicio de funciones de cabildeo ante todas las ramas del Gobierno de Puerto Rico; establecer definiciones y excepciones; reglamentar esta profesión; establecer penalidades; establecer facultades administrativas particulares para la creación de los registros; y para otros fines relacionados.
Para crear la "Ley de la Policía de Puerto Rico" definir sus funciones y deberes; asignar los recursos necesarios para su constitución y operación; establecer penalidades; enmendar los Artículos 1.02, 1.06, 1.11, 1.12, 1.17, 1.18, 1.19 y 1.20; eliminar el Capítulo 2 y reenumerar los Capítulos 3 al 8, como los Capítulos 2 al 7, respectivamente; reenumerar los actuales Artículos del 3.01 al 8.07 como los nuevos Artículos 2.01 al 7.07, respectivamente, en la Ley Núm. 20-2017, según enmendada, conocida como "Ley del Departamento de Seguridad Pública de Puerto Rico", con el propósito de atemperar dicha Ley con la creación de la Policía de Puerto Rico; derogar la Ley 103-2010, según enmendada, mejor conocida como "Ley para la Educación Continua de los Miembros de la Policía de Puerto Rico"; enmendar el Artículo 2-104 de la Ley Núm. 447 de 15 de mayo de 1951, según enmendada; establecer las normas de transición aplicables para la implantación de esta ley; y para otros fines relacionados.
Para declarar como Reserva Agrícola de Puerto Rico a los terrenos que comprenden el “Bosque” de la “Escuela Especializada Agroecológica Laura Mercado”; establecer la política pública del Gobierno de Puerto Rico en torno al desarrollo agrícola de los terrenos; ordenar la promulgación y adopción de una resolución de zonificación especial para estimular la producción y desarrollo agrícola; asignar las responsabilidades de las agencias que tendrán participación en la promoción de los objetivos de esta Ley; describir los límites registrales de los terrenos; fijar los objetivos, deberes y responsabilidades de la escuela; y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley de Asistencia Sicológica En Eventos Deportivos a Menores” con el fin de garantizar que los menores de edad tengan asistencia sicológica en todo evento y/o competencia deportiva; y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley para facilitar el acceso a la información de las etiquetas de precio en los establecimientos comerciales para las personas con impedimento visual” a los fines de ordenar que todos los establecimientos comerciales modifiquen sus etiquetas de precio para que sean legibles para las personas con impedimentos visuales; ordenar que los establecimientos comerciales dispongan de equipo parlante para la lectura de las etiquetas de precio; y para otros fines relacionados.
Para conceder un incentivo que promueva el pago acelerado de multas expedidas, y así registradas, a las tablillas y licencias de conducir, por concepto de faltas administrativas de tránsito, incluyendo los intereses, recargos y penalidades, en virtud de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, consistente, en el caso del pago total del principal de la deuda, de un descuento igual a un treinta por ciento (30%) de la totalidad del principal de la deuda por multas sobre la licencia de conducir del reclamante o sobre el certificado de título o permiso del vehículo del motor y un descuento de cien por ciento (100%) sobre los intereses, recargos y penalidades por concepto de dicha deuda; conceder un cincuenta por ciento (50%) de descuento sobre los intereses, recargos y penalidades por concepto de la deuda asumida a las personas que se acojan a un plan de pago; así como ordenar a los secretarios de los departamentos de Hacienda y de Transportación y Obras Públicas, adoptar reglamentaciones necesarias para la eficaz ejecución de esta ley; y para otros fines relacionados.
Para declarar el día 1 de febrero de cada año como, “Día de Solidaridad con los Pacientes de Ansiedad, Depresión y Estrés”; ordenar a la Departamento de Salud de Puerto Rico, desarrollar y coordinar, junto a entidades locales e internacionales, aquellas actividades necesarias a los fines de concienciar a la ciudadanía sobre esta condición psiquiátrica que se caracteriza por un bajo estado de ánimo, sentimientos de tristeza y pérdida de interés, además se asocia con alteraciones del comportamiento, del grado de actividad y del pensamiento; y para otros fines relacionados.
Para añadir un sexto párrafo al Artículo 6 de la Ley 261-2004, según enmendada, conocida como "Ley del Voluntariado de Puerto Rico", a los fines de crear un programa de voluntariado adscrito al Departamento de Seguridad Pública para asistir en desastres y emergencias; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los Artículos 3.06 y 6.03 de la Ley 408-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Salud Mental de Puerto Rico” a los fines de incluir terapias integrativas y complementarias de la salud basadas en evidencia, como una opción adicional de tratamiento, siempre y cuando, sea determinado por el profesional de la salud mental conforme al enfoque terapéutico y a las necesidades de cada paciente; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el inciso (b) de la Sección 1 y el inciso (b) de la Sección 2 de la Ley 132-2010, según enmendada, conocida como "Ley de Estímulo al Mercado de Propiedades Inmuebles" a los fines de extender por treinta (30) años la exención contributiva por el ingreso devengado por concepto de renta de propiedad residencial; excluir de la definición del término arrendador elegible el arrendamiento de alojamiento suplementario a corto plazo; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 8 de la Ley 74-2006, conocida como “Ley del Programa de Ayuda a Jugadores Compulsivos de Puerto Rico”; enmendar el Artículo 13 de la Ley 83 de 2 julio de 1987, según enmendada, conocida como “Ley de la Industria y el Deporte Hípico de Puerto Rico, a los fines de establecer un nuevo cómputo por el cual se identificarán y asignarán los fondos necesarios para sufragar los propósitos del Programa de Ayuda a Jugadores Compulsivos de Puerto Rico adscrito a la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción; y para otros fines relacionados.
“Para enmendar el Artículo 1 y 2 de la Ley 134-1998, según enmendada, conocida como "Ley de la Licencia a los Empleados Públicos para Visitar las Escuelas de sus Hijos"; enmendar el acápite 6 del subinciso b, del inciso 6, de la Sección 9.1 del Artículo 9 de la Ley 8-2017, según enmendada, conocida como "Ley para la Administración y Transformación de los Recursos Humanos en el Gobierno de Puerto Rico”, a los fines de atemperar el periodo concedido para ejercer la licencia de visita escolar que poseen los empleados públicos, según lo dispuesto en la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como "Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, para comparecer a las instituciones educativas donde cursan estudios sus hijos e hijas y conocer sobre su aprovechamiento escolar; y para otros asuntos relacionados.”
“Para enmendar los Artículos 6, 10 y 12, y añadir un nuevo Artículo 11, a la Ley Núm. 81 de 14 de marzo de 1912, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Salud”; añadir un nuevo inciso (y) y reenumerar los actuales incisos (y) al (hh) de la Sección 1 del Artículo III como incisos (z) al (ii), respectivamente, enmendar la Sección 2 del Artículo IV y las Secciones 4, 6, 15 y 18 del Artículo VI de la Ley 72-1993, según enmendada, denominada “Ley de la Administración de Seguros de Salud de Puerto Rico”; añadir un nuevo inciso (l) al Artículo 2 y reenumerar los actuales incisos (l) al (v) como incisos (m) al (w), respectivamente, añadir un nuevo inciso (e) al Artículo 5, enmendar el inciso (b) del Artículo 8, enmendar el inciso (e) del Artículo 9, enmendar el Artículo 10 y añadir un nuevo inciso (i) al Artículo 12 de la Ley 194-2000, según enmendada, denominada “Carta de Derechos y Responsabilidades del Paciente”; enmendar el Artículo 2 y añadir un nuevo inciso (j) al Artículo 4 de la Ley Núm. 101 de 26 de junio de 1965, según enmendada, denominada “Ley de Facilidades de Salud”, con el fin de reformar elementos esenciales del sistema de salud de Puerto Rico para extender protecciones y derechos adicionales a las personas con diversidad funcional en su interacción con las proveedoras de servicios de salud, las organizaciones de seguros de salud, y las agencias gubernamentales que reglamentan o canalizan dichos servicios; y para establecer otras disposiciones complementarias.”
Para enmendar el Artículo 3 incisos (b) y (e) de la Ley Núm. 40 de 3 de agosto de 1993, según enmendada, mejor conocida como “Ley para Reglamentar la Práctica de Fumar en Determinados Lugares Públicos y Privados”; para enmendar la Sección 6042.08 de la Ley Núm. 1-2011, según enmendada, mejor conocida como “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico”; y para otros fines relacionados.
Para establecer la "Ley para la Atención del Estudiantado con Epilepsia en las Instituciones Escolares Públicas y Privadas de Puerto Rico"; delinear los procesos a los que deben ceñirse las escuelas para manejar crisis epilépticas; garantizar la provisión de acomodos razonables al estudiantado con epilepsia; prohibir el discrimen por razón del diagnóstico de epilepsia; y para decretar otras disposiciones complementarias.
Para ordenar a la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación sobre todo asunto relacionado con la orientación, objetivos y métodos del sistema público de enseñanza; la reglamentación, supervisión y acreditación de los servicios educativos de escuelas e instituciones privadas; la educación, orientación y rehabilitación vocacional; la difusión de la educación y la cultura; los servicios, becas y ayudas a estudiantes; la reglamentación, acreditación y creación de condiciones que inspiren y mejoren al maestro y el desarrollo de servicios complementarios a la instrucción para su mayor efectividad; la dirección, administración, investigación y enseñanza universitaria incluyendo facilidades y equipo; y las organizaciones sin fines de lucro, incluyendo las que manejan el conocimiento tales como las universidades, instituciones que viabilizan las contribuciones del sector privado; así como sobre todos los asuntos relacionadas a los programas educativos y servicios para la población de educación especial y con diversidad funcional; y la implantación de la política pública que garantice la prestación de servicios, educación especializada, terapias, rehabilitación vocacional y todo esfuerzo para que esta población pueda encaminarse a una vida independiente.
Para ordenar a la Comisión de Recursos Naturales de la Cámara de Representantes del Gobierno de Puerto Rico, a realizar una investigación exhaustiva sobre las condiciones, operación, capacidad para el manejo de desperdicios sólidos y la proyectada vida útil de los vertederos y sistemas de relleno sanitarios autorizados a través de todo Puerto Rico, con el fin de evaluar alternativas de tratamiento y disposición de desperdicios sólidos, extender la vida útil de los vertederos y sistemas de relleno sanitarios; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva para determinar las condiciones actuales, calidad y necesidades de los establecimientos que ofrecen servicios de alojamiento, atención médica, cuidado diurno, apoyo social y otros servicios esenciales a la población de adultos mayores ubicados en el Distrito Representativo Núm. 38, que comprende los municipios de Canóvanas, Carolina y Trujillo Alto; los servicios y actividades que ofrecen, la demanda por los mismos, así como la necesidad de ajustes y medidas correctivas que garanticen estándares óptimos de atención y bienestar para los adultos mayores que utilizan estas facilidades; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos de la Mujer de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación sobre todo asunto relacionado al desarrollo pleno de la mujer en la sociedad, orientada a garantizar y ampliar las oportunidades para que las mujeres tengan acceso a los procesos de formación y capacitación personal, ocupacional y profesional; promover acciones concretas dirigidas a mejorar significativamente las condiciones de vida de las mujeres en sus comunidades; alcanzar una verdadera igualdad, al impulsar, divulgar y ejecutar una política pública de verdadera equidad de género; los derechos legales y constitucionales de la mujer y su situación o estado en la sociedad en los aspectos jurídicos, económicos, políticos y sociales; el discrimen contra la mujer o posible violación de sus derechos legales y constitucionales; feminicidios; las necesidades de las madres solteras y sus familias, de las jóvenes que por razones de violencia, embarazos prematuros o circunstancias económicas, entre otras, optan por abandonar sus estudios, de las mujeres que por maltrato o divorcio requieren de un techo seguro, de las profesionales que requieren apoyo gubernamental para el cuido de sus hijos e hijas y acceso a oportunidades de empleo y actividades empresariales y de las que requieren acceso adecuado a servicios de salud sexual y reproductiva, prenatales, de parto y post-parto; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Banca, Seguros y Comercio de la Cámara de Representantes del Gobierno de Puerto Rico, realizar una investigación abarcadora en torno al proceso de gestión y contratación de los seguros del Gobierno de Puerto Rico y sus municipios, corporaciones y autoridades públicas así como la gestión y la contratación de seguros y fianzas para proteger a las agencias, a las corporaciones públicas y a los municipios contra toda clase de riesgos previsibles; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de lo Jurídico de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre la implantación en la Administración de los Tribunales del Programa para Acceso a la Justicia de Personas con Condiciones de Salud Mental; el cumplimiento con el horario de los “jueces de turno” para la atención de casos de salud mental; los acuerdos con el Negociado de la Policía para la radicación de estos casos fuera del horario regular de trabajo y el cumplimiento con dichos acuerdos; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a las comisiones de Asuntos Federales y Veteranos; y de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar un estudio sobre el estatus actual y la operación de La Casa del Veterano, "Roberto González Vázquez"; la disponibilidad y desarrollo de vivienda para veteranos retirados de edad avanzada y/o con impedimentos, por parte del Gobierno de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Para expresar el más alto reconocimiento, honor y distinción a la señora Zorimar Betancourt por el enorme e histórico gesto de perdonar a los asesinos convictos de su hijo, el insigne joven puertorriqueño Stefano Steenbakkers Betancourt, así como reconocer que por más de una década ha logrado salvar muchas vidas a través la fundación que lleva el nombre de su hijo; para exceptuar esta resolución de la Sección 16.3 de la R. de la C. 1, conocida como “Reglamento de la Cámara de Representantes de Puerto Rico”, y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de la Región Este de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre el estado en que se encuentran las carreteras, avenidas, caminos, calles, autopistas, puentes, túneles y cualquier otra infraestructura vehicular en los municipios de Yabucoa, Maunabo, Patillas y San Lorenzo que componen el Distrito Representativo Núm. 34; evaluar posibles alternativas para su reparación y mantenimiento, incluyendo planes sostenibles de mantenimiento; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación sobre el nivel de cumplimiento por parte de las diferentes agencias del gobierno, con el mandato impuesto en la Ley 163-2024, conocida como: “Ley para la Protección, Seguridad, Integración, Bienestar y Desarrollo Integral de las Personas con los Trastornos del Espectro Autista”; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a las comisiones de Recursos Naturales y de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el proceso para la obtención y la vigencia de los permisos para la construcción de un paseo para ciclistas y peatones en el área de Playa María en Rincón por parte de la Autoridad de Carreteras y Transportación.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos Federales y Veteranos, así como a la de Desarrollo Económico de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico realizar una exhaustiva investigación en torno a los procesos y planes proyectados para el establecimiento y funcionamiento óptimo de un Centro Tecnológico, según designado por la administración del ex - Presidente de los Estados Unidos de América, Hon. Joseph R. Biden, bajo el “Programa Regional de Centros de Tecnología e Información”, que incluyó a nuestra jurisdicción y a 32 estados de los Estados Unidos, según se anunció desde el año 2023. Esto, particularmente, ante el anuncio de la actual Administración del Presidente de Estados Unidos, Donald J. Trump, que en su mensaje al Congreso Federal informó estaba considerando eliminar políticas públicas de la anterior Administración señalada, entre estas, el “Chips and Science Act”, la cual proporcionó los fondos para este Centro Tecnológico en Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Para ordenar al secretario de la Gobernación, licenciado Francisco Domenech, que por conducto de la Secretaría de la Cámara de Representante someta a este Augusto Cuerpo en el plazo de diez días a partir de la aprobación de esta resolución un informe que detalle los gastos en que incurrió el Gobierno de Puerto Rico para sufragar la asistencia de funcionarios públicos en la Cumbre de igualdad y estadidad que tuvo lugar en Washington los pasados 3 y 4 de marzo del corriente año; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a las comisiones de la Región Metro; y de la Región Este de la Cámara de Representantes, realizar una investigación abarcadora sobre el estado físico de las estructuras que son utilizadas como cuarteles de la Policía, estaciones de Bomberos, despachos de Emergencias Médicas y centros de operaciones de Manejo de Emergencias y Administración de Desastres en los municipios de Canóvanas, Carolina y Trujillo Alto; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de la Región Este de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre el origen y responsabilidad del desbordamiento de aguas usadas en la Comunidad Villa Cañona, en el Municipio de Loíza, que impacta la salud y calidad de vida de sus residentes y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, investigar y evaluar los protocolos del Departamento de Educación relacionados con la preparación y respuesta ante incidentes de tirador activo en las escuelas, incluyendo planes de adiestramiento a la comunidad escolar en general; calendarios de simulacro; así como todo otro esfuerzo de prevención sobre este tema; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a las comisiones de Salud; y de Educación, investigar la implantación y cumplimiento de la Ley Núm. 183 de 11 de diciembre de 2007, conocida como “Ley del Colegio de los Profesionales de Terapia Ocupacional de Puerto Rico”; la oferta académica para esta profesión; los procesos de contratación en el Departamento de Educación de estos profesionales; la cantidad de niños y servicios que reciben o necesitan servicios de estos profesionales; asuntos relevantes de este grupo de profesionales; y para otros fines relacionados.
Para ordenar al Departamento de Vivienda a transferir por el precio nominal de un dólar ($1.00) a Voluntarios Preocupados por la Educación Inc., el predio de terreno, así como la estructura ubicada en la Parcela Núm. 106 de la Comunidad Villa del Mar en el barrio Playa del Municipio de Santa Isabel, conocida como la Biblioteca Comunitaria Villa del Mar; sin sujeción a las disposiciones de la Ley 26-2017, según enmendada, mejor conocida como ‘’Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal’’; establecer restricciones a la variación de uso o enajenación de la propiedad sin el consentimiento expreso del Secretario del Departamento de Vivienda; y para otros fines relacionados.
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por virtud de la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como "Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal", evaluar la transferencia al Municipio de Cabo Rojo, mediante los mecanismos contemplados en dicha Ley, del terreno y la estructura que comprende el antiguo cuartel de la policía estatal del barrio Boquerón de Cabo Rojo, con el fin de utilizarlo para establecer diversos proyectos de desarrollo económico, educativos, comunitarios, turísticos y deportivos, así como otros proyectos que sea de beneficio para la ciudadanía en general.
Para designar la carretera PR-114, en el tramo que transcurre desde el Km 0.0, en la intersección con la carretera PR-2, en el municipio de Mayagüez, hasta el Km. 14.7, en el Municipio de San Germán, con el nombre de José Rafael "Piculín" Ortiz Rijos; autorizar la instalación de rótulos; autorizar el pareo de fondos; y para otros fines relacionados.
Para asignar la cantidad de trece mil doscientos cincuenta y ocho millones cuatrocientos seis mil (13,258,406,000) dólares, con cargo al Fondo General del Tesoro Estatal, para gastos ordinarios de funcionamiento de los programas y agencias que componen la Rama Ejecutiva y los programas que componen la Rama Judicial y la Rama Legislativa durante el año fiscal que concluye el 30 de junio de 2026, las siguientes cantidades o la porción de las mismas fuese necesario; y para otros fines relacionados.
Para denominar el edificio de la sede de la Comisión Estatal de Elecciones, en el Municipio de San Juan, con el nombre de Juan R. Melecio Machuca con el propósito de honrar su vida y su larga carrera como vigía de la democracia puertorriqueña; y para otros fines relacionados.
“Para ordenar a la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico, a través de su director ejecutivo, a llevar a cabo todas las medidas que sean necesarias, incluyendo el uso de remedios legales para dar la lucha y hacer valer el mandato de la Ley 10-2024 y de esta manera defender el Programa de Medición Neta en Puerto Rico; disponer de un periodo máximo de treinta (30) días para que dicha entidad, informe a través de la Secretaría de los Cuerpos Legislativos sobre las acciones tomadas para dar cumplimiento con lo aquí exigido; y para otros fines.
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por virtud de la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, conforme a las disposiciones de las leyes y reglamentos aplicables, conceder el traspaso, transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico de la Escuela Laura Navarro ubicada en el Barrio Ceiba Sur del municipio de Juncos a LTRG of Puerto Rico, Inc.; y para otros fines relacionados.
Para expresar el respaldo de la Asamblea Legislativa del Estado Libre Asociado de Puerto Rico al proyecto de ley federal H.R. 1328, el cual enmienda el Código de Rentas Internas de 1986 para establecer un crédito contributivo dirigido a la relocalización de cadenas de suministro críticas en los Estados Unidos y Puerto Rico, promoviendo así el desarrollo económico y la seguridad nacional; y para otros fines relacionados.
Para que la Asamblea Legislativa de Puerto Rico exprese el más enfático rechazo a la carta y borrador de Orden Ejecutiva presentada al Presidente de los Estados Unidos, Donald J. Trump; solicitando la implementación de un proceso de autodeterminación e independencia para Puerto Rico; y para otros fines.
“Para ordenar a la Comisión de lo Jurídico del Senado de Puerto Rico llevar a cabo una investigación exhaustiva sobre la falta de asignación de fondos al Centro Salud Justicia de Puerto Rico conforme a la Ley 109-2024, identificar los efectos adversos de esta situación sobre los servicios esenciales que provee el Centro y evaluar la implementación de la mencionada ley para garantizar el cumplimiento con las disposiciones de política pública estipuladas para los Centros Especializados “PITI”.”