Qué se movió cada día en la Legislatura. Toca un día para ver qué le pasó a cada medida. Los filtros te dejan seguir un solo tipo de trámite, como el Calendario de Órdenes Especiales, que es la antesala de una votación.
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Para enmendar la Sección 14(b) de la Ley Núm. 55 de 12 de mayo de 1933, según enmendada, conocida como “Ley de Bancos”, con el propósito de establecer que, todo banco organizado bajo las disposiciones de esta Ley, vendrá obligado a facilitarle y permitirle a sus clientes realizar sus transacciones bancarias y que se ofrezcan los servicios a sus cuentas, totalmente en línea, salvo que haya una ley que impida su realización; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 13 de la Ley 209 -2003, según enmendada, conocida coma "Ley del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico", a fin de que todas las agendas, corporaciones e instrumentalidades del Gobierno de Puerto Rico vengan obligadas a enviar al Instituto, en un término no mayor de sesenta (60) días, todas las publicaciones de informes estadísticos que produzcan para que sean incorporadas al Inventario de Estadísticas de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 13 de la Ley 129-2020, mejor conocida como "Ley de Condominios de Puerto Rico", a los fines de establecer que la administración de todo bien imnueble deberá notificar el reglamento a los agentes o corredores de bienes raíces según definidos por la Ley 10-1994, según enmendada, conocida como "Ley para Reglamentar el Negocio de Bienes Raíces y la Profesión de Corredor, Vendedor o Empresa de Bienes Raíces en Puerto Rico", o a un potencial comprador; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los Artículos 3 y 5 de la Ley 82-2023 conocida como la "Ley sobre la Política Pública del Cuidado Informal de Puerto Rico" con el propósito de reconocer como un derecho de todo cuidador üúormal o cuidador a ser considerado como la primera alternativa para ser conh·atado como cuidador incidental cuando alguna entidad gubernamental asigne fondos para el cuidado de algún adulto mayor; y para oh'os fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 1 de la Ley Núm. 62 de 18 de julio de 2022, conocida como la “Ley para Demarcar la Extensión de la Avenida Boulevard (actualmente Avenida, Trio Los Andinos) de la Urbanización Levittown de Toa Baja como Zona de Turismo Gastronómico” con el propósito de ampliar dicha zona y designar como parte de la misma las siguientes extensiones adicionales: la Avenida Dos Palmas (actualmente Avenida Agapito Ortíz Rivera) en su totalidad hasta la intersección con la Avenida Boulevard; la Avenida Boulevard Monroig, (Avenida David Córdova Torrench) desde la intersección con la Calle Rosa de Tejas hasta la intersección con la Avenida Boulevard; la Calle Rosa de Tejas en su totalidad; la Avenida Los Dominicos, también conocida como Carretera 866, desde la intersección con la Avenida Boulevard hasta la intersección con la Avenida Amalia Paoli; la Avenida Amalia Paoli, identificada como Carretera 866, desde la intersección con la Avenida Los Dominicos hasta la intersección con la Avenida Gregorio Ledesma; y la Avenida Gregorio Ledesma, también identificada como Carretera 866, desde la intersección con la Avenida Amalia Paoli hasta la intersección con la Calle José E. Pedreira y para otros fines relacionados.
Para emnendar los artículos 623 y 632 del Código de Enjuiciamiento Civil de Puerto Rico de 1933, según enmendado, a fin de requerir queen procedimientos de desahucio contra veteranos se notifique a la Oficina de Procurador del Veterano; armonizar ambos artículos; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el inciso (f) delArtículo 4 de la Ley 266-2004, según enmendada, conocida como la “Ley para el Registro y Notificación de Personas Convictas por Delitos Sexuales y Abuso Contra Menores”, a los fines de prohibir que una persona incluida en el registro establezca su residencia a una distancia de mil (1,000) pies o menos de la residencia de la víctima o de los testigos del caso; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los incisos (a), (f), (j), (k) y (l) del Artículo 2, de la Ley 8 -2010, conocida como “Ley del Profesional Combatiente” a los fines de reconocer en dicho estatuto la existencia de la nueva rama de las Fuerzas Armadas, el “Space Force”; reconocer estos beneficios a miembros de dicha nueva rama; aclarar que esta Ley, también será de aplicación en activaciones de “Misiones humanitarias” y “Misiones de mantenimiento de paz y estabilización” realizadas domésticamente; y para otros fines relacionados.
Para enmendar la Sección 5.2 de la Ley 8-2017, según enmendada, conocida como “Ley para la Administración y Transformación de los Recursos Humanos en el Gobierno de Puerto Rico”, a los fines de establecer que las disposiciones de dicha Ley serán de aplicación a las entidades y componentes del gobierno enumerados en los incisos (1) al (13) de la referida Sección, en aquellos casos en los cuales alguna disposición de la Ley lo establezca expresamente; para añadir una nueva Sección 6.9 a la Ley 8-2017 a los fines de disponer que toda persona jurídica que tenga algún accionista, oficial y/o miembro de su Junta de Directores, que sea inelegible para empleo o contrato de servicios profesionales en el servicio público, de conformidad con la Sección 6.8 de la Ley 8-2017, no podrá contratar ni licitar mientras dure dicha inelegibilidad, con agencias de gobierno, corporaciones públicas, y otros componentes del gobierno y entidades; para disponer que dicha prohibición de contratar y licitar se extenderá a toda persona jurídica creada por un tercero para continuar allegando fondos, propiedades y/o beneficiar económicamente, de manera sustancial, a quien es inelegible para empleo o contrato de servicios profesionales en el servicio público, de conformidad con la Sección 6.8 de la Ley 8-2017, mientras dure dicha inelegibilidad; para reenumerar la actual Sección 6.9 como la Sección 6.10 de la Ley 8-2017; para enmendar el Artículo 3.4 de la Ley 2-2018, según enmendada, conocida como “Código Anticorrupción para el Nuevo Puerto Rico”, a los fines de disponer que toda persona jurídica convicta por alguno de los delitos a los cuales hace referencia el mencionado Artículo estará sujeta a lo dispuesto en el Artículo 6.9 de la Ley 8-2017; para disponer que en aquellas ocasiones en las cuales una persona jurídica sea parte de un contrato con el gobierno, el mismo deberá contener una cláusula de resolución en caso de que alguno de sus accionistas, oficiales y/o miembros de su Junta de Directores, advenga inelegible para empleo o contrato de servicios profesionales en el servicio público, de conformidad con la Sección 6.8 de la Ley 8-2017; para enmendar el Artículo 5.2 de la Ley 2-2018, a los fines de disponer que el Gobierno de Puerto Rico, a través del Secretario de Justicia, estará obligado a presentar acciones civiles ante el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico contra toda persona natural o jurídica que haya incurrido en acciones u omisiones negligentes, culposas o ilícitas en menoscabo del erario, con el fin de reclamar que se le adjudique una indemnización monetaria equivalente al triple del daño económico ocasionado al erario mediante dicha conducta; para disponer que la obligación de presentar acciones civiles de conformidad con el referido Artículo nace en el momento en el que el Gobierno de Puerto Rico adviene en conocimiento, por cualquier medio, de la acción u omisión negligente, culposa o ilícita en menoscabo del erario; y para otros fines relacionados.
Ley para la Evaluación de Portación de Armas en Casos de Internación Psiquiátrica.
Para crear la “Ley para Establecer una Tasa de IVU de 7% en Toda Compraventa de Vehículos en Puerto Rico”; enmendar la Sección 3020.08 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011”, para modificar el cobro de arbitrios sobre vehículos exportados de afuera o fabricados en Puerto Rico; enmendar el Artículo 2.41 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como ”Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, para el cobro de 7% de impuesto sobre ventas y uso en el proceso de traspaso tras la compraventa de un vehículo usado; y para otros fines relacionados.
Para declarar el 30 de junio de cada año como el "Dia de Concienciación sobre la Artrogriposis Multiple Congenita en Puerto Rico"; ordenar al Departamento de Salud desarrollar actividades educativas con el fin de crear conciencia y educa sobre esta enfermedad; y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley de Rotulación Uniforme con la Fecha de Expiración en Productos de Consumo”, a los fines de garantizar la salud y seguridad del consumidor; establecer un formato claro para la fecha de expiración de productos; definir conceptos; imponer penalidades por incumplimiento; y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley de Prioridad en el Restablecimiento de Servicios Esenciales para los Establecimientos Residenciales”; establecer como política pública del Gobierno de Puerto Rico que los establecimientos residenciales, conforme a la Ley 57-2023, según enmendada, bajo la supervisión del Departamento de la Familia, sean incluidos como prioridad en los planes de restablecimiento de los servicios esenciales luego de una emergencia o desastre; y para otros fines relacionados.
Para ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas, en coordinación con el “Puerto Rico Innovation and Technology Service”, a actualizar la aplicación de CESCO Digital para integrar permanentemente en esta el permiso de vehículos de motor, arrastres o semiarrastres, luego de que se haya satisfecho el pago de los derechos correspondientes; enmendar el Artículo 2.13 y el inciso (c) Artículo 2.49 de la Ley Núm. 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, a fin de establecer que el permiso de vehículos de motor, arrastres o semiarrastres integrado permanentemente en la aplicación CESCO Digital, podrá ser utilizado por los conductores como una herramienta suplementaria o sustitutiva válida de autorización para transitar por las vías públicas de Puerto Rico.
Para enmendar el Artículo 2.21 de la Ley Núm. 22-2000, según enmendada, conocida como la “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, a los fines de disponer que las mujeres que sean sometidas a una cesárea puedan recibir un permiso provisional de estacionamiento en áreas reservadas para personas con impedimentos, válido por no menos de tres (3) meses ni más de seis (6) meses; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Autoridad de Energía Eléctrica (“AEE”) y/o el operador de la red eléctrica LUMA Energy, LLC. (“LUMA”) cesar el cobro de todo cargo por concepto de Estudio Suplementario y por mejoras a la red que hubiese sido requerido para sistemas de hasta 25 kilovatios por el Reglamento Número 8915, Reglamento para Interconectar Generadores con el Sistema de Distribución Eléctrica de la Autoridad de Energía Eléctrica y Participar En Los Programas De Medición Neta del 6 de febrero de 2017, incluyendo pero sin limitarse a los cargos dispuestos en la Sección V, Artículo B de dicho Reglamento 8915; y ordenar al Negociado de Energía de Puerto Rico a adoptar un nuevo reglamento de interconexión consistente con la Ley 17 de 2019, Ley de Política Pública Energética de Puerto Rico y con esta Ley dentro de un término de tiempo específico.
Para enmendar los Artículos 4 y 5 de la Ley 56-2019, conocida como la "Ley de Extensión de Nombramientos a los Maestros con Estatus Transitorio Provisional y con Nombramientos Transitorios Elegibles en Cualquier Unidad Académica y los Asistentes de Servicios al Estudiante (T1 y T2) Adscritos a la Secretaría Asociada de Educación Especial del Departamento de Educación de Puerto Rico", a los fines de establecer un término máximo de sesenta (60) días para que el Departamento de Educación nombre a los Asistentes de Servicios al Estudiante (T1 y T2); disponer sobre la continuidad de los servicios durante la vacante en dicho puesto; y para otros fines relacionados.
Para establecer la “Ley para la Regulación del Financiamiento de Programas Deportivos Escolares”, a los fines de prohibir el cobro de cuotas o cargos a estudiantes o a sus padres por participar en los programas deportivos que representen a una institución educativa; permitir métodos alternos de financiamiento para dichos programas; establecer una excepción para los programas administrados y operados por terceros contratados por la institución educativa; y para otros fines relacionados
Para enmendar las Reglas 172 y 177 de las Reglas de Procedimiento Criminal, según enmendadas, a los fines de atemperar su contenido a lo dispuesto en el Artículo 57 de la Ley Núm. 146-2012, según enmendada, conocida como "Código Penal de Puerto Rico", para garantizar los derechos de los ciudadanos en la etapa de cumplimiento de la pena de multa en los procedimientos criminales; permitir excepciones de conformidad con la Sección 4 de la Ley Núm. 34-2021, conocida como "Ley para la Imposición de la Pena Especial del Código Penal de Puerto Rico"; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 6 de la Ley Núm. 23-1991, según enmendada, conocida como “Ley del Fideicomiso Institucional de la Guardia Nacional de Puerto Rico”, a los fines de permitir a los empleados, retirados de FIGNA y retirados de la Guardia Nacional a participar de los beneficios de las tiendas militares de la Guardia Nacional de Puerto Rico y para otros fines.
Para enmendar la Sección 3 de la Ley Núm. 83 de 25 de junio de 1963, según enmendada, conocida como “Ley de la Pirotecnia de Puerto Rico” a los fines de atemperar sus disposiciones y delitos al sistema de penas establecido en la Ley Núm. 146 de 30 de julio de 2012, según enmendada, conocida como “Código Penal de Puerto Rico” y para otros fines relacionados.
Para enmendar los subincisos (g) y (h) del inciso 10 del Artículo 7 de la Ley 430-2000, según enmendada, conocida como "Ley de Navegación y Seguridad Acuática de Puerto Rico", a los fines de atemperar sus disposiciones y delitos al sistema de penas establecido en la Ley 146-2012, según enmendada, conocida como "Código Penal de Puerto Rico"; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el inciso (l) del Artículo 3, el sub-inciso (b) del inciso 2, los incisos (4) y (5) del Artículo 4 y el Artículo 15 de la Ley Núm. 88 de 9 de Julio de 1986, según enmendada, conocida como “Ley de Menores de Puerto Rico” a los fines de atemperar sus disposiciones y delitos al sistema de penas establecido en la Ley Núm. 146 de 30 de julio de 2012, según enmendada, conocida como “Código Penal de Puerto Rico” y para otros fines relacionados.
Para enmendar la Regla 60 de las de Procedimiento Civil de 2009, según enmendadas, a los fines de aumentar de quince mil (15,000) a veinticinco mil (25,000) dólares, excluyendo los intereses, la cuantía máxima permisible en las reclamaciones judiciales tramitadas al amparo de la misma; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 204 de la Ley 146-2012, según enmendada, conocida corno el "Código Penal de Puerto Rico", a los fines de establecer que, cuando la obra fue contratada bajo un esquema de reembolso de costos más un porcentaje de ganancia ('cost plus'), incurrirá en el delito de fraude en la ejecución de obras toda persona que, con el propósito de defraudar, altere, manipule o presente información falsa o engañosa sobre los costos incurridos, con el fin de aumentar artificialmente el importe total de la obra y, por ende, su margen de ganancia; y que en los casos de fraude en la ejecución de obras, el resarcimiento a la parte perjudicada será obligatorio, independientemente de que la persona natural o jurídica resulte convicta, o se acoja a alguna pena sustitutiva o alternativa a la reclusión, según aplique; y establecer obligaciones al tribunal de notificar las sentencias en estos casos a ciertas agencias y entidades para procedimientos de revocación de licencias, si fuere aplicable así corno ofrecer protecciones adicionales a los consumidores.
“Para establecer en el Departamento de Salud un Registro de Personas con Enfermedades Cerebrovasculares en Puerto Rico, con el fin de obtener datos fundamentales para el diagnóstico, tratamiento adecuado, concienciación y otros fines relacionados.”
Para enmendar la Sección 2.7 de Ley 38-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico”, con el propósito de añadir una disposición que autorice a las agencias administrativas a mantener vigente una reglamentación impugnada de su faz cuando la impugnación no sea basada en una violación sustancial a las disposiciones de la Ley 38-2017, y autorizar subsanar errores no perjudiciales en el proceso de reglamentación.
Para crear la “Ley de Registro de Personas Adultos Mayores que Vivan Solas y de Personas Encamadas”; disponer sobre su implementación y propósitos; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre el estado en que se encuentran la carreteras, avenidas, caminos, calles, autopistas, puentes, túneles y cualquier otra infraestructura vehicular en los municipios de Canóvanas, Carolina, y Trujillo Alto, que componen el Distrito Representativo Número 38; proponer acciones para su rehabilitación y estrategias preventivas de mantenimiento; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de la Región Norte de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, a realizar una investigación exhaustiva sobre las medidas adoptadas por la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados en la Represa La Plata como parte de los preparativos para la próxima temporada de huracanes; evaluar el óptimo funcionamiento de las compuertas, generadores y demás equipo existente, identificar la necesidad de realizar mejoras o la adquisición de equipo adicional que garantice su funcionamiento adecuado durante situaciones de emergencia; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a las Comisiones de la Región Metro; y de la Región Este de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre la tasa de desempleo y sus causas; la identificación de sectores productivos, oportunidades de empleo y estrategias de desarrollo económico local en los municipios de Canóvanas, Carolina y Trujillo Alto, que componen el Distrito Representativo Número 38; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de la Región Oeste de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre el estado de limpieza del Río Guanajibo, los resultados en su crecida durante los tiempos de extensas lluvias, el impacto de las crecidas en las viviendas e infraestructura cercana a sus riberas y cuencas; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Recursos Naturales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación sobre el reciclaje de neumáticos en Puerto Rico con el propósito de evaluar alternativas para fomentarlo; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de la Región Oeste de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre las condiciones de infraestructura, mantenimiento, acceso al agua potable, calidad del servicio y todo asunto relacionado a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados en los municipios de Aguada, Añasco, Rincón y Moca, que componen el Distrito Representativo Número 18.
Para ordenar a la Comisión de la Región Oeste de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva en torno a las condiciones en las que se encuentran los ríos, quebradas, lagos, charcos, cuerpos de agua y terrenos agrícolas localizados en el Distrito Representativo Número 18 que comprende los municipios de Aguada, Añasco, Rincón y Moca; identificar las necesidades para conservarlos, restaurarlos y protegerlos para una mejor calidad de vida de nuestros ciudadanos; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos de la Juventud realizar una investigación exhaustiva sobre los mecanismos de transición post-institucional dirigidos a jóvenes egresados de programas institucionales o residenciales, con el propósito de evaluar necesidades, capacidades institucionales, y estrategias de integración interagencial y comunitaria orientadas al fortalecimiento de la política pública juvenil.
Para ordenar a la Comisión de la Región Este Central de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre las interrupciones del servicio de agua potable en el Barrio Jacanas de Yabucoa y en comunidades aledañas, con el fin de identificar sus causas y proponer soluciones; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes del Gobierno de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el proceso de implementación en el Departamento de la Familia de las disposiciones de la Ley Federal conocida como “Family First Prevention Services Act”; investigar cuáles criterios utiliza el Departamento de la Familia para asignar fondos a los hogares de crianza, establecimientos residenciales y programas de tratamiento residencial cualificado para el cuidado y la atención de las necesidades de cada menor bajo la custodia de estos; investigar a cuáles hogares de crianza, establecimientos residenciales y programas de tratamiento residencial cualificado el Departamento de la Familia ha denegado propuestas de servicios y cuáles son las circunstancias para dicha denegación; investigar la constancia del Departamento de la Familia en los pagos realizados a los hogares de crianza, establecimientos residenciales y programas de tratamiento residencial cualificado, destinados a sufragar los gastos de cuidado y atención de cada menor bajo la custodia de estos; investigar cuáles son los criterios para remover a un menor de edad de un hogar de crianza, establecimiento residencial o programa de tratamiento residencial cualificado y dónde ubican a dichos menores; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión Región Norte de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva dirigida a evaluar la magnitud de los daños estructurales que presenta el puente ubicado en la Calle II Principado de la Urbanización Covadonga, en el Municipio de Toa Baja, y los efectos del deslizamiento de terreno adyacente a la quebrada sobre cuyo cauce está construido el puente; requerir al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) y al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) evaluar la condición actual del puente y del terreno afectado, a fin de confirmar el riesgo a la seguridad de los residentes del sector e informar si estas agencias reclamaron los daños observados en el área afectada a la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA) tras el paso de los huracanes Irma y María, así como si tienen programadas medidas correctivas que permitan garantizar la seguridad de los residentes y la estabilidad de la infraestructura; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de la Región Metro de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre la merma de personal de LUMA Energy, LLC en los municipios que componen la Región Metro y el impacto directo que esta reducción ha tenido en la tardanza del restablecimiento del servicio eléctrico, afectando el bienestar y la seguridad de los ciudadanos.
Para enmendar el Título de la Resolución de la Cámara 7, según enmendada, para realizarle enmiendas técnicas; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, hacer una investigación exhaustiva del alcance e implementación del “Programa de Desarrollo Artesanal” conforme a los fines y propósitos establecidos en la Ley 166-1995, según enmendada, conocida como “Ley del Programa de Desarrollo Artesanal”; identificar en cuáles municipios existe una oficina o programa relacionado a la promoción de las artesanías o con fines culturales; los procesos y todo lo relacionado a la otorgación de préstamos y/o ayudas económicas para fines artesanales en Puerto Rico; evaluar la otorgación de la certificación de artesanos, la otorgación de una identificación y su registro; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos de la Mujer de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre el estado e implementación por parte de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres, la Policía de Puerto Rico, el Departamento de Justicia, la Administración de Tribunales, el Departamento de la Vivienda y las organizaciones sin fines de lucro que ofrezcan servicios a víctimas sobrevivientes de violencia doméstica sobre el estado actual de acceso a vivienda segura o de traslado seguro a una vivienda, en cumplimiento con la "Violence Against Women Act" de 1994 y el programa estatal establecido bajo ésta; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación abarcadora sobre los trabajos de reparación, rehabilitación y/o remodelación del estado físico y estructural de la Escuela Vocacional Carlos F. Daniels, localizada en el Municipio Autónomo de Carolina; incluyendo el uso final de estas facilidades; auscultar con el Departamento de Educación la posible coordinación de obras pendientes; así como, asegurar la continuidad del ofrecimiento de los cursos y talleres a los estudiantes relocalizados en la Escuela Lorenzo Vizcarrondo y a los estudiantes de educación especial trasladados a la Escuela Dr. José M. Lázaro; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación sobre el estado de la demolición del residencial público Los Cedros ubicado en Trujillo Alto y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre las condiciones en que se encuentran los talleres de la escuela Rafaelina E. Lebrón Flores en el Municipio de Patillas, a los fines de identificar necesidades de infraestructura, disponibilidad de equipo, materiales didácticos y medidas de seguridad, y recomendar las acciones pertinentes para garantizar un ambiente adecuado de aprendizaje.
Para ordenar a las Comisiones de Transportación e Infraestructura; y de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico llevar a cabo una investigación y un examen abarcador sobre el estado de situación, funcionamiento y mantenimiento de los hidrantes, también conocidos como “bombas o bocas de agua para incendios”, de los que se sirve el Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico, sitos en el Municipio de Mayagüez; asimismo, estudiar la necesidad y viabilidad de instalar hidrantes en zonas delimitadas conforme a las condiciones o a las necesidades de los barrios, sectores y comunidades de dicho ayuntamiento.
Para ordenar a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre las prácticas ilegales de conducción temeraria ocurridas durante las corridas ilegales de motoras incluyendo las acrobacias y maniobras de alto riesgo que estos conductores realizan en las carreteras públicas de Puerto Rico, con el fin de evaluar los peligros asociados, las estadísticas de accidentes, la efectividad de las sanciones actuales y la viabilidad de nuevas medidas legislativas para fortalecer la seguridad vial la fiscalización de estas conductas; y para otros fines relacionados.
Para designar el tramo de la Carretera Estatal PR-866 que discurre entre la intersección con la Carretera Estatal PR-872 y la intersección con la Calle José E. Pedreira que ubica en el Municipio de Toa Baja, con el nombre de "Wanda Maldonado Medina", en reconocimiento a las gestas deportivas de esta distinguida atleta que hizo historia al convertirse en la primera mujer en pisar oficialmente un diamante de beisbol superior en Puerto Rico; autorizar la instalación de rótulos, autorizar el pareo de fondos; y para otros fines relacionados.
Para ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), a la Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico (ACT), y al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), a establecer un área designada para el estacionamiento de remolques pertenecientes a embarcaciones de pescadores debidamente autorizados para la pesca en el área del Rompeolas en Aguadilla; para establecer medidas que aseguren el acceso seguro de los pescadores al canal de navegación; y para crear un mecanismo de multas para penalizar la obstrucción indebida del canal.
Para designar con el nombre de "Doctor Hernán Ortiz Camacho", la carretera estatal PR-679 en su totalidad, a sus 2.8 kilómeh·os, en el Municipio de Dorado, en un merecido reconocimiento a este doradeño, destacado por su h·ayectoria en la medicina y amor por su pueblo; establecer sobre la señalización de la vía; y para otros fines relacionados.
Para ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), en coordinación con el Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS), que realicen la programación necesaria, para que se pueda adjuntar una certificación de validación de dirección a través de la aplicación de CESCO Digital, cuando la persona a renovar su licencia resida en la residencia de sus padres o de algún familiar y no tiene alguna evidencia de dirección a su nombre; y para otros fines relacionados.
Para ordenar al Superintendente de la Policía de Puerto Rico, Joseph González Falcón, realice todas las gestiones necesarias y pertinentes a los fines de que se reviertan los beneficios de seguridad y protección provistos a la exgobernadora del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, Wanda Vázquez Garced, por razón de su admisión de culpabilidad ante el Tribunal Federal de Distrito en cuanto a violaciones de la Ley Federal de Campañas Electorales; y para otros fines relacionados.
Para ordenar al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales de Puerto Rico establecer un acuerdo colaborativo con el Municipio de Luquillo para la administración, el desarrollo y mantenimiento de las instalaciones del Balneario La Monserrate, incluyendo las edificaciones existentes del balneario, con la condición de que el municipio garantice y mantenga el acceso, disfrute y uso a perpetuidad por el público; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico a realizar un estudio abarcador, desarrollar y construir una ciclovía en la Avenida Ana G. Méndez, localizada en la Carretera 176 del término municipal de San Juan, Puerto Rico.
Para ordenar a la Autoridad de Tierras a transferir al Departamento de la Vivienda, los terrenos donde enclavan las viviendas de los residentes del Barrio Ceiba Sabana del Municipio de Vega Baja y la comunidad Sierra Maestra del Municipio de Vega Alta, y una vez adquirida la titularidad, segregarlos y cederlos; otorgándole títulos de propiedad a los vecinos de la antes mencionada comunidad; disponiéndose que estas personas estarán en cumplimiento del requisito de ingresos establecido en la Ley Núm. 132 de 1 de julio de 1975, mejor conocida como “Ley de Viviendas Enclavadas en Terrenos Ajenos”, según enmendada.
Para ordenar al Departamento de Justicia de Puerto Rico iniciar una investigación exhaustiva sobre las operaciones de LUMA Energy, LLC (LUMA), en el municipio de Orocovis, ante posibles actos de sabotaje, negligencia crasa o represalias que pudieran constituir una violación del Código Penal de Puerto Rico, la Ley 57-2014, y diversas leyes federales que protegen la infraestructura crítica y los derechos civiles.
Para ordenar a la Autoridad de Energía Eléctrica (“AEE”) y/o el operador de la red eléctrica LUMA Energy, LLC. (“LUMA”) cesar el cobro de todo cargo por concepto de Estudio Suplementario y por mejoras a la red que hubiese sido requerido para sistemas de hasta 25 kilovatios por el Reglamento Número 8915, Reglamento para Interconectar Generadores con el Sistema de Distribución Eléctrica de la Autoridad de Energía Eléctrica y Participar en los Programas de Medición Neta del 6 de febrero de 2017, incluyendo pero sin limitarse a los cargos dispuestos en la Sección V, Artículo B de dicho Reglamento 8915; y ordenar al Negociado de Energía de Puerto Rico a adoptar un nuevo reglamento de interconexión consistente con la Ley 17 de 2019, Ley de Política Pública Energética de Puerto Rico y con esta Resolución dentro de un término de tiempo específico.
Para ordenar a la Autoridad de Tierras y a la Junta de Planificación de Puerto Rico, conforme lo dispuesto por la Ley Núm. 107 de 3 de julio de 1974, según enmendada, comúnmente llamada “Ley de Preservación de Tierras para Uso Agrícola”, a proceder con la liberación de las condiciones y restricciones contenidas en la Escritura Pública número 64, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 11 de mayo de 1972 ante el Notario Público Bolívar Dones Rivera, sobre la finca número 4,281, inscrita en el folio 18 del tomo 94 del Registro de la Propiedad de Barranquitas. Dicha escritura consta a favor de don Pablo Otero Rodríguez y doña Eulogia Ortiz.
Para ordenar al Secretario de Hacienda a redirigir al Fideicomiso para el Retiro de la Policía creado mediante la Ley 40-2020, por un término de doce (12) meses, los fondos destinados al amparo de la Sección 4050.09 del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011, actualmente dirigidos al Fondo de Mejoras Municipales, y para otros fines relacionados.
Para solicitar a la Gobernadora de Puerto Rico, Hon. Jenniffer N. González Colón, que declare un estado de emergencia sobre la infraestructura de suministro de agua potable en los municipios de Dorado, Vega Alta y Vega Baja, a los fines de facilitar medidas urgentes, asignar los recursos necesarios y agilizar los procesos administrativos y los proyectos prioritarios que garanticen el acceso constante al agua potable a las comunidades afectadas.
Para solicitar a la Gobernadora de Puerto Rico, Hon. Jenniffer N. González Colón, que declare un estado de emergencia sobre la infraestructura de energía eléctrica en los municipios de Dorado, Vega Alta y Vega Baja, a los fines de facilitar medidas urgentes, asignar los recursos necesarios y agilizar los proyectos prioritarios que garanticen la estabilidad del sistema a las comunidades afectadas dado a los recientes acontecimientos en el área.
Para proponer al Pueblo de Puerto Rico que se enmienden los Artículos IV, III y VI de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, a los fines de crear el cargo de Vicegobernador de Puerto Rico, disponer el modo de su elección, definir sus deberes, funciones y atribuciones, disponer el modo de su destitución y residenciamiento; disponer que dichas enmiendas sean sometidas para su aprobación o rechazo a los electores capacitados de Puerto Rico en un referéndum especial; disponer sobre la publicación de los resultados de dicho referéndum especial; y para otros fines relacionados.
Para exigir al Presidente y al Congreso de los Estados Unidos de América la cancelación inmediatamente de todo ejercicio de práctica por parte de las fuerzas armadas de los Estados Unidos en nuestro territorio y aguas cercanas a nuestra jurisdicción; así como cualquier plan de remilitarización o reapertura de bases militares en Puerto Rico; reclamar que se finalice con la limpieza de los terrenos contaminados por los ejercicios de guerra; y que comience un proceso de descolonización en el cual el Pueblo de Puerto Rico pueda escoger entre las alternativas no coloniales, y no territoriales.
Para exigir al Presidente y al Congreso de los Estados Unidos de América la cancelación inmediata de todo ejercicio de práctica por parte de las fuerzas armadas de los Estados Unidos en nuestro territorio y aguas cercanas a nuestra jurisdicción; así como cualquier plan de remilitarización o reapertura de bases militares en Puerto Rico; reclamar que se finalice con la limpieza y descontaminación de los terrenos contaminados por los ejercicios de guerra; y comenzar un proceso de descolonización en el cual el Pueblo de Puerto Rico pueda escoger entre las alternativas no coloniales y no territoriales
Para ordenar a la Comisión de Agricultura del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre el proyecto para inundar el Valle de Lajas, su impacto en la infraestructura agrícola, los cultivos y la economía local; la respuesta gubernamental inmediata y a mediano plazo del estado de los sistemas de mitigación de inundaciones y drenaje; y los posibles efectos de la propuesta de restauración de la Laguna de Guánica en la producción y cadena agroalimentaria de la Isla.
Para ordenar a la Comisión de Vivienda y Bienestar Social del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre las condiciones físicas, sociales y de seguridad de los residenciales públicos ubicados en el del Distrito Senatorial de San Juan, Guaynabo y Aguas Buenas; evaluar el estado de mantenimiento de las estructuras, servicios esenciales, vacantes, programas comunitarios y planes de rehabilitación; el uso y manejo de fondos; cumplimiento de las agencias y entidades que operan y administran los residenciales con sus responsabilidades administrativas; evaluar los planes de trabajo; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre la implementación y cumplimiento de la Ley 114-2014, conocida como la "Ley para el Uso de Materiales Reciclados en Infraestructura Pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico", a fin de evaluar su efectividad, el grado de cumplimiento por parte de las agencias e instrumentalidades públicas y los retos en su ejecución; y para otros fines relacionados.