Qué se movió cada día en la Legislatura. Toca un día para ver qué le pasó a cada medida. Los filtros te dejan seguir un solo tipo de trámite, como el Calendario de Órdenes Especiales, que es la antesala de una votación.
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Para enmendar los subincisos (a)(l) y (a)(5) del inciso F del Artículo 4 de la Ley 203- 2007, según enmendada, conocida como "Carta de Derechos del Veterano Puertorriqueño del Siglo XXI", a los fines de aclarar que la preferencia de los veteranos en su nombramiento o concesión de ascenso para cualquier cargo, empleo u oportunidad de trabajo se extiende a todo tipo de oportunidad de trabajo disponible; aclarar que la obligación de notificar a la Oficina del Procurador del Veterano, todas las oportunidades disponibles de libre competencia para empleo para las cuales se proponga realizar cualquier tipo de nombramiento incluye, además de entes gubernamentales, a personas privadas, naturales o jurídicas; y otros fines.
Para enmendar el inciso d del Artículo 2 de la Ley 234 -2018, conocida como “Ley para el Bienestar y Apoyo a la Mujer Veterana en Puerto Rico”, a los fines de incluir en la definición de mujer veterana, la nueva rama de las Fuerzas Armadas, el “Space Force” o “Fuerza Espacial”; de manera que las mujeres veteranas de dicha rama puedan acceder a los servicios y recursos necesarios, tal como se contempla en la ley vigente para las mujeres veteranas de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos; y para otros fines relacionados.
Para declarar el 22 de abril de cada año como el “Día Internacional del Planeta Tierra”.
Para designar la Carretera PR-39 conocida como la calle Cerra en Santurce del Municipio de San Juan como “Centro Gastronómico y Cultural Metropolitano”; autorizar a la Compañía de Turismo de Puerto Rico y al Instituto de Cultura Puertorriqueña al desarrollo conjunto de planes de mercadeo, promoción y apoyo de estos sectores; y para otros fines relacionados.
Para decretar en Puerto Rico el 15 de noviembre de cada año como el “Día Nacional de DECA” en reconocimiento a las aportaciones positivas que los estudiantes y egresados de esta organización estudiantil han realizado a la sociedad y en el Sistema Público de Enseñanza; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 4 de la Ley Núm. 22 de 5 de agosto de 2021, mejor conocida como “Ley de la Oficina Enlace de la Comunidad Sorda con el Gobierno de Puerto Rico”, con el fin de establecer el término de seis (6) años que ocupará el(la) Director(a) Ejecutivo(a) de la Oficina Enlace de la Comunidad Sorda con el Gobierno de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley de Asistencia Sicológica En Eventos Deportivos a Menores” con el fin de garantizar que los menores de edad tengan asistencia sicológica en todo evento y/o competencia deportiva; y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley del Cuerpo de Jóvenes Vigilantes Voluntarios del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales” a los fines de establecer un programa de servicio voluntario bajo la dirección del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales que permita a jóvenes entre 18 y 29 años asistir a los oficiales del Cuerpo de Vigilantes en la protección y conservación de los recursos naturales; disponer incentivos para los voluntarios; ordenar la adopción de un reglamento para la implementación del programa; establecer disposiciones de inmunidad para el Estado y sus funcionarios; y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley del Comité de Juventud Ahora”, adscrito al Programa de Desarrollo de la Juventud del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, con el fin de fomentar la participación activa de la juventud en el diseño, desarrollo y evaluación de programas y propuestas del Gobierno de Puerto Rico que redunden en beneficio de esta población; añadir un nuevo Artículo 12A a la Ley 171-2014, según enmendada, conocida como “Ley para Establecer el Programa de Desarrollo de la Industria Cinematográfica, el Programa de Desarrollo de la Juventud, y el Programa de Desarrollo y Adiestramiento de la Fuerza Laboral de Puerto Rico dentro del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio”, para crear el “Comité de Juventud Ahora”, establecer sus funciones y atemperar las disposiciones de la Ley 171-2014 a lo dispuesto en esta Ley; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 4 de la Ley Núm. 28-2019, conocida como “Carta de Derechos de los Niños, Niñas y Jóvenes Deportistas” para establecer parámetros bajo los cuales se celebrarán juegos y prácticas deportivas de niños y jóvenes atletas, y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 2-104(a) de la Ley Núm. 447 de 15 de mayo de 1951, según enmendada, conocida como “Sistema de Retiro de los Empleados del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, a los fines de autorizar que los miembros de la Policía de Puerto Rico y del Cuerpo de Bomberos que hayan cumplido cincuenta y ocho (58) años de edad y treinta (30) años de servicio, puedan optar de forma voluntaria, por extender su servicio activo hasta un máximo de sesenta y seis (66) años de edad, siempre que presenten un “Aviso de Intención de Fecha de Retiro” no más tarde de noventa (90) días antes del vencimiento de la fecha para acogerse al retiro y cumplan con las evaluaciones médicas y de desempeño establecidas; y para disponer la adopción de normas reglamentarias necesarias para su implantación.
Para enmendar los Artículos 2 y 5 de la Ley Núm. 132 - 2009, según enmendada, conocida como la "Ley Habilitadora para implantar el Plan de Alerta Silver"; a los fines de aclarar el periodo de tiempo en el que se emitirá la alerta; y para otros fines relacionados.
Para conceder un incentivo que promueva el pago acelerado de las multas expedidas, y así registradas en el Sistema DAVID PLUS o en cualquier otro sistema implantado por el Departamento de Transportación y Obras Públicas, por falta de pago en las estaciones de Auto Expreso, por faltas administrativas relacionadas con derechos vencidos de permisos de vehículos de motor o arrastre (marbete) y por otras faltas administrativas, incluyendo principal, intereses, recargos y penalidades asociados a estas, en virtud de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como "Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico", el cual consistirá de un descuento del cuarenta por ciento (40%) de la totalidad de la deuda, incluyendo principal, intereses, recargos y penalidades por concepto de dichas multas; ordenar a los secretarios de los departamentos de Hacienda; y de Transportación y Obras Públicas, a adoptar las reglamentaciones necesarias para lograr la eficaz ejecución de esta Ley; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el inciso 10 y añadir los incisos 11 y 12 del Artículo 2; añadir el inciso 11 del Artículo 7 de la “Ley 163-2024”, conocida como “Ley para la Protección, Seguridad, Integración, Bienestar y Desarrollo Integral de las Personas con los Trastornos del Espectro Autista”, con el propósito de establecer obligaciones profesionales que aseguren los servicios a las personas con TEA, promocionar activamente el uso voluntario de identificación para personas con el Trastorno del Espectro Autista; y para otros fines.
Para enmendar el Artículo 23.02 del Capítulo XXIII de la Ley 164-2009, según enmendada, conocida como la “Ley General de Corporaciones” a los fines de establecer una presunción sobre toda organización sin fines de lucro que utilice más del cuarenta (40) porciento de sus ingresos en asuntos no relacionados para el fin social que se creó.
Para requerirle a los operadores o administradores de propiedades que se destinen para arrendamientos a corto plazo incluir un aviso de seguridad sobre condiciones de peligrosidad existentes en playas cercanas, información de contacto de las agencias de gobierno pertinentes en caso de emergencia y planes de desalojo ante eventos atmosféricos; entre otros fines relacionados.
Para añadir un nuevo inciso k al Artículo 49 de la Ley 129-2020, según enmendada, mejor conocida como “Ley de Condominios de Puerto Rico”, para permitir al Consejo de Titulares de un condominio a entrar en un apartamento de un titular fallecido y darle el mantenimiento mínimo necesario hasta que esté en posesión de un próximo propietario.
Para establecer la “Ley para la Protección del Consumidor de Kratom de Puerto Rico”, a los fines de regular la preparación, distribución y venta de productos de kratom de forma que estos sean puros y sin adulteraciones, prohibir la preparación, distribución y venta de productos de kratom adulterados, establecer multas y penalidades, y proveer los poderes y deberes de ciertos oficiales y entidades gubernamentales; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los Artículos 3 y 12; y añadir un nuevo Artículo 12.2 a la Ley Núm. 194 de 4 de agosto de 1979, según enmendada, conocida como “Ley del Ejercicio de la Medicina Veterinaria de Puerto Rico”, a los fines de aclarar y precisar los requisitos para solicitar los exámenes de reválidas, así como obtener licencias provisionales bajo esta Ley; y para otros fines relacionados.
Para añadir un nuevo inciso (l) al Artículo 2.25 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, con el propósito de aclarar que las personas que soliciten el permiso bajo este Artículo solo vendrán obligadas a acreditar su condición física permanente la primera vez que soliciten el permiso.
Para enmendar el inciso (h) del Artículo 23.05 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como la “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, a los fines de reformar los plazos que los infractores de faltas administrativas de tránsito deberán pagar sus boletos; otorgar derechos a descuentos de hasta un cincuenta por ciento (50%) a infractores que paguen sus boletos por faltas administrativas de tránsito entre los primeros treinta (30) a sesenta (60) días desde haberse expedido el boleto; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 16 de la Ley 238-2004, según enmendada, conocida como "Carta de Derechos de las Personas con Impedimentos", con el propósito de ampliar las funciones de los enlaces interagenciales, para ayudar a garantizar la coordinación de los recursos y servicios del Estado, para atender las necesidades colectivas y particulares de las personas con impedimentos de acuerdo con su condición; hacer correcciones técnicas en la Ley; y para otros fines relacionados.
Para establecer la “Ley de Protección a los Vendedores de Propiedad Inmueble No Tasada” con el propósito de implementar un procedimiento referente a los fondos retenidos por instituciones financieras, aseguradoras o compañías de seguros de título relacionados con la compra de un bien inmueble que no hubiere sido tasado para fines contributivos; requerir la rápida tasación por parte del Centro de Recaudación de Ingresos Municipales de las propiedades no tasadas contra las cuales existen fondos retenidos para el pago de la contribución; disponer de un proceso expedito en los casos en que, luego de la compraventa, la institución financiera, aseguradoras o compañías de seguros de título retenga fondos del sobrante a un vendedor para pagar facturas de cobro del Centro de Recaudación de Ingresos Municipales que se puedan expedir luego de la venta; fijar responsabilidades referente a los fondos retenidos no reclamados luego de haberse subsanado la causa de la retención; y para otros fines relacionados.
“Para enmendar los Artículos 17 y 21, establecer un nuevo Artículo 22 y renumerar el estatuto actual, de la Ley 154-2008, según enmendada, conocida como “Ley para el Bienestar y la Protección de los Animales”, y añadir un inciso (gg) al Artículo 6 de la Ley 5 de 23 de abril de 1973, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Asuntos del Consumidor”, a los fines de prohibir toda rifa de animales, así como la venta de estos, a través de anuncios en la Internet, periódicos impresos o digitales, radio, redes sociales o cualquier otro tipo de plataforma digital o impresa, con excepción de aquellos reproductores, criadores y vendedores comerciales de animales que estén licenciados por el Departamento de Salud; disponer que quienes ostenten la licencia emitida por el Departamento de Salud deberán publicar en los anuncios de crianza y venta el número de licencia vigente; introducir enmiendas técnicas sobre el destino de los ingreso por concepto de multas; disponer para el adiestramiento de integrantes de la uniformada estatal y municipal, así como los fiscales y jueces sobre el manejo de casos de maltrato animal conforme a la ley; disponer la facultad del Departamento de Asuntos del Consumidor para emitir multas; y para otros fines relacionados.”
Para añadir un nuevo Artículo 6 a la Ley Núm. 94 de 22 de junio de 1977, según enmendada, conocida como la "Ley de Establecimientos para Personas de Edad Avanzada", a los fines de establecer y aclarar el proceso que deberá llevar a cabo el Departamento de la Familia para inspeccionar y certificar que toda institución para adultos mayores que opere en Puerto Rico cumpla cabalmente con los requisitos estatutarios y reglamentarios de esta Ley; establecer requisitos de inspección periódica, disponibilidad de energía alterna certificada, sistemas de agua potable, almacenamiento de suministros y otras condiciones de preparación en los establecimientos autorizados bajo dicha ley antes del comienzo de la temporada de huracanes; y para otros fines relacionados.
Para establecer la "Ley de Servicios Gratuitos a las Personas Sin Hogar", a los fines de establecer que las personas sin hogar tendrán derecho a recibir, libre de costo, su certificado de nacimiento expedido por el Registro Demográfico, las certificaciones expedidas por el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales y la tarjeta de identificación expedida por el Departamento de Transportación y Obras Públicas; establecer los requisitos mediante los cuales serán expedidos estos documentos; y para otros fines relacionados.
Para crear la "Ley del Comité de Juventud Ahora", adscrito al Programa de Desarrollo de la Juventud del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, con el fin de fomentar la participación activa de la juventud en el diseño, desarrollo y evaluación de programas y propuestas del Gobierno de Puerto Rico que redunden en beneficio de esta población; añadir un nuevo Artículo 12A a la Ley 171-2014, según enmendada, conocida como "Ley para Establecer el Programa de Desarrollo de la Industria Cinematográfica, el Programa de Desarrollo de la Juventud, y el Programa de Desarrollo y Adiestramiento de la Fuerza Laboral de Puerto Rico dentro del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio", para crear el "Comité de Juventud Ahora", establecer sus funciones y atemperar las disposiciones de la Ley 171-2014 a lo dispuesto en esta Ley; y para otros fines relacionados.
“Para derogar los actuales Artículos 7.015 y 7.016 y adoptar los nuevos Artículos 7.015 y 7.016 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, a los fines de establecer un Fondo de Servicios Esenciales y Responsabilidad Fiscal Municipal; y para otros fines relacionados.”
Para enmendar el Artículo 1.45 de la Ley 22-2000, según enmendada y conocida como la “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico” a los fines de definir y regular en la Ley, todo asunto relacionado a los estacionamientos para personas con impedimentos; disponer sobre la cantidad mínima de espacios que deberá garantizarse para esta población; así como para disponer que el Gobierno de Puerto Rico adopte sus reglamentos y normas para que se atemperan a la Ley; y para otros fines relacionados.
Para enmendar la Regla 6 de las Reglas de Procedimiento Criminal de 1963, según enmendadas, con el fin de establecer el derecho de toda persona imputada de delito a examinar y obtener copia de la declaración o las declaraciones juradas sometidas con la denuncia; y para otros fines relacionados.
Para designar la última semana de febrero de cada año como la "Semana de los Future Farmers of America (FFA) en Puerto Rico"; para establecer dentro de esa semana los siguientes días conmemorativos: el "Dia del Joven Agricultor", el "Dia del Maestro Agricola", el "Dia de los FFA", el "Dia del Profesional en Agricultura Sostenible", el "Dia del Ganadero Puertorriqueño" y el "Dia de los Profesionales Agrícolas"; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los Artículo 3, 4, 5, 7, 8 y 10 de la Ley Núm. 75 de 8 julio de 1986, según enmendada, conocida como “Ley del Programa de Justicia Juvenil y Prevención de la Delincuencia” para adscribir dicho programa al Departamento de Corrección y Rehabilitación; hacer cambios en la composición del Comité Asesor en Justicia Juvenil y Prevención de la Delincuencia en Puerto Rico; realizar enmiendas técnicas; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los Artículos 1.01, 2.02 y 2.06 de la Ley Núm. 158-2015, según enmendada, conocida como "Ley de la Defensoría de las Personas con Impedimentos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico", a los fines de redenominar dicha entidad; modificar y uniformar el proceso de nombramiento del Consejo Directivo; redefinir el término de duración en el cargo del Defensor(a) de las Personas con Impedimentos; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 18.1 de la Ley 121-2019, según enmendada, conocida como “Carta de Derechos y la Política Pública del Gobierno de Puerto Rico a Favor de los Adultos Mayores”, a los fines de añadir al Negociado de Investigaciones Especiales de Puerto Rico, como una de las instituciones a las que se le podrá hacer un referido en casos de explotación financiera de adultos mayores y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 3.6 de la Ley Núm. 54 de 15 de agosto de 1989, según enmendada, conocida como "Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica", a los fines de disponer que ninguna persona que sea encontrada culpable por el delito de agresión sexual, según tipificado en el Artículo 3.5 de dicha Ley, pueda beneficiarse del programa de desvío; y para otros fines relacionados.
“Para derogar la Ley 217-2006, conocida como “Ley del Protocolo para Manejar Situaciones de Violencia Doméstica en Lugares de Trabajo o Empleo” y crear la “Ley para la Protección Laboral de Víctimas Sobrevivientes de Violencia Doméstica de Puerto Rico”; y para otros fines relacionados.”
Para enmendar la Ley 129-2020, conocida como la Ley de Condominios de Puerto Rico, a fin de crear comités de conciliación dentro de las asociaciones de condominios para la resolución de disputas entre condómines; establecer su composición, funciones y procedimientos; y para otros fines relacionados.
“Para añadir los incisos (8) y (9) a la Sección 13 de la Ley Núm. 15 de 14 de abril de 1931, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos”, y enmendar dicha sección para ampliar la jurisdicción y establecer nuevas facultades a la Oficina de Mediación y Adjudicación; y para otros fines relacionados.”
Para crear la "Ley para Promover y Establecer el Intercambio de Información de Salud de Puerto Rico"; derogar la Ley Núm. 40-2012, según enmendada, conocida como "Ley para la Administración e Intercambio Electrónico de Información de Salud de Puerto Rico"; reconocer al Puerto Rico Health Information Exchange (PRHIE), adscrito al Programa Medicaid del Departamento de Salud de Puerto Rico, como la entidad designada por el Estado para cumplir con los requerimientos establecidos por la Oficina del Coordinador Nacional de Tecnología de la Información en Salud (ASTP, por sus siglas en ingles), el Departamento de Salud y Servicios Humanos del Gobierno de los Estados Unidos (HHS, por sus siglas en ingles), y los Centros de Servicios de Medicare y Medicaid (CMS, por sus siglas en ingles); autorizar la creación y operación de un Consejo Asesor del PRHIE, con el fin de brindar asesoramiento y orientación estratégica al Programa Medicaid en asuntos relacionados con el intercambio de información de salud; y para otros fines relacionados.
“Para crear la “Ley para el Acceso a la Información de Estadísticas de Cesáreas”.”
Para enmendar el Artículo 10.05 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como "Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico", con el propósito de extender el término de renovación de permisos o certificaciones para el uso de tintes en el parabrisas y ventanillas de cristal en sus vehículos de motor a un término de cinco (5) años desde la fecha de expedición de la certificación; disponer del trámite de renovación de la exención de la certificación a personas con condiciones clínicas persistentes o permanentes; realizar enmiendas técnicas al lenguaje; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los Artículos 2; 3(g) e (i); 4(a), (b), (c), (e), (f), (g), (h) y (k); y 6(a) y (b) y el primer párrafo del (d) de la Ley Núm. 253-1995, según enmendada, conocida como “Ley de Seguro de Responsabilidad Obligatorio para Vehículos de Motor”, a los fines de atemperar la definición de entidad autorizada para el cobro del seguro de responsabilidad obligatorio a la evolución del marbete electrónico; disponer que la selección y pago del seguro obligatorio en vehículos de motor con más de dos años de fabricación se llevará a cabo durante el proceso de inspección vehicular en una Entidad Autorizada para cobrar dicho seguro; establecer que la evidencia de la selección del asegurador en el Formulario de Selección puede ser provista al asegurado de forma electrónica o física; entre otros fines relacionados.
Para añadir un nuevo inciso (4) al Artículo 4.3 de la Ley 58-2020, según enmendada, conocida como "Código Electoral de Puerto Rico 2020", a los fines de otorgar una licencia especial con paga por hasta cinco (5) días laborables a los empleados del Gobierno de Puerto Rico y sus municipios para realizar funciones a corto plazo en la Comisión Estatal de Elecciones durante año electoral.
Para enmendar los Artículos 3, 8 y 11 de la Ley 121-2019, según enmendada, conocida como “Carta de Derechos y la Política Pública del Gobierno a favor de los Adultos Mayores”, con el fin de realizar enmiendas técnicas y conformar el lenguaje en las Leyes 130-2024 y 195-2024, y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos de la Juventud realizar una investigación sobre todo asunto relacionado con la política pública que viabilice la entrada del joven a los mercados de empleo; adiestramiento vocacional; la atención preferente a la búsqueda de soluciones a los problemas de la juventud en sus distintas facetas; instituciones públicas y privadas para el tratamiento social de menores; adiestramiento, empleo y rehabilitación vocacional de menores del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos; la División de Asuntos Juveniles de la Policía; el Programa de Desarrollo de la Juventud del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio; programas culturales para jóvenes promovidos por el Instituto de Cultura Puertorriqueña; instituciones gubernamentales y privadas que entiendan con las necesidades e inquietudes de la juventud; y para otros fines relacionados.
Para ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas ejecutar las disposiciones de la Sección 4 (b) de la Resolución Conjunta 95-2016, y revertir de inmediato al Gobierno de Puerto Rico, la titularidad del terreno y la estructura de la antigua Escuela Elemental Salvador Brau, ubicada en el Barrio Cacao del Municipio Autónomo de Carolina; y para otros fines relacionados.
Para designar con el nombre del reconocido servidor público, político y jurista puertorriqueño, Baltasar Corrada del Río el tramo de carretera entre los kilómetros 8.0 al 10.3 de la Carretera Estatal PR-177, jurisdicción del Municipio de San Juan; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Autoridad Metropolitana de Autobuses a realizar un estudio abarcador sobre la viabilidad de establecer un programa adicional de paradas de autobuses en áreas donde se localizan centros de cuidado y complejos de vivienda para adultos mayores en la jurisdicción del Municipio de San Juan; requerir del Municipio de San Juan que identifique las zonas donde se ubican los centros de cuidado, al igual que los complejos de vivienda para adultos mayores y que le provea dicha información a la Autoridad Meh·opolitana de Autobuses, para que esta pueda hacer el estudio ordenado; y para otros fines relacionados.
Para designar la calle Laguna en la jurisdicción del Municipio Autónomo de San Juan, con el nombre de "Padre Lorenzo Ruiz", en homenaje a su indeleble legado social y educativo en las comunidades de El Checo y Playita en Villa Palmeras; disponer las medidas necesarias para la correspondiente rotulación; y solicitar fondos para su financiamiento.
Para designar con el nombre de José "Nía" Rivera Díaz, el puente que ubica en el tramo de la carretera PR-181, entre la intersección de la avenida Encantada y la intersección de las carreteras PR-8860 y la PR-175 en el Municipio de Trujillo Alto, que discurre desde el kilómetro 61.9 hasta el kilómetro 62.4, carretera conocida como el expreso de Trujillo Alto; y para otros fines relacionados.
Para designar la carretera PR-114, en el tramo que transcurre desde el Km 0.0, en la intersección con la carretera PR-2, en el municipio de Mayagüez, hasta el Km. 14.7, en el Municipio de San Germán, con el nombre de José Rafael "Piculín" Ortiz Rijos; autorizar la instalación de rótulos; autorizar el pareo de fondos; y para otros fines relacionados.
“Para ordenar al Departamento de la Familia y al Departamento de Salud a establecer un protocolo en conjunto para la atención de casos de jóvenes madres de 15 años o menos, una vez acuden al Registro Demográfico inscribir un recién nacido, con el propósito investigar el caso conforme a la política pública establecida en la Ley 57-2023, según enmendada, conocida como “Ley para Prevención del Maltrato, Preservación de la Unidad Familiar y para la Seguridad, Bienestar y Protección de los Menores”; identificar cualquier acto o patrón de agresión sexual o negligencia contra la madre menor de edad; orientarle sobre todos los programas y servicios públicos disponibles para asistirle como madre y a su infante; y para otros fines relacionados.”
Para ordenar a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico que le brinde atención inmediata y lleve a cabo todas las gestiones necesarias para que las familias del Sector Corea del Barrio Quebrada Ceiba del Municipio de Peñuelas tengan en funcionamiento el sistema de acueductos, así como el sistema de alcantarillados para el beneficio de toda la comunidad; del mismo modo, ordenar que estas gestiones sean incluidas en el Plan de Mejoras Capitales de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados.
“Para designar la Carretera PR-638 que transcurre entre los kilómetros 1.4 al 2.0 con el nombre de Gregorio “Ebodio” Rodríguez Rodríguez.”
Para designar la carretera PR-3336 completa, desde el Km 0.0, intersección con la carretera Luis Muñoz Rivera y la carretera José de Diego, hasta el Km. 2.6, intersección con la carretera PR-127 y la carretera PR-336, jurisdicción del municipio de Guayanilla, con el nombre “Carretera José Antonio Maíz Irizarry”; autorizar al municipio de Guayanilla y al Departamento de Transportación y Obras Públicas a instalar los rótulos correspondientes, el pareo de fondos para completar dicha rotulación y la realización de actividades oficiales para divulgar la nueva designación; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva, de naturaleza continua, sobre la administración, uso y gasto de los fondos públicos asignados y administrados por las agencias e instrumentalidades públicas del Gobierno de Puerto Rico, así como la ejecución y cumplimiento de los planes estratégicos de cada instrumentalidad pública; a fin de evaluar si se están utilizando adecuadamente los recursos económicos provistos a las agencias e instrumentalidades para atender las necesidades de los ciudadanos y poder determinar si es necesario que se tomen medidas legislativas o administrativas que promuevan el funcionamiento eficiente y aseguren el presupuesto adecuado de las agencias e instrumentalidades públicas en beneficio de los ciudadanos.
Para ordenar a la Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre el estatus y funcionamiento actual del Programa de Educación Agrícola del Departamento de Educación de Puerto Rico, incluyendo datos sobre matrícula, cantidad de escuelas participantes, currículo académico, asignación y uso de fondos presupuestarios, personal docente y técnico, así como las proyecciones del Departamento para fortalecer o modificar dicho programa.
Para ordenar a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre la implementación de la Ley Núm. 22-2021, conocida como "Ley de la Oficina Enlace de la Comunidad Sorda con el Gobierno de Puerto Rico", por parte de la Defensoría de las Personas con Impedimentos del Gobierno de Puerto Rico, con el propósito de garantizar su cumplimiento efectivo y su impacto en la comunidad sorda del país; y para otros fines relacionados.