Qué se movió cada día en la Legislatura. Toca un día para ver qué le pasó a cada medida. Los filtros te dejan seguir un solo tipo de trámite, como el Calendario de Órdenes Especiales, que es la antesala de una votación.
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Para enmendar el inciso (a) del Artículo 1.02 de la Ley Núm. 168-2019, según enmendada, conocida como Ley de Armas de Puerto Rico de 2020, a los fines de incluir a los Inspectores de la División de Sustancias Controladas del Departamento de Salud en la definición de Agente del Orden Público; y para otros fines relacionados.
Para añadir el inciso (aa) a la Sección 1.018 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, a los fines de establecer que el Alcalde podrá nombrar un consejero de la comunidad de base de fe en la Legislatura Municipal; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 3.010 de la Ley Núm. 107 de 13 de agosto de 2020, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, añadir un nuevo inciso c, con el fin de estipular las normas y procedimientos a seguir por el Consejo, Junta o Asociación de Residentes de Urbanizaciones de Control de acceso, para la adquisición de bienes y servicios; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el apartado (a) del Artículo 4.1 de la Ley 27-2011, según enmendada, conocida como “Ley de Incentivos Económicos para la Industria Fílmica de Puerto Rico”, a los fines de eliminar el requisito de pauta, distribución o exhibición comercial al público en general fuera de Puerto Rico para los proyectos fílmicos que comprendan series en episodios, mini series, y programas de televisión de naturaleza similar, incluyendo pilotos y para proyectos de televisión, incluyendo pero sin limitarlo a programas de tele-realidad, conocidos en inglés como “reality shows”, de entrevistas, noticiosos, programas de juegos, entretenimiento, comedia y aquellos dirigidos a niños y de variedad, y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley del Cuerpo de Jóvenes Vigilantes Voluntarios del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales” a los fines de establecer un programa de servicio voluntario bajo la dirección del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales que permita a jóvenes entre 18 y 29 años asistir a los oficiales del Cuerpo de Vigilantes en la protección y conservación de los recursos naturales; disponer incentivos para los voluntarios; ordenar la adopción de un reglamento para la implementación del programa; establecer disposiciones de inmunidad para el Estado y sus funcionarios; y para otros fines relacionados.
Para crear la Ley del Registro de Cabilderos y de Entidades que Realizan Gestiones Relacionadas al Cabildeo y sus Representantes del Gobierno de Puerto Rico, a fin de establecer la política pública sobre el ejercicio de funciones de cabildeo ante el Estado, reglamentar esta profesión, establecer penalidades, y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley para la Implementación de la Inteligencia Artificial en el Programa de Inglés del Sistema Público de Enseñanza en Puerto Rico”, con el propósito de integrar la inteligencia artificial como herramienta de apoyo en la enseñanza del inglés con énfasis en el inglés conversacional; instituir el Comité de Evaluación; establecer el marco legal; y ordenar al Departamento de Educación y a la Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS) a implementar la reglamentación correspondiente.
Para añadir un nuevo inciso (5) del Artículo 61.020; renumerar los subsiguientes incisos y añadir un nuevo Artículo 61.051 a la Ley Núm. 77 del 19 de junio de 1957, según enmendada, conocida como "Código de Seguros de Puerto Rico", para crear las Subclases 3-M, 4-M y 5-M, aplicables a los aseguradores internacionales que operen como Aseguradoras Internacionales Multiestatales; alinear los parámetros de regulación bajo los cuales estas subclases podrán hacer negocios de seguros en otro estado o territorio de Estados Unidos conforme los estándares uniformes de regulación de solvencia financiera promulgados por la "National Association of Insurance Commissioners" (NAIC); y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 5 y añadir un inciso (c) al Artículo 6 de la Ley Núm. 182-1996, según enmendada, conocida como “Ley del Promotor de Espectáculos Públicos”, a los fines de disponer la devolución al consumidor de la totalidad de los cargos, incluyendo los cargos por servicios en la venta de boletos, Impuesto Sobre Ventas y Uso (IVU) y demás cargos sufragados por el consumidor como parte de la compra de boletos cuando los espectáculos hayan sido suspendidos o cancelados; imponer la obligación al promotor de reembolsar dichos cargos al consumidor; y establecer una multa administrativa por incumplimiento del promotor con sus obligación de reembolso en casos de suspensión o cancelación de espectáculos públicos y los términos y condiciones establecidos para ello, entre otros fines.
Para enmendar el inciso (v) del Artículo 1.018 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico", a los fines de establecer que, cuando se declare un estado de emergencia en un municipio, el Alcalde o su representante deberá notificar a la corporación publica correspondiente, con al menos veinticuatro (24) horas de anticipación al inicio de cualquier trabajo dirigido a normalizar o restablecer el sistema de energía eléctrica o instalaciones de suministro y tratamiento de agua potable y aguas residuales; establecer el contenido para dicha notificación; disponer la responsabilidad de formalizar acuerdos colaborativos conforme a los requisitos federales aplicables; y para otros fines relacionados.
Para declarar el día 1 de febrero de cada año como, “Día de Solidaridad con los Pacientes de Ansiedad, Depresión y Estrés”; ordenar a la Departamento de Salud de Puerto Rico, desarrollar y coordinar, junto a entidades locales e internacionales, aquellas actividades necesarias a los fines de concienciar a la ciudadanía sobre esta condición psiquiátrica que se caracteriza por un bajo estado de ánimo, sentimientos de tristeza y pérdida de interés, además se asocia con alteraciones del comportamiento, del grado de actividad y del pensamiento; y para otros fines relacionados.
Para adoptar la “Ley de Incentivo Contributivo para la Venta de Bienes Inmuebles Inertes” a los fines de establecer un crédito contributivo hasta un máximo equivalente al setenta y cinco por ciento (75%) del valor total de compraventa del bien inmueble, exonerar del pago de aranceles y comprobantes de inscripción del Registro de la Propiedad y otros fines relacionados.
Para añadir un inciso (g) al Artículo 3 de la Ley 454-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Flexibilidad Administrativa y Reglamentaria para el Pequeño Negocio”, a los fines de disponer que los reglamentos de suministro de servicios esenciales que contengan una fianza de pago o depósito permitirán el pago prorrateado del monto requerido; disponiéndose, sin embargo, que la entidad gubernamental correspondiente podrá imponer un cargo equivalente al cinco (5%) por ciento del total requerido de fianza, cuando se otorgue el pago diferido de la misma.
Para enmendar los Artículos 3 y 7 en la Ley 430-2000, según enmendada, mejor conocida como la “Ley de Navegación y Seguridad Acuática de Puerto Rico”; a los fines de establecer el uso mandatorio de protectores de hélices en toda embarcación, establecer cuáles serán las embarcaciones exentas; definir “protector de hélice”; disponer el importe de multa administrativa por el incumplimiento con esta Ley; y para otros fines relacionados.
Para emnendar los Artículos 2 y 4, añadir un nuevo Artículo 5 y reenumerar el Artículo 5 como Artículo 6, respectivamente de la Ley 6-2011, a los fines de añadir como requisito presentar evidencia de resultado negativo a prueba de detección de sustancias controladas; establecer que, a todo entrenador, adscrito al Departamento de Recreación y Deportes, se le podra administrar pruebas periódicas para la detección de sustancias confroladas; y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley de Estaciones de Carga para Vehículos Eléctricos”, con el propósito de disponer que toda construcción nueva o reconstrucción sustancial de un edificio que incluya facilidades de estacionamiento provea estaciones de carga para vehículos eléctricos, y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 33 de la Ley 355-1999, según enmendada, conocida como “Ley Uniforme de Rótulos y Anuncios de Puerto Rico de 1999”, con el propósito de aclarar que el treinta y cinco por ciento (35%) de los ingresos por concepto de derechos e imposición de multas conforme a las disposiciones de dicha Ley, serán remitidos a los municipios en los cuales ubiquen los rótulos y anuncios que los generaron, independientemente de que sean autónomos o cuenten con una oficina de permisología establecida.
Para enmendar el apartado (m) del Artículo 6 de la Ley 253-1995, según enmendada, conocida como “Ley de Seguro de Responsabilidad Obligatorio para Vehículos de Motor“; a los fines de: aclarar el proceso de notificación a todo conductor que tenga derecho a reembolso por haber pagado su prima de seguro obligatorio teniendo una cubierta de seguro privada; proteger la información confidencial de los conductores; y otros fines relacionados.
Para crear la Ley del(la) Comisionado(a) de la Acuicultura y la Pesca del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, crear la Oficina del(la) Comisionado(a) de la Acuicultura y la Pesca del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, establecer sus deberes y funciones, crear el cargo del(la) Comisionado(a) de la Acuicultura y la Pesca, establecer sus facultades, deberes y responsabilidades, crear el Consejo Consultivo sobre Asuntos de la Acuicultura y la Pesca, adscrito a la Oficina para asesorar a la Oficina del(la) Comisionado(a) de la Acuicultura y la Pesca del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, establecer sus funciones; enmendar los Artículos 3, 5, 6, 8, 9, 11 y eliminar los Artículos 4 y 10 de la Ley Núm. 61 de 23 de agosto de 1990, según enmendada, conocida como la “Ley para el fomento y Desarrollo de la Industria Pesquera y la Acuicultura”; enmendar los Artículos 3, 5, 7, 8, 10 y eliminar el Artículo 6 de la Ley Núm. 115-1997, según enmendada, conocida como la “Ley para la Promoción y el Desarrollo de la Pesca Deportiva y Recreacional de Puerto Rico”; enmendar los Artículos 2, 3, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 15, 16, 17 y 19 de la Ley Núm. 278-1998, según enmendada, conocida como la “Ley de Pesquerías de Puerto Rico”; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 2; eliminar el inciso (f) del Artículo 4; renumerar el actual Artículo 10 como nuevo Artículo 9, renumerar los actuales Artículos 25 y 26 como nuevos Artículos 12 y 13, así como derogar los actuales Artículos 12 al 24 de la Ley Núm. 91-1991, según enmendada, conocida como la "Ley del Sistema de Evaluación de Jueces y Candidatos a Jueces"; para realizar correcciones técnicas; fortalecer la confidencialidad en el proceso de evaluación de jueces; garantizar la integridad del procedimiento; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los Artículos 4 y 5 de la Ley Núm. 20-2001, según enmendada, conocida como “Ley de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres”; a los fines de establecer el marco claro para el manejo de vacantes permanentes en el cargo de Procuradora de las Mujeres; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 4 de la Ley Núm. 17-2004, mejor conocida como la “Ley de la Reserva Marina Tres Palmas a los fines de incluir como parte de la Reserva Marina la franja de terreno obtenida mediante la sentencia del caso Autoridad de Carreteras y Transportación v. Sucesión Francisco Levy Cumpiano (KEF-2006-0571) propiedad de la Autoridad de Carreteras; disponer la aplicabilidad de las disposiciones que regulan la Reserva Marina a la franja de terreno; y para otros fines.
Para enmendar la Sección 2091.01 de la Ley 60-2019, según enmendada, conocida como “Código de Incentivos de Puerto Rico”, a los fines de eliminar el requisito de pauta, distribución o exhibición comercial al público en general fuera de Puerto Rico para los proyectos fílmicos que comprendan series en episodios, mini series, y programas de televisión de naturaleza similar, incluyendo pilotos y aquellos producidos para distribución digital y para proyectos de televisión, incluyendo pero sin limitarlo a programas de tele-realidad, conocidos en inglés como “reality shows”, de entrevistas, noticiosos, programas de juegos, entretenimiento, comedia y aquellos dirigidos a niños y de variedad, y para otros fines relacionados.
Para crear una nueva “Ley de la Corporación de la Orquesta Sinfónica de Puerto Rico”, mediante la cual se establecerá una corporación pública dirigida a promover el desarrollo y el enriquecimiento de la música y del arte escénico-musical en Puerto Rico, y dentro de la cual quedarán consolidados los propósitos, poderes, funciones, programas y actividades que realizaban las ahora suprimidas Corporación de las Artes Musicales, Corporación de la Orquesta Sinfónica de Puerto Rico y Corporación de las Artes Escénico-Musicales de Puerto Rico; autorizar la creación de subsidiarias o afiliadas, cuando tal acción sea aconsejable, deseable o necesaria para el desempeño de las funciones de la Corporación aquí creada, para cumplir con sus propósitos corporativos o para ejercer sus poderes; disponer sobre la transferencia de poderes, personal, equipo y propiedad de las corporaciones públicas suprimidas hacia la creada por esta Ley; derogar la Ley Núm. 42 de 12 de mayo de 1980, según enmendada, mediante la cual se creó la Corporación de las Artes Escénico-Musicales de Puerto Rico, la Ley Núm. 44 de 12 de mayo de 1980, según enmendada, mediante la cual se creó la Corporación de la Orquesta Sinfónica de Puerto Rico, y la Ley Núm. 4 de 31 de julio de 1985, según enmendada, conocida como “Ley de la Corporación de las Artes Musicales”; enmendar los artículos 2, 3 y 5 de la Ley 42-2014, según enmendada, conocida como “Ley de la Sede Oficial del Museo Pablo Casals”, a fin de realizar enmiendas técnicas para atemperarla con la presente Ley; enmendar la Sección 1033.15 y añadir una nueva Sección 1033.22 en la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011”, con el propósito de conceder una deducción especial del cien (100%) a individuos, corporaciones y sociedades por concepto de los auspicios, pagos o aportaciones de donativos hechos a la Corporación de la Orquesta Sinfónica de Puerto Rico; establecer normas y disposiciones transitorias para poder implementar los propósitos de esta Ley; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el inciso (y) del Artículo 1.05, añadir un nuevo Artículo 1.17, y reenumerar los actuales artículos del 1.17 al 1.21, como los artículos del 1.18 al 1.22, respectivamente, de la Ley 20-2017, según enmendada, conocida como "Ley del Departamento de Seguridad Pública de Puerto Rico", con el propósito de proveer, formalmente, para la creación del "Cuerpo Interdenominacional de Capellanes de Puerto Rico" adscrito al Departamento de Seguridad Pública, cuyos integrantes brindarán a la ciudadanía en general y a todos los empleados del Gobierno de Puerto Rico y a sus familias, servicios voluntarios de consejería en situaciones de emergencias, desastres naturales y crisis; disponer que todos los Cuerpos de Capellanes de las distintas agencias del Gobierno serán parte del "Cuerpo Interdenominacional de Capellanes de Puerto Rico"; derogar la Ley 168-2012, conocida como "Ley para la Creación del Cuerpo Voluntario de Capellanes del Gobierno de Puerto Rico"; y para otros fines relacionados.
Para añadir el subinciso 69 al Artículo 2.04 (b) de la Ley Núm. 85-2018, según enmendada, conocida como la "Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico"; con el fin de establecer programas o currículos a nivel de escuela superior para que los estudiantes que tengan planes de ingresar a la Academia de la Policía puedan adelantar los créditos universitarios requeridos para ingresar a la Policía de Puerto Rico después de graduarse de la Academia; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los Artículos 3.5, 7.1, 7.2 y 7.3 de la Ley 2-2018, según enmendada, conocida como “Código Anticorrupción para el Nuevo Puerto Rico”, para fortalecer la capacidad de nuestro Gobierno de lograr más fiscalización, mejorar la comunicación inter agencial y asegurar la implementación adecuada de las leyes en el procesamiento de casos de corrupción; para establecer la facultad de reglamentación sobre estas nuevas disposiciones; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 7, crear un nuevo Artículo 9 y reenumerar los artículos 9 al 15, respectivamente, de la Ley 141-2019, según enmendada, conocida como ”Ley de Transparencia y Procedimiento Expedito para el Acceso a la Información Pública”; y para otros fines relacionados.”
Para crear la “Ley para incluir las Bellas Artes como clase regular en todos los niveles del sistema público de enseñanza”; definir la política pública que devolverá el ofrecimiento de los cursos de Bellas Artes en las escuelas del Departamento de Educación de Puerto Rico, conforme a la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, y a la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico; enmendar el sub inciso 1 y añadir un sub inciso 13 al inciso (e) del Artículo 1.02, añadir un nuevo inciso 42 al Artículo 1.03; reenumerar los incisos 42 al 56 como 43 al 57, respectivamente; enmendar el sub inciso 40, añadir un nuevo sub inciso 41 al inciso (b) del Artículo 2.04; reenumerar los sub incisos 41 al 65 como 42 al 66, respectivamente; enmendar el inciso (f) y añadir los incisos (s) y (t) al Artículo 2.10; enmendar el inciso (c) del Artículo 6.02; enmendar el Artículo 6.04; enmendar el sub inciso 7, del inciso (b) del Artículo 7.01; enmendar el inciso (n) del Artículo 9.01; enmendar el Artículo 9.05: añadir un nuevo Artículo 9.06 y reenumerar los artículos 9.06 al 9.10 como 9.07 al 9.11, respectivamente: enmendar el inciso (b) del Artículo 11.03 de la Ley 85-2018, supra, con el fin de establecer la educación en Bellas Artes en todas sus modalidades como requisito en todos los grados y niveles en las escuelas del Departamento de Educación de Puerto Rico, fomentar el pensamiento crítico, funciones ejecutivas y análisis por el estudiantado, ampliar los programas de estudio de Bellas Artes en las escuelas, ordenar la adquisición de materiales y equipos necesarios para la enseñanza efectiva de esta materia así como el reclutamiento de los maestros y maestras necesarios para lograr tales fines, modificar la composición del Consejo Escolar, fomentar el estudio de la cultura puertorriqueña a través de las Bellas Artes, viabilizar las alianzas con entidades con o sin fines de lucro para el desarrollo de proyectos culturales y artísticos; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los Artículos 2.25, 2.27 y 2.28 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, a los fines de disponer que se le otorgará un permiso de rótulo removible autorizando a estacionar en áreas restringidas a adultos mayores de ochenta (80) años en adelante; y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley de Rescate al Empresario Puertorriqueño” a los fines de establecer un programa de reembolso salarial, beneficios y planes de pago de utilidades para las empresas que ante una merma en el volumen de ventas, ganancias o producción que deseen proteger la cantidad de empleados que tienen a tiempo completo y/o transicional los empleados de medio tiempo a tiempo completo; establecer los requisitos de elegibilidad para que una empresa pueda acogerse a los beneficios dispuestos bajo esta Ley; definir las facultades y responsabilidades de la Compañía de Comercio y Exportación de Puerto Rico en la administración de esta Ley; derogar el Artículo 2.4 de la Ley Núm. 120 de 31 de julio de 2014, según enmendada, conocida como la “Ley de Incentivos para la Generación y Retención de Empleos en PyMEs”; asignar fondos para su implementación; y para otros fines relacionados.
Para requerir a todo asegurador y organizaciones de servicios de salud constituidos conforme a la Ley Núm. 77 de 19 de junio de 1957, según enmendada, conocida como “Código de Seguros de Puerto Rico”, planes de seguros que brinden servicios en nuestro Archipiélago y cualquier otra entidad contratada para ofrecer beneficios de salud localmente, así como a la Administración de Seguros de Salud, y a cualquier entidad contratada para ofrecer servicios de salud o de seguros de salud en Puerto Rico, a través de la Ley 72-1993, según enmendada, conocida como “Ley de la Administración de Seguros de Salud de Puerto Rico”, que incluyan, como parte de sus cubiertas, la musicoterapia clínica como uno de los tratamientos interdisciplinarios o complementarios autorizados para la prevención, tratamiento y recuperación de la salud en las dimensiones físicas, cognitivas, emocionales, y psicológicas de los pacientes.
Para enmendar los Artículos 7.147 y 7.148 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico” a los fines de eximir del pago del impuesto al inventario los bienes muebles calificados como alimentos en el Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico, Ley 1-2011, según enmendada; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el inciso (v) del Artículo 5 de la Ley 122-2019, conocida como “Ley de Datos Abiertos del Gobierno de Puerto Rico” a los fines de disponer que cada instrumentalidad gubernamental publicará en su portal cibernético un desglose de los nombres de los empleados de confianza, o contratistas de servicios profesionales, con su correspondiente remuneración económica de forma que sea fácilmente localizado al consultarse cada portal; y para otros fines relacionados.
Para emnendar el inciso (h) del Artículo 3 y el Artículo 58 del Plan de Reorganización Núm. 2-2011, según enmendado, conocido como "Plan de Reorganización del Departamento de Corrección y Rehabilitación de 2011", con el fin de incluir a los Agentes de Seguridad y Protección de la Unidad de Operaciones Especiales del Departamento de Corrección, adscrita al Programa de Instituciones Juveniles, como parte del Cuerpo de Oficiales de Custodia; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 4 de la Ley Núm. 8-2004, según enmendada, mejor conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes”; a los fines de establecer que el Departamento de Justicia, a través de su Secretario, es el representante legal del Departamento de Recreación y Deportes en las demandas y procesos civiles, criminales, administrativos y especiales en que sea parte y que sean instados en los tribunales y otros foros en o fuera de la jurisdicción de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el inciso (j) del Artículo 3.02 y el inciso (h) y (l) del Artículo 23.05 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”; a los fines de establecer que será deber de un infractor pagar todo boleto dentro de los treinta (30) días contados a partir de la fecha de su expedición o desde la fecha del archivo en auto de la notificación de la resolución emitida por un Tribunal; declarar con lugar la revisión de una falta administrativa por la ausencia del agente a la vista.
Para enmendar el Artículo 2 de la Ley 99-2009, según enmendada, conocida como "Ley para Crear el Programa de Vigilancia, Protección y Prevención de Violencia Doméstica"; la Regla 6.1 (b) y la Regla 218 (a) de las Reglas de Procedimiento Criminal; y el Artículo 25 (g) del Plan 2-2011, según enmendado, conocido como "Plan de Reorganización del Departamento de Corrección y Rehabilitación de 2011"; a los fines de asegurar la imposición de vigilancia electrónica para la protección de la víctima; y para otros fines relacionados.
Para enmendar la Ley Núm. 127 de 27 de junio de 1958, según enmendada, a los fines de establecer que, en caso de una pandemia declarada, los miembros de la Policía de Puerto Rico, Policía Municipal, Oficiales Correccionales o sus beneficiarios, tendrán derecho a recibir pensión por incapacidad ocupacional por razón de incapacidad o muerte como consecuencia de haberse contagiado con la enfermedad, y para otros fines relacionados.
Para declarar el día 22 de enero de cada afio como el "Dia de la Mujer en la Aviación”, en honor a Olga Esther Nevárez Nieves de Custodio, quien fuera una destacada capitán para la aerolínea American Airlines y teniente coronel de la Reserva de la Fuerza Aérea de los Estados Unidos de América; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Articulo 19, de la Ley Núm. 81 de 14 de marzo de 1912, según enmendada, conocida como "Ley Orgánica del Departamento de Salud enmendar el Articulo 7, de la Ley Núm. 41 de 5 de agosto de 1991, según enmendada conocida como "Ley para Regular la Relación entre el Departamento de Estado y las Juntas Examinadoras Adscritas" y enmendar el Articulo 8 de la Ley Núm. 254 del 27 de julio de 1974, según enmendada, conocida como "Ley para Autorizar a la Policía de Puerto Rico la Expedición de Certificados de Antecedentes Penales", a los fines de establecer disposiciones específicas sobre el uso y solicitud del certificado de antecedentes penales para ejercer ciertas profesiones en Puerto Rico, de manera tal que se continue fomentando la rehabilitación de personas convictas por haber cometido delito en nuestra jurisdicción, asf como insertar procesos de manera electrónica, de conformidad con los procedimientos que establezca la Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS), en virtud de la Ley 75-2019; y para otros fines relacionados.
Para añadir la Sección 3.2-A a la Ley 38-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico”, a los fines disponer que las querellas, peticiones o solicitudes, así como las notificaciones en los procedimientos adjudicativos, podrán realizarse por correo electrónico o cualquier otro medio electrónico accesible a la ciudadanía, considerándose como documentos certificados por la agencia que los reciba o emite, respectivamente; requerir a las agencias a tomar las medidas pertinentes para viabilizar la implementación de los mecanismos necesarios para el uso de la tecnología en los procesos adjudicativos; y para otros fines relacionados.
“Para crear una nueva Sección 1052.05 del Subcapítulo B de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico”, a los fines de establecer un crédito contributivo por gastos médico-veterinarios en el cuidado de sus mascotas domésticas; y para otros fines relacionados.”
“Para enmendar los Artículos 3, 6 y 7 de la Ley 2-2017, según enmendada y conocida como el “Ley de la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal” a los fines de establecer que la designación del director ejecutivo de la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal, requerirá el consejo y consentimiento del Senado de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.”
Para enmendar el Artículo 9.11 de la Ley 161-2009, según enmendada, conocida como “Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico”, a los fines de disponer que toda obra de reparación o reconstrucción de infraestructura realizada por un municipio por motivos de los daños causados por un evento atmosférico, se considerará “Obra Exenta”, para fines del requisito de permiso de construcción, según las disposiciones de la Ley 161-2009, según enmendada, conocida como “Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico”, y el “Reglamento Conjunto para la Evaluación y Expedición de Permisos relacionados al Desarrollo, Usos de Terrenos y Operación de Negocios”, adoptado por virtud de dicha Ley; para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión del Trabajo y Asuntos Laborales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación abarcadora sobre la implantación y el cumplimiento con las disposiciones de la Ley 16-2017, conocida como “Ley de Igualdad Salarial de Puerto Rico”; presentar recomendaciones para garantizar su efectividad y cumplimiento; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre el cumplimiento del Negociado de la Policía de Puerto Rico con las disposiciones de la Ley 187-2016, conocida como “Ley de Alerta Mayra Elías contra el Hit & Run”; y el “Reglamento para Activar el Alerta Mayra Elías”, Reglamento Número 8965 del Negociado de la Policía de Puerto Rico, del 2 de junio de 2017; así como evaluar la necesidad de enmiendas a la legislación para fortalecer su aplicación; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a las comisiones de la Región Oeste; y de Recursos Naturales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, a realizar una investigación sobre el continuo hallazgo de desperdicios biomédicos en la desembocadura del Río Grande de Añasco; fiscalizar los generadores y manejadores de dichos desperdicios; evaluar la legislación y reglamentación vigente sobre el manejo de desperdicios biomédicos en Puerto Rico y otras jurisdicciones; referir los hallazgos de la investigación a las agencias pertinentes; fijar las responsabilidades civiles o criminales que puedan aplicar; y para cualquier otro fin relacionado.
Para ordenar a la Comisión de Desarrollo Económico de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el proceso de consulta de ubicación, solicitud de permisos, proceso de desarrollo y construcción de una facilidad de telecomunicaciones localizada en el Barrio Mameyal del Municipio de Dorado.
Para ordenar a la Comisión de Recursos Naturales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación sobre las condiciones del Balneario de Dorado, Manuel "Nolo" Morales, también conocido como Playa Sardinera; analizar las condiciones de su flora y fauna; condiciones marítima y posibles aspectos que afectan su contaminación; analizar las propuestas e iniciativas gubernamentales, para el desarrollo y mantenimiento de sus facilidades; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de la Región Oeste de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación sobre el estado, condición y uso potencial de parcelas con estructuras abandonadas, en desuso o con deudas ante el Departamento de Hacienda, el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) en los municipios de Cabo Rojo, San Germán y Hormigueros, incluyendo los procesos y trámites administrativos vigentes para su eventual adjudicación a personas de escasos recursos en el Distrito Representativo 20 y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de la Región Oeste de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva en torno a las gestiones realizadas por LUMA Energy, la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) y las agencias encargadas de la seguridad en nuestras carreteras para tomar acción inmediata y corregir las zonas carentes de alumbrado en las vías públicas del Distrito Representativo Núm. 20, que comprende los municipios de Cabo Rojo, San Germán y Hormigueros; y para otros fines relacionados.
Para ordenar la investigación sobre la otorgación de permisos de operación a escuelas privadas de Puerto Rico que presenten quejas de maltrato institucional y escuelas no acreditadas, con el fin de garantizar la calidad y la seguridad en la educación, y para otros fines.
Para ordenar a la Comisión de Educación, Cultura y Turismo de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva en torno a las condiciones estructurales, de salubridad y operacionales de la Escuela Dr. José Padín en Corozal, con el propósito de identificar necesidades urgentes y garantizar un ambiente escolar saludable, seguro y adecuado para el estudiantado, el personal docente y toda la comunidad escolar.
Para ordenar a la Comisión de Desarrollo Económico de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre el posible impacto económico en productos y bienes importados hacia Puerto Rico como resultado de las tarifas arancelarias anunciadas por el presidente Donald J. Trump a países como Canadá, México y China; así como considerar medidas para mitigar sus efectos y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos de la Juventud a realizar una investigación exhaustiva sobre la implementación, ejecución y resultados de la Ley Núm. 503 de 29 de septiembre de 2004, según enmendada, conocida como "Ley para Crear la Cumbre Anual de la Juventud Puertorriqueña (CAJUP)", incluyendo su impacto social, educativo y económico; a los fines de evaluar su grado de cumplimiento, la efectividad de la coordinación interagencial, la suficiencia de recursos asignados y su repercusión en el diseño de políticas públicas dirigidas a la juventud, con el fin de formular recomendaciones específicas que fortalezcan la política pública y promuevan acciones efectivas orientadas al bienestar integral y desarrollo sostenible de la juventud puertorriqueña.
Para ordenar a la Comisión de la Región Oeste de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar un estudio sobre las oportunidades y mecanismos disponibles para allegar fondos dirigidos a combatir el abandono de animales y fomentar programas de apoyo a los rescatistas en los municipios del Distrito 20: Cabo Rojo, Hormigueros y San Germán; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Desarrollo Integrado de la Región Oeste realizar una investigación sobre la situación de las distintas carreteras estatales de los municipios de Cabo Rojo, San Germán y Hormigueros con el propósito de identificar necesidades de repavimentación, ampliación, construcción de nuevas y mejores carreteras, construcción de vallas, instalación de semáforos, mejoras geométricas, y otros ajustes necesarios para el mejoramiento de la infraestructura vial en dicha región; y para otros fines.
Para ordenar a la Comisión de la Región Oeste de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva en torno al estado de las facilidades deportivas en los municipios de Cabo Rojo, San Germán y Hormigueros, identificar la necesidad de realizar mejoras para garantizar que se encuentren en óptimas condiciones para el disfrute y seguridad de los ciudadanos; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de la Región Oeste de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el proceso seguido por el Secretario del Departamento de Educación de Puerto Rico, Eliezer Ramos Parés en la otorgación de vales educativos en los municipios de Cabo Rojo, San Germán y Hormigueros, así como sobre los criterios y requisitos aplicables a dicha asignación; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Trabajo y Asuntos Laborales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico que realice una investigación exhaustiva sobre las razones que menos del 10% de los artistas que participan en las fiestas patronales, fiestas de pueblo y festivales son mujeres, y así poder identificar si hay discrimen contra las artistas, grupos y conjuntos femeninos.
Para ordenar a la Comisión de la Región Oeste de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva en torno a las condiciones y estado actual de la infraestructura vial, así como el progreso de los trabajos de reparación en las carreteras estatales del Distrito Representativo Número 17, que comprende los municipios de Aguadilla y Moca; considerando su relevancia para el desarrollo turístico, industrial y económico en la región; evaluar e identificar los planes correctivos necesarios para agilizar los trabajos de reparación; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre los factores que contribuyen al aumento de casos relacionados con la salud mental infantil; evaluar los servicios de salud mental que se ofrecen a la población infantil y juvenil; así como identificar posibles soluciones para mejorar la atención y el tratamiento; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre la situación actual del Negociado de la Policía de Puerto Rico, incluyendo los principales retos que enfrenta, tales como su composición, la retención de agentes graduados de las más recientes academias, el éxodo de agentes en los últimos años, la cantidad de agentes elegibles para el retiro durante este cuatrienio, el proceso de reclutamiento, las políticas, condiciones laborales e incentivos y el impacto proyectado de un posible retiro masivo en el año 2025, con el fin de desarrollar estrategias para su fortalecimiento.
Para ordenar a la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre el manejo y distribución de los recaudos generados por concepto de licencias y multas relacionadas con el Negociado de la Policía de Puerto Rico conforme a lo dispuesto en la Ley 168-2019, según enmendada, conocida como “Ley de Armas de Puerto Rico de 2020”; examinar posibles medidas para optimizar su utilización; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Junta de Planificación de Puerto Rico, autorizar la construcción de una residencia dentro de la Parcela, Catastro, Número 121-047-563-09-000, del pueblo de Fajardo, siempre y cuando se vele por la preservación, restauración y conservación del área.
Para ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas ejecutar las disposiciones de la Sección 4 (b) de la Resolución Conjunta 95-2016, y revertir de inmediato al Gobierno de Puerto Rico, la titularidad del terreno y la estructura de la antigua Escuela Elemental Salvador Brau, ubicada en el Barrio Cacao del Municipio Autónomo de Carolina; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Autoridad Metropolitana de Autobuses a realizar un estudio abarcador sobre la viabilidad de establecer un programa adicional de paradas de autobuses en áreas donde se localizan centros de cuidado y complejos de vivienda para adultos mayores en la jurisdicción del Municipio de San Juan; requerir del Municipio de San Juan que identifique las zonas donde se ubican los centros de cuidado, al igual que los complejos de vivienda para adultos mayores y que le provea dicha información a la Autoridad Meh·opolitana de Autobuses, para que esta pueda hacer el estudio ordenado; y para otros fines relacionados.
Para designar a la Unidad de Quemados del Hospital Industrial de la Corporación de Fondo del Seguro del Estado de Puerto Rico con el nombre del Dr. Héctor Benítez Rivera, en reconocimiento a su gran aportación y legado con los quemados e Puerto Rico.
Para ordenar a la Autoridad de Tierras de Puerto Rico a liberar las condiciones y restricciones sobre preservación e indivisión previamente impuestas y anotadas, según dispuesto por la Ley Núm. 107 de 3 de julio de 1974, según enmendada, del predio de terreno marcado con el Número 23, localizado en la finca Breñas del Barrio Sabana, de término municipal de Vega Alta, Puerto Rico, con una cabida de 126,004.55 metros cuadrados; y del predio de terreno marcado con el Número 25, localizado en el Barrio Sabana del término municipal de Vega Alta, Puerto Rico, con una cabida 32.1192 cuerdas equivalentes a 126,241.1623 metros cuadrados; ordenar a la Junta de Planificación a proceder conforme a lo establecido en la Ley para permitir y autorizar la segregación de varios solares; ordenar al Registro de la Propiedad de Puerto Rico y al Departamento de Agricultura a eliminar las condiciones restrictivas de sus libros; ordenar al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales que identifique la presencia de humedales en los predios; y para otros fines pertinentes.
Para ordenar a la Autoridad de los Puertos incluir como parte de los proyectos para la Región Norte de Puerto Rico el realizar un estudio de viabilidad para la ampliación de la pista de aterrizaje del Aeropuerto Regional Antonio "Nery" Juarbe Pol en el Municipio Autónomo de Arecibo, y otros fines relacionados.
Para enmendar la Resolución Conjunta del Presupuesto General para el Año Fiscal 2025 para aumentar de $13,062,302,000 a $13,186,067 mediante la asignación de fondos excedentes del Fondo General del Tesoro del Estado para gastos operacionales del Gobierno de Puerto Rico para el año fiscal que finaliza el 30 de junio de 2025 y para otros fines relacionados.
Para ordenar al Comite de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por virtud de la Ley 26-2017, segun enmendada, conocida coma "Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal", evaluar la transferencia al Municipio de Cabo Rojo, mediante los mecanismos contemplados en dicha Ley, del terreno y la estructura del antiguo cuartel estatal ubicado en la zona urbana de dicho Municipio, con el fin de utilizarlo para establecer diversos proyectos de desarrollo económico, educativos, comunitarios, turísticos y deportivos, así como otros proyectos de beneficio para la ciudadanfa en general.
Para ordenar a la Autoridad para el Redesarrollo de los Terrenos y Facilidades de la Estación Naval Roosevelt Roads, adscrita al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, a ceder al Municipio de Ceiba, la parcela de terreno identificada como “Clean Parcel Two (2); Los Machos Parcel Two (2)” en la Escritura Pública Número 14 del 26 de enero de 2012, titulada “Deed of Ratification and Conversion to Public Instrument of Quitclaim Deed”, suscrita entre Estados Unidos y el Gobierno de Puerto Rico e identificada como “H1 Ceiba Gateway” en el “Development Zones Master Plan” de la Autoridad para el Redesarrollo de los Terrenos y Facilidades de la Estación Naval Roosevelt Roads; para ordenar a otras agencias y entidades gubernamentales tomar medidas necesarias para lograr el redesarrollo de los terrenos de la antigua Estación Naval Roosevelt Roads; y para otros fines relacionados..
Para enmendar la Resolución Conjunta del Presupuesto General del Gobierno de Puerto Rico para el Año Fiscal 2025 para aumentar de $13,062,302,000 a $13,806,000,000 mediante la asignación de fondos sobrantes del Año Fiscal 2025 del Fondo General del Tesoro del Estado para gastos operacionales del Gobierno de Puerto Rico para el año fiscal que finaliza el 30 de junio de 2025; incluir como parte del Presupuesto General para el Año Fiscal 2025 una asignación de $22,820,000 mediante la asignación de fondos sobrantes de años anteriores del Fondo General del Tesoro Estatal para la reposición de la asignación para la aportación al Fideicomiso de la Reserva de Pensiones; y para otros fines relacionados.
Para felicitar y reconocer a los Centros de Apoyo Sustentable al Alumno, conocido como proyecto C.A.S.A., en la celebración de su 20 aniversario sirviendo a comunidades de jóvenes desventajados y en riesgo.
Para felicitar y reconocer a Lady Wilnelia Merced-Forsyth, primera puertorriqueña en ganar Miss Mundo Internacional, en el 50 aniversario de su triunfo y por su dedicación al desarrollo de la filantropía en y fuera de Puerto Rico.
Para felicitar y reconocer al Museo Biblioteca La Casa del Libro en la celebración de su 70 aniversario promoviendo la cultura y la educación de Puerto Rico.