Qué se movió cada día en la Legislatura. Toca un día para ver qué le pasó a cada medida. Los filtros te dejan seguir un solo tipo de trámite, como el Calendario de Órdenes Especiales, que es la antesala de una votación.
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Para crear la "Ley de Transparencia en la Venta de Boletos de Espectáculos Públicos"; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 209-2016, conocida como "Ley para la Transparencia en el Recibo de Compra"; prohibir el cobro separado de cargos denominados "promoter fee" o tarifa del promotor a los consumidores; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 5 de Ley 84-2021, según enmendada, conocida como “Ley de Política Pública de Puerto Rico para Combatir la Pobreza Infantil y la Desigualdad Social” con el fin de incluir entre los miembros de la Comisión para Combatir la Pobreza y la Desigualdad Social en Puerto Rico al Secretario(a) del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos o su representante designado, a la Procuradora de las Mujeres o su representante designado, un (1) representante designado por la Asociación de Alcaldes de Puerto Rico, un (1) representante designado por la Federación de Alcaldes de Puerto Rico, así como dos (2) miembros en representación del interés público recomendados respectivamente, uno (1) por el Presidente(a) de la Cámara de Representantes de Puerto Rico y uno (1) por el Presidente(a) del Senado de Puerto Rico al Gobernador(a); establecer los debidos procedimientos para tal designación; y para otros fines relacionados.
Para añadir un nuevo inciso (4) al Artículo 27.162 de la Ley Núm. 77 de 19 de junio de 1957, según enmendada, conocida como “Código de Seguros de Puerto Rico”, a los fines de establecer un término no mayor de cuarenta y cinco (45) días para la resolución de reclamaciones relacionadas con condiciones catastróficas o enfermedades graves; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los artículos 2, 4, 5, 6, 9, 10, 12,13, 13A, 13B, 15, 16, 18 y 19 de la Ley Núm. 77 de 25 de junio de 1964, según enmendada, conocida como “Ley Antimonopolística de Puerto Rico”, a los fines de atemperar sus multas y penas con la Ley Núm. 146 de 30 de julio de 2012, según enmendada, conocida como “Código Penal de Puerto Rico”; aumentar la gravedad de ciertos delitos; actualizar ciertos términos; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 22.02 y 23.08 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como la “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, a los fines de reducir de quince (15) dólares a cinco (5) dólares la multa administrativa impuesta por cada infracción al sistema de pago electrónico AutoExpreso por falta de balance en la cuenta, cuando el peaje correspondiente no sea satisfecho dentro del término establecido; establecer que, transcurrido dicho término sin que se haya realizado el pago o recarga correspondiente, se notifique electrónicamente al titular de la cuenta el balance adeudado y la imposición de la multa correspondiente; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los incisos (a) y (c) de la Sección 4 de la Ley 83 de 2 de mayo de 1941, según enmendada, conocida como la “Ley de la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico”, a los fines de autorizar a la Oficina del Procurador del Ciudadano (Ombudsman) a utilizar mecanismos electrónicos en el proceso de elección del representante del interés de los clientes ante la Junta de Gobierno de la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico; permitir que exempleados de la Autoridad puedan pertenecer a la Junta de Gobierno luego de transcurridos dos (2) años desde su jubilación o separación del empleo; y para otros fines relacionados.
Para añadir los Artículos 10A y 10B a la Ley Núm. 135-2020, según enmendada, conocida como la “Ley del Instituto de Ciencias Forenses de Puerto Rico”, a los fines de autorizar al Instituto de Ciencias Forenses de Puerto Rico a establecer un mecanismo de reclutamiento prospectivo y ofertas de empleo condicionadas para médicos que se encuentren culminando programas acreditados de entrenamiento en Patología Forense u otras especialidades médico-forenses de difícil reclutamiento; disponer los requisitos, condiciones, salvaguardas y reglamentación aplicable; y para otros fines relacionados.
Para establecer la “Ley de los servicios religiosos como un servicio esencial”; establecer definiciones; establecer prohibiciones específicas al impedimento de celebrar servicios religiosos; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 87 (b) de la Ley 146-2012, según enmendada, conocida como “Código Penal de Puerto Rico” para que el término de prescripción de diez (10) años en los delitos de apropiación ilegal agravada, fraude y lavado de dinero aplique a cuantías a partir de cincuenta mil ($50,000) dólares.
Para enmendar la Regla 60 de las Reglas de Procedimiento Civil de Puerto Rico de 2009, según enmendadas, a los fines de establecer que la devolución al remitente de una notificación-citación enviada por correo certificado, aun cuando contenga una marca o anotación postal de “Refused”, “Rechazada”, “No aceptada” o expresión análoga, no constituye diligenciamiento válido, no acredita que la parte demandada conoció la demanda o el señalamiento, no confiere jurisdicción sobre su persona y no podrá servir de fundamento para anotarle la rebeldía ni dictar sentencia en su contra; aclarar que ninguna presunción probatoria sobre el recibo de correspondencia podrá suplir el diligenciamiento requerido; disponer las alternativas procesales disponibles a la parte demandante, incluida la entrega personal, la conversión al procedimiento ordinario y, cuando proceda, el emplazamiento por edicto; salvaguardar el debido proceso de ley; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 56 de la Ley 73-2019, según enmendada, conocida como “Ley de la Administración de Servicios Generales para la Centralización de las Compras del Gobierno de Puerto Rico de 2019”, a los fines de modificar los requisitos de los miembros asociados de la Junta Revisora de Subastas; y para otros fines relacionados.
Para crear la "Ley de la Iniciativa y Fomento Estratégico de la Computación Cuántica en Puerto Rico" u "Oportunidad Cuántica Borinqueña"; instituir el Consejo de Coordinación y Tecnologías Cuánticas de Puerto Rico (PR-QCTC); ordenar el desarrollo del Esfuerzo de Computación Cuántica para el Desarrollo de Aplicaciones y Ciencia del Descubrimiento (PR-CADDS) y el programa "Quantum Island Initiative"; viabilizar la integración de los incentivos de la Ley 60-2019, según enmendada, conocida como el "Código de Incentivos de Puerto Rico", con las políticas federales de desgravación fiscal, depreciación acelerada e inversión manufacturera avanzada de la ley federal "One Big Beautiful Bill Act" (OBBB); encomendar a la Oficina de Innovación y Tecnología de Puerto Rico (PRITS) y al Negociado de Telecomunicaciones la transición gubernamental hacia la ciberseguridad y redes post-cuánticas; mandatar a la Universidad de Puerto Rico (UPR) y al Departamento de Educación la creación del programa "Quantum-Ready Puerto Rico"; crear el Fondo de Innovación Comercial y Universitaria Cuántica (Fondo QUBIT-PR); y para otros fines relacionados.
Para enmendar el inciso 6 del Artículo 39, el inciso (g) del Artículo 56 y el Artículo 59 de la Ley 129-2020, según enmendada; y añadir un nuevo Artículo 59-A a dicha Ley, conocida como “Ley de Condominios de Puerto Rico”, a los fines de permitir que en los condominios cuyos apartamentos estén dedicados en su totalidad a vivienda la cuota de mantenimiento correspondiente a los gastos comunes ordinarios se reparta en partes iguales entre todos los apartamentos, sin distinción de su tamaño ni de su porcentaje de participación, por ser el uso y disfrute de los elementos comunes generales igual para todos los titulares; disponer que las derramas, la prima del seguro comunal, la aportación al fondo de reserva, los gastos atribuibles a los elementos comunes limitados y los servicios facturados por consumo medido continúen repartiéndose conforme al porcentaje de participación o a la base que en cada caso corresponda; establecer un mecanismo de adopción voluntaria, y de reversión, mediante el voto de dos terceras partes (2/3) de los titulares que a su vez reúnan dos terceras partes (2/3) de las participaciones, sin efecto retroactivo; y para otros fines relacionados
Para crear la "Ley para la Evaluación Anual del Desempeño de los Jueces Administrativos y Oficiales Examinadores del Gobierno de Puerto Rico", a los fines de establecer un sistema uniforme, confidencial y anual de evaluación del desempeño de los funcionarios y empleados que adjudican casos y controversias en las agencias del Gobierno de Puerto Rico, tomando como referencia el modelo de evaluación judicial de la Rama Judicial; disponer que la evaluación se nutra principalmente de cuestionarios electrónicos remitidos por correo electrónico a los abogados, abogadas, funcionarios y partes que comparecieron ante el juez administrativo u oficial examinador durante el período evaluado; establecer los criterios y la escala de calificación; delegar en la Oficina de Administración y Transformación de los Recursos Humanos del Gobierno de Puerto Rico la administración del sistema y la adopción de la reglamentación correspondiente; establecer normas de confidencialidad, prohibir las represalias, disponer sobre medidas remediales y sobre el uso de los resultados; ordenar la rendición de un informe anual a la Asamblea Legislativa; enmendar la Sección 3.3 de la Ley 38-2017, según enmendada, 3 conocida como "Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico", a los fines de atemperarla a esta Ley; y para otros fines relacionados.
Para enmendar las secciones 6.3 y 6.4 de la Ley 8-2017, según enmendada conocida como “Ley para la Administración y Transformación de los Recursos Humanos en el Gobierno de Puerto Rico”, a los fines de disponer que el tiempo requerido como experiencia y/o años de servicio para ocupar algún puesto o ascenso será contado a partir de la fecha en que la persona haya ejercido las labores, independientemente de que haya adquirido el grado académico posteriormente; excepto en aquellas clases colegiadas o licenciadas en las que se requiera licencia para ejercer la profesión u oficio, en cuyos casos la experiencia será contada a partir de la obtención de la referida licencia; y para otros fines relacionados.
Para enmendar la Sección 1 de la Ley Núm. 170 de 4 de mayo de 1949, según enmendada, con el fin de disponer los requisitos de disponibilidad para la concesión del examen de equivalencia de Escuela Superior; y para decretar otras disposiciones complementarias.
Para enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 2 de 7 de noviembre de 1975, según enmendada, conocida como "Ley de Certificados de Necesidad y Conveniencia" a fin de agilizar el proceso para expedir o denegar certificados de necesidad y conveniencia modificando los términos de presentación de evidencia de titularidad o compromiso de arrendamiento al momento de radicar la solicitud.
Para añadir un nuevo inciso (95) al Artículo 2.3 de la Ley 58-2020, según enmendada, conocida como "Código Electoral de Puerto Rico de 2020", a los fines de definir el término "propaganda política"; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Articulo 6, inciso ff de la Ley 122-2019, conocida como “Ley de Datos Abiertos del Gobierno de Puerto Rico”, a los fines de establecer una excepción en las facultades de revisión, evaluación y aprobación de cualquier proyecto de creación, implantación, modificación, migración y actualización de las bases de datos, innovación, información y tecnología a ser adoptadas por las agencias, cuando los fondos para sufragar dichos proyectos sean subvencionados en su totalidad con fondos federales; y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley de Asistencia Sicológica En Eventos Deportivos a Menores” con el fin de garantizar que los menores de edad tengan asistencia sicológica en todo evento y/o competencia deportiva; y para otros fines relacionados.
Para añadir un Artículo 2-119 al Capítulo II de la Ley Núm. 447 del 15 de mayo de 1951, según enmendada, “Sistema de Retiro de los Empleados del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico” para conceder beneficios a los participantes de dicho sistema que padezcan de una condición terminal.
Para enmendar la Regla 40.2 de las Reglas de Procedimiento Civil de 2009, según enmendadas, con el propósito de establecer que toda citación expedida a los fines de requerir la producción de documentos, información almacenada electrónicamente u objetos tangibles, o la inspección de predios, deberá ser notificada a las demás partes en el pleito, previo a ser diligenciada; y para otros fines relacionados.
Para añadir un nuevo Artículo 5.005-A a la Ley 201-2003, según enmendada, conocida como la “Ley de la Judicatura de Puerto Rico de 2003”, a los fines de crear las “Salas Especializadas en Asuntos Laborales” del Tribunal de Primera Instancia, a modo de plan piloto por un término de tiempo no mayor de tres (3) años; establecer su autoridad, y; fuente de financiamiento; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los Artículos 1 y 5 de la Ley Núm. 45 de 1 de junio de 1983, según enmendada, conocida como “Ley para Facultar la Toma de Huellas Digitales y Fotografías por Delito Grave”; enmendar el Artículo 37 (e) de la Ley Núm. 88 de 9 de julio de 1986, según enmendada, conocida como “Ley de Menores de Puerto Rico”; enmendar la Regla 6.6 de las Reglas de Procedimiento para Asuntos de Menores, según enmendadas; y enmendar el Artículo 8 de la Ley 143-2014, según enmendada, conocida como “Ley de Protocolo para Garantizar la Comunicación Efectiva entre los Componentes de Seguridad del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y del Sistema de Información de Justicia Criminal”, a los fines de clasificar como confidenciales y prohibir que se divulguen, las fotografías y huellas digitales tomadas en una investigación criminal, a una persona que no ha cumplido dieciocho (18) años de edad, aunque sea procesada como persona adulta; y para otros fines relacionados.
Para promover el arte urbano como herramienta preventiva contra la delincuencia juvenil mediante el establecimiento de programas voluntarios en los municipios para la creación de murales comunitarios; fomentar la coordinación entre agencias gubernamentales, organizaciones sin fines de lucro y comunidades locales sin asignar fondos nuevos, utilizando recursos existentes; y para otros fines relacionados.
“Para añadir nuevos incisos 29, 56, 57 y 58, y renumerar los actuales incisos 29, 56, 57, 58 y subsiguientes, correspondientemente, del Artículo 1.03, añadir nuevos Artículos 2.09, 2.10, 2.11, 2.12, 2.13, 2.14, 2.15, 2.16, y renumerar los actuales artículos 2.09, 2.10, 2.11, 2.12, 2.13, 2.14, 2.15, 2.16 y los subsiguientes, correspondientemente, de la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como la “Ley de la Reforma Educativa de Puerto Rico”, a los fines de definir e integrar las figuras del Gerente de Operaciones, Superintendente Auxiliar, Superintendente Escolar Académico y Superintendente Escolar Administrativo dentro de la estructura de la Oficina Regional Educativa, y establecer sus deberes y responsabilidades; y para otros fines relacionados.”
Para establecer la política pública del Gobierno de Puerto Rico dirigida a evaluar periódicamente el estado del emprendimiento femenino en la isla; crear el Observatorio del Emprendimiento Femenino de Puerto Rico, adscrito al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio de Puerto Rico; ordenar la preparación de un Informe sobre el Ecosistema Empresarial de Mujeres en Puerto Rico cada tres (3) años; disponer para la elaboración del Índice de Emprendimiento Femenino de Puerto Rico; establecer el análisis de factores relacionados con el acceso a financiamiento, la participación sectorial, las barreras regulatorias y las oportunidades de crecimiento empresarial para mujeres; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el artículo 2 de la Ley Núm. 293-1999, según enmendada, conocida como “Ley de la Junta Interagencial para el Manejo de las Playas de Puerto Rico”, a los fines de facultar a la Junta Interagencial para el Manejo de Playas a requerir a todos los hoteles, hospederías, paradores y alquileres a corto plazo, la publicación y divulgación del Código de Respuesta Rápida o QR Code de la plataforma Swim Safe PR; promulgar un reglamento para la expedición de multas por incumplimiento en la notificación y publicación del Código de Respuesta Rápida y para otros fines relacionados.
Para establecer la “Ley para la Cancelación de Suscripciones y Renovaciones Automáticas”; establecer requisitos de divulgación, consentimiento, notificación y cancelación aplicables a las ofertas de renovación automática y servicios continuos; disponer que el mecanismo de cancelación sea sencillo y, como regla general, esté disponible por el mismo medio utilizado por el consumidor para suscribirse o prestar su consentimiento; prohibir prácticas que obstaculicen o retrasen irrazonablemente la cancelación; establecer remedios, restitución y penalidades administrativas; facultar al Departamento de Asuntos del Consumidor para implantar y fiscalizar esta Ley; y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley de Compromiso Intergubernamental con los Servicios de Amas de Llaves y Apoyo en el Hogar a las Personas Adultas Mayores de Puerto Rico”; establecer como política pública del Gobierno de Puerto Rico que los fondos públicos destinados a servicios de amas de llaves y apoyo en el hogar a personas adultas mayores sean canalizados a los setenta y ocho (78) municipios de Puerto Rico mediante convenios colaborativos, transferencias directas de fondos u otra modalidad jurídica intergubernamental afín, en sustitución de la contratación del Gobierno Estatal con entidades privadas; establecer los criterios de elegibilidad, distribución, fiscalización y rendición de cuentas aplicables; disponer sobre la gestión de fondos y programas federales disponibles para estos fines; y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley para la Preparación, Protección y Recuperación de Colecciones Culturales Públicas ante Emergencias y Desastres”, a los fines de establecer como política pública del Gobierno de Puerto Rico la preparación preventiva, protección, respuesta, salvamento y recuperación de bienes culturales tangibles bajo propiedad, administración o custodia de entidades públicas; requerir planes especializados integrados a los planes generales de emergencia y recuperación aplicables; establecer deberes del Instituto de Cultura Puertorriqueña, en coordinación con el Negociado para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres; disponer requisitos mínimos sobre inventarios, evaluación de riesgos, prioridades de salvamento, cadena de custodia, almacenamiento temporero, adiestramiento, certificación y revisión; establecer un mecanismo de cumplimiento y rendición de cuentas; proteger información operacional sensible; aclarar su relación con la legislación aplicable a documentos públicos; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los Artículos 2 y 4 y añadir un nuevo Artículo 4-A a la Ley 28-2019, según enmendada, conocida como “Carta de Derechos de los Niños, Niñas y Jóvenes Deportistas”, a los fines de reconocer el derecho de los niños, niñas y jóvenes deportistas a solicitar y obtener su liberación de una entidad deportiva; establecer un procedimiento uniforme para atender solicitudes de liberación; disponer las circunstancias limitadas bajo las cuales podrá diferirse su expedición; prohibir prácticas dirigidas a retener injustificadamente a un menor en un club, academia, equipo, liga u organización deportiva; establecer mecanismos para la atención expedita de controversias por el Departamento de Recreación y Deportes; preservar las reglas legítimas de elegibilidad, inscripción y competencia establecidas por los organismos rectores del deporte; y para otros fines relacionados.
Para añadir un nuevo Artículo 1345-A a la Ley 55-2020, según enmendada, conocida como “Código Civil de Puerto Rico”, a los fines de establecer deberes de transparencia aplicables al arrendador que repercuta al arrendatario de un inmueble destinado a una actividad comercial, profesional, industrial o de otra naturaleza no residencial cargos por los servicios de energía eléctrica, agua o alcantarillado que no sean facturados directamente al arrendatario por la entidad proveedora; requerir la divulgación escrita del método utilizado para determinar dichos cargos; disponer el contenido mínimo de los estados de cuenta; reconocer el derecho del arrendatario a examinar la factura matriz y la documentación utilizada para calcular el cargo; disponer sobre lecturas de submedición, créditos, ajustes y cargos administrativos; establecer un procedimiento para objetar cargos; preservar la jurisdicción y reglamentación de las entidades reguladoras competentes y las disposiciones aplicables a la propiedad horizontal; y para otros fines relacionados.
Para reconocer el cuarto domingo de julio de cada año como el “Día de la Fe de la Juventud Puertorriqueña” y para otros fines relacionados.
Para establecer la “Ley para la Reforma de Licencias Ocupacionales de Puerto Rico”, con el propósito de simplificar el ejercicio de algunas ocupaciones mediante la eliminación de requisitos obsoletos que encarecen la actividad laboral, impidiendo a individuos productivos encontrar empleo al concluir sus estudios o establecer pequeñas empresas en la Isla; añadir un inciso (z) al Artículo 5 de la Ley Núm. 23 de 20 de junio de 1972, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales”(“DRNA”), con el fin de facultar al Secretario del DRNA a adoptar reglamentación en cuanto a la ocupación y certificación de Operadores de Plantas de Tratamiento de Agua Potable y Aguas Usadas; derogar la Ley Núm. 53 del 13 de julio de 1978, según enmendada, conocida como “Ley para la Certificación de los Operadores de Sistemas y/o Plantas de Tratamiento, de Agua Potable y de Aguas Usadas”; derogar la Ley Núm. 99 del 30 de junio de 1975, según enmendada, conocida como “Ley de Técnicos en Electrónica de Puerto Rico”; derogar la Ley Núm. 125 de 8 de junio de 1973, según enmendada; derogar la Ley Núm. 54 de 21 de mayo de 1976, según enmendada; derogar la Ley Núm. 146 de 27 de junio de 1968, según enmendada; derogar la Ley Núm. 431 de 15 de mayo de 1950, según enmendada; derogar la Ley Núm. 204 de 8 de agosto de 2008, según enmendada, conocida como “Ley para la Creación de la Junta Reglamentadora de Relacionistas de Puerto Rico”; enmendar el Artículo 2; derogar los Artículos 3 al 14, 16 y 26; enmendar y reenumerar los Artículos 15 y 17; y reenumerar los Artículo 18 al 27 de la Ley Núm. 134 de 15 de julio de 1986, según enmendada, conocida como “Ley de Actores de Puerto Rico”; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 6 de la Ley Núm. 23-1991, según enmendada, conocida como “Ley del Fideicomiso Institucional de la Guardia Nacional de Puerto Rico”, a los fines de permitir a los empleados, retirados de FIGNA y retirados de la Guardia Nacional a participar de los beneficios de las tiendas militares de la Guardia Nacional de Puerto Rico y para otros fines.
Para enmendar los Artículos 15, 18, 19, 19-A, 20, 21, 22, 24, 25, 26 y 27(A) de la Ley Núm. 8 de 5 de agosto de 1987, según enmendada, conocida como "Ley para la Protección de la Propiedad Vehicular" a los fines de atemperar sus disposiciones y delitos al sistema de penas establecido en la Ley Núm. 146 de 30 de julio de 2012, según enmendada, conocida como "Código Penal de Puerto Rico".
Para ordenar a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación sobre la viabilidad de lograr la adaptación de todos los Balnearios de Puerto Rico con facilidades para el disfrute de personas con diversidad funcional.
Para ordenar a las Comisiones de Vivienda y de la Región Norte de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación sobre las razones por las cuales las escrituras de título de propiedad correspondientes a las unidades de vivienda del Proyecto Villa Alegría, ubicado en el Municipio de Vega Alta, otorgadas a favor de sus titulares, no han sido entregadas por las agencias y entidades responsables; evaluar el estado actual del proceso de inscripción y entrega de dichas escrituras; determinar las causas de cualquier retraso o incumplimiento; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Bienestar Social y Adultos Mayores realizar una investigación sobre la disponibilidad de especialistas en geriatría en Puerto Rico para atender la población de adultos mayores de la Isla; recomendar las acciones legislativas y administrativas que deban adoptarse; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Recreación y Deportes de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación abarcadora sobre el manejo, estatus y proceso de desembolso de fondos según lo presupuestado en la Resolución Conjunta 36-2026 a las Regiones del Béisbol Clase A; auscultar la posibilidad de allegar fondos adicionales para el cumplimiento de las obligaciones en los diferentes torneos de esta liga, e identificar posibles fuentes para nuevos recursos; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Gobierno realizar una investigación exhaustiva en torno al contrato entre el Gobierno de Puerto Rico y el certamen de Miss Universo, sus cláusulas y condiciones, el proceso de desembolso de fondos públicos. Así como toda evidencia requerida u obtenida por parte del Departamento de Finanzas de la Compañía de Turismo en torno a la inversión por parte de la compañía de Miss Universo internacional y el desembolso por parte del Gobierno de Puerto Rico, así como todo lo relacionado con esta contratación y el certamen ha concretarse en Puerto Rico en noviembre del año en curso; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos de la Juventud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el impacto de la implementación de la Ley Núm. 84-2021, según enmendada, conocida como “Ley de Política Pública de Puerto Rico para Combatir la Pobreza Infantil y la Desigualdad Social”; las iniciativas llevadas a cabo por la “Comisión para Combatir la Pobreza Infantil y la Desigualdad Social en Puerto Rico”; los esfuerzos del Departamento de la Familia para reducir la tasa de pobreza de menores de edad y sus familias; y para otros fines relacionados.os.
Para ordenar a la Comisión de Recursos Naturales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación sobre los incendios ocurridos durante los meses de agosto y septiembre de 2026 en el Jardín Botánico de la Universidad de Puerto Rico, en Río Piedras; sus causas; la respuesta de las entidades concernidas; los efectos sobre las comunidades y los recursos naturales; los protocolos de prevención, seguridad y comunicación; la suficiencia del personal y los recursos asignados; y los planes de restauración y prevención; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Recreación y Deportes de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la situación administrativa, fiscal, operacional y deportiva del Béisbol Clase A Elfrén Bernier; evaluar las necesidades particulares de sus regiones y equipos; examinar los mecanismos utilizados para asignar, distribuir, administrar y fiscalizar fondos públicos destinados al torneo, sus regiones y equipos; identificar alternativas dirigidas a garantizar su estabilidad, fortalecimiento y desarrollo a largo plazo; y para otros fines relacionados.
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por virtud de la Ley Núm. 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar conforme a las disposiciones de la ley y reglamento, la transferencia mediante compraventa por el valor nominal de un dólar ($1.00) al Municipio de San Germán de la titularidad del inmueble ubicado en la Carretera 348 Km. Hm. 9.1, Barrio Rosario, Municipio de San Germán, identificado y marcado por el Centro de Recaudaciones de Ingresos Municipales (CRIM) con los dígitos 260-068-001-21 como registro catastral; con el propósito de llevar a efecto un proyecto de desarrollo de agencias municipales que prestan primeros auxilios y servicios sociales esenciales; igualmente, la implantación de un plan estratégico, conjunto el cuerpo policiaco municipal, para proteger a las personas y a la propiedad, mantener y conservar el orden público y, dentro de la esfera de sus atribuciones, compeler obediencia a las leyes y ordenanzas municipales, y reglamentos que conforme a estas se promulguen.
Para ordenarle al Departamento de Transportación y Obras Públicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico realizar una investigación abarcadora sobre las posibles maneras para mitigar la vulnerabilidad que enfrenta la Carretera PR-187 a causa de las marejadas y otros fenómenos meteorológicos; sobre la posibilidad de mover esta carretera hacia el sur de su actual localización en los tramos en que sea posible; y para otros fines relacionados.
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por virtud de la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar conforme a las disposiciones de la Ley y el reglamento, la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico contemplado en dicha Ley, al Municipio de Juana Díaz de las instalaciones de la antigua Escuela Juanita Rivera localizada en dicho municipio y para otros fines relacionados.
Para ordenar al Departamento de Recursos Naturales y Asuntos Ambientales, en conjunto a la Oficina de Gerencia y Presupuesto, realizar los trámites administrativos necesarios y pertinentes para conseguir los fondos estatales y federales para preservar los recursos naturales en el Rio Herrera, promover su conservación, limpieza y libre salida al mar; y para otros fines relacionados.
Para reasignar a la Oficina de Obras Públicas del Municipio de Bayamón, la cantidad setenta y cuatro mil dólares ($74,000), provenientes de la R.C. Núm. 18-2005, Sección 1, cinco mil dólares ($5,000); R.C. Núm. 108-2009, Sección 1, Inciso d cuatro mil doscientos dólares ($4,200); R.C. Núm. 153-2009, Sección 1, Apartado A, mil setecientos dólares ($1,700); R.C. Núm. 233-2009, Sección 1, Apartado A, mil dólares ($1,000); R.C. Núm. 140-2010, Sección 1, cuatro mil dólares ($4,000); R.C. Núm. 145-2011, Sección 1, Apartado A, Inciso 2, mil seiscientos dólares ($1,600); R.C. Núm. 6-2012, Sección 1, Apartado 18, once mil quinientos dólares ($11,500); R.C. Núm. 91-2012, Sección 1, Apartado B, Inciso 17, Sub Inciso 9, quince mil dólares ($15,000); R.C. Núm. 161-2012, Sección 1, Apartado A, Inciso 2, mil dólares ($1,000); R.C. Núm. 187-2012, Sección 1, Apartado A, Inciso 3, dos mil dólares ($2,000); R.C. Núm. 18-2017, Sección 1, Apartado 16, Incisos c y d veintisiete mil dólares ($27,000); para ser utilizados según se desglosa en la Sección 1 de esta Resolución Conjunta; y para autorizar el pago de los fondos reasignados.
Para ordenar al Departamento de Recreación y Deportes (DRD) la liberación de las condiciones restrictivas de uso y la autorización para la enajenación de la Finca Número 11,305, ubicada en el Barrio Padilla del Municipio de Corozal, la cual fue cedida originalmente al amparo de la Ley Núm. 120-2001; y para otros fines relacionados.
Para denominar la cancha de la Escuela Francisco Roque Muñoz en Naranjito, Puerto Rico, con el nombre de José Corretjer, en reconocimiento a su invaluable legado y contribuciones a la comunidad y el desarrollo deportivo; y para otros fines.
Para designar la Carretera Estatal PR-5538, del municipio de Santa Isabel, con el nombre de Don Víctor Zayas Pedrogo, en reconocimiento a la extraordinaria trayectoria deportiva, legado histórico y aportaciones al orgullo e identidad del Pueblo de Santa Isabel y de Puerto Rico; disponer para la rotulación correspondiente; y para otros fines relacionados
Para ordenar al Departamento de Hacienda, a dar aplicación retroactiva a las enmiendas introducidas por la Ley Núm. 67-2025 a la Ley Núm. 60-2019, según enmendada; ordenar la presentación de un informe detallado sobre la cantidad de agricultores que durante el periodo entre 2019 y 2025, recibieron la Certificación de Agricultor Bona Fide expedida por el Secretario de Agricultura y para otros fines relacionados.
Para designar la Carretera Estatal PR- 301 dentro de la jurisdicción del Municipio de Cabo Rojo, con el nombre de Perza Rodríguez Quiñonez, en honor a su destacada trayectoria de servicio público como exalcaldesa del Municipio de Cabo Rojo, destacando su liderato, su compromiso con el desarrollo integral de su pueblo y su legado histórico como la primera mujer negra en ocupar dicho cargo; autorizar la instalación de los rótulos; ordenar el pareo de fondos; y para otros fines relacionados.
Para ordenar al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales enmendar el Reglamento Núm. 4860, “Reglamento para el Aprovechamiento, Vigilancia, Conservación y Administración de las Aguas Territoriales, los Terrenos Sumergidos bajo estas y la Zona Marítimo-Terrestre,” a los fines de establecer que las concesiones otorgadas a industrias turísticas se mantengan vigentes o que se expida una autorización provisional, mientras el Departamento evalúa una solicitud de renovación oportunamente presentada; ordenar la tramitación de dicha enmienda conforme a la Ley 38-2017, según enmendada; requerir un informe a la Asamblea Legislativa; y para otros fines relacionados.
Para solicitarle al Congreso de los Estados Unidos la aprobación de legislación federal que establezca salvaguardas vinculantes sobre el desarrollo y uso de sistemas de inteligencia artificial, incluyendo evaluaciones independientes previas al lanzamiento de nuevos modelos, deberes de transparencia y notificación de incidentes, 6 capacidad comprobada de suspensión o apagado, protección efectiva a denunciantes de la industria, un régimen claro de responsabilidad civil y supervisión particular sobre agentes autónomos; así como para exigir que Puerto Rico y los demás territorios sean incluidos expresamente en toda iniciativa congresional sobre la materia; y para otros fines relacionados.
Para expresar el reclamo formal de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico al Congreso de los Estados Unidos para que revise y enmiende la Ley Pública 114-187, conocida como “Puerto Rico Oversight, Management, and Economic Stability Act” o “PROMESA”, a los fines de acelerar y completar la terminación de la Junta de Supervisión y Administración Financiera para Puerto Rico mediante un Plan Federal de Terminación con criterios objetivos, fechas, métricas, validación independiente y una fase obligatoria de reducción progresiva de funciones y costos; requerir determinaciones oportunas sobre el cumplimiento de los requisitos de la Sección 209, incluyendo el tratamiento de los Años Fiscales 2026 y 2027; establecer una fecha objetivo de terminación y mecanismos que impidan la continuación indefinida de la supervisión; disponer una transición ordenada para cualquier asunto residual bajo PROMESA; solicitar que, de determinarse necesaria la permanencia de la Junta durante cualquier período adicional, sus gastos sean sufragados con fondos federales y no con recursos del erario de Puerto Rico; requerir rendición final de cuentas, devolución de balances territoriales no comprometidos y transferencia de conocimientos, datos y herramientas fiscales; reafirmar el compromiso de Puerto Rico con la responsabilidad fiscal, la transparencia presupuestaria y el acceso responsable a los mercados de capital; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Turismo y Recursos Naturales y Ambientales del Senado de Puerto Rico, a realizar una investigación sobre proyectos de mitigación de erosión costera que se encuentran en proceso de asignación de fondos o con fondos obligados, según se desprende de la información que provee la Oficina Central de Recuperación, Reconstrucción y Resiliencia, comúnmente conocida como COR3, o cualquier otra entidad del Gobierno de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico, realizar un estudio general sobre las disposiciones que rigen localmente en cuanto a la promoción comercial por medio de sorteos y constatar el cumplimiento de los niveles mínimos de divulgación, difusión y publicación aplicables a los promotores de tales actividades, de conformidad con lo establecido en el Capítulo VIII del Reglamento Núm. 9158 de 6 de febrero de 2020, conocido como “Reglamento de Prácticas Comerciales”, del Departamento de Asuntos del Consumidor; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Gobierno; y a la Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre el estado de las estructuras que componen la antigua Escuela Luis Muñoz Marín, las cuales formaban parte de la Escuela Superior Ocupacional y Técnica de Yauco; las razones por las cuales, a más de seis (6) años de los terremotos de 2020, dichas estructuras no han sido demolidas o restauradas; el estado de los fondos estatales y federales destinados a su reconstrucción; el impacto que esta situación ha tenido sobre la comunidad escolar; y las acciones necesarias para garantizar instalaciones seguras, adecuadas y permanentes para dicha institución educativa.
Para ordenar a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico realizar un investigación exhaustiva sobre el proceso de solicitud y renovación de la certificación del Programa de Asistencia Nutricional (conocido como “PAN” por su siglas en inglés) y la Asistencia Temporal para las Familias Necesitadas (conocido como “TANF” por sus siglas en inglés); evaluar la efectividad de cada programa, el periodo de tiempo que toma concretar cada solicitud y la renovación de los beneficios, la cantidad de personas que se benefician de los mismos; así como la cantidad de personal y recursos humanos con los que cuenta la Administración de Desarrollo Socioeconómico de la Familia (ADSEF); y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Turismo, Recursos Naturales y Ambientales a realizar una investigación sobre en qué etapa se encuentran o cuáles han sido los resultados de los contratos de gestión extendidos en el 2024 de las zonas recreativas del Balneario de Punta Salinas y del Parque Nacional Isla de Cabras, suscritos entre el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) y el Municipio de Toa Baja, en cuanto a infraestructura, seguridad y vigilancia de dichas zonas; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el impacto que pudiera tener la conexión de aproximadamente cuatrocientas (400) viviendas del área de Las Gabias, en el Municipio de Santa Isabel, al sistema de agua potable que sirve a las comunidades de Las Palmas, Santa Catalina, Los Llanos y sectores aledaños del Municipio Autónomo de Coamo; evaluar la capacidad de la infraestructura existente para atender la demanda adicional que representaría dicha conexión; examinar los estudios, análisis y evaluaciones técnicas realizadas por la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados; evaluar las alternativas disponibles para atender la demanda de las nuevas unidades residenciales; y para otros fines relacionados.
Para honrar la vida, legado y servicio del Corporal Ángel Luis Vega Feliciano, veterano de la Guerra de Corea del Ejército de Estados Unidos, hijo de Maricao, Puerto Rico, por su valor, sacrificio y compromiso con la libertad, y para expresar el profundo reconocimiento del Senado de Puerto Rico a su memoria, a su familia y a su ejemplar trayectoria.
Para ordenar a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional e Impedimentos del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la implementación, funcionamiento y efectividad de la Ley 61-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Adopción de Puerto Rico”; evaluar los procedimientos utilizados para identificar, registrar y ubicar a los menores que se encuentran disponibles para adopción; examinar las circunstancias, barreras administrativas, legales, sociales o institucionales que puedan estar dilatando o impidiendo la culminación de los procesos de adopción; analizar las estrategias utilizadas por el Gobierno de Puerto Rico para orientar a las personas interesadas en adoptar y promover las distintas alternativas de adopción disponibles; identificar posibles medidas dirigidas a agilizar, facilitar y fortalecer dichos procesos, salvaguardando en todo momento el bienestar y el mejor interés de los menores; y para otros fines relacionados.
“Para enmendar la Sección 2 de la R. del S. 509, según aprobada el 1 de junio de 2026, a los fines de extender el término de tiempo de la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico, para rendir su informe final; y para otros fines relacionados.”
Para ordenar a la Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva acerca del curso del proceso electoral en las escuelas públicas de nivel superior; y para otros fines relacionados.
Para extender el reconocimiento del Senado de Puerto Rico a todos los residentes del Municipio Autónomo de Vega Baja con motivo de la conmemoración de los doscientos cincuenta (250) años de su fundación, celebración que honra la gesta, el esfuerzo y el legado de las generaciones que forjaron su desarrollo; reafirma el valor de su historia, sus tradiciones y aportaciones al País; y renueva la esperanza en un futuro de progreso, bienestar y fortalecimiento comunitario para las generaciones presentes y venideras.