Qué se movió cada día en la Legislatura. Toca un día para ver qué le pasó a cada medida. Los filtros te dejan seguir un solo tipo de trámite, como el Calendario de Órdenes Especiales, que es la antesala de una votación.
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29+12 más
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Lcda. Carolina Medina de Gracia como Fiscal Auxiliar I del Departamento de Justicia.
Lcdo. Derick Rivera Muñiz como Fiscal Auxiliar I del Departamento de Justicia.
Lcda. Gina Patricia Díaz Ortiz como Fiscal Auxiliar I del Departamento de Justicia.
Lcda. Natalie M. Martínez Muñiz como Fiscal Auxiliar I del Departamento de Justicia.
Lcda. Yamilza Mabel Vázquez Cuevas para un ascenso como Fiscal Auxiliar II del Departamento de Justicia.
Lcda. Maylén Colón Cabán para un ascenso como Fiscal Auxiliar II del Departamento de Justicia.
Lcda. Wandie Camacho Santiago como Procuradora de Asuntos de Menores del Departamento de Justicia.
Sra. Vanessa del Moral Rosario como Miembro de la Junta de Gobierno de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado.
Para enmendar los Artículos 1.008, 1.010 y 2.003 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como el “Código Municipal de Puerto Rico”, a los fines de facultar a los municipios para delegar la administración y operación de sus unidades administrativas a entidades privadas mediante el modelo de Alianzas Público Privadas; autorizar la adopción de sistemas de gestión de la empresa privada; y para otros fines relacionados.
Para añadir el inciso (gg) al Artículo 6 de la Ley Núm. 5 de 23 de abril de 1973, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Asuntos del Consumidor”, a los fines de ordenar al secretario del DACO crear la Unidad para la Detección de Esquemas Fraudulentos contra los Consumidores; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 18 de la Ley 42-2017, según enmendada, conocida como la “Ley para la Implantación del Plan para la Reorganización de la Industria del Cannabis Medicinal de Puerto Rico” a los fines de atemperar las regulaciones bancarias para con los negocios relacionados al cannabis medicinal a la de las demás jurisdicciones de los Estados Unidos y al gobierno federal; y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley para la Colaboración Municipal en la Instalación, Reparación, Mantenimiento y Modernización del Sistema de Alumbrado Público”; establecer la política pública en torno a la instalación, reparación, mantenimiento y modernización del alumbrado público; establecer el marco regulatorio para los Acuerdos de Colaboración entre los municipios y el operador del sistema eléctrico; establecer las responsabilidades y deberes de las entidades concernidas; y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley para la Protección de los Consumidores de Plataformas de Ventas en Línea o Marketplace”, a los fines de adoptar normas que promuevan la transparencia en las ventas en línea; requerir información que provea garantías de confiabilidad al consumidor; conferir autoridad al Departamento de Asuntos del Consumidor y al Departamento de Hacienda para adoptar la reglamentación correspondiente; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el inciso (b) del Artículo 19 de la Ley Núm. 5 de 30 de diciembre de 1986, según enmendada, conocida como Ley Orgánica de la Administración para el Sustento de Menores, a los fines de limitar la retroactividad de los pagos de pensión alimentaria y de aumentos en las mismas a un máximo de seis (6) meses contados desde la fecha de la radicación de la petición; establecer una excepción que permita al tribunal o al Juez Administrativo, según sea el caso, extender el periodo de retroactividad hasta un máximo de doce (12) meses cuando la parte peticionaria demuestre, por preponderancia de la prueba, la existencia de una necesidad extraordinaria; ordenar a la Administración para el Sustento de Menores la adopción de la reglamentación y los formularios necesarios para dar cumplimiento a esta Ley; y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley de Apoyo Financiero Permanente a la Red Nacional de Albergues de Violencia de Género”, con el propósito de proveer para una asignación mínima de fondos recurrentes y permanentes, para que estos puedan ofrecer, ininterrumpidamente, sus servicios a sobrevivientes de violencia de género, según corresponda; y para otros fines relacionados.
Para establecer, con carácter transitorio y por un término improrrogable de cinco (5) años, un procedimiento especial de segregación de terrenos a favor de aquellos titulares que acrediten poseer evidencia fehaciente de titularidad con fecha anterior al 21 de agosto de 1999, respecto de fincas ubicadas total o parcialmente dentro de la delimitación de la zona cársica establecida al amparo de la Ley Núm. 292 de 21 de agosto de 1999, según enmendada, conocida como "Ley para la Protección y Conservación de la Fisiografía Cársica de Puerto Rico"; fijar los requisitos probatorios, el procedimiento administrativo conjunto ante el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, la Junta de Planificación y la Oficina de Gerencia de Permisos; ordenar la constitución de servidumbres de conservación obligatorias; disponer sobre la inscripción registral conforme a la Ley Núm. 210-2015; fijar prohibiciones absolutas, penalidades y salvaguardas constitucionales; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 3; inciso (m) a los fines de aumentar la cubierta del seguro de responsabilidad obligatorio de cuatro mil quinientos (4,500) dólares a seis mil (6,000) dólares por accidente y la cubierta mínima tres mil quinientos dólares $3,500) a cuatro mil quinientos dólares ($4,500), y para otros fines relacionados.
Para añadir un nuevo subinciso 69 al inciso (b) del Artículo 2.04 de la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, a los fines de disponer para que el Secretario del Departamento de Educación establezca en el currículo del nivel superior, un curso compulsorio de educación vial de un semestre como requisito de graduación de dicho nivel; derogar la Ley 209 de 25 de agosto de 2000, según enmendada, conocida como “Ley para Establecer en el Currículo de las Escuelas Superiores Públicas un Curso Compulsorio de Seguridad en el Tránsito”; y para otros fines relacionados.
Para enmendar la Ley Núm. 25 de 23 de abril de 1927, mejor conocida como “Ley de Picas”, a los fines de eliminar la limitación de que las picas se realicen sólo en fiestas patronales y culturales para estimular la economía de los municipios; eliminar la restricción de quince (15) días por año natural como período máximo de utilización de picas en estas fiestas; autorizar a las Legislaturas Municipales a regular el término y lugar en actividades autorizadas por los gobiernos municipales; y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley para garantizar los servicios de cuidados paliativos y de hospicio para el manejo integral de pacientes con enfermedades amenazantes a la vida”.
Para enmendar el Artículo 3, así como añadir un nuevo Artículo 9, renumerando los actuales Artículos 9 y 10 como Artículos 10 y 11 respectivamente, de la Ley 8-2024, conocida como “Ley del Plan de Prevención, Acción y Mitigación de Incidentes de Tiradores Activos para las Instalaciones Públicas y Docentes de Puerto Rico”, a los fines de ordenar expresamente que dicho plan se implemente de manera obligatoria en todos los departamentos, agencias, corporaciones e instituciones públicas en Puerto Rico estableciendo a su vez, que se aprobará o atemperará la reglamentación, órdenes, directrices y protocolos necesarios conforme al plan en un término no mayor de sesenta (60) días desde la aprobación de esta Ley, así como ordenar se establezcan los acuerdos pertinentes con los municipios del país e instituciones privadas para la adopción del mismo; y para otros fines relacionados
Para enmendar las Secciones 1, 2 y 3 de la Ley Núm. 1 de 17 de febrero de 1970, con el fin de aclarar el alcance y contenido del curso sobre relaciones obrero-patronales ofrecido por el Departamento de Educación; y para decretar otras disposiciones complementarias.
Para enmendar la Sección 2091.01 de la Ley 60-2019, según enmendada, conocida como “Código de Incentivos de Puerto Rico”, a los fines de eliminar el requisito de pauta, distribución o exhibición comercial al público en general fuera de Puerto Rico para los proyectos fílmicos que comprendan series en episodios, mini series, y programas de televisión de naturaleza similar, incluyendo pilotos y aquellos producidos para distribución digital y para proyectos de televisión, incluyendo pero sin limitarlo a programas de tele-realidad, conocidos en inglés como “reality shows”, de entrevistas, noticiosos, programas de juegos, entretenimiento, comedia y aquellos dirigidos a niños y de variedad, y para otros fines relacionados.
Para establecer la “Ley para Controlar la Amenaza Porcina a Nuestros Agricultores”, con el objetivo de ordenarle al Secretario del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales que de manera excepcional autorice la caza de cerdos salvajes a todo agricultor que así se vea afectado por la presencia de éstos en sus fincas, mediante la otorgación de un permiso especial de caza no deportiva para control poblacional, según dispone el Artículo 16 (a) de la Ley Núm. 241-1999, según enmendada, mejor conocida como la “Nueva Ley de Vida Silvestre de Puerto Rico”; enmendar el Reglamento número 6765, Para Regir la Conservación y el Manejo de la Vida Silvestre, las Especies Exóticas y la Caza en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico con el fin de añadir al cerdo salvaje en el Apéndice número 2: Animales y Plantas Invasoras (Dañinos), en aras de proteger y salvaguardar la sostenibilidad alimentaria de nuestra Isla; facultar también al Secretario consultar y recibir el apoyo del Departamento de Agricultura y/o cualquiera otra entidad gubernamental, tanto a nivel federal como estatal; coordinar con el Departamento de Agricultura todo lo referente al manejo y disposición de los cerdos una vez cazados y para otros fines.
Para crear la “Ley de Protección del Espacio Aéreo y Uso de Aeronaves No Tripuladas sobre Instalaciones de Seguridad del Gobierno de Puerto Rico”; a los fines de restringir el uso de aeronaves no tripuladas, conocidas como “drones” en los espacios aéreos de instalaciones públicas que lleven a cabo operaciones de seguridad; establecer penalidades; crear un Fondo Especial adscrito al Negociado de la Policía de Puerto Rico; establecer sus usos; y para otros fines relacionados.
Ley para la Evaluación de Portación de Armas en Casos de Internación Psiquiátrica.
Para crear la “Ley para asegurar los servicios médicos en Puerto Rico” a los fines de establecer el “número provisional de proveedor”, disponiendo que las aseguradoras de planes médicos estarán obligadas a utilizar de manera transitoria dicho número, asignado por Medicare a los nuevos médicos que soliciten ejercer la profesión en Puerto Rico, mientras culmina el proceso de otorgamiento de su número de proveedor permanente; y para otros fines relacionados.
Para añadir un inciso 24 al Artículo 10 de la Ley 151-2004, según enmendada, conocida como "Ley de Gobierno Electrónico", a los fines de establecer en el portal electrónico principal del Gobierno de Puerto Rico un enlace que permita el acceso al portal del Registro de Personas Convictas por Delitos Sexuales y Abuso Contra Menores, y para otros fines relacionados.
Para declarar el tercer domingo de febrero de cada año coma el "Día del Sombrero".
Para establecer el “Mes de la Seguridad Acuática” en Puerto Rico, y designar el “Día del Guardavidas”, así como ordenar la colaboración municipal y de las agencias gubernamentales con fines de prevención, educación y seguridad acuática.
Para establecer la “Ley de Concienciación sobre el Síndrome XYY”; disponer la política pública del Gobierno de Puerto Rico respecto a la importancia de la detección temprana y el manejo adecuado de los pacientes; asignar responsabilidades al Departamento de Salud y al Departamento de Educación sobre educación continua; disponer la obligación de establecer reglamentación que promueva la inclusión del tema en los programas académicos de las ramas de la medicina, profesiones de la salud y educación; desarrollar o implementar guías médicas y educativas sobre su diagnóstico, tratamiento y manejo; promover investigaciones sobre sus causas, tratamientos y comorbilidades; declarar el mes de octubre como el “Mes de la Concienciación sobre el Síndrome XYY”; ordenar al Departamento de Salud y al Departamento de Educación promover actividades educativas dirigidas a estudiantes, profesionales de la salud y educadores en conmemoración de este mes; y para otros fines relacionados.
Para añadir un nuevo inciso (11) al Artículo 9 de la Ley 430-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Navegación y Seguridad Acuática de Puerto Rico”, a los fines de facultar al Secretario del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales a extender, de manera temporera, la vigencia del marbete o autorización de navegación de embarcaciones documentadas por el Gobierno Federal, en aquellos casos en que las agencias federales competentes no puedan emitir o renovar los certificados requeridos por razones ajenas al control del propietario; y para otros fines relacionados.
Para establecer la "Ley Habilitadora para Implementar el Plan de Alerta AZUL'', en Puerto Rico, a los fines de contar con un mecanismo que facilite la búsqueda y captura de sospechosos de amenazar, gravemente herir o matar a policías, polidas municipales o Agentes del Negociado de Investigaciones Especiales en el cumplimiento de su deber o que también facilite la búsqueda y recuperación de aquellos oficiales mencionados desaparecidos en conexión con sus deberes oficiales; establecer las facultades y deberes de las entidades gubernamentales; y añadir un nuevo inciso (y), reenumerar los actuales incisos (y) a (11) como los nuevos incisos (z) a (mm) del Artículo 2 y enmendar el inciso (1) del Artículo 5 de la Ley 83-2025, según enmendada, mejor conocida como "Ley de la Policía de Puerto Rico", a los fines de atemperarla con lo aquí dispuesto; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los Artículos 2, 7, 9 y 10 de la Ley 151-2004, según enmendada, conocida como “Ley de Gobierno Electrónico”, a los fines de disponer que toda la información que deba publicarse en los portales de Internet de las agencias gubernamentales, conforme a las disposiciones de dicha Ley, esté disponible en los idiomas español e inglés; y para otros fines relacionados.
Para añadir un inciso (y) al Artículo 3; añadir un nuevo Artículo 19-A, a la Ley 8-2004, según enmendada, conocida como "Ley Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes", a los fines de crear el Cuerpo de Inspectores Voluntarios del Departamento de Recreación y Deportes; establecer sus funciones, facultades y deberes; y para otros fines relacionados.
Para establecer guías para la implementación de licencias flexibles post-parto en el sector privado; promover opciones adaptables que incluyan trabajo remoto, horarios flexibles y extensiones parciales de licencia para apoyar a las nuevas madres y familias sin costos adicionales al erario; requerir su adopción obligatoria en empresas con 15 empleados o más, mientras que sea voluntaria para empresas con menos de 15 empleados; fomentar el aumento en las tasas de natalidad en Puerto Rico mediante políticas familiares equilibradas; y para otros fines relacionados.
Para establecer una tarifa supletoria aplicable al pago de boletos de estacionamiento en instituciones hospitalarias para acompañantes de pacientes con hospitalización prolongada; definir hospitalización prolongada como estancias de siete (7) días consecutivos o más; ordenar al Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) la supervisión y regulación de su implementación; y para otros fines relacionados.
Para añadir un nuevo inciso (dd) al Artículo 5 de la Ley 83-2025, según enmendada, conocida como la “Ley de la Policía de Puerto Rico”, a los fines de requerir el desarrollo e implementación de campañas educativas sobre las consecuencias legales de las denuncias falsas, incluyendo aquellas realizadas mediante inteligencia artificial; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los Artículos 2, 3 y 4 de la Ley. Núm. 134 de 28 de junio de 1969, según enmendada, conocida como la “Ley de Explosivos de Puerto Rico” a los fines de ampliar la definición del término “explosivo o explosivos”; establecer como requisito obligatorio la aprobación de un curso de manejo y uso para la solicitud y otorgación de permisos; renumerar incisos; y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley de Regulación de la Pirotecnia para el Orden, Tranquilidad, Entorno, Garantía y Empatía en Puerto Rico o Ley PROTEGE”, a los fines de prohibir la tenencia, uso, fabricación, importación, venta, ofrecimiento, entrega o distribución de todo artificio o producto de pirotecnia; establecer penalidades y responsabilidad civil; disponer sobre la incautación y decomiso; disponer sobre el destino de los fondos recaudados en concepto de multas; ordenar el establecimiento de campañas de concientización; autorizar para la reglamentación a los fines de la implementación de esta ley; derogar la Ley Núm. 83 de 25 de junio de 1963, según enmendada, conocida como “Ley de Pirotecnia de Puerto Rico ”; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 41.050 de la Ley Núm. 77 de 19 de junio de 1957, según enmendada, conocida como “Código de Seguros de Puerto Rico”, a los fines de extender los límites de responsabilidad civil por impericia médico-hospitalaria a los que está sujeto el Gobierno de Puerto Rico, al Doctors’ Center Hospital San Fernando de la Carolina y a cualquier otro hospital cuyo dueño sea un municipio o el Gobierno de Puerto Rico, sus dependencias o instrumentalidades, independientemente de que dichos hospitales sean operados o administrados por una institución privada; y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley para la Operación, Administración y Modernización del Sistema de Refugios de Emergencia de Puerto Rico”, a los fines de establecer un marco legal uniforme para la planificación, activación, operación y cierre de refugios de emergencia; definir responsabilidades interagenciales; establecer estándares mínimos de funcionamiento; crear un sistema integrado de información para la gestión de refugios; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 27 de la Ley 355-1999, según enmendada, conocida como “Ley Uniforme de Rótulos y Anuncios de Puerto Rico de 1999” a los efectos de disponer que cuando se activen la publicación de alertas de emergencia, las mismas permanecerán anunciándose por un mínimo de setenta y dos (72) horas; y para otros fines relacionados.
Para añadir un nuevo inciso (c) al Artículo 3, y añadir un nuevo Artículo 6-A, a la Ley 364-2000, según enmendada, conocida como "Ley de Agendas de lnformes de Crédito"; y añadir los incisos (14) y (15) al Artículo 17 de la Ley Num. 143 de 27 de junio de 1968, según enmendada, conocida como "Ley de Agendas de Cobros"; con el propósito de prohibir la práctica de reportar a las agendas de crédito informadón de los consumidores relacionadas a deudas por gastos médicos; y para otros fines relacionados.
Para autorizar la congelación del excedente sobre la cantidad recaudada durante el AF 2020-2021 por virtud de la contribución sobre la propiedad del 1.03%, y que el exceso relacionado a ese año, cual se conocerá como año base, será distribuido a los municipios de conformidad se establece la Ley Núm. 53-2021, según enmendada, conocida como “Ley para Ponerle Fin a la Quiebra de Puerto Rico”; y para otros fines relacionados.
Para enmendar la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico” en sus Artículos 2.035; 2.036 (i) y añadir un inciso (o); 2.038; 2.040 (e)(1); a los fines de realizar varias enmiendas técnicas y aclarar ciertas disposiciones sobre los procesos de adquisición de equipos, suministros y servicios para la ejecución más efectiva de sus deberes y para que continúen ofreciendo los servicios de primera necesidad a los ciudadanos; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 18 de la Ley Núm. 5 de 23 de abril de 1973, según enmendada, conocida como la “Ley Orgánica del Departamento de Asuntos del Consumidor”, a fin de establecer un sistema de clasificación de infracciones leves, moderadas y graves; implantar un régimen de reincidencia; disponer las consecuencias jurídicas correspondientes a cada modalidad de infracción; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los Artículos 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13 y 15 de la Ley Núm. 228 de 12 de mayo de 1942, según enmendada, conocida como la “Ley Insular de Suministros”, y añadir un Artículo 15-A a la referida Ley, a fin de designar al Departamento de Asuntos del Consumidor como la agencia responsable de su administración, establecer una plataforma electrónica oficial para la radicación, custodia e inspección de la información requerida, y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 18 de la Ley Núm. 103-2006, según enmendada, conocida como "Ley para la Reforma Fiscal del Gobierno de Puerto Rico", para que en aquellos casos en que las agendas, corporaciones públicas o instrumentalidades determinen llevar a cabo campañas publicitarias televisivas, deberán invertir al menos cinco por ciento (5%) de las partidas asignadas a estos fines contratando los servicios de la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el título, el inciso (a) y el inciso (c)(2) de la Sección 4030.20 de la Ley Núm. 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico”, a fin de incluir las computadoras, computadoras portátiles y tabletas entre los materiales escolares exentos del pago del Impuesto sobre Ventas y Uso durante el periodo dispuesto en el inciso (b) de dicha Sección; y realizar correcciones gramaticales y de estilo.
Para enmendar los apartados (d)(6) y (g)(2)(C) de la Sección 1081.02 de la Ley Núm. 1 de 31 de enero de 2011, según enmendada, conocida como el “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico”, a los fines de modificar la definición aplicable al retiro de fondos de cuentas de retiro individual, de manera que el beneficio corresponda a la adquisición de una residencia principal y no se limite exclusivamente a la primera residencia principal, y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos del Consumidor de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre los procesos de subasta de unidades residenciales reposeídas, ofrecidas mediante plataformas digitales, los procedimientos aplicables y las salvaguardas disponibles para los consumidores en Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación sobre los pasos necesarios para crear el marco institucional y el andamiaje gubernamental mediante los cuales se facilite y se promueva proactivamente la instalación de paneles solares para la generación de energía fotovoltaica en estacionamientos públicos y privados, techos comerciales e industriales y otras áreas construidas o impactadas en todo Puerto Rico.
Para ordenar a las comisiones de Desarrollo Económico; y de Recursos Naturales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre la viabilidad, conveniencia y necesidad de establecer en Puerto Rico sistemas para la generación de energía eléctrica que utilicen la energía geotérmica; analizar las nuevas tecnologías aplicables a su diseño y operación; evaluar sus características de seguridad y examinar las tecnologías existentes en Puerto Rico relacionadas con este tipo de generación energética; y para otros fines relacionados.
Para enmendar la Sección 4 de la R. de la C. 313, a los fines de extender el término de tiempo de la Comisión de Asuntos Federales y Veteranos; y de la Comisión de la Región Sur de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, para rendir su informe final; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre los requisitos que se exigen a los ciudadanos al momento de renovar su licencia de conducir, si están o no en cumplimiento con los procedimientos establecidos en el Departamento de Transportación y Obras Públicas; y para otros fines relacionados.
Para enmendar la Sección 2 de la R. de la C. 201, aprobada el 11 de septiembre de 2025, a los fines de extender hasta que culmine la Vigésima Asamblea Legislativa, el término concedido a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, para rendir su informe final; y para otros fines relacionados.
Para ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), en coordinación con el Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS), que realicen la programación necesaria, para que se pueda adjuntar una certificación de validación de dirección a través de la aplicación de CESCO Digital, cuando la persona a renovar su licencia resida en la residencia de sus padres o de algún familiar y no tiene alguna evidencia de dirección a su nombre; y para otros fines relacionados.
Para designar con el nombre de Rafael E. Santiago Ocasio, el cuartel del Negociado de la Policía del Precinto de Mameyes, ubicado en el Municipio de Utuado.
Para ordenar al Departamento de Agricultura la liberación de las condiciones y restricciones sobre la finca compuesta por las Parcelas Número 4, 4-A, 4-B y 4-C del Proyecto Pezuela, ubicada en el Barrio Pezuela del Municipio de Lares, perteneciente a Don Juan Antonio Sánchez Ramos y Doña Elba Elsie Galarza Casanova, hoy Sucesión de Juan Sánchez Galarza, impuestas bajo el Artículo 79-C de la Ley Núm. 26 de 12 de abril de 1941, según enmendada, conocida como la Ley de Tierras de Puerto Rico, y bajo la Ley Núm. 107 de 3 de julio de 1974; autorizar la segregación del predio de terreno donde ubica la residencia principal; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Autoridad de Tierras a transferir al Departamento de la Vivienda, los terrenos donde enclavan las viviendas de los residentes del Barrio Maricao, Camino Los Adornos del Municipio de Vega Alta, específicamente aquellos dentro de la parcela identificada con número de catastro 082-000-008-67 y una vez adquirida la titularidad, segregarlos y cederlos; otorgándole títulos de propiedad a los vecinos de la antes mencionada comunidad; disponiéndose que estas personas estarán en cumplimiento del requisito de ingresos establecido en la Ley Núm. 132 de 1 de julio de 1975, mejor conocida como “Ley de Viviendas Enclavadas en Terrenos Ajenos”, según enmendada.
Para ordenar al Departamento de Agricultura la liberación de las condiciones y restricciones sobre la finca compuesta por el Solar Número 2-A del Proyecto Arenas, ubicada en el Barrio Arenas del Municipio de Utuado, perteneciente a Don Norberto González Vega y Doña Ángela Santiago González, hoy Sucesión de Ángela Santiago González, impuestas bajo el Artículo 79-C de la Ley Núm. 26 de 12 de abril de 1941, según enmendada, conocida como la Ley de Tierras de Puerto Rico, y bajo la Ley Núm. 107 de 3 de julio de 1974; autorizar la segregación del predio de terreno donde ubica la residencia principal; y para otros fines relacionados.
Para ordenar al Departamento de Agricultura la liberación de las condiciones y restricciones sobre la finca compuesta por las Parcelas Número 240-A, 240-B y 240-C del Proyecto Castañer, ubicada en el Barrio Bartolo del Municipio de Lares, perteneciente a Don Ceferino Ruiz Acevedo y Doña Isolina Pérez Torres, hoy Sucesión de Ceferino Ruiz Acevedo, impuestas bajo el Artículo 79-C de la Ley Núm. 26 de 12 de abril de 1941, según enmendada, conocida como la Ley de Tierras de Puerto Rico, y bajo la Ley Núm. 107 de 3 de julio de 1974; autorizar la segregación del predio de terreno donde ubica la residencia principal; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Autoridad de Tierras de Puerto Rico a liberar las condiciones y restricciones sobre preservación e indivisión previamente impuestas y anotadas, según dispuesto por la Ley Núm. 107 de 3 de julio de 1974, según enmendada, del predio de terreno identificado en el plano de mensura como Finca Número 6 del Proyecto Goyito, localizado en el Barrio Viví Arriba del término municipal de Utuado, Puerto Rico; ordenar a la Junta de Planificación a proceder conforme a lo establecido en la Ley para permitir y autorizar la segregación de solares; y para otros fines pertinentes.
Para ordenar a la Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico, conforme a los estatutos de la Ley Núm. 74 de 23 de junio de 1965, según enmendada, establecer e implantar los mecanismos necesarios para el funcionamiento eficiente de los sistemas de alumbrado eléctrico en las calles y carreteras que posibilitan y viabilizan el tránsito de vehículos y peatones en el Municipio de Mayagüez; igualmente, desarrollar planes de mantenimiento y provisión de servicios para garantizar la existencia y ejecución efectiva de la infraestructura que genere energía para iluminación precisa y adecuada en las vías de rodaje y caminos antes referidos.
Para ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas y a la Autoridad de Carreteras y Transportación del Estado Libre Asociado de Puerto Rico a realizar un estudio sobre la necesidad y viabilidad de realizar un ensanchamiento de carretera desde el Km. 7.6 al Km. 7.8 de la Carretera PR-670, intersección con la PR-137 del término jurisdiccional del municipio de Vega Baja; y para otros fines relacionados.
Para designar el Centro Comunal Cañabón ubicado en la carr.772 km. 07 en el municipio de Barranquitas con el nombre de Justo Ortiz Santiago, y para otros fines relacionados.
Para designar con el nombre de “Miguel A. Rodríguez Villafañe”, el Centro Educativo Tecnológico del residencial Ponce Housing ubicado en el Municipio de Ponce, Puerto Rico, para reconocer su compromiso inquebrantable con la educación y su gran dedicación a la comunidad.
Para ordenar al Departamento de Salud realizar, en colaboración con el Instituto de Estadísticas de Puerto Rico y la Escuela Graduada de Salud Pública del Recinto de Ciencias Médicas de la Universidad de Puerto Rico, un estudio de prevalencia que permita determinar la incidencia estadística de los trastornos del espectro del autismo en Puerto Rico.
Para ordenar al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio fomentar el crecimiento de la industria de espectáculos con drones o “drone ligth shows” en Puerto Rico, como industria innovadora, alternativa tecnológica y sostenible a la pirotecnia tradicional; ordenar una campaña de promoción sobre los incentivos económicos disponibles para dicha industria; promover la transición hacia eventos visuales de alta tecnología que garanticen la inclusión y el respeto a poblaciones sensibles; y para otros fines relacionados.
Para reasignar al Municipio de Aguas Buenas, la cantidad de cien mil (100,000) dólares, provenientes del Inciso e, Apartado 3 de la Resolución Conjunta Núm. 59-2014; para ser utilizados según se desglosa en la Sección 1 de esta Resolución Conjunta; para autorizar el pareo de los fondos reasignados; y para otros fines.
Para designar con el nombre de “Avenida Pedro Rafael Pierluisi Urrutia”, la totalidad de la Carretera Estatal PR-37 que discurre entre los municipios de San Juan y Carolina, en un merecido reconocimiento a este destacado servidor público que sirvió como secretario de los departamentos de Estado; y Justicia, Comisionado Residente y Gobernador de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Para ordenar al ordena Departamento de Transportación y Obras Públicas, a la Autoridad de Carreteras y Transportación, y cualquier otra agencia concerniente; incluir en sus Planes de Mejoras, como proyecto prioritario, la reconstrucción, culminación y optimización de la carretera PR-385 jurisdicción del municipio de Peñuelas, conocida como “Desvío Sur”; así como ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas, a la Autoridad de Carreteras y Transportación, y cualquier otra agencia concerniente; realizar las gestiones necesarias y pertinentes para lograr la asignación de fondos bajo los programas federales aplicables.
“Para ordenar a la Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo; y a la Comisión de Asuntos Municipales del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre las gestiones llevadas a cabo por el Departamento de Trasportación y Obras Públicas (DTOP) y la Autoridad de Carreteras y Trasportación (ACT) para atender la infraestructura vial de las siguientes carreteras estatales; PR-2, PR-459, PR-107, PR-110, PR-111 y la Carretera del Casco Urbano del Municipio de Aguadilla.”
Para ordenar a la Comisión de Ciencia, Tecnología e Inteligencia Artificial del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva a los fines de conocer los avances tecnológicos implementados por la Comisión Estatal de Elecciones, así como su proyección estratégica y tecnológica de cara a futuros eventos electorales.
Para ordenar a la Comisión de Salud del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el funcionamiento de la Subjunta Examinadora de Tecnología Veterinaria, adscrita a la Junta Examinadora de Médicos Veterinarios de Puerto Rico, incluyendo la ausencia de un reglamento actualizado y adecuado que regule sus funciones y procesos, así como el proceso de licenciamiento de profesionales que han aprobado la reválida correspondiente a tecnólogo veterinario y técnico veterinario.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos Municipales del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el funcionamiento y las labores que actualmente realiza la Oficina de Gerencia Municipal (OGM), adscrita a la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), en atención a las funciones que en su origen fueron encomendadas a la extinta Oficina del Comisionado de Asuntos Municipales (OCAM), incluyendo los servicios de asesoría legal, técnica y de capacitación a los municipios de Puerto Rico.
Para ordenar a la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la reconfiguración de plazas de peaje en expresos y autopistas de Puerto Rico a sistemas bidireccionales, incluyendo la metodología de cobro aplicada; determinar si las tarifas vigentes reflejan el cobro íntegro en ambas direcciones o una distribución proporcional del costo total por tramo; analizar comparativamente los recibos emitidos antes y después de dicha conversión; verificar el cumplimiento con los requisitos de rotulación y divulgación del tarifario vigente; y para otros fines relacionados.
Para enmendar la Sección 3 de la Resolución del Senado 261, según aprobada el 14 de octubre de 2025, que le ordena a la Comisión de Salud del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre el funcionamiento de la Subjunta Examinadora de Tecnología Veterinaria, adscrita a la Junta Examinadora de Médicos Veterinarios de Puerto Rico, incluyendo la ausencia de un reglamento actualizado y adecuado que regule sus funciones y procesos, así como el proceso de licenciamiento de profesionales que han aprobado la reválida correspondiente a tecnólogo veterinario y técnico veterinario
Para enmendar la Sección 3 de la R. del S. 133, que ordena a la Comisión de Ciencia, Tecnología e Inteligencia Artificial realizar una investigación exhaustiva a los fines de investigar y conocer los avances tecnológicos implementados por La Comisión Estatal de Elecciones, así como su proyección estratégica y tecnológica de cara a futuros eventos electorales.
Para enmendar la Sección 3 de la R. del S. 308 que ordena a la Comisión de Asuntos Municipales del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el funcionamiento y las labores que actualmente realiza la Oficina de Gerencia Municipal (OGM), adscrita a la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), en atención a las funciones que en su origen fueron encomendadas a la extinta Oficina del Comisionado de Asuntos Municipales (OCAM), incluyendo los servicios de asesoría legal, técnica y de capacitación a los municipios de Puerto Rico.
Para ordenar a la Comisión de Relaciones Federales y Viabilización del Mandato del Pueblo para la Solución del Estatus del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre la utilización, administración, cumplimiento y fiscalización de los fondos federales asignados a Puerto Rico bajo el Workforce Innovation and Opportunity Act (WIOA) y el Temporary Assistance for Needy Families (TANF), incluyendo su impacto real en el desarrollo laboral, la autosuficiencia económica de las familias y la reducción de la pobreza, la identificación de deficiencias en su manejo, ejecución y resultados; y para otros fines relacionados.
“Para ordenar a las comisiones de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional; y de lo Jurídico del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación integral sobre el impacto de la carencia de intérpretes de lenguaje de señas en el sistema de justicia de Puerto Rico, con el propósito de evaluar el acceso efectivo de las personas sordas y con impedimentos auditivos a los procedimientos judiciales y administrativos, detectar deficiencias en el cumplimiento de las normativas y leyes vigentes, y formular recomendaciones y medidas correctivas que garanticen el ejercicio pleno del derecho al debido proceso; y para otros fines relacionados.”