Qué se movió cada día en la Legislatura. Toca un día para ver qué le pasó a cada medida. Los filtros te dejan seguir un solo tipo de trámite, como el Calendario de Órdenes Especiales, que es la antesala de una votación.
En trámite
Camino a votarse
Camino a ser ley
Detenidas
Resto
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6+54 más
7+32 más
8+131 más
9+28 más
+242 más
13+13 más
14+25 más
15+126 más
16+11 más
17+138 más
20+27 más
21+13 más
22+49 más
23+21 más
+107 más
28+30 más
29+79 más
30+25 más
Hon. Leila Rolón Henrique como Miembro en Propiedad del Panel sobre el Fiscal Especial Independiente.
Licenciado Alfredo Ocasio Pérez como Comisionado de Seguros de Puerto Rico.
Hon. Olga Birriel Cardona como Miembro Alterno del Panel sobre el Fiscal Especial Independiente.
Hon. Nelida Jiménez Velázquez como Miembro en Propiedad del Panel sobre el Fiscal Especial Independiente.
Lcda. Nydza Irizarry Algarín como Secretaria del Departamento de Trabajo y Recursos Humanos
Licenciado Libardo Hernández Pérez como Juez Superior del Tribunal de Primera Instancia.
Para enmendar los Artículos 1.11 y 2.04 de la Ley 20-2017, según enmendada, conocida como “Ley del Departamento de Seguridad Pública de Puerto Rico”, a los fines de proveer para la creación de un currículo que ofrezca un adiestramiento holístico e integral sobre violencia doméstica, proporcionando herramientas útiles a los miembros del Negociado de la Policía de Puerto Rico para intervenir, interactuar, orientar y proteger a las personas víctimas de violencia doméstica; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los Artículos 1, 2, 3, 4, 5 y 9; y añadir el Artículo 2A a la Ley 248-2018, conocida como la “Carta de Derechos de las Personas Viviendo con VIH en cualquiera de sus etapas en Puerto Rico”, a los fines de sustituir conceptos que pueden ser estigmatizantes; incluir en la Ley definiciones de conceptos relevantes; clarificar el lenguaje de algunas disposiciones sobre los derechos de las personas con diagnóstico positivo a VIH; aclarar responsabilidades del Departamento de Salud; y para otros fines relacionados..
Para prohibir el uso de dispositivos electrónicos personales por parte de los estudiantes en las instituciones educativas de Puerto Rico en los grados de nivel elemental; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los Artículos 2, 7 y 13, de la Ley 271-2002, según enmendada, mejor conocida como Ley del Fideicomiso Perpetuo para las Comunidades Especiales; añadir incisos "ñ", "0” y "p" al Artículo 3.4 de la Ley 10-2017, según enmendada, mejor conocida como Ley Orgánica de la Oficina para el Desarrollo Socioeconómico y Comunitario de Puerto Rico; a los fines de conceder al Director Ejecutivo de la Oficina para el Desarrollo Socioeconómico y Comunitario de Puerto Rico la facultad de emitir certificaciones para la inscripción, así como para la transferencia de derechos o de la titularidad de inmuebles; ordenar la inscripción de la escritura constitutiva del Fideicomiso Perpetuo para las Comunidades Especiales en la Oficina de Inspección de Notarías del Tribunal Supremo de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Para enmendar la Ley Núm. 43 de 12 de mayo de 1980, según enmendada, conocida como la "Ley de la Corporación del Centro de las Bellas Artes de Puerto Rico", a fin de que sea conocida como la "Ley de la Corporación del Centro de las Bellas Artes Luis A. Ferré"; y para otros fines relacionados.
Para enmendar las Secciones 1020.07, 2071.01, 2073.06, 3040.01 y 6020.10 de la Ley Núm. 60-2019, según enmendada, conocida como el Código de Incentivos de Puerto Rico; a los fines de clarificar aspectos, establecer prioridades, disponer topes de venta y arrendamiento, hacer exclusiones, entre otras cosas, relacionadas al incentivo que fomenta el desarrollo de viviendas en los centros urbanos de los municipios; y para otros fines relacionados.
Para añadir un inciso (ll) al Artículo 8 de la Ley 139-2008, según enmendada, mejor conocida como “Ley de la Junta de Licenciamiento y Disciplina Médica”; para facultar a la Junta de Licenciamiento y Disciplina Médica a establecer una Certificación de Especialidad en Acupuntura Médica dentro de la jurisdicción de Puerto Rico y la potestad de validar cualquier programa de residencia estatal creado para la práctica de la especialidad en Acupuntura Médica para la cual se establece la Certificación establecida en este inciso por cualquier Centro, Hospital o Escuela de Medicina en Puerto Rico; establecer el poder de reglamentar a la Junta para el establecimiento de parámetros y requisitos para la implementación de esta Ley; establecer una Clausula General de reserva de derechos (“grandfather clause”); y para otros fines relacionados..
Para enmendar el inciso (y) del Artículo 1.05, añadir un nuevo Artículo 1.17, y reenumerar los actuales artículos del 1.17 al 1.21, como los artículos del 1.18 al 1.22, respectivamente, de la Ley 20-2017, según enmendada, conocida como "Ley del Departamento de Seguridad Pública de Puerto Rico", con el propósito de proveer, formalmente, para la creación del "Cuerpo Interdenominacional de Capellanes de Puerto Rico" adscrito al Departamento de Seguridad Pública, cuyos integrantes brindarán a la ciudadanía en general y a todos los empleados del Gobierno de Puerto Rico y a sus familias, servicios voluntarios de consejería en situaciones de emergencias, desastres naturales y crisis; disponer que todos los Cuerpos de Capellanes de las distintas agencias del Gobierno serán parte del "Cuerpo Interdenominacional de Capellanes de Puerto Rico"; derogar la Ley 168-2012, conocida como "Ley para la Creación del Cuerpo Voluntario de Capellanes del Gobierno de Puerto Rico"; y para otros fines relacionados.
Para conceder un incentivo que promueva el pago acelerado de las multas expedidas, y así registradas en el Sistema DAVID PLUS o en cualquier otro sistema implantado por el Departamento de Transportación y Obras Públicas, por falta de pago en las estaciones de Auto Expreso, por faltas administrativas relacionadas con derechos vencidos de permisos de vehículos de motor o arrastre (marbete) y por otras faltas administrativas, incluyendo principal, intereses, recargos y penalidades asociados a estas, en virtud de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como "Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico", el cual consistirá de un descuento del cuarenta por ciento (40%) de la totalidad de la deuda, incluyendo principal, intereses, recargos y penalidades por concepto de dichas multas; ordenar a los secretarios de los departamentos de Hacienda; y de Transportación y Obras Públicas, a adoptar las reglamentaciones necesarias para lograr la eficaz ejecución de esta Ley; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el inciso (5) de la Sección 1031.02 de la Ley 1-2011, a los fines de eximir del pago contribuciones los ingresos devengados por personas que presten servicios profesionales, técnicos, educativos, administrativos, sociales o comunitarios a una organización sin fines de lucro incluyendo ministros o sacerdotes que prestan servicios como fuente secundaria de ingreso; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 4 de la Ley 28-2019, según enmendada, conocida como “Carta de Derechos de los Niños, Niñas y Jóvenes Deportistas”; a los fines de regular el horario en el cual podrán llevarse a cabo competencias, torneos y entrenamientos deportivos en facilidades públicas, de manera que no se afecte el horario escolar y el período de tutorías; adicionar un nuevo Artículo 5 y Artículo 6 para prohibir el cobro de inscripción de equipos o participantes en eventos deportivos de carácter privado que reciban fondos o donaciones de alguna dependencia gubernamental e imponer sanciones por incumplimiento; reenumerar los Artículos 5 al 9 como los Artículos 7 al 11, respectivamente; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los Artículos 9.9 y 9.11 de la Ley 58-2020, según enmendada, conocida como “Código Electoral de Puerto Rico de 2020”, a los dines de requerir que se incluya una papeleta separada para los legisladores por distrito y otra para los legisladores por acumulación; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los Artículos 4 y 9 de la Ley Núm. 41-2009, según enmendada, conocida como “Ley para el Manejo Adecuado de Neumáticos Desechados del Estado Libre Asociado de Puerto Rico” y el Artículo 52 de la Ley Núm. 416-2004, según enmendada, conocida como “Ley Sobre Política Pública Ambiental”, a los fines de establecer un mínimo de neumáticos desechado recolectados que deban ser destinados a procesamiento y reciclaje local; otorgar elegibilidad a los transportadores de neumáticos desechados para el cobro de tarifas por los servicios de transportación de neumáticos desechados, así como establecer el mecanismo de la transacción; promover el uso de productos reciclados localmente en proyectos de construcción y rehabilitación de carreteras financiados por el Gobierno de Puerto Rico y los municipios; entre otros fines relacionados.
Para añadir un nuevo Artículo 1.21 a la Ley 20-2017, según enmendada, conocida como “Ley del Departamento de Seguridad Pública de Puerto Rico” y reenumerar el Artículo 1.21 como el Artículo 1.22, con el propósito de establecer el Programa Experience del Departamento de Seguridad Pública, un programa educativo, preventivo y de reclutamiento diseñado para jóvenes de 15 a 18 años; facultar al Secretario a establecer sus propósitos, organización y requisitos; establecer la obligación de los Comisionados de colaborar y promover el programa; autorizar la aprobación de reglamentos u órdenes administrativas para cumplir con los propósitos de la Ley; y para otros fines relacionados.
Para prohibir que toda empresa o comercio que no esté autenticado envíe mensajes SMS a sus clientes conteniendo enlaces o “links” para redirigir a páginas de internet; requerir autenticación mutifactor obligatoria en servicios críticos; establecer las obligaciones de los operadores de servicio móvil; crear un registro de remitentes de SMS autenticados; establecer multas por incumplimiento; y para otros fines relacionados.
Para establecer la “Ley de Justicia Salarial para los Agentes del Orden Público de Puerto Rico”, a los fines de disponer que la escala salarial de los agentes de la Policía de Puerto Rico, el Cuerpo de Oficiales Correccionales y el Cuerpo de Vigilantes del Departamento de Recursos Naturales, comenzará a partir de los tres mil ($3,000.00) dólares mensuales, con el propósito de mejorar sus condiciones de empleo y sueldo, eliminar la brecha salarial entre los agentes del orden público; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 9.08 de la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, con el propósito de disponer que, toda Carta Circular que establezca la política pública del Departamento de Educación relacionada a los estudiantes con asma, diabetes u otras condiciones de salud que los afecten, tome en cuenta el contenido de la Ley 199-2015, según enmendada, conocida como “Ley para la Atención de los Estudiantes con Diabetes Tipo 1 y Tipo 2 en las Instituciones Escolares Públicas y Privadas de Puerto Rico”; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 12.02 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, a los fines de eximir de la inspección del sistema de control de emisiones de gases, incluyendo el convertidor catalítico y piezas relacionadas, todo automóvil antiguo, clásico y clásico modificado; y para otros fines relacionados.
Para añadir un nuevo inciso (z) en el Artículo 1.010 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, con el propósito de, formalmente, facultar a los municipios, previa aprobación de sus respectivas legislaturas municipales a crear programas de voluntarios, conforme las disposiciones contenidas en la Ley 261-2004, según enmendada, conocida como “Ley del Voluntariado de Puerto Rico”; y para otros fines relacionados.
Para disponer que todo establecimiento comercial que opere en Puerto Rico y se dedique a la venta de comida preparada; tenga disponible en su oferta gastronómica; alimentos, platos u ofertas diseñadas para clientes con padecimientos de obesidad mórbida o que se hayan sometido a cirugía bariátrica; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los Artículos 1 y 2 de la Ley 20-2023 para declarar el sábado siguiente al Día de Acción de Gracias de cada año como el “Día Nacional del Mundillo Puertorriqueño”, en lugar del primer domingo de mayo de cada año; para añadir un nuevo Artículo 2 que reconozca al Municipio de Moca como “La Capital del Mundillo Puertorriqueño”, reenumerar los Artículos 2 al 4 como Artículos 3 al 5 respectivamente; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los artículos 3, 49 y 51 de la Ley Núm. 129-2020, conocida como la “Ley de Condominios de Puerto Rico”, a los fines de realizar enmiendas técnicas a Ley, de permitir que residentes bona fide no titulares, o familiares que convivan o no hasta segundo grado de consanguinidad o personas relacionadas por afinidad, autorizados por los titulares, puedan representar al titula, con voz y voto en las asambleas de titulares y ser elegibles para formar parte de la Junta de Directores ocupando un puesto de vocal; establecer requisitos para su participación; y para otros fines relacionados.
Para añadir un nuevo inciso (l), y redesignar el actual inciso (l), como (m), en el Artículo 8 de la Ley 76-2013, conocida como “Ley del Procurador de las Personas de Edad Avanzada de Puerto Rico”, a los fines de adicionarle nuevas funciones y deberes a la Oficina del Procurador de las Personas de Edad Avanzada, en atención al aumento vertiginoso de abuelos criando nietos; y para otros fines relacionados.
Para establecer la “Ley para Controlar la Amenaza Porcina a Nuestros Agricultores”, con el objetivo de ordenarle al Secretario del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales que de manera excepcional autorice la caza de cerdos salvajes a todo agricultor que así se vea afectado por la presencia de éstos en sus fincas, mediante la otorgación de un permiso especial de caza no deportiva para control poblacional, según dispone el Artículo 16 (a) de la Ley Núm. 241-1999, según enmendada, mejor conocida como la “Nueva Ley de Vida Silvestre de Puerto Rico”; enmendar el Reglamento número 6765, Para Regir la Conservación y el Manejo de la Vida Silvestre, las Especies Exóticas y la Caza en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico con el fin de añadir al cerdo salvaje en el Apéndice número 2: Animales y Plantas Invasoras (Dañinos), en aras de proteger y salvaguardar la sostenibilidad alimentaria de nuestra Isla; facultar también al Secretario consultar y recibir el apoyo del Departamento de Agricultura y/o cualquiera otra entidad gubernamental, tanto a nivel federal como estatal; coordinar con el Departamento de Agricultura todo lo referente al manejo y disposición de los cerdos una vez cazados y para otros fines.
Para establecer la la “Ley para Eximir a todo Policía del Pago de Peajes”, enmendar el inciso (1)(a), añadir un nuevo inciso (7) y renumerar los actuales incisos (7) y (8), como (8) y (9) del Artículo 22.02 de la Ley Núm. 7-2000, según enmendada, mejor conocida como la “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, para así eximir a todo oficial miembro de la Policía de Puerto Rico del pago de peajes de su vehículo personal en toda estación de cobro de peajes o AutoExpreso y así hacer justicia social con nuestros oficiales de ley y orden brindando un merecido incentivo para su retención y reclutamiento y para otros fines.
Para enmendar el inciso (12) del Artículo 11 de la Ley Núm. 75 de 24 de junio de 1975, según enmendada, conocida como la “Ley Orgánica de la Junta de Planificación de Puerto Rico”, con el fin de establecer como política pública que la Junta de Planificación de Puerto Rico, en la preparación del Informe Económico anual requerido a ser sometido simultáneamente al Gobernador y a la Asamblea Legislativa, utilice los conceptos y métodos del U.S. National Health Expenditure Accounts (NHEA por sus siglas en inglés) con el fin de poder utilizar los datos computados en dicho Informe Económico y hacer comparaciones económicas y estadísticas válidas sobre el desarrollo y el movimiento de la actividad económica, además de las proyecciones económicas para los años fiscales incluidos dentro de dicho Informe entre Puerto Rico y los Estados Unidos; y para otros fines relacionados.
Para crear la "Ley para Facultar el Establecimiento de Aranceles en los Procedimientos Administrativos del Gobierno de Puerto Rico", para establecer el cobro de aranceles en los procedimientos adjudicativos ante agencias administrativas del Gobierno de Puerto Rico bajo la Ley 38-2017, conocida como "Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico"; disponer sobre el reembolso del arancel pagado por la parte querellante cuando la decisión administrativa le sea favorable; incorporar medidas para desalentar querellas o pleitos frívolos; sufragar los gastos administrativos asociados a dichos procedimientos; establecer exenciones provisionales del pago de arancel; y para otros fines relacionados.
Para crear la Ley para Fortalecer la Industria del Reciclaje en Puerto Rico, enmendar la Sección 3010.01, crear una nueva Sección 3020.12 y reenumerar las actuales secciones 3020.12, 3020.13, 3020.14 y 3020.15 como las nuevas secciones 3020.11, 3020.13, 3020.14, 3020.15 y 3020.16 de la Ley 1-2011, según enmenada, conocida como Código de Rentas Internas de Puerto Rico, a los fines de implementar mecanismos contributivos y administrativos que incentiven la recuperación de la chatarra de aluminio para su transformación en nuevos productos dentro de la Isla; y para otros fines relacionados.
Para establecer la la “Ley para Uniformar los Incentivos Provistos en Puestos de Difícil Reclutamiento por Motivos Geográficos”; a los fines de que los incentivos provistos por las diversas agencias e instrumentalidades del Gobierno de Puerto Rico en puestos de difícil reclutamiento por motivos geográficos sean uniformes para así poder garantizar un trato justo y equitativo a todos los empleados concernidos; asegurar que los residentes en dichos lugares reciban o tengan acceso a los servicios que ofrecen estos funcionarios públicos de manera idéntica a lo que es la norma en el resto de Puerto Rico; ordenar al Director de la Oficina para la Administración y Transformación de los Recursos Humanos en el Gobierno de Puerto Rico y al Director de la Oficina de Gerencia y Presupuesto a que establezcan el curso de acción a tomar para asegurar el cumplimiento con el mandato de esta ley; todo impacto presupuestario con la Junta de Supervisión y Administración Financiera para Puerto Rico, en aras de recibir su autorización, conforme se requiere bajo la Ley PROMESA y para otros fines.
Para establecer la “Ley para Fortalecer el Fondo para Servicios contra Enfermedades Catastróficas Remediables”; enmendar el Artículo 18 de la Ley Núm. 150-1996, según enmendada, mejor conocida como la “Ley del Derecho a la Salud en Puerto Rico”; enmendar el inciso (b) del Artículo 11 de la Ley Núm. 465 de 15 de mayo de 1947, según enmendada; enmendar el inciso (8) y añadir un nuevo inciso (9) al Artículo 3.15 de la Ley Núm. 81-2019, según enmendada, mejor conocida como la “Ley de la Comisión de Juegos de Puerto Rico; a los fines de”, a los fines de dotar al Fondo para Servicios contra Enfermedades Catastróficas Remediables de mayores recursos económicos para cumplir con sus responsabilidades en ley, ayudar a un segmento de la población que de otra manera se vería desprovista de medios para atender sus necesidades de salud y establecer un mecanismo para que cada dos (2) años se evalúe la necesidad de revisar la fórmula dispuesta en ley de como nutrir de recursos al Fondo de manera recurrente y para otros fines.
Para designar el tramo de la Calle Progreso en la Carretera PR-111R que discurre por el Municipio de Aguadilla con el nombre de "Avenida Israel Roldán González", en honor a su labor y contribución como destacado líder deportivo, escritor y abogado aguadillano; y para otros fines relacionados
Para enmendar las secciones 300, 302, 303, 304, 305, 306, 307, 308, 310, 311, 312 y 313 de la Ley Núm. 62 de 23 de junio de 1969, según enmendada, conocida como “Código Militar de Puerto Rico”, a los fines de establecer, adscrito a la Guardia Estatal de Puerto Rico, una denominada “Guardia Médica Estatal”, la cual será la fuerza militar organizada para atender o responder ante emergencias como desastres naturales, epidemias u otras situaciones relacionadas a la salud pública del territorio; hacer correcciones técnicas en la Ley; y para otros fines relacionados.
Para establecer la “Ley de Derechos de las Madres y Padres de Crianza”; disponer los derechos de las personas que se han desempeñado como madres o padres de crianza, a fin de brindarles protección; fijar el procedimiento para conceder y/o revocar el derecho a un padre o madre de crianza; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 2.02 de la Ley 168-2019, según enmendada, conocida como “Ley de Armas de Puerto Rico de 2020”, a los fines de prohibir expresamente que las personas que solicitan licencias de armas tengan licencia de Cannabis Medicinal, requerir la presentación del resultado de una prueba de dopaje, establecer los procesos a seguir en caso de resultados positivos, requerir al Departamento de Salud que brinde acceso al Negociado de la Policía de Puerto Rico para que corroboren si un solicitante de licencia de armas mantiene una licencia de Cannabis Medicinal; y para otros fines relacionados.
Para decretar en Puerto Rico el 2 de abril de cada año coma el "Día de la Historia Deportiva Ponceña" en reconocimiento a la gran historia deportiva del pueblo de Ponce; y para otros fines relacionados.
Para decretar en Puerto Rico el 6 de febrero de cada año, como el "Dia de la Mujer en la Historia Deportiva Puertorriqueña", con el propósito de dar a conocer y reconocer las grandes ejecutorias y aportaciones de la mujer en la historia deportiva puertorriqueña; y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley para la Educación Obligatoria de Crianza Responsable”, a lo fines de promulgar el ofrecimiento de talleres obligatorios de crianza responsable a todas las madres y padres para brindar orientación temprana a los padres o persona custodia para prevenir el maltrato infantil y promover entornos familiares seguros conforme el marco jurídico vigente, como parte del alta hospitalaria y como requisito a servicios de etapa prescolar.
Para declarar el 26 de septiembre de cada año como el “Día del Director, Coordinador y personal de la Oficina de Base de Fe en Puerto Rico”.
Para añadir un nuevo Artículo 24 y reenumerar los Artículos del 24 al 36 como 25 al 37 de la Ley Núm. 163-2024, conocida como la “Ley para la Protección, Seguridad, Integración, Bienestar y Desarrollo Integral de las Personas con los Trastornos del Espectro Autista”, a los fines de garantizar que cuando un menor de edad con Trastorno del Espectro Autista (TEA) sea admitido como paciente en un hospital, se permita a ambos padres o tutores pernoctar para acompañar simultáneamente al menor; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 107-1998, según enmendada; la Sección 2 de la Ley Núm. 108 de 12 de julio de 1985, según enmendada; y el Artículo 3.13A; el primer párrafo del Artículo 3.14; y el Artículo 3.24 de la Ley Núm. 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, a fin de que la expedición de la tarjeta de identificación de las personas con impedimentos, sea vitalicia para personas con impedimentos certificados como permanentes; que se utilice el formato móvil de expedición de licencias de conducir, conforme a lo dispuesto en la Ley Núm. 22, supra, para las tarjetas de identificación para su validez legal y acceso virtual a través de una plataforma digital y aplicación móvil, que será diseñado por el Departamento de Salud, en coordinación con el Principal Ejecutivo de Puerto Rico Innovation and Technology Service del Gobierno de Puerto Rico (PRITS); establecer reglamentación al respecto; y realizar correcciones técnicas.
Para añadir un nuevo inciso C. al Artículo 4 de la Ley Núm. 26-2009, según enmendada, mejor conocida como la Ley de “Proyecto de Servicio Comunitario Estudiantil”, a los fines de incluir entre aquellos autorizados los diversos programas y servicios comunitarios que lleva a cabo la Policía de Puerto Rico, incluyendo, pero sin limitarse a, ofrecer servicio en apoyo de la Liga Atlética Policiaca y para otros fines.
Para añadir un nuevo Artículo 24 y reenumerar los Artículos del 24 al 36 como 25 al 37 de la Ley Núm. 163-2024, conocida como la “Ley para la Protección, Seguridad, Integración, Bienestar y Desarrollo Integral de las Personas con los Trastornos del Espectro Autista”, a los fines de garantizar que cuando un menor de edad con Trastorno del Espectro Autista (TEA) sea admitido como paciente en un hospital, se permita a ambos padres o tutores pernoctar para acompañar simultáneamente al menor; y para otros fines relacionados.
Para declarar Patrimonio del Pueblo de Puerto Rico la colección arqueológica conocida como las Piedras del Padre Nazario, descubierta a finales del siglo XIX en Guayanilla, y ordenar al Instituto de Cultura Puertorriqueña establecer un plan para su protección, conservación, estudio, divulgación y posible repatriación; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el inciso 40 del Artículo 1-104 de la Ley Núm. 447 de 15 de mayo de 1951, según enmendada, mediante la cual se crea el denominado “Sistema de Retiro de los Empleados del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, a los fines de incluir en la definición de “Servidores Públicos de Alto Riesgo” a los Agentes del Negociado de Investigaciones Especiales, para disponer que los antes mencionados funcionarios puedan acogerse voluntariamente al retiro luego de haber alcanzado los cincuenta y cinco (55) años de edad y treinta (30) años de servicio; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 3 (h) y el Artículo 58 de la Ley 2-2011, según enmendada, conocida como “Plan de Reorganización del Departamento de Corrección y Rehabilitación de 2011” con el fin de incluir a los Agentes de Seguridad y Protección de la Unidad de Operaciones Especiales del Departamento de Corrección, adscrita al Programa de Instituciones Juveniles, como parte del Cuerpo de Oficiales de Custodia; y para otros fines relacionados.
Para añadir al Capítulo 48 de la Ley Núm. 77 de 19 de junio de 1957, según enmendada, conocida como el "Código de Seguros de Puerto Rico", a los fines de establecer un marco regulatorio para la concesión de licencias y venta de seguros de viaje y productos relacionados; y para otros fines.
Para establecer la “Ley de Competencia Desleal de Puerto Rico”, a los fines de prohibir los actos de competencia desleal según dispuestos en la presente ley; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 77 de 25 de junio de 1964, según enmendada, conocida como “Ley Antimonopolística de Puerto Rico”, a los fines de disponer los mecanismos disponibles para que las personas en riesgo de ser afectadas puedan presentar sus reclamos; y para otros fines relacionados
Para enmendar las Secciones 1023.09 y 1081.01 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011“; y para otros fines relacionados
Para añadir una nueva Regla 510A a las de Evidencia de Puerto Rico, adoptadas por el Tribunal Supremo de Puerto Rico el 9 de febrero de 2009 y aprobadas por la Asamblea Legislativa mediante la Ley Núm. 46-2009, a fin de establecer el privilegio de la confidencialidad en la comunicación entre padre e hijo; y para otros fines relacionados.
Para enmendar la Sección 4030.17 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico”, a los fines de eximir del impuesto sobre ventas y uso, los equipos o máquinas dedicadas a la generación de energía eléctrica por cualquier medio, incluyendo, pero sin limitarse a aquellos propulsados mediante energía eólica, solar, o mediante combustión interna con una potencia de hasta 20,000 kilovatios, y que sean utilizados para producir energía eléctrica, incluyendo sus accesorios y piezas, siempre que sean necesarios para que éstos puedan cumplir con tal propósito; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los artículos 221, 228 y 229 de la Ley Núm. 146-2012, según enmendada, conocida como el “Código Penal de Puerto Rico”, a los fines de aumentar de ocho (8) a quince (15) años, la pena por la comisión de ciertos delitos contra la seguridad en las transacciones comerciales.
Para crear la “Ley para el Acceso a la Información de Estadísticas de Partos en Puerto Rico”.
Para enmendar el inciso (j), del Artículo 4, de la Ley Núm. 108 de 29 de junio de 1965, según enmendada, conocida como la “Ley para Regular las Profesiones de Detectives Privados y Guardias de Seguridad en Puerto Rico”, a los fines de eliminar la prohibición dispuesta que impide que ciertas personas que ocupen un cargo o empleo público puedan obtener la licencia de detective privado; y para otros fines relacionados.
Para declarar el 15 de septiembre de cada año como el “Día nacional para la prevención de la adicción a drogas”, a los fines de promover gestiones y actividades que propendan a prevenir la adicción a drogas en Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a todos los comercios, persona natural o persona jurídica, a cesar y desistir de imponerles a los consumidores una cantidad mínima al momento de realizar los pagos, por conceptos de compras o servicios, con tarjetas de crédito o débito en cualquier comercio; facultar al Secretario del Departamento de Asuntos del Consumidor a adoptar la reglamentación necesaria sobre el particular; para establecer penalidades por incumplimiento a las disposiciones de esta ley; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 5-112 a la Ley Núm. 447 de 15 de mayo de 1951, según enmendada, con el propósito de establecer que la Administración de los Sistemas de Retiro de los Empleados del Gobierno y la Judicatura proveerá más de una opción de seguro por incapacidad provisto por compañías de seguro autorizadas a hacer negocios en Puerto Rico por el Comisionado de Seguros de Puerto Rico y proveer los mecanismos para garantizar la libre selección del proveedor por parte de los empleados públicos; y para otros fines relacionados.
Para añadir un nuevo subinciso (25) al inciso (c) del Artículo 2.25 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como "Ley de Vehículos y Transito de Puerto Rico", con el propósito de disponer que, a los pacientes de lupus, bajo todas sus modalidades, incluyendo eritematoso sistemático, lupus eritematoso cutáneo o discoide, puedan solicitar el rótulo removible, como permiso autorizando a estacionar en áreas para personas con impedimentos; y para otros fines relacionados.
Para establecer la “Ley para la Certificación y Apoyo Integral al Personal Asistente de Servicios Educativos también conocidos como T1 en el Sistema Educativo de Puerto Rico, a los fines de crear un programa de certificación y formación continua para el personal T1; establecer talleres de apoyo emocional y auto cuidado; disponer sobre la supervisión y evaluación periódica del personal T1; y para otros fines relacionados.
Para enmendar la Sección 1033.15 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico”, a los fines de conceder, una deducción especial a individuos por la adquisición de sistemas de energía renovable, eficientes y amigables al ambiente para su residencia; y para otros fines relacionados.
Para establecer la “Ley de la Red de Puntos Violetas de Puerto Rico”, a fin de establecer una red de espacio físicos seguros y accesibles en entidades públicas y privadas, destinados a ofrecer información, orientación inicial y canalización confidencial hacia servicios especializados para víctimas de violencia de genero; designar a la Oficina de la Procuradora de las Mujeres como la entidad coordinadora de la Red; establecer sus funciones y responsabilidades; definir los requisitos para la certificación de los Puntos Violetas; disponer sobre la capacitación del personal y los protocolos de activación; fomentar la colaboración Inter agencial y multisectorial; autorizar la asignación de fondos; y para otros fines relacionados
Para enmendar la Sección 1033.01 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico”, con el fin de establecer una exención contributiva de los gastos incurridos o pagados por hospitales y profesionales de la salud no sujetos a decretos contributivos, en equipos de asistencia tecnológica para facilitar la comunicación con pacientes con diversidad funcional, y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 8 y el Artículo 15 de la Ley 119-2011, según enmendada, conocida como “Ley Uniforme de Confiscaciones de 2011”, a los fines de establecer que cuando la acción penal resulte en una absolución, el imputado resulte exonerado o si la posibilidad que tiene el Estado para encausar al imputado de delito se extingue, se aplicará la doctrina de cosa juzgada y de impedimento colateral por sentencia en todo caso de confiscación relacionado a los mismos hechos; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los Artículos 3, 4.-101, 4.-102, 4.-104, 4.-107, 4.-108, 4.-111, 4.-112, 6, 7.-101 y 7.-103, añadir los nuevos Artículos 4.-115, 4.-116, 9.-101, 9.-102, 9.-103, 9.-104, y 9.-105 y renumerar los subsiguientes Artículos de la Ley Núm. 249-2008, según enmendada, conocida como la “Ley de Condohoteles de Puerto Rico”, a los fines de aclarar disposiciones de la ley relacionadas con su alcance y a la administración de Condohoteles; y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley para la prohibición del uso del glifosato en el desyerbado de autopistas, carreteras, avenidas, calles y caminos estatales o municipales, canales de riego y cualquier propiedad pública”.
Para establecer la “Ley para la Protección del Consumidor de Kratom de Puerto Rico”, a los fines de regular la preparación, distribución y venta de productos de kratom de forma que estos sean puros y sin adulteraciones, prohibir la preparación, distribución y venta de productos de kratom adulterados, establecer multas y penalidades, y proveer los poderes y deberes de ciertos oficiales y entidades gubernamentales; y para otros fines relacionados.
Para añadir un nuevo Articulo 20 y reenumerar los actuales Artículos 20, 21, 22, 23 y 24 como Artículos 21, 22, 23, 24, y 25, a la Ley Núm. 154-2008, según enmendada, conocida como “Ley para el Bienestar y la Protección de los Animales”, a los fines de reforzar y ampliar las disposiciones existentes sobre la prevención del maltrato animal, la gestión de animales realengos, y la promoción de la adopción; y para otros fines relacionados.
Para instituir en la Asamblea Legislativa de Puerto Rico la celebración del "Foro Anual de los Pequeños y Medianos Negocios", a llevarse a cabo en el mes de mayo de cada afro durante la "Semana de los Pequeños Negocios", a los fines de discutir legislación y asuntos de interés para los dueños y operadores de microempresas, pequeños y medianos negocios y las correspondientes asociaciones que los agrupan, entre la Rama Legisiativa, la Rama Eiecutiva y el denominado sector de las "PyMES" en Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Articulo 5 de la Ley 323-2003, según enmendada, conocida como "Ley del Programa de Comercio y Exportación de Puerto Rico", a los fines de responsabilizar al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio de la organización de una feria anual de productos "Hechos en Casa" u "Home Made", a llevarse a cabo durante la "Semana de los Pequeños Negocios", en el mes de mayo de cada año; y para otros fines relacionados
Para crear la “Ley Uniforme de Procedimientos para el Cobro de Deudas del Gobierno de Puerto Rico”, mejor conocida como la “Ley del Recobro”, a los fines de establecer el proceso de notificación, tramitación, radicación y ejecución de sentencias de las acciones de cobro de deudas al Gobierno basadas en los hallazgos de acciones de cobro pendiente según fueran identificadas por el Contralor de Puerto Rico y por la Comisión Conjunta sobre Informes Especiales del Contralor, o deudas al Gobierno de Puerto Rico cuyas gestiones de cobros son realizadas por las propias Agencias o Entidades Gubernamentales que componen el Gobierno de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley de Capacitación para la Seguridad Cibernética en Puerto Rico”; establecer como política pública en Puerto Rico la capacitación compulsoria sobre seguridad cibernética para la protección y el manejo adecuado de los sistemas y activos de información; establecer el Programa de Capacitación para la Seguridad Cibernética; imponer penalidades; y para otros fines relacionados.
“Para enmendar el Artículo 30.040 inciso (c) y el Artículo 31.090 de la Ley 77 de 19 de Junio de 1957, según enmendada, conocida como el “Código de Seguros de Puerto Rico”, a los fines de brindar mayor agilidad en los procesos de pagos entre aseguradoras y médicos proveedores de servicios de salud, así como mayor transparencia y capacidad de negoción a los proveedores individuales en el proceso de contratación para prestar servicios de salud.”
Para enmendar el Artículo 5 de la Ley Num. 81 de 14 de marzo de 1912, según enmendada, conocida coma "Ley del Departamento de Salud", para facultar al Secretario de Salud a emitir licencias provisionales a los profesionales de la salud y médicos, siempre que exista una declaración de emergencia emitida por el Presidente de los Estados Unidos, por el Gobernador de Puerto Rico o por el Secretario de Salud, mientras dure la emergencia; y para otros fines.
Para enmendar la Sección 1033.11 de la Ley 1-2011, según enmendada y conocida como el “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011” a los fines de aumentar la cantidad de meses que un patrono deberá emplear a una persona severamente impedida para poder beneficiarse de la deducción para patronos dispuesta en el Código de Rentas de Puerto Rico, así como para aumentar la cantidad máxima de personas que pueden contratar en virtud de esta Sección; y para otros fines relacionados.
Para crear la "Ley de Acompañamiento para Pacientes de Diálisis y Pacientes de Diálisis con necesidades de movilidad"; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los Artículos 1, 2, 3, y 4, de la Ley Núm. 60-2009, conocida como Ley para Establecer un Período de Meditación en todas las Escuelas del Sistema de Educación Pública de Puerto Rico, a los fines de extender a diez (10) minutos el periodo de reflexión en los planteles educativos antes de iniciar los trabajos; expandir la definición de meditación y reflexión; establecer este periodo como obligatorio; enmendar el inciso 57 del Artículo 2.04, de la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 1327 de la Ley 55-2020, según enmendada, conocida como “Código Civil de Puerto Rico de 2020”; a los fines de establecer que en el contrato de préstamo no se devengan intereses a menos que se pacten expresamente, y para otros fines relacionados.
“Para derogar los actuales Artículos 7.015 y 7.016 y adoptar los nuevos Artículos 7.015 y 7.016 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, a los fines de establecer un Fondo de Servicios Esenciales y Responsabilidad Fiscal Municipal; y para otros fines relacionados.”
Para crear la “Ley de Registro de Personas Adultos Mayores que Vivan Solas y de Personas Encamadas”; disponer sobre su implementación y propósitos; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de la Región Sur de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre el estado, manejo y uso de los fondos públicos estatales y federales asignados al Centro de Diagnóstico y Tratamiento del Municipio de Santa Isabel y su respectiva Sala de Emergencias, las condiciones del mismo, las gestiones realizadas por el Municipio de Santa Isabel para lograr su operación, el estado fiscal, estructural y operacional del mismo y con el fin de identificar alternativas para que se pueda proveer un mejor servicio en dicho Centro de Diagnóstico y Tratamiento y su Sala de Emergencia y así mejorar la calidad de vida de los residentes de Santa Isabel; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de la Región Oeste realizar un estudio sobre los proyectos dirigidos a mejorar el acceso al agua potable en la región oeste y mejorar el suministro del servicio esencial de agua potable en los barrios Cuchillas y Voladoras del municipio de Moca; e identificar la viabilidad de hincar un pozo de agua en el barrio Voladoras, sector Los Pérez de dicho municipio tras interrupciones constantes en el servicio de agua.
Para ordenar a la Comisión de la Región Norte de la Cámara de Representantes del Gobierno de Puerto Rico, realizar una investigación sobre la operación, manejo y procesos que se llevan a cabo tanto en la Planta de Alcantarillado Sanitario y Tratamiento de Aguas Usadas de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados, así como en la Planta de Composta del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, ubicadas en el Barrio Islote del municipio de Arecibo y su respectivo cumplimiento con las regulaciones ambientales estatales y federales; establecer el término de la investigación; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Recreación y Deportes de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre el estado de las mejoras realizadas y pendientes de completar en el parque de béisbol del Bo. Jacaboa en el Municipio de Patillas; incluyendo los proyectos de rehabilitación impulsados tras el huracán María, los proyectos de rehabilitación gestionados por el Departamento de Recreación y Deportes y el municipio, las obras de remodelación de infraestructura y luminarias, y otros esfuerzos de recuperación y mantenimiento; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de la Región Este Central de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre los salones de Educación Especial en el Distrito Representativo Núm. 34 que comprende los municipios de Yabucoa, Maunabo, Patillas y San Lorenzo; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Recreación y Deportes de la Cámara de Representantes del Gobierno de Puerto Rico, realizar una investigación sobre el inventario de facilidades recreativas, deportivas y de cualquier otro uso que sean de la titularidad o que estén adscritas al Departamento de Recreación y Deportes, específicamente las que se encuentran localizadas en los municipios de Dorado, Vega Alta y Vega Baja; para que se informe detalladamente el estado o condición actual de dichas facilidades, los proyectos de mejoras en progreso y los próximos a iniciar y/o proyectados; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de la Región Central de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una amplia investigación sobre el impacto tan devastador que han tenido las lluvias torrenciales que han afectado a la mayoría de los pueblos de la montaña por las pasadas dos semanas y las necesidades más apremiantes a ser atendidas por el Gobierno de Puerto Rico de manera inmediata, como también a mediano y largo plazo en respuesta a este desastre natural.
Para ordenar a las comisiones de Asuntos Federales y Veteranos; y de la Región Sur de la Cámara de Representantes, realizar una investigación exhaustiva sobre las asignaciones presupuestarias destinadas a atender los asuntos de los veteranos puertorriqueños en los municipios de Arroyo, Guayama, Salinas y Santa Isabel, sobre el uso de estos fondos, la disponibilidad de oficinas de servicio, los servicios actualmente disponibles, los programas o proyectos existentes en la Isla dirigidos a los veteranos y veteranas, los derechos que les corresponden por ley en cuanto a empleo, educación, trabajo, salud y vivienda, los esfuerzos gubernamentales y comunitarios dirigidos a apoyar esta población y el análisis del funcionamiento de la Oficina del Procurador del Veterano; y para otros fines relacionados.
Resolución para ordenar a la Comisión de Salud y la Comisión de Asuntos Municipales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a investigar el proceso actual del Departamento de Salud y la Oficina de Gerencia y Presupuesto de Puerto Rico en la evaluación de solicitudes de subvenciones para los Centros de Diagnóstico y Tratamiento de los Municipios de Puerto Rico, así como para corroborar los esfuerzos realizados para asegurar que los Gobiernos Municipales estén debidamente informados sobre la existencia de fondos disponibles y los procedimientos para solicitarlos.
Para ordenar a la Comisión de la Región Oeste de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre las condiciones de infraestructura, mantenimiento, acceso al agua potable, calidad del servicio y todo asunto relacionado a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados en los municipios de Aguada, Añasco, Rincón y Moca, que componen el Distrito Representativo Número 18.
Para ordenar a la Comisión de la Región Oeste de la Cámara de Representantes del Gobierno de Puerto Rico, realizar una investigación sobre el alcance y el impacto social de la deserción escolar, incluyendo la identificación de sus principales causas, las consecuencias en el desarrollo económico y social de la juventud y la evaluación de estrategias efectivas de prevención y retención escolar, en las Escuelas Públicas del Distrito Representativo Número 18 que comprende los municipios de Aguada, Añasco, Rincón y Moca.
Para ordenar a la Comisión de la Región Norte de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre las causas que provocan que las comunidades del Distrito Representativo Número 14, que comprende los municipios de Arecibo y Hatillo, experimenten interrupciones en el servicio de agua potable que provee la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados; identificar los proyectos de mejoras capitales que dicha corporación ha desarrollado para atender esta situación; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de la Región Oeste de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre el estado actual de la infraestructura vial, con el propósito de identificar reparaciones necesarias en las carreteras municipales y estatales en los municipios de Aguada, Añasco, Rincón y Moca que componen el Distrito Representativo Número 18.
Para ordenar a la Comisión de la Región Oeste de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una abarcadora investigación sobre las condiciones físicas, operacionales y de servicio en las escuelas públicas localizadas en el Distrito Representativo Número 18, con el fin de identificar deficiencias, necesidades prioritarias y proponer estrategias de mejoramiento en los planteles escolares ubicados en los municipios de Aguada, Añasco, Rincón y Moca.
Para ordenar a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación en las égidas del Distrito 2 de San Juan para conocer y evaluar los planes de emergencia, el funcionamiento de sus instalaciones, la disponibilidad de equipo de respaldo, como plantas eléctricas o cisternas, y la capacidad de respuesta ante una emergencia de cara a la temporada de huracanes en Puerto Rico.
Para ordenar a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social a realizar una investigación exhaustiva sobre las agencias e instrumentalidades del Gobierno de Puerto Rico, relacionada al cabal cumplimiento con la política pública de facilitar y promover el acceso a la justicia de los adultos mayores, conforme a lo establecido en la Ley 121-2019, según enmendada, conocida como “Carta de Derechos y la Política Pública del Gobierno a favor de los Adultos Mayores”; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de la Región Oeste de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre el estado de la infraestructura eléctrica, su mantenimiento y la calidad del servicio eléctrico que LUMA Energy brinda a los residentes de los municipios de Aguada, Añasco, Rincón y Moca, y el impacto de dicha situación en la calidad de vida y la seguridad de dichos residentes; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes, realizar una investigación abarcadora sobre la posibilidad de aumentar las ciclovías en Puerto Rico como alternativa de transporte segura; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de la Región Oeste de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva en torno a las condiciones en las que se encuentran los ríos, quebradas, lagos, charcos, cuerpos de agua y terrenos agrícolas localizados en el Distrito Representativo Número 18 que comprende los municipios de Aguada, Añasco, Rincón y Moca; identificar las necesidades para conservarlos, restaurarlos y protegerlos para una mejor calidad de vida de nuestros ciudadanos; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de la Región Este de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva dirigida a identificar las medidas que el Departamento de Transportación y Obras Públicas y la empresa Metropistas contemplan implementara a corto, mediano y largo plazo para atender la congestión vehicular que afecta diariamente a los conductores que discurren por la Carretera Estatal PR-30 y que incide indirectamente sobre el flujo vehicular en el Expreso PR- 52 y en la Carretera Estatal PR-1; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos de la Juventud de la Cámara de Representantes, realizar una investigación sobre la política pública y los protocolos institucionales que rigen el uso de mecanismos de intervención, tales como el gas pimienta, en instituciones que albergan menores de edad, evaluando su legalidad, proporcionalidad y compatibilidad con los derechos fundamentales de los menores y la necesidad de garantizar la seguridad institucional.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos de la Juventud realizar una investigación exhaustiva sobre los mecanismos de transición post-institucional dirigidos a jóvenes egresados de programas institucionales o residenciales, con el propósito de evaluar necesidades, capacidades institucionales, y estrategias de integración interagencial y comunitaria orientadas al fortalecimiento de la política pública juvenil.
Para ordenar una investigación exhaustiva sobre el estado de la educación en los Centros de Tratamiento Social adscritos al Departamento de Corrección y Rehabilitación, incluyendo los servicios provistos por el Departamento de Educación de Puerto Rico, así como la disponibilidad, pertinencia y efectividad de programas de formación técnica, vocacional y de desarrollo ocupacional.
Para ordenar a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre la implementación y el cumplimiento con la Ley 121-2019, según enmendada, conocida como la “Carta de Derechos y la Política Pública del Gobierno a Favor de los Adultos Mayores”, y sus implicaciones en la actuación de las agencias gubernamentales responsables de garantizar los derechos y servicios esenciales a esta población; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre el estado actual de los programas del Departamento de Salud de Puerto Rico dirigidos a la prevención, diagnostico y tratamiento de enfermedades de transmisión sexual, incluyendo VIH/SIDA así como hepatitis B y C; el acceso de los pacientes a los medicamentos y servicios; el impacto de los recortes en fondos federales sobre estos programas y las condiciones laborales de los recursos humanos contratados; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos de la Juventud realizar una investigación exhaustiva sobre el tiempo promedio de adjudicación de casos de menores en las distintas regiones judiciales del país, a fin de evaluar la necesidad de enmiendas procesales o de establecer un sistema más eficaz que garantice celeridad, equidad y protección de derechos en los procesos judiciales que involucran a menores e identificar cómo dichos procesos pueden enfrentarse con el menor efecto adverso en su etapa como jóvenes, identificar cómo se impacta su potencial de inserción en el mercado laboral, y cómo mejorar los servicios directos e indirectos que reciben por parte de las instituciones públicas y privadas.
Para ordenar a la Comisión de lo Jurídico de la Cámara de Representantes del Gobierno de Puerto Rico realizar una investigación en torno a la eficacia de los programas de mediación como método alterno de resolución de conflictos, que identifique los retos que presenta el Negociado de Métodos Alternos para la Solución de Conflictos para fomentar la mediación como alternativa para disponer de los casos; que indague sobre los adiestramientos o cursos, si alguno, que ofrece la Oficina de Administración de Tribunales a los jueces sobre la mediación; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de la Región Oeste de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre las condiciones geológicas y los riesgos asociados a deslizamientos de terreno ocurridos o con potencial de ocurrir en el Distrito Representativo Núm. 18, que comprende los municipios de Aguada, Añasco, Rincón y Moca; con el propósito de identificar áreas vulnerables, evaluar la respuesta gubernamental disponible y recomendar medidas concretas para la mitigación, manejo de riesgos y prevención de futuras emergencias.
Para ordenar a la Comisión de la Región Oeste de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre la existencia y estado de situación de los planes de contingencia y refugios a utilizarse en caso de una situación de emergencia nacional en el Distrito Representativo Número 18, que comprende los municipios de Aguada, Añasco, Rincón y Moca.
Para ordenar a la Comisión de la Región Oeste de la Cámara de Representantes realizar una investigación sobre la disponibilidad, distribución, condiciones operacionales, cumplimiento regulatorio y capacidad de respuesta de los Centros de Cuidado Diurno, Establecimientos de Cuidado Prolongado, Instituciones, Hogares Sustitutos y Hospicios para personas de edad avanzada y auscultar las brechas y limitaciones en servicios complementarios tales como Amas de Llave existentes en el Distrito Representativo Núm. 18 que comprende los municipios de Aguada, Añasco, Rincón y Moca, con el propósito de identificar fortalezas, deficiencias y necesidades prioritarias que permitan atender efectivamente el bienestar y calidad de vida de esta población.
Para ordenar a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el proceso de evaluación, adjudicación y contratación del sistema de vigilancia electrónica mediante video en los planteles escolares del Departamento de Educación de Puerto Rico, y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión Región Norte de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva dirigida a evaluar la magnitud de los daños estructurales que presenta el puente ubicado en la Calle II Principado de la Urbanización Covadonga, en el Municipio de Toa Baja, y los efectos del deslizamiento de terreno adyacente a la quebrada sobre cuyo cauce está construido el puente; requerir al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) y al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) evaluar la condición actual del puente y del terreno afectado, a fin de confirmar el riesgo a la seguridad de los residentes del sector e informar si estas agencias reclamaron los daños observados en el área afectada a la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA) tras el paso de los huracanes Irma y María, así como si tienen programadas medidas correctivas que permitan garantizar la seguridad de los residentes y la estabilidad de la infraestructura; y para otros fines relacionados.
Para ordenar al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales y al Departamento de Transportación y Obras Públicas a establecer un sistema integrado y eficiente para la expedición y renovación de licencias de pesca expedidas por virtud del Reglamento Núm. 7949 del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, Reglamento de Pesca de Puerto Rico, mediante la utilización del Centro de Servicios al Conductor (CESCO); y para otros fines relacionados.
Para designar con el nombre de Manuel López Vargas, la Cancha de la Escuela Bernardo González Colón ubicada en el Municipio de Utuado.
Para designar con el nombre del Agente Kevin Rosario Rivera, el cuartel del Negociado de la Policía del Precinto de Mameyes, ubicado en el Municipio de Utuado.
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles (CEDBI) del Gobierno de Puerto Rico, auscultar la transferencia a la corporación Centro Corazón Azul, Inc., la titularidad o conceder el usufructo u otro negocio jurídico por un término mayor a diez (10) años, del terreno y la estructura de la antigua Escuela Publica Ernesto Juan Fonfrias, localizada en la Carr. #2, Km. 17, Hm. 7, Sección Macum, del Barrio Candelaria en el Municipio de Toa Baja, a tenor con el Capítulo 5 de la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como "Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal".
Para enmendar la Sección 1 de la Resolución Conjunta 43-2024 con el propósito de asignar una cantidad específica de seiscientos mil (600,000) dólares al Centro de Diagnóstico y Tratamiento (CDT) del Municipio de Santa Isabel; disponer que dicha cantidad sea incluida en el presupuesto del Gobierno de Puerto Rico para los años fiscales venideros; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Departamento de Agricultura y a la Junta de Planificación de Puerto Rico de acuerdo con lo establecido a liberar de las restricciones y condiciones sobre preservación e indivisión previamente impuestas y anotadas según dispuesto en la Ley Núm. 107 de 3 de julio de 1974, según enmendada, del predio de terreno marcado con el número veinticuatro (24) en el Plano de Subdivisión de la finca “Vega Redonda”, según consta en la Escritura de Compraventa con Restricciones Número Catorce (14), otorgada en el Municipio de San Juan el 2 de febrero de 1979, sobre la Finca Número Siete Mil Sesenta y Nueve (7069), inscrita al Folio Número Ciento Cuarenta y Cuatro (144) del Tomo Ciento Uno (101) de Comerío, Registro de la Propiedad de Barranquitas, Inscripción Primera e inscrita a favor de don Enrique Matos Ortiz y doña Hipólita Reyes González, ambos fenecidos.
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar y disponer conforme a las disposiciones de la Ley y el reglamento, la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico contemplado en la Ley, de la antigua Escuela William Rivera Ponce, ubicada en la Urb. Jardines de Caparra, Ave. Ruiz Soler, Sector La Colectora, en el Municipio de Bayamón, a la organización sin fines de lucro National Talent Academy, Inc.; y para otros fines relacionados.
Para ordenar al Departamento de Educación de Puerto Rico en colaboración con la Universidad de Puerto Rico establecer, diseñar e implantar un programa de certificaciones profesionales enfocado en estrategias de manejo conductual, enfoques pedagógicos diferenciados y metodologías educativas dirigidas a estudiantes con diagnóstico de trastorno del espectro autista dirigido a todo el personal docente de Educación Especial del sistema público de enseñanza; y para otros fines relacionados.
Para ordenar al Instituto de Estadísticas de Puerto Rico una abarcadora investigación exhaustiva y detallada sobre las necesidades y deficiencias presentes en las distintas áreas del sistema de salud de Puerto Rico con el propósito de dirigir de manera más eficiente los esfuerzos y recursos del Gobierno a los asuntos de mayor prioridad.
Para ordenar a la Junta de Gobierno de la Universidad de Puerto Rico la creación de un "Recinto Virtual" con el propósito de ampliar el ofrecimiento académico y brindar educación universitaria a través de medios electrónicos; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Junta de Gobierno de la Universidad de Puerto Rico impulsar acuerdos con instituciones de educación superior especializadas, con el propósito de facilitar que sus estudiantes, una vez culminados sus grados, puedan transferirse a programas de estudios superiores dentro del sistema universitario público, promoviendo así la continuidad académica y el fortalecimiento de la matrícula de la Universidad de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Para asignar la cantidad de trece mil noventa y cinco millones trescientos quince mil (13,095,315,000) dólares, con cargo al Fondo General del Tesoro Estatal, para gastos ordinarios de funcionamiento de los programas y agencias que componen la Rama Ejecutiva y los programas que componen la Rama Judicial y la Rama Legislativa durante el año fiscal que concluye el 30 de junio de 2026, las siguientes cantidades o la porción de estas fuese necesario; y para otros fines relacionados.
Para designar el tramo entre los kilómetros 47.0 al 59.0 de la Carretera Estatal PR-140, en la jurisdicción de Municipio de Florida, con el nombre de "Profesora María D. 'Maggie' Guzmán Cardona"; disponer las medidas necesarias para la correspondiente rotulación; solicitar fondos para su financiamiento; y para otros fines relacionados.
Para ordenar el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales la actualización de reglamentos, establecer y promulgar protocolos y normativas de similar naturaleza, relacionados con la erosión costera y riberas de otros cuerpos de agua en consideración con los cambios en la zona costera de Puerto Rico por motivos de los recientes huracanes, terremotos y otros eventos naturales; y para otros fines relacionados.