Qué se movió cada día en la Legislatura. Toca un día para ver qué le pasó a cada medida. Los filtros te dejan seguir un solo tipo de trámite, como el Calendario de Órdenes Especiales, que es la antesala de una votación.
En trámite
Camino a votarse
Camino a ser ley
Detenidas
Resto
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3+34 más
4+29 más
5+128 más
6+36 más
+93 más
10+19 más
11+3 más
12+102 más
13+33 más
14+77 más
18+47 más
19+116 más
20+22 más
21+125 más
24+37 más
25+17 más
26+132 más
27+28 más
28Sra. Wesley E. Cullen como Miembro de la Junta de Directores del Instituto de Cultura Puertorriqueña.
Mons. Wilfredo Peña Moredo como Miembro de la Junta de Directores del Instituto de Cultura Puertorriqueña.
Sr. Hiram Medina Rivera como Comisionado de la Comisión de Practicaje, en calidad de representante de la Asociación de Navieros de Puerto Rico.
Lcda. Evelyn J. González Rodríguez como Jueza Administrativa de la Administración para el Sustento de Menores
Lcda. Alexandra Villamán Santiago como Fiscal Auxiliar I del Departamento de Justicia.
Lcda. Yahaira López Mercado como Jueza Municipal del Tribunal de Primera Instancia.
Para enmendar el Artículo 3.025 (p) de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico” a los fines de ampliar los temas de adiestramiento y capacitación de los policías municipales para incluir la violencia doméstica, la trata humana, el “grooming” y el manejo de intervenciones con personas con diversidad funcional; y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley para Facultar la Suspensión Cautelar de Contratos Gubernamentales por Acusaciones de Delitos contra la Función Gubernamental o Fraude” a los fines de establecer un mecanismo de suspensión de contrato con el Gobierno de Puerto Rico cuando la entidad o persona contratada es objeto de acusación de delito contra la función gubernamental o fraude hasta que recaiga determinación final; enmendar el Artículo 5 de la Ley 237-2004, según enmendada, conocida como “Ley para Establecer Parámetros Uniformes en los Procesos de Contratación de Servicios Profesionales y Consultivos para las Agencias y Entidades Gubernamentales del ELA” a los fines de incluir un nuevo inciso Q para incluir una cláusula mandatoria sobre suspensión cautelar; y para otros fines relacionados.
Para añadir un Artículo 130A y añadir un Artículo 133A a la Ley 146-2012, según enmendada, conocida como "Código Penal de Puerto Rico", a los fines de tipificar como delito en su modalidad agravada cuando la víctima es menor de doce (12) años de edad o cuando el menor sufre una diversidad funcional que limita su capacidad para comunicar o resistir; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los Artículos 1.2, 1.4 y 2.3 de la “Ley de Política Pública de Diversificación Energética por Medio de la Energía Renovable Sostenible y Alterna en Puerto Rico”, Ley 82-2010, según enmendada,; a los fines de actualizar la Declaración de Política Pública para reforzar la diversificación energética y la reducción de emisiones; añadir definiciones relativas a los Reactores Modulares Pequeños (SMR, por sus siglas en inglés) y promover la investigación sobre su posible implementación en Puerto Rico; ordenar a la Universidad de Puerto Rico a desarrollar currículos académicos y programas de investigación enfocados en alternativas energéticas modernas y de menor impacto ambiental, así como a diseñar y ejecutar programas educativos comunitarios sobre fuentes de energía limpias; y para otros fines relacionados.
Para establecer la “Ley de Apoyo y Certificación de Cuidadores Familiares en Puerto Rico”, a los fines de crear un Registro Oficial de Cuidadores Familiares adscrito al Departamento de la Familia; establecer un programa de capacitación y certificación gratuita; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 7 de la Ley Número 266-2004, según enmendada, conocida como “Ley de Registro de Personas Convictas por Delitos Sexuales y Abuso contra Menores”, a los fines de crear un enlace mediante “Scan QR Code” que conecte directamente al Registro de Ofensores Sexuales; crear pegatinas o letreros con el “Scan QR Code”que deberán colocarse en todas las escuelas publicas, privadas e iglesias-escuelas para que los estudiantes, sus padres, cuidadores y/o tutores puedan acceder al registro de manera rápida desde sus teléfonos inteligentes o tabletas; y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley para Crear el Registro de Rescatistas de Animales de Puerto Rico”, instituir un Registro voluntario de rescatistas de Animales y para otros fines relacionados.
Para establecer la "Ley para el Control Ético de Animales en Estado de Abandono utilizando el Método Capturar, Esterilizar y Devolver (CED)", a los fines de crear una política pública para el manejo ético y efectivo de la población de animales en estado de abandono en Puerto Rico; establecer las responsabilidades de las agencias gubernamentales y los municipios; promover la colaboración entre el sector público, organizaciones sin fines de lucro y la ciudadanía; asignar recursos; y para otros fines relacionados.”
Para enmendar la Ley Núm. 154-2008, denominada “Ley para el Bienestar y la Protección de los Animales”, según enmendada, para añadir un nuevo subinciso (vi) al inciso (f) y enmendar el inciso (o) del Artículo 2 de la mencionada ley con el fin de establecer la esterilización como componente necesario de los cuidados mínimos que se le deben proveer a los perros y gatos.
Para enmendar las reglas 9.1 y 9.2 de las Reglas de Procedimiento Civil de 2009, según enmendadas, a los fines de remover la obligación de notificar el número de fax como medio de comunicación entre las partes y otras enmiendas técnicas; para enmendar la regla 37.4 de las Reglas de Procedimiento Civil de 2009, según enmendadas, a los fines de que requerir que se incluya en el informe preliminar entre abogados y abogadas las controversias sobre autenticidad y admisibilidad de evidencia creada mediante inteligencia artificial generativa; para enmendar la regla 47 de las Reglas de Procedimiento Civil de 2009, según enmendadas, a los fines de impedir que se utilice la reconsideración para presentar evidencia que se pudo o debió haber presentado en etapas previas judiciales, y que no fue evaluada por el tribunal.
Para enmendar el inciso (b) de la regla 404 de las Reglas de Evidencia de Puerto Rico, a los fines de aclarar cuando el Ministerio Público justificará la prueba de carácter que pretende presentar; para añadir una nueva regla 516 y renumerar las reglas 516, 517 y 518, a los fines de establecer el privilegio del periodista a no divulgar sus fuentes o informaciones confidenciales; para enmendar la nueva y renumerada regla 519 de las Reglas de Evidencia de Puerto Rico, a los fines de aclarar que la nueva regla 516 no se interpretará restrictivamente; para enmendar los incisos (e), (f), y (r) de la regla 805 de las Reglas de Evidencia de Puerto Rico, a los fines de aclarar que el jurado solo podrá escuchar la prueba de referencia, y requerir una declaración jurada en lugar de una certificación del custodio de la prueba o testigo cualificado; para crear un nuevo inciso (c) de la regla 901 de las Reglas de Evidencia de Puerto Rico, a los fines de atender impugnaciones sobre prueba autenticada que resultó ser creada mediante inteligencia artificial generativa; para enmendar el inciso (l) de la regla 902 de las Reglas de Evidencia de Puerto Rico, a los fines de crear nuevos incisos (l) y (m) sobre como autenticar registros certificados generados por un proceso o sistema electrónico, y datos certificados copiados de un dispositivo electrónico, medio de almacenamiento o archivo; y para otros fines relacionados.
Para añadir una nueva Sección 4030.29 a la Ley Núm. 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011” con el fin de establecer una exención del pago del impuesto sobre ventas y uso sobre los pañales de adultos o los protectores absorbentes desechables para camas y superficies utilizados por adultos mayores; y para otros fines relacionados.
Para enmendar la Ley 129-2020, conocida como “Ley de Condominios de Puerto Rico”, a los fines de fortalecer los derechos de los titulares, promover la transparencia administrativa y financiera, establecer un Capítulo especial sobre conductas delictivas, penalidades y otras medidas, y ampliar el acceso a remedios judiciales mediante estados provisionales de derecho; enmendar la Ley Núm. 140-1974, conocida como “Ley sobre Controversias y Estados Provisionales de Derecho”, para incluir expresamente las controversias relacionadas con condominios dentro de su ámbito de aplicación; y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley de Derecho a Reparar”, a los fines de establecer que será obligación de los fabricantes entregar a los consumidores y proveedor de reparaciones la documentación necesaria para diagnosticar y reparar el equipo adquirido; hacer disponible para la venta las piezas necesarias para reparar el equipo y los equipos necesarios para efectuar diagnósticos de reparación; y otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 18 de la Ley 42-2017, según enmendada, conocida como la “Ley para la Implantación del Plan para la Reorganización de la Industria del Cannabis Medicinal de Puerto Rico” a los fines de atemperar las regulaciones bancarias para con los negocios relacionados al cannabis medicinal a la de las demás jurisdicciones de los Estados Unidos y al gobierno federal; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los Artículos 2, 3 y 4 de la Ley 389-2004, mediante la cual se estableció un denominado “Programa de Oportunidades Financieras a Jóvenes Empresariales”, adscrito al Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico, con el propósito de otorgarle a la antes mencionada institución financiera, la responsabilidad de desarrollar un sistema de referidos a las agencias llamadas a conceder beneficios gubernamentales, expedir certificaciones, permisos y otros, para expeditar dichos procesos en beneficio de los jóvenes empresarios participantes; hacer correcciones técnicas; y para otros fines relacionados.
Para crear la Ley de Protección de los Deportes Femeninos; disponer que todo equipo deportivo que pertenezca a una escuela pública o institución universitaria pública, o que perteneciendo a una escuela privada o institución universitaria privada compita contra estos, deberá ser expresamente designado en alguna de las siguientes categorías basadas en el sexo biológico de sus miembros: equipos compuestos exclusivamente por personas del sexo femenino, equipos compuestos exclusivamente por personas del sexo masculino o equipos mixtos; para definir los término deportista, equipo deportivo, escuela privada, escuela pública, universidad privada, universidad pública y sexo; para disponer la aplicabilidad de la ley a todas las escuelas e instituciones universitarias públicas y a aquellas escuelas e instituciones privadas cuyos equipos deportivos compiten con equipos deportivos pertenecientes a escuelas e instituciones universitarias públicas; para disponer que ninguna escuela o institución académica cubierta por esta Ley admitirá, como miembro de un equipo deportivo compuesto exclusivamente por personas del sexo femenino, a personas del sexo masculino; para disponer que cualquier controversia sobre el sexo de un estudiante deportista, que surja en virtud de lo exigido por esta Ley, será resuelta por la escuela o institución universitaria a la cual pertenece el estudiante; para establecer las causas de acción que podrán ser instadas al amparo de esta Ley; para establecer que ninguna entidad del gobierno, agencia acreditadora o de licenciamiento, o asociación u organización atlética, podrá atender quejas, abrir investigaciones, o tomar cualquier otra acción adversa contra una escuela o institución universitaria por mantener equipos deportivos separados para estudiantes del sexo femenino; para establecer un término prescriptivo de dos (2) años para cualquier causa de acción que surja al amparo de las disposiciones de esta Ley; y para otros fines relacionados.
Para enmendar la Regla 9.3 de las Reglas de Procedimiento Civil de Puerto Rico, según enmendadas, a los fines de añadir los criterios a ser considerados por el tribunal cuando una parte solicite la descalificación de un abogado; y, para otros fines relacionados.
Para enmendar el inciso (b) del Artículo 8 de la Ley Núm. 253-1995, según enmendada, conocida como Ley de Seguro de Responsabilidad Obligatorio para Vehículos de Motor con el propósito de establecer que al realizar el ajuste de la reclamación de un perjudicado no se harán descuentos por concepto de depreciación; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el inciso (j) del Artículo 4(A) de la Ley Núm. 108 de 29 de junio de 1965, según enmendada, conocida como la “Ley para Regular las Profesiones de Detectives Privados y Guardias de Seguridad en Puerto Rico”, a los fines de eximir a los empleados municipales de la prohibición de obtener o renovar una licencia como detective privado, y para otros fines relacionados.
Para declarar a octubre como el “Mes Oficial de la Capacitación Financiera y de la Concienciación sobre la Responsabilidad Financiera en Puerto Rico”, con la finalidad de promover la buena gestión de la economía personal, familiar, empresarial y gubernamental; para disponer que, durante el mes de octubre de cada año, el Departamento de Educación, en coordinación con la División de Educación Financiera adscrita a la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras, llevará a cabo, en todas las escuelas públicas del país, una campaña sobre responsabilidad financiera dirigida a los estudiantes de todos los niveles escolares y a sus padres y/o tutores; para disponer que, durante octubre de cada año, la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública (WIPR), en coordinación con el Departamento de Educación y la División de Educación Financiera adscrita a la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras realizará una campaña sobre responsabilidad financiera a través de todos sus medios de comunicación; para enmendar los incisos (2) y (15) del Artículo 10 de la Ley Núm. 4 de 11 de Octubre de 1985, según enmendada y conocida como la “Ley de la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras” a los fines de atemperar para el mes de octubre toda gestión de capacitación financiera; y para otros fines relacionados.
Para establecer la "Ley de Alivio en el Pago del Depósito para las Acometidas de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados"; emnendar la Sección 4 de la Ley Num. 40 de 1 de mayo de 1945, segun enmendada, mejor conocida como la "Ley de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico"; a los fines de que todo nuevo cliente residencial de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados pueda tener la opción de prorratear el pago de las solicitudes de acometida, requerido para comenzar a recibir los servicios de acueductos y alcantarillado sanitario ode ambos, sea por un termino que no excedera los seis (6) meses y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Articulo 6, inciso ff de la Ley 122-2019, conocida como “Ley de Datos Abiertos del Gobierno de Puerto Rico”, a los fines de establecer una excepción en las facultades de revisión, evaluación y aprobación de cualquier proyecto de creación, implantación, modificación, migración y actualización de las bases de datos, innovación, información y tecnología a ser adoptadas por las agencias, cuando los fondos para sufragar dichos proyectos sean subvencionados en su totalidad con fondos federales; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 5 de Ley Núm. 20 de 9 de abril de 1941, según enmendada, conocida como la “Ley de la Junta Examinadora de Candidatos al Ejercicio de la Agronomía y de Agrónomos, y del Colegio de Agrónomos“, para añadir un nuevo inciso cinco (5) que leerá de la siguiente manera: “Poseer un título o grado de Bachillerato en Artes en Agricultura Sustentable conferido por una institución acreditada por la Junta de Instituciones Postsecundarias (JIP), habiendo aprobado no menos de cuarenta (40) créditos, al nivel de Bachillerato, en cursos formales en la especialidad de Agricultura Sustentable; realizar enmiendas técnicas y para otros fines relacionados.
Para enmendar el inciso (i) del Artículo 5 de la Ley Núm. 206-2004, según enmendada, conocida como “Ley para crear el Instituto de Capacitación y Desarrollo del Pensamiento Jurídico del Departamento de Justicia”, con el fin de implementar la coordinación entre la Academia de Fiscales, el Negociado de la Policía de Puerto Rico y el Instituto de Ciencias Forenses enfocada en el adiestramiento y manejo de escenas del crimen, crímenes violentos, masacres, asesinatos por acecho, intrafamiliares, contra adultos mayores, que involucren menores de edad, así como aquellos productos de la incesante espiral de violencia doméstica; y para otros fines relacionados
Para enmendar los Artículos 2, 3, 4, 5, y 6 de la Ley Núm. 139-2019, mejor conocida como la “Ley de Consentimiento por Representación para Tratamiento Médico No Urgente a Menores de Edad”, a los fines de establecer un marco jurídico que empodere a la juventud de Puerto Rico en lo que concierne a su salud física y mental, de manera que los menores que hayan cumplido dieciocho (18) años o más puedan recibir atención médica no urgente sin la compañía, o el consentimiento escrito directo o por representación de su padre o madre con patria potestad o tutor legal; disponer para la divulgación de lo aquí dispuesto; facultar al Departamento de Salud a imponer multas administrativas ante la violación del deber de divulgación; fijar penalidades ante el impago de las multas expedidas por el Departamento de Salud al amparo de esta Ley; y para otros fines relacionados.
Para decretar el 14 de noviembre de cada año como el “Día del Estudiante Legislador” en Puerto Rico, con el propósito de fomentar la participación cívica, el liderazgo juvenil y el conocimiento del proceso legislativo entre los estudiantes.
Para enmendar los Artículos 2 y 5 de la Ley Núm. 132 - 2009, según enmendada, conocida como la "Ley Habilitadora para implantar el Plan de Alerta Silver"; a los fines de aclarar el periodo de tiempo en el que se emitirá la alerta; y para otros fines relacionados.
Para añadir el inciso (q) al Artículo 5 de la Ley 60-2014, según enmendada, conocida como "Ley Uniforme de Vehículos Oficiales del Gobierno de Puerto Rico", a los fines de exceptuar de sus disposiciones a los comisionados auxiliares, comandantes de zona, jefes de distrito y al director de transportación del Negociado del Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico, en consideración a las facultades, poderes y deberes que ejercen dichos funcionarios; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 297-2018, según enmendada, conocida como la "Ley Uniforme Sobre Filas de Servicio Expreso y Cesión de Turnos de Prioridad", para incluir a la Rama Judicial y sus dependencias en la implementación de esta Ley; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el inciso (A) de la Sección 2 de la Ley Num. 221 de 15 de mayo de 1948, según enmendada, a los fines de imponer penalidades mas severas por violaciones a dicha Ley; y para otros fines relacionados.
Para añadir un inciso 24 al Artículo 10 de la Ley 151-2004, según enmendada, conocida como "Ley de Gobierno Electrónico", a los fines de establecer en el portal electrónico principal del Gobierno de Puerto Rico un enlace que permita el acceso al portal del Registro de Personas Convictas por Delitos Sexuales y Abuso Contra Menores, y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley General de Proclamas de Puerto Rico”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 9-1997, conocida como “Ley del “Mes del Cuidado de los Ojos” en Puerto Rico”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 284-2018, según enmendada, conocida como “Ley del “Mes y el Día de Concientización sobre Autoestima””; enmendar los Artículos 1 y 2 de la Ley Núm. 36-2017, según enmendada, conocida como “Ley del “Día de la Recordación de Doña Inés Mendoza de Muñoz Marín””; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 364-2004, según enmendada, conocida como “Ley del “Mes y el Día de la Prevención del Cáncer Cervical””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 118-2006, según enmendada, conocida como “Ley del “Día Conmemorativo de don Salvador Brau Asencio””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 118-2006, según enmendada, conocida como “Ley del “Mes de la Prevención y Manejo de Síntomas del Corazón y de los Adiestramientos de Resucitación Cardiopulmonar””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 37-2010, conocida como “Ley del “Mes de la Prevención y Manejo de Síntomas del Corazón y de los Adiestramientos de Resucitación Cardiopulmonar””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 46-1996, conocida como “Ley del “Mes de la Música de Trío” en Puerto Rico”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 4-2007, según enmendada, conocida como “Ley del “Mes de la Prevención del DVT (Trombosis de Vena Profunda) en Puerto Rico””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 162-2006, conocida como “Ley de la “Semana del Comienzo Saludable” a los Fines de Crear Conciencia en Cuanto a la Importancia de la Alimentación de los Recién Nacidos y los Problemas de Obesidad en los Niños”; enmendar los Artículos 2 y 3 de la Ley Núm. 114-2013, conocida como “Ley de la “Semana del Apicultor Puertorriqueño””; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 30-2018, conocida como “Ley del “Mes del Tenis en Puerto Rico” y el “Día Puertorriqueño del Tenis””; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 53-2000, conocida como “Ley de la Celebración de la Ciudadanía Americana”; añadir un Artículo 3, reenumerar el actual Artículo 3 a número 4, y reenumerar el Artículo número 4 a número 5 de la de la Ley Núm. 122-1994, conocida como “”Ley de la “Semana Conmemorativa de las Mujeres Consagradas a la Vida Religiosa”; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 100-2000, conocida como “Ley del “Día de la Salsa en Puerto Rico””; enmendar los Artículos 1 y 2 de la Ley Núm. 186-1999, conocida como “Ley para la Conmemoración y Celebración del “Natalicio del Músico y Violinista José Figueroa Sanabia”; enmendar el Artículo 1 de la Ley Núm. 21 del 23 de mayo de 1984, conocida como “Ley del “Mes de la Prevención y Control del Cáncer””; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 180-2002, conocida como “Ley del “Día Nacional de la Bomba””; enmendar los Artículos 2 y 3 de la Ley Núm. 78-2010, conocida como “Ley de la “Semana de la Concientización sobre el Buen Manejo de la Sangre””; enmendar el Artículo 1 de la Ley Núm. 59 del 6 de mayo de 1938, según enmendada, conocida como “Ley de la “Semana de las Industrias Puertorriqueñas”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 228-2006, según enmendada, conocida como “Ley del “Mes de la Prevención de Cáncer de Seno en Puerto Rico”, el “Día de Concientización del Cáncer de Seno” y el “Día de la Concientización sobre el Cáncer de Mama Masculino””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 40-2007, según enmendada, conocida como “Ley de la “Semana del béisbol Puertorriqueño” y el “Día del Pelotero Puertorriqueño de las Grandes Ligas””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 166-2007, conocida como “Ley de la “Semana del Barbero y Estilista en Barbería de Puerto Rico””; enmendar el título, y los artículos 1 y 2 de la Ley Núm. 24 del 27 de 1933, según enmendada, conocida como “Ley del “Día del homenaje a las Personas de Edad Avanzada””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 11-2007, conocida como “Ley de la “Semana de la Prevención del Uso y Abuso de las Drogas””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 52-2004, conocida como “Ley del “Mes de la Concientización del Síndrome de la Fatiga Crónica””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 298-1998, según enmendada, conocida como “Ley del “Mes del Compositor, Músico e Interprete en Puerto Rico””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 221-1999, conocida como “Ley del “Día del Personal de Mantenimiento, Ornato, Saneamiento y/o Conservación”; derogar la Ley Núm. 325-2003, conocida como “Ley del “Mes de las Personas de Edad Avanzada””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 129-2006, conocida como “Ley del “Mes de la Promoción de la Salud Renal y Prevención de las Enfermedades Renales””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 47-2005, conocida como “Ley del “Mes del Manejo y Seguridad del Motociclista en las Carreteras””; reenumerar el Artículo 5 como Artículo 4, y enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. Ley Núm. 48-2005, conocida como “Ley del “Mes de la Prevención y Concienciación en el Uso y Abuso del Alcohol””; enmendar los Artículos 1, 2 y 4 de la Ley Núm. 42-2003, conocida como “Ley del “Día Nacional para Realizarse la Prueba de la Hepatitis C”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 50-2005, conocida como “Ley del “Día de la Concienciación sobre la Fibromialgia””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 50-2005, conocida como “Ley del “Mes del Paralimpismo” en Puerto Rico y el “Día Nacional del Paralimpismo en Puerto Rico””; reenumerar el segundo Artículo 2, y el Artículo 3 a Artículos 3 y 4 respectivamente, enmendar el texto del primer el Artículo 2 de la Ley Núm. 251-2010, según enmendada, conocida como “Ley del “Día de la Gimnasia” o “Gym Day””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 166-2019, según enmendada, conocida como “Ley de la “Semana de los Albergues, rescatistas de animales, de la Concienciación y de la Adopción de Mascotas en Puerto Rico”; el Sábado “Día Nacional de la Adopción de Mascotas””; enmendar el título y los Artículos 2 y 3 de la Ley Núm. 89-2024, conocida como “Ley del Día del Ciclista y Concienciación Ciudadana””; derogar la Ley Núm. 117 del 13 de junio de 2012, conocida como “Ley del “Fin de Semana del Ciclista””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 206-1995, conocida como “Ley del “Día Conmemorativo del Natalicio de Felisa Rincón Vda. De Gautier”; enmendar los Artículos 1 y 2 de la Ley Núm. 185-1999, conocida como “Ley del “Día de la Conmemoración del Natalicio y de la Obra Artística Musical del Compositor Tito Henríquez”; enmendar las Secciones 1, 2, 3 y 4 de la Ley Núm. 82 del 6 de mayo de 1938, conocida como “Ley para Designar el “Día del Ciego” en Puerto Rico”; enmendar los Artículo 1 y 2 de la Ley Núm. 26 del 24 de mayo de 1986, conocida como “Ley para Conmemorar el “Día del Natalicio de Armando Sánchez Martínez””; enmendar los Artículos 1 y 2 de la Ley Núm. 184-1999, conocida como “Ley del “Día de Conmemoración del Natalicio y de la Obra Artística Musical del Compositor Héctor F. Urdaneta””’; enmendar los Artículos 1 y 2 de la Ley Núm. 183-1999, conocida como “Ley de la “Ley del “Día de la Celebración del natalicio y de la Obra Artística Musical de la Compositora Sylvia Rexach””; enmendar el título y el Artículo 2 de la Ley Núm. 287-2012, conocida como “Ley para Decretar “El Mes del Pediatra en Puerto Rico” y el “Día del Pediatra””; enmendar el título y el Artículo 1, el Artículo 2, Artículo 3 y el Artículo 4 de la Ley Núm. 87-2015, conocida como “Ley del Mes de la Orientación y Prevención Contra la Trata Humana en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico””; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 57-2012, conocida como “Ley del “Mes del Deporte y el Ejercicio” en Puerto Rico y el “Día del Deportista Puertorriqueño””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 67 del 5 de julio de 1988, según enmendada, conocida como “Ley de la “Semana de las Organizaciones Juveniles de Puerto Rico””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 45-2022, conocida como “Ley del “Día de Reconocimiento para Atletas Puertorriqueñas de Olimpiadas Especiales” en Puerto Rico”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 71-2023, conocida como “Ley del “Día de puerto Rico FLA” (Future Business Leaders of América)“; enmendar enmienda el Artículo 2 de la Ley Núm. 43-2015, conocida como “Ley del Día Conmemorativo del Natalicio de Don Catalino “Tite” Curet Alonso””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 362-2004, conocida como “Ley del “Día del Declamador Puertorriqueño””; enmendar el título y los Artículos 1 y 2 de la Ley Núm. 288-2002, conocida como “Ley del “Día Internacional de los Derechos Humanos” en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 52-2002, conocida como “Ley de la “Semana de la Poesía Puertorriqueña y de la poetisa y el poeta Puertorriqueño y Día Conmemorativo del Natalicio de Evaristo Ribera Chevremont””; enmendar los Artículos 2 y 3 de la Ley Núm. 38 del 5 de junio de 1938, conocida como “Ley del “Día del Natalicio y de la Obra Literaria de Julia De Burgos””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 45-1995, según enmendada, conocida como “Ley de la “Semana Rotaria” en Puerto Rico y el “Día del Rotarismo en Puerto Rico””; enmendar los Artículos 1 y 2 de la Ley 128-2007, conocida como “Ley del “Día de los Gobernadores Puertorriqueños””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 55-1998, conocida como “Ley del “Día de la Policía Municipal” y la “Semana de la Policía Municipal””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 155-2018, conocida como “Ley de la “Semana Conmemorativa de la Comunidad Dominicana en Puerto Rico””; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 13-2021, conocida como “Ley del “Día de Condiciones y Enfermedades Raras””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 82-2006, según enmendada, conocida como “Ley del “Mes de la Concientización sobre la Endometriosis” en Puerto Rico”; enmendar enmiendan los Artículos 2 y 3 de la Ley Núm. 88-2022, conocida como “Ley del “Mes de la concienciación sobre el Trastorno de Procesamiento Sensorial (TPS)””; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 30-2018, conocida como “Ley del “Mes del Tenis en Puerto Rico” y el “Día Puertorriqueño del Tenis””; enmendar el título y los Artículos 1 y 2 de la Ley Núm. 102-2003, conocida como “Ley de la “Semana del líder y los Grupos Comunitarios y de la Autogestión Comunitaria en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 142-2006, conocida como “Ley del “Día de los Funcionarios de las Oficinas de Registraduría y Admisiones de todas las Instituciones Educativas Post Secundarias””; el Artículo 2 de la Ley Núm. 106-2003, conocida como ”Ley de la “Feria Puertorriqueña “Dulce Sueño” de Caballos de Paso Fino””; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 327-2004, conocida como “Ley de la Semana de la Mujer en Puerto Rico””; reenumerar el Artículo 5 a Artículo 4, enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 82-2021, conocida como “Ley del “Día de la Mujer con Diversidad Funcional””; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 189-2010, conocida como “Ley del “Día de la Mujer Veterana” en Puerto Rico”; enmendar los Artículo 2 y 3 de la Ley Núm. 88-2004, conocida como “Ley de la “Semana de la Responsabilidad Social Empresarial””; enmendar los Artículos 1 y 2 de la Ley Núm. 155-2004, conocida como “Ley del “Día Mundial de los Derechos de los Consumidores””; enmendar los Artículos 2 y 3 de la Ley Núm. 48-2023, conocida como “Ley del “Día del Capellán” en Puerto Rico”; enmendar enmiendan los Artículos 2 y 5 de la Ley Núm. 24-2021, conocida como “Ley de la “Semana y el Día Nacional para la Erradicación del Racismo y Afirmación de la Afrodescendencia” en la Conmemoración del “Día de la Abolición de la Esclavitud””; el Artículo 3 de la Ley Núm. 206-1995, conocida como “Ley de la “Semana de la Prevención del Consumo de Sustancias Controladas en Menores de Edad””; el Artículo 2 de la Ley Núm. 211-2003, conocida como “Ley del “Mes de la Niñez y de la Prevención del Maltrato de Menores””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 80-2024, conocida como “Ley del “Mes de Prevención y Concienciación sobre la Violencia Sexual en Puerto Rico””; enmendar el título y los Artículos 1 y 2 de la Ley Núm. 288-2002, conocida como “Ley del “Día Internacional de los Derechos Humanos” en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 31-2005, conocida como “Ley del “mes de la Concienciación sobre la Donación de Órganos y Tejidos” en Puerto Rico”; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 79-2000, según enmendada, conocida como “Ley del “Mes del Autismo” y el “Día de la Concienciación sobre el Autismo””; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 15-2022, conocida como “Ley del “Mes y el Día de Concienciación de las Infecciones de Transmisión Sexual””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 209-2019, conocida como “Ley para Declarar el “Mes de la Industria Puertorriqueña” y el ‘Día Hecho en Puerto Rico””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 56-2023, conocida como “Ley del “Día de la Actividad Física en Puerto Rico”; enmendar los Artículos 1 y 2 de la Ley Núm. 27-2003, conocida como Ley núm. 149-2003, conocida como “Ley del “Día Nacional de la Salud”’; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 114 del 24 de junio de 1977, conocida como “Ley del “Día Conmemorativo de Ramón Emeterio Betances””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 363-1999, conocida como “Ley de la “Semana de Prevención de Consumo de Alcohol por Menores””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 10-2024, conocida como “Ley del “Día del Natalicio de Ricardo Alegría””; enmendar los Artículo 2 y 3 de la Ley Núm. 66-2015, conocida como “Ley de la “Semana de la Prevención del Síndrome del Bebé Sacudido””; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 61-2004, conocida como “Ley del “Día de la Bandera Caimiteña”; enmendar el segundo Artículo 3, y se enmienda el Artículo 2 de la Ley Núm. 23-2002, conocida como “Ley de la “Semana de la Protección a los Derechos Humanos””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 75-2006, conocida como “Ley del “Día para Garantizar Igual Paga” en Puerto Rico”; enmendar el título, el Artículo 1, el Artículo 2 y el Artículo 10 de la Ley Núm. 85-2017, según enmendada, conocida como “Ley Contra el Hostigamiento e Intimidación o ‘Bullying’ del Gobierno de Puerto Rico” o, “Ley Alexander Santiago Martínez”; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 17-2011, conocida como “Ley del “Día Global del Servicio Voluntario Juvenil””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 101-2003, según enmendada, conocida como “Ley para designar la “Semana de la Liga Atlética Policiaca””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 34 del 7 de junio de 1977, conocida como “Ley del “Día del Natalicio de Rafael Martínez Nadal””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 422-2004, conocida como “Ley del “Día de Reconocimiento de los Esfuerzos de Prevención e Intervención del Maltrato de Menores por los Grupos y Organizaciones Privadas, Profesionales y de Base Comunitaria””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 119-2020, conocida como “Ley del “Día de la Lucha contra el Maltrato Infantil”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 98-2023, conocida como “Ley del Día de la Música Coral en Puerto Rico””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 98-2018, conocida como “Ley del “Día del Diseño Gráfico” en Puerto Rico”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 535-2004, conocida como “Ley del “Día Nacional del Automóvil Antiguo, Clásico y Clásico Modificado de Puerto Rico””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 94-2007, conocida como “Ley del “Día Mundial de la Seguridad y la Salud en el Trabajo”’; enmendar el Artículo 9 de la Ley Núm. 416-2004, según enmendada, conocida como “Ley Sobre Política Pública Ambiental”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 327-2003, conocida como “Ley del “Mes de la Navegación y la Seguridad Marítima en Puerto Rico””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 115-2020, conocida como “Ley de la “Semana del Bombero Puertorriqueño””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 80-2024, conocida como “Ley de la “Semana del Barbero y Estilista en Barbería de Puerto Rico””; enmendar los Artículos 1 y 2 de la Ley núm. 116-2022, conocida como “Ley del “Día del Natalicio de José E. Aponte de la Torre; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 50 del 25 de mayo de 1955, según enmendada, conocida como Ley de “La Semana de la Tierra Puertorriqueña””; enmendar los Artículos 2 y 3 de la Ley Núm. 187-1999, conocida como “Ley de la “Semana del Pintor Puertorriqueño y de los Artistas de las Artes Plásticas en Puerto Rico””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 20-2023, conocida como “Ley del “Día Nacional del Mundillo Puertorriqueño””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 31-2023, conocida “Ley del “Día de la Partería””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 185-2007, conocida como “Ley del “Día del Estudiante Universitario””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm.6-2022, conocida como “Ley del “Día de la Concienciación sobre la Salud Mental Perinatal””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 265-2008, conocida como “Ley del “Día Mundial de los Huérfanos del SIDA””; reenumerar los artículos 2,3 y 4, y enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 8-2023, conocida como “Ley del “Día del Diseñador de Moda en Puerto Rico””; enmendar el Artículo 1, 2 y 4 de la Ley Núm. 9-1991, conocida como “Ley del “Día Mundial de la Cruz Roja””; enmendar los Artículos 1 y 2 de la Ley Núm. 190-2000, conocida como “Ley para Declarar la Conmemoración de Felipe “La Voz” Rodríguez”; enmendar los Artículos 1, 2 y 3 de la Ley Núm. 250-2002, conocida como “Ley del “Día de Don Antonio Fernós Isern””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 25 del 11 de marzo de 1915, conocida como “Ley del “Día de las Madres””; enmendar el Artículo 1 de la Ley Núm. 109-2000, conocida como “Ley de la “Semana de la Prevención y el Control de la Osteoporosis””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 136-2007, conocida como “Ley de la “Semana para la Concienciación de la Enfermedad ALS” (Esclerosis Lateral Amiotrófica)”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 203-1998, conocida como “Ley del “Día del Personal de Enfermería””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 66-2021, conocida como “Ley del “Día de los Empleados Municipales” y la Conmemoración de la “Semana de los Empleados Municipales””; enmendar las Secciones 1, 2, 3 y 4 de la Ley Núm. 50-2005, conocida como “Ley del “Día de la Concienciación sobre la Fribomialgia”; enmendar las Secciones 1, 2, 3, 4, 5 de la Ley Núm. 113 del 24 de junio de 1971, conocida como “Ley de la “Semana del Contador”’; enmendar los Artículo 2 y 3 de la Ley Núm. 259-2002, conocida como “Ley de la “Semana de la Prevención del Maltrato a las Personas de Edad Avanzada””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 79-2023, conocida como “Ley de la “Semana Nacional The Salvation Army en Puerto Rico””; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 8-2019, conocida como “Ley de la “Semana de la Crianza de los Niños de Puerto Rico””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 50-1996, conocida como “Ley del “Día del Radioaficionado de Puerto Rico””; enmendar el Artículo 4 de la Ley Núm. 133-2013, conocida como “Ley del “Día de la Concienciación sobre el Diagnóstico de Apraxia del Habla Infantil””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 6-2024, conocida como “Ley del “día de la Conciencia sobre el Síndrome de Ehlers-Danlos””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 47 del 12 de junio de 1978, según enmendada, conocida como “Ley del “Día del Natalicio de Juan Morell Campos y de los Compositores Puertorriqueños de Danzas”; enmendar los Artículos 2 y 3 de la Ley Núm. 19-2013, conocida como Ley del “Día de la Concientización sobre la Condición de Angioedema Hereditario””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 68-2019, conocida como “Ley del “Día de la Concienciación de las Enfermedades Inflamatorias del Intestino””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 113-2015, conocida como “Ley del “Día Conmemorativo del Natalicio de Luis Palés Matos””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 141 del 20 de julio de 1979, según enmendada, conocida como “Ley de la “Semana de la Educación” en Puerto Rico”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 115-2006, conocida como “Ley del “Día de Ramón Ortíz del Rivero (Diplo)”’’; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 74-2021, conocida como “Ley del “Día de la Concienciación sobre la Esclerosis Múltiple”’’; enmendar enmiendan los Artículos 1 y 2 de la Ley Núm. 144-2006, conocida como “Ley del “Día de Recordación de la Masacre de Lod””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 380-2000, conocida como “Ley del “Día del Coleccionista””; enmendar los Artículos 2 y 6 de la Ley Núm. 174-2012, conocida como “Ley del “Mes de la Concienciación de la Paternidad Responsable en Puerto Rico””; enmendar las Secciónes 1, 2, 3, 4 y 5 de la Ley Núm. 158-2019, conocida como “Ley para Declarar el “Mes del Síndrome Tourette” y el “Día de la Concienciación sobre el Síndrome Tourette””; enmendar las Secciónes 1 y 2 de la Ley Núm. 13 del 18 de abril de 1974, según enmendada, conocida como “Ley del “Día de la Juventud””; enmendar el Artículo 1 de la Ley Núm. 29-2020, conocida como “Ley de la “Semana de la Conciencia sobre Hidradenitis Supurativa””; enmendar el título y los Artículo 1, 2 y 4 de la Ley Núm. 87-2002, conocida como “Ley del “Día Internacional de las Personas con Impedimentos” en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico””; enmendar la Sección 2 de la Ley Núm. 30-1991, conocida como “Ley de la “Semana de la Solidaridad Puertorriqueña””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 253-2008, conocida como “Ley para declarar el 9 de junio de cada año como “Día Conmemorativo del Natalicio del Doctor Santos P. Amadeo””; enmendar el Artículo 3 de la Ley 20-1990, según enmendada, conocida como “Ley de la “Semana de los Pequeños y Medianos Comerciantes Detallistas””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 33-1998, conocida como “Ley del “Día del Periodista Deportivo””; enmendar los Artículos 2 y 3 de la Ley Núm. 60-2004, conocida como “Ley de la “Semana del Hipismo Puertorriqueño””; enmendar el Artículo 4 de la Ley Núm. 18-1997, conocida como “Ley de la “Semana de la Industria Petrolera”, el “Día de los Trabajadores de la Industria Petrolera” y el “Día de los Detallistas de Gasolina””; enmendar enmienda el Artículo 2 de la Ley núm. 22-1996, conocida como “Ley del “Día de la Bandera de los Estados Unidos de América en Puerto Rico””; enmendar enmienda el Artículo 3 de la Ley Núm. 356-1999, conocida como “Ley del “Día de los Padres””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 22-1996, conocida como “Ley de la “Semana del Líder Recreativo””; enmendar los Artículos 1 y 2, y se crea un nuevo Artículo 3 de la Ley Núm. 54 del 30 de mayo de 1979, según enmendada, conocida como “Ley de la “Semana del Vigilante de Recursos Naturales””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 7-2023 conocida como “Ley del “Día del Olimpismo Puertorriqueño’”; enmendar los Artículos 1, 2 y 4 de la Ley Núm. 127-2003, conocida como “Ley del “Día de la Lucha contra el Uso Indebido y el Tráfico Ilícito de Drogas””; enmendar los Artículos 2 y 4 de la Ley Núm. 175-2004, conocida como “Ley del “Día del Comercio Tradicional de Puerto Rico””; enmendar los Artículos 2 y 4 de la Ley Núm. 224-1998, conocida como “Ley del “Día del Joven Donante de Sangre””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 59-1996 conocida como “Ley del “Día del Festival de las Flores de Aibonito””; enmendar los Artículos 2, 3 y 4 de la Ley Núm. 59-1996 conocida como “Ley de la “Semana de la Transportación” y el “Premio Luis A. Ferré””; enmendar el título y el Artículo 1 de la Ley Núm. 25 del 25 de mayo de 1978, según enmendada, conocida como “Ley de la “Semana del Legislador Municipal””; derogar la Ley Núm. 81-1994, conocida como “Ley del Día Conmemorativo de Don Gilberto Concepción de Gracia”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 302-2003, conocida como “Ley de la “Ley del “Día de Reflexión sobre la Moral y la Familia”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 233-1996, conocida como “Ley del “Día Oficial del Porteador Público””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm.4-2006, conocida como “Ley del “Día de Enrique Laguerre”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 156-2004, conocida como “Ley del “Día de la Excelencia en el Desarrollo del Quehacer Musical Puertorriqueño””; enmendar el título y los Artículos 1, 2 y 3 de la Ley Núm. 68 del 28 de 1976, conocido “Ley del “Día de la Bandera, Himno y Escudo del Estado Libre Asociado de Puerto Rico””; enmendar las Secciones 1 y 2 de la Ley Núm. 88 del 27 de junio de 1969, según enmendada, conocida como “Ley para Transferir la Fecha de Celebración de Ciertos Días Feriados en Puerto Rico”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 113-2023, conocida como “Ley del “Día de Concienciación sobre la Hepatitis en Puerto Rico””; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 48-1992, conocida como “Ley del “Día Nacional del Periodista” y la “Semana de la Prensa””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 173-2019, conocida como “Ley del “Mes y el Día de la Historia Deportiva Puertorriqueña””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 91-2015, conocida como “Ley de la “Semana de Concientización y Prevención contra el Virus del Papiloma Humano””; enmendar el título, y los Artículos 2 y 3 de la Ley Núm. 93-2003, conocida como “Ley de la “Semana de la Protección y Amparo del Proceso de Gestación Seguro y Saludable en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico””; enmendar el Artículo I. V. 2. de la Ley Núm. 87-2025, conocida como “Código de Lactancia de Puerto Rico”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 99-2023, conocida como “Ley de la “Semana del Programa de Ayuda al Empleado” y el “Día del Coordinador y Director PAE””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 29-2004, mejor conocida como “Ley del “Día del Arecibeño de los Reyes Correa, el Capitán Correa””; enmendar los Artículos 2 y 3 de la Ley Núm. 37-2011, mejor conocida como “Ley del “Día del Corazón Púrpura””; enmendar el título y los el Artículo 1 y 2 de la Ley Núm. 116 del 19 de julio de 1979, según enmendada, conocida como Ley del “Día del Niño” en Puerto Rico”; enmendar enmienda el Artículo 2 de la Ley Núm. 328-2003, conocida como “Ley de la “Semana de la Prevención y Erradicación de las Carreras Clandestinas de Vehículos de motor en las Vías Públicas de Puerto Rico”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 88-2019, conocida como Ley del “Día del Niño Especial” en Puerto Rico”; enmendar los Artículos 2 y 4 de la Ley Núm. 15-2023, conocida como “Ley del “Miércoles Naranja”, para Promover que los Ciudadanos Realicen sus Compras Navideñas en Comercios Locales, Pequeños y Medianos Comerciales”; enmendar enmiendan los Artículo 2 y 4 de la Ley Núm. 117-2003, conocida como “Ley de la “Semana del Florista de Puerto Rico”’; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 246-2000, conocida como “Ley del “Día Conmemorativo de las Personas Zurdas en Puerto Rico””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 86-2008, conocida como “Ley del Día para la Reflexión y Promoción de los Valores Éticos”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 67-1996, conocida como “Ley del “Día de la No Violencia en la Televisión””; enmendar los Artículos 2 y 3 de la Ley Núm. 14-2000, conocida como “Ley de la “Fiesta Nacional del Cuatro Puertorriqueño”; enmendar; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 225-2006, conocida como “Ley del “Mes y el Día de la Concientización sobre el Cáncer de Próstata”; enmendar el Artículo 2 y reenumera el segundo artículo 3 a Artículo 4 de la Ley Núm. 219-2011, conocida como “Ley del “Mes de Alerta ni un Disparo al Aire” y el “Día de Alerta ni un Disparo al Aire””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 131-2006, conocida como “Ley del “Mes de la Costura desde el Hogar””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 159-2010, conocida como “Ley del “Mes de la Conciencia y el Conocimiento sobre la Leucemia, Linfoma y el Mieloma””; enmendar los Artículos 2 y 3 de la Ley Núm. 66-2012, conocida como “Ley del “Mes de la Paz en Puerto Rico””; enmendar los Artículos 2 y 3 de la Ley Núm. 52-2021, conocida como “Ley del “Mes y el Día de la Concienciación de la Enfermedad de Alzheimer””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 102-1994, conocida como “Ley del “día de la Biblia””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 7-A-2002, conocida como “Ley del “Día de la Excelencia del Servicio al Prójimo” en Conmemoración del Natalicio de la Ilustre Figura de Sor Isolina Ferré”; enmendar las Secciones 1, 2, 3 y 4 de la Ley Núm. 9-2023, conocida como Ley del “Día de la Concienciación sobre el Daltonismo en Puerto Rico””; enmendar los Artículo 2, 3 y 4 de la Ley Núm. 257-2011, según enmendada, conocida como “Ley del “Día de la Conservación del Manatí Caribeño en Puerto Rico” y para Designarlo como el “Mamífero Oficial de Puerto Rico””; enmendar los Artículos 1 y 2 de la Ley Núm. 262-1999, conocida como Ley del “Día de la Conmemoración de la Obra Artística Musical del Compositor Roberto Cole”; enmendar los Artículos 1 y 2 de la Ley Núm. 162 del 10 de agosto de 1988, conocida como “Ley de la “Semana de la Guardia Nacional””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 270-2002, conocida como “Ley de la “Semana Conmemorativa de los Policías y Bomberos Caídos en el Cumplimiento del Deber en Puerto Rico””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 149-2006, conocida como “Ley de la “Semana del Técnico de Servicios Sociopenales de Puerto Rico””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Nm. 263-2011, conocida como “Ley de la “Semana de la Educación de las Artes””; enmendar los Artículo 2 y 3 de la Ley Núm. 267-2011, conocida como Ley del “Día de la Mensajera y el Mensajero den Puerto Rico””; enmendar los Artículos 1 y 2 de la Ley Núm. 182-1999, conocida como “Ley del “Día de la Conmemoración y Celebración del Natalicio y de la Obra Artística Musical de la Compositora Myrta Silva””; enmendar el título, y los Artículos del 1 al 3 de la Ley Núm. 50-2015, conocida como “Ley del “Día del Empleado con Diversidad Funcional” en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico”; enmendar los Artículos 2 y 3 de la Ley Núm. 83-2022, conocida como “Ley del “Día de la Concienciación de la Dermatitis Atópica””; el Artículo 2 de la Ley Núm. 163-2014, conocida como “Ley de la “Semana del veterano(a) Puertorriqueño(a)””; enmendar los Artículos 1, 2 y 3 de la Ley Núm. 329-2003, conocida como “Ley del “Día Nacional de Limpieza de Playas””; enmendar las Secciones 1, 2, 3, 4, 5, 6 de la Ley Núm. 153-2019, conocida como “Ley para Designar la “Semana Educativa Pro Turismo en Puerto Rico y el “Día Mundial del Turismo””; enmendar los Artículos 2, 3 y 4 de la Ley Núm. 181-2014, conocida como “Ley de la “Semana de la Concienciación sobre Derechos de la Comunidad Sorda” y el “Día Nacional del Sordo en Puerto Rico””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 288-2003, conocida como “Ley de la “Semana del Técnico y Mecánico Automotriz””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 28-2020, conocida como Ley de la “Semana de la Concienciación sobre la Retinitis Pigmentosa””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 269-2006, conocida como “Ley para declarar el cuarto lunes del mes de septiembre de cada año como el “Día de la Familia en la Mesa””; enmendar las Secciones 1 y 2 de la Ley Núm. 86 del 26 de junio de 1969, conocida como “Ley del “Día del Grito de Lares””; enmendar los Artículos 2 y 3 de la Ley Núm 82-2024, conocida como “Ley del “Día del o de la intérprete en lengua de señas””; enmendar enmiendan los Artículo 1, 2, 3 y 5 de la Ley Núm. 13-2023, conocida como “Ley del “Día Nacional para la Conciencia de la Pérdida y el Desperdicio de Alimentos””; enmendar los Artículos 2 y 3 de la Ley Núm. 270-1998, según enmendada, conocida como “Ley del “Mes de la Salud Mental””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 122-2011, conocida como Ley del “mes de la Orientación y Conciencia Sísmica en Puerto Rico””; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 12-2023, conocida como “Ley del “Mes del Profesional del Trabajo Social” y el “Día del Profesional del Trabajo Social””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 8-1999, según enmendada, conocida como “Ley de la “Semana del Trovador Puertorriqueño y la Trovadora Puertorriqueña””; enmendar los Artículos 3 y 4 de la Ley Núm. 175-2002, conocida como Ley de la “Semana de los Clubes 4-H””; Se deroga la Ley Núm. 173 del 8 de octubre de 2015, conocida como “Ley de la “Semana de la Concienciación sobre la Sensibilidad hacia la Población de Edad Avanzada de Puerto Rico”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 176-2013, conocida como “Ley del Día del Notariado Puertorriqueño””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 64-2005, conocida como “Ley del “Día del Oficial de Cumplimiento de las Cooperativas de Ahorro y Crédito””; los Artículos 1 y 2 de la “Ley del Día de Conmemoración del natalicio y de la obra Artística Musical de Ismael Rivera, el Sonero Mayor””; enmendar las Secciones 1, 2, 3 y 4 de la Ley Núm. 135-2003, conocida como “Ley de la “Semana de la industria de Seguros de Puerto Rico””; enmendar los Artículo 1 y 2 de la Ley Núm. 130-1996, conocida como “Ley de la “Semana del Pensionado del Gobierno de Puerto Rico””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 22-1998, conocida como “Ley de la “Semana de la Medicina Nuclear” en Puerto Rico”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 484-2004, conocida como “Ley del “Día Nacional de Concienciación sobre el Síndrome Down””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 178-2019, conocida como “Ley del “Día de la Recordación por las Víctimas del Derrumbe del Sector Mameyes de Ponce””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 70-2014, conocida como “Ley para Declarar el “Día de la Unidad” con el Fin de Promover la Concienciación en Torno al Acoso Escolar, Laboral y en las Comunidades””; Se deroga la Ley Núm. 66-2019, conocida como “Ley del “Día de la niña” en Puerto Rico; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 26-1998, conocida como “Ley del “Día del Educador Retirado””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 97-1999, conocida como Ley de la “Semana de la Mujer de Negocios y Profesiones de Puerto Rico””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 53-2011, conocida como Ley de la Semana de los Analistas Financieros”; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 129-1995, según enmendada, conocida como “Ley del “Día del Bastón Blanco””; enmendar las Secciones 1, 2, 3 y 4 de la Ley Núm. 98-1999, conocida como “Ley del “Día Mundial de la Mujer Rural” en Puerto Rico”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 131-2001, según enmendada, conocida como “Ley del “Día del Cooperativismo Juvenil””; enmendar los Artículos 2, 3 y 4 de la Ley Núm. 87-2003, conocida como “Ley del “Día internacional para la Erradicación de la Pobreza””; enmendar las Secciones 1, 2, 3 y 4 de la Ley Núm. 139-2001, conocida “Ley del “Día de las Naciones Unidas””; enmendar la Secciones 1, 2, 3 y 4 de la Ley Núm. 152-2019, conocida como “Ley del “Día de la Educación sobre Cambio Climático en Puerto Rico”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 154-2019, “Ley del “Día de la Genealogía Puertorriqueña””; enmendar los Artículos 2 y 3 de la Ley Núm. 109-2015, conocida como “Ley del “Día de Concienciación sobre la Espina Bífida e Hidrocefalia en Puerto Rico””; enmendar los Artículos 1 y 2 de la Ley Núm. 21-2023, conocida como “Ley del “Día de la Mentoría””; enmendar las Secciones 1, 2 y 3 de la Ley Núm. 5 del 5 de marzo de 1971, conocida como “Ley del “Día de Ramón Power y Giralt””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 9-2000, conocida como “Ley de la “Semana de las Telecomunicaciones y la Informática””; enmendar los Artículos 1 y 2 de la Ley Núm. 25 del 17 de junio de 1987, conocida como “Ley de la “Semana de Calidad de Vida””; enmendar los Artículos 2 y 3 de la Ley Núm. 97-2022, conocida como “Ley del “Día de Concienciación sobre la Psoriasis en Puerto Rico””; enmendar el Artículo 2 de la Núm. 15-2010, conocida como “Ley del Mes del Cuidado y Rehabilitación de las Personas con Epilepsia en Puerto Rico”; enmendar los Artículos 1 y 2 de la Ley Núm. 65-1998, conocida como “Ley del “Mes de la música en Puerto Rico “”; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 180-1999, conocida como “Ley del “Mes de la Lectura y el Libro en Puerto Rico””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 29-2000, conocida como “Ley del “Mes de la Prevención y Educación del Manejo del Asma y sus Síntomas””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 176-2001, según enmendada, conocida como “Ley del “Mes Contra la Violencia Doméstica””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 134-2010, conocida como “Ley del “Mes de Alerta y Conciencia de la Hipertensión Pulmonar””; enmendar los Artículos 1 y 2 de la Ley Núm. 83-2003, conocida como “Ley del “Mes de la Orientación, Prevención, Control y Reducción de la Obesidad””; enmendar los Artículos 2, 3, y 4 de la Ley Núm. 132-2007, conocida como “Ley del “Mes de la Consejería en Puerto Rico””; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 18-2023, conocida como “Ley del “Mes de Cuidadores” y el “Día de Cuidadores” Formales e Informales; Familiares, Amigos o Allegados””; enmendar los Artículos 3, 4 y 5 de la Ley Núm. 12-2021, conocida como “Ley del “Mes de la Dislexia en Puerto Rico” y el “Día de la Concienciación sobre la Dislexia””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 76-2003, según enmendada, conocida como “Ley del “Mes de la Educación Especial” y el “Día del Maestro de Educación Especial en Puerto Rico””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 238-2006, conocida como “Ley de la ‘Semana de las Personas con Sordoceguera en Puerto Rico””; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 221-2012, conocida como “Ley del “Día de la Plena en Puerto Rico””; enmendar los Artículos 1 y 2 de la Ley Núm. 10 del 19 de mayo de 1982, conocida como “Ley del “Día de Recordación de Pedrín Zorrilla””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 132-2023, conocida como “Ley del “Día de la Lucha contra los Trastornos de la Conducta Alimentaria y de la Ingesta de Alimentos””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 18-2011, conocida como “Ley de la “Semana de Puerto Rico Muévete””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 327-1998, conocida como “Ley de la “Semana del Historiador y el Día del Historiador””; enmendar los Artículos 2 y 3 de la Ley Núm. 136-2001, conocida como “Ley del “Día del Escritor Puertorriqueño””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 135-2008, conocida como “Ley del “Día Nacional Contra el Reflujo Gastroesofágico””; enmendar los Artículos 2 y 3 de la Ley Núm. 13-2008, conocida como “Ley de la “Semana y el Día del Empleado de Custodia”’; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 469 de 2004, conocida como “Ley de la “Semana de las Personas con Déficit de Atención en Puerto Rico””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 307-2002, conocida como “Ley de la “Semana del Árbitro” y el “Día del Árbitro””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 50-2002, conocida como “Ley del “Día del Cuatro Puertorriqueño y de Don Tomás Rivera Morales (Maso)”; enmendar los Artículos 2 y 8 de la Ley Núm. 2-2004, conocida como Ley de la Semana de la Solidaridad, de la Rehabilitación, la Reintegración y la Autogestión de las Personas Deambulantes en Puerto Rico””; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 18 del 18 de mayo de 1987, según enmendada, conocida como la “Ley del “Día de No Mas Violencia Contra la Mujer” en Puerto Rico”; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 2.14 de la Ley 168-2019, según enmendada, conocida como “Ley de Armas de Puerto Rico de 2020”, a los fines de ampliar la vigencia de la licencia de armas a un periodo de cinco (5) años y atender disposiciones complementarias que garanticen la uniformidad, eficiencia administrativa y cumplimiento con las normas de seguridad aplicables; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 2.048 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico" a los fines de realizar enmiendas técnicas para restablecer, dentro de las Condiciones Generales para el Ingreso al Servicio Público Municipal, el requisito de que el solicitante no haya sometido ni intentado someter información falsa, incorrecta o engañosa en solicitudes de examen, reclutamiento o empleo, reincorporando así texto vigente previamente omitido; y para otros fines relacionados.
Para añadir los nuevos incisos (ee) y (ff) al Artículo 2; añadir un nuevo Artículo 10, y reenumerar los Artículos 10 al 25, como Artículos 11 al 26, de la Ley Núm. 70-1992, según enmendada, conocida como “Ley para la Reducción y el Reciclaje de Desperdicios Sólidos en Puerto Rico”, con el propósito de establecer el “Programa de Disposición de Medicamentos o Fármacos”, con o sin receta; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Articulo 1343 de la Ley Núm. 55-2020, según enmendada, conocida corno "Código Civil de Puerto Rico", a fin de disponer que el requisito de constar por escrito aplicará únicamente a los contratos de arrendamiento sobre bienes inmuebles cuyo término exceda de seis (6) años.
Para enmendar el Artículo 1.033 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, a los fines de aumentar de cinco (5) a diez (10) días la licencia especial con paga para Legisladores Municipales que sean empleados de entidades públicas, y aumentar de cinco (5) a diez (10) días la licencia especial sin paga; y para otros fines relacionados.
Para añadir un nuevo inciso (v) y reenumerar los actuales incisos (v) y (w) como incisos (w) y (x) al Artículo 4 del Plan de Reorganización Núm. 4-1994, según enmendado; derogar el Artículo 13, y reenumerar los actuales Artículos 14 al 42 como Artículos 13 al 41 de la Ley Núm. 75 de 24 de junio de 1975, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica de la Junta de Planificación de Puerto Rico”, a los fines de transferir al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio de Puerto Rico (DDEC) la responsabilidad de formular, revisar, implementar y administrar el Plan de Desarrollo Integral de Puerto Rico; transferir la Oficina del Comprehensive Economic Development Strategy de la Junta de Planificación al DDEC; establecer los parámetros y disposiciones de transición; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el inciso (i) del Artículo 3.06 y el Artículo 17.01 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico, a los fines de disponer que será jurisdicción exclusiva del Negociado de Transporte y otros Servicios Públicos (NTSP) reglamentar las escuelas que ofrezcan adiestramientos conducentes a la obtención de licencias de chofer, de conductor de vehículos pesados de motor y sus subdivisiones, y de conductor de tractor o remolcador con o sin arrastre o semiarrastre, o de cualquier otra categoría análoga que sea creada por el Negociado de Transporte y otros Servicios Públicos; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los incisos (a) y (nn) del Artículo 2; y el inciso (c) del Artículo 39 de la Ley Núm. 109 de 28 de junio de 1962, según enmendada, conocida como “Ley de Servicio Público de Puerto Rico”, a los fines de modificar la aplicabilidad de la figura del porteador por contrato, y para otros fines relacionados.
Para enmendar el inciso 40 del Artículo 1-104 de la Ley Núm. 447 de 15 de mayo de 1951, según enmendada, mediante la cual se crea el denominado “Sistema de Retiro de los Empleados del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, a los fines de incluir en la definición de “Servidores Públicos de Alto Riesgo” a los alguaciles adscritos al Poder Judicial de Puerto Rico, para disponer que los antes mencionados funcionarios puedan acogerse voluntariamente al retiro luego de haber alcanzado los cincuenta y cinco (55) años de edad y treinta (30) años de servicio; y para otros fines relacionados.
Para declarar el 5 de mayo de cada año como el "Dia del Niño Dotado en Puerto Rico" con el fin de sensibilizar sobre la existencia y aportaciones de la niñez dotada, fortalecer su identificación temprana, promover el desarrollo de programas educativos diferenciados y propiciar la colaboración entre agendas gubernamentales, instituciones educativas, organizaciones sin fines de lucro y familias para apoyar su formacion integral; y para otros fines relacionados.
Para añadir un nuevo Artículo 12 y reenumerar los actuales Artículos 12 al 15 como Artículos 13 al 16 en la Ley Núm. 5 de 21 de enero de 2022 según emendada, conocida como “Ley para el Fortalecimiento y Desarrollo del Deporte Puertorriqueño” a los fines de asignar al Departamento de Recreación y Deportes la cantidad de un millón de dólares ($1,000,000) para cubrir sus gastos administrativos y fortalecer la programación dirigida a las diversas poblaciones que atiende; y para otros fines relacionados.
Para enmendar las Secciones 1, 2 y 4 de la Ley Núm. 17 de 10 de junio de 1939, según enmendada, con el propósito de eliminar el requisito de residencia de doce meses previo a solicitar admisión de la abogacía; eliminar la disposición vigente que contempla la admisión sin examen de ciertos abogados admitidos en otras jurisdicciones; crear una Junta Especial para el Estudio de la Reciprocidad Profesional en la Abogacía y del Examen de Reválida, adscrita al Tribunal Supremo de Puerto Rico; y para otros fines relacionados
Para eliminar los Artículos 222, 223, 224, 225 y 226 de la Ley 55-2020, según enmendada, conocida como “Código Civil de Puerto Rico”, con el fin de prescindir del Registro de Personas Jurídicas allí establecido y del requisito de inscripción registral como condición previa para que las corporaciones, compañías, sociedades, sociedades especiales, fundaciones y otras asociaciones de personas de interés particular obtuvieran personalidad jurídica propia y distinta de sus constituyentes; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los Artículos 10 y 12 de la Ley 90-2020, según enmendada, conocida como “Ley para Prohibir y Prevenir el Acoso Laboral en Puerto Rico”, a los fines de eliminar el requisito de acudir al Negociado de Métodos Alternos para la Solución de Conflictos de la Rama Judicial previo a la presentación de una reclamación civil al amparo de esta ley, aclarar el término para presentar la acción civil; y para otros fines relacionados.
Para añadir un nuevo Artículo 2.12 y reenumerar el actual Artículo 2.12 como 2.13, respectivamente, de la Ley 158-1999, según enmendada, conocida como “Ley de la Carrera Magisterial”, a los fines de establecer un plazo máximo de noventa (90) días para las revisiones salariales; pagos retroactivos automáticos desde la fecha de elegibilidad y un portal digital para el rastreo de solicitudes; y para otros fines relacionados.
Para enmendar las Reglas 55.1, 55.2, 55.5 y 55.6 de las Reglas de Procedimiento Civil de 2009, según enmendadas, a los fines de disponer que las sentencias dictadas por los tribunales de los estados y territorios de los Estados Unidos Continentales sean reconocidas de manera automática en Puerto Rico en virtud de la Cláusula de Plena Fe y Crédito de la Constitución de Estados Unidos y el 28 U.S.C. § 1738, eximiendo dichas sentencias del procedimiento de exequátur, y limitar dicho procedimiento únicamente a las sentencias dictadas por tribunales extranjeros; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los Artículos 1 y 5 de la Ley Núm. 45 de 1 de junio de 1983, según enmendada, conocida como “Ley para Facultar la Toma de Huellas Digitales y Fotografías por Delito Grave”; enmendar el Artículo 37 (e) de la Ley Núm. 88 de 9 de julio de 1986, según enmendada, conocida como “Ley de Menores de Puerto Rico”; enmendar la Regla 6.6 de las Reglas de Procedimiento para Asuntos de Menores, según enmendadas; y enmendar el Artículo 8 de la Ley 143-2014, según enmendada, conocida como “Ley de Protocolo para Garantizar la Comunicación Efectiva entre los Componentes de Seguridad del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y del Sistema de Información de Justicia Criminal”, a los fines de clasificar como confidenciales y prohibir que se divulguen, las fotografías y huellas digitales tomadas en una investigación criminal, a una persona que no ha cumplido dieciocho (18) años de edad, aunque sea procesada como persona adulta; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 473 de la Ley 55-2020, según enmendada, conocida como “Código Civil de Puerto Rico”, a los fines de aclarar el mecanismo judicial aplicable para modificar acuerdos relativos a la patria potestad, custodia, relaciones filiales y alimentos que formen parte de una estipulación incluida en una escritura pública de divorcio otorgada en sede notarial; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 16 de la Ley 75-2019, según enmendada, conocida como "Ley de la Puerto Rico Innovation and Technology Service" con el fin de establecer la publicación de proyectos tecnológicos activos bajo la jurisdicción del Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS); y para otros fines relacionados.
Para enmendar los Artículos 2, 7, 9 y 10 de la Ley 151-2004, según enmendada, conocida como “Ley de Gobierno Electrónico”, a los fines de disponer que toda la información que deba publicarse en los portales de Internet de las agencias gubernamentales, conforme a las disposiciones de dicha Ley, esté disponible en los idiomas español e inglés; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el inciso (1) (a) y (b), inciso (2) (a), (b), (c) y (d), así como el inciso (3)(a), y añadir un inciso (4)(e), (f), (g) y (h) al Artículo 77 de la Ley Núm. 75 de 2 de julio de 1984, según enmendada, conocida como “Ley Notarial de Puerto Rico”, a los fines de establecer una estructura uniforme de honorarios notariales obligatorios; fijar tarifas mínimas; limitar la discreción en la negociación de honorarios notariales y requerir el pago inmediato de todos los aranceles y honorarios al momento de la autorización del instrumento público; para imponer penalidades por su incumplimiento; y para otros fines relacionados.
Para enmendar la Sección 15 de la Ley Núm. 2 de 17 de octubre de 1961, según enmendada, conocida como “Ley de Procedimiento Sumario de Reclamaciones Laborales” a fin de proveer para el recobro de las costas del litigio al trabajador(a) prevaleciente y para otros fines relacionados.
Para reconocer al sector de los centros comerciales, como parte de la política de desarrollo económico y turístico, así como la promoción de inversión de Puerto Rico; enmendar el Artículo 3 de la Ley 17-2017, según enmendada, conocida como la “Ley para la Promoción de Puerto Rico; enmendar el Artículo 5 de la Ley Núm. 10 de 18 de junio de 1970, según enmendada, conocida como Ley de la Oficina de Turismo del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio del Gobierno de Puerto Rico; enmendar los Artículos 3 y 5 de la Ley 13-2017, según enmendada y para otros fines relacionados.
Para añadir un inciso (y) al Artículo 3; añadir un nuevo Artículo 19-A, a la Ley 8-2004, según enmendada, conocida como "Ley Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes", a los fines de crear el Cuerpo de Inspectores Voluntarios del Departamento de Recreación y Deportes; establecer sus funciones, facultades y deberes; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 1814 del Código Civil de Puerto Rico de 2020, a los fines de atemperar los términos de usucapión aplicables a bienes inmuebles, de manera que los términos que se encuentren en curso al momento de la vigencia de dicho Código se rijan por el término establecido en la legislación vigente, acreditando el tiempo ya transcurrido; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 2 de la Ley 268-1998 y la Sección 7 de la Ley Núm. 17 de 17 de abril de 1931, según enmendada, a los fines de eliminar la práctica administrativa de los patronos, incluyendo las agencias, instrumentalidades, corporaciones públicas y municipios del Gobierno de Puerto Rico, de condicionar la forma de pago del salario de empleados regulares al balance de días acumulados de vacaciones o cualquier licencia; establecer el depósito directo como método ordinario de pago cuando el empleado así lo autorice; disponer excepciones razonables; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los Artículos 241 y 242 de la Ley Núm. 210-2015, según enmendada, conocida como "Ley del Registro de la Propiedad Inmobiliaria del Estado Libre Asociado de Puerto Rico", a los fines de promover la recalificación registral voluntaria en propiedades rurales no actualizadas; facilitar procesos digitales existentes para recalificaciones, atemperando los requisitos para impugnar determinaciones registrales y expedientes de dominio en fincas no inscritas; y apoyar el sector agrícola alineado con la política pública del Gobierno de Puerto Rico en materia de agricultura y seguridad alimentaria; y para otros fines relacionados.
Para promover el arte urbano como herramienta preventiva contra la delincuencia juvenil mediante el establecimiento de programas voluntarios en los municipios para la creación de murales comunitarios; fomentar la coordinación entre agencias gubernamentales, organizaciones sin fines de lucro y comunidades locales sin asignar fondos nuevos, utilizando recursos existentes; y para otros fines relacionados.
Para establecer la “Ley para la Protección de Datos Personales en Aplicaciones de Salud y Servicios de Telemedicina”; definir términos relacionados con consentimientos explícitos y auditorías en el contexto de la telemedicina y telesalud; requerir la obtención de consentimientos explícitos para el procesamiento de datos personales de salud en aplicaciones y servicios de telemedicina; exigir auditorías periódicas anuales de sistemas de seguridad y privacidad por parte de proveedores; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 168-2018, según enmendada, conocida como la “Ley para Reglamentar la Práctica de la Telemedicina en Puerto Rico”, a los fines de incorporar definiciones de “consentimiento explícito”, “auditoría” y “datos personales de salud”; enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 168-2018 para incluir requisitos de consentimiento y auditorías en los deberes de los proveedores; enmendar el Artículo 2 de la Ley Núm. 48-2020, conocida como la “Ley para Reglamentar la Práctica de la Telesalud y Ciberterapia en Puerto Rico”, a los fines de incorporar las mismas definiciones; enmendar el Artículo 4 de la Ley Núm. 48-2020 para integrar obligaciones de consentimiento y auditorías; establecer sanciones por incumplimiento conforme a la Ley Núm. 111 de 2005; delegar fiscalización al Departamento de Salud sin impacto presupuestario adicional; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 4 de la Ley Núm. 158-2005, según enmendada, conocida como la “Ley del Destino Turístico Porta del Sol – Puerto Rico”, a los fines de atemperar la composición de la Junta Ejecutiva para el Desarrollo de Porta del Sol – Puerto Rico a la realidad turística contemporánea, integrando representación de los sectores de Alquileres a Corto Plazo y Agroturismo; y para otros fines relacionados.
Para enmendar la Sección 2 de la Ley Núm. 99 de 5 de mayo de 1941, según enmendada conocida como “Ley para Prohibir el Nepotismo en el Nombramiento de Funcionarios y Empleados de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico”, a los fines de fortalecer los controles para evitar el nepotismo en la Asamblea Legislativa.
Para añadir un inciso (39) al apartado (a) de la Sección 1031.02 de la Ley Núm. 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011”, a los fines de eximir a los empleados y funcionarios públicos del Gobierno de Puerto Rico, sus instrumentalidades, corporaciones públicas y municipios del pago de contribuciones sobre los ingresos devengados por concepto de la liquidación del pago de licencias por vacaciones y enfermedad acumuladas como resultado de su retiro, renuncia o cese de servicio; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el inciso (b) del Artículo 73 de la Ley 146-2012, según enmendada, conocida como el “Código Penal de Puerto Rico”, a los fines de disponer que en los casos donde se configure reincidencia agravada se aumentará treinta (30) años a la pena fija dispuesta por ley para el delito cometido.
Para enmendar el inciso (c) de la regla 4.3 de las “Reglas de Procedimiento Civil de 2009”, según enmendadas, con el propósito de reducir a sesenta (60) días el término para diligenciar emplazamientos, prorrogable por treinta (30) días adicionales previa oportuna solicitud cuando medie justa causa a discreción del tribunal.
Para enmendar las Reglas 172 y 177 de las Reglas de Procedimiento Criminal, según enmendadas, a los fines de atemperar su contenido a lo dispuesto en el Artículo 57 de la Ley Núm. 146-2012, según enmendada, conocida como "Código Penal de Puerto Rico", para garantizar los derechos de los ciudadanos en la etapa de cumplimiento de la pena de multa en los procedimientos criminales; permitir excepciones de conformidad con la Sección 4 de la Ley Núm. 34-2021, conocida como "Ley para la Imposición de la Pena Especial del Código Penal de Puerto Rico"; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el inciso (b) del Artículo 3.026 de la Ley Núm. 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, a los fines de establecer el salario base de los policías municipales en tres mil ($3,000) dólares.
Para enmendar el inciso (B) del Artículo 4 de la Ley 300-1999, según enmendada, conocida como “Ley de Verificación de Credenciales e Historial Delictivo de Proveedores a Niños, Personas con Impedimentos y Profesionales de la Salud”, añadir un inciso (3) y renumerar los incisos (3) a (23) como (4) a (24), respectivamente, del Artículo 10 de la Ley 151-2004, según enmendada, conocida como “Ley de Gobierno Electrónico” a los fines de garantizar que la certificación otorgada por virtud de la Ley 300-1999, según enmendada, cumpla con las disposiciones de la Ley 151-2004, según enmendada, para que la expedición de la certificación de forma electrónica sea rápida y ágil; y para otros fines relacionados.
Para crear la "Ley de Maneio de Estudiantes con Dermatitis Atópica en las Escuelas Públicas y Privadas", a fin de establecer el procedimiento a seguir en las aulas para el manejo, acomodos y tratamiento adecuado de los estudiantes con dermatitis atópica; prohibir el discrimen por razón de su condición médica; y para otros fines relacionados.
“Para añadir un nuevo Artículo 8.2 y reenumerar los actuales artículos 8.2, 8.3, 8.4, 8.5 y 8.6 como los artículos 8.3, 8.4, 8.5, 8.6 y 8.7 de la Ley 38-2017, según enmendada, conocida como Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme a los fines de garantizar que se extienda la vigencia de las certificaciones y documentos producidas por el Gobierno de Puerto Rico y que sean presentados ante agencia como parte de un trámite administrativo; y para otros fines relacionados.”
“Para enmendar los artículos 3.14 y 7.3 de la Ley 160-2013, según enmendada, conocida como “Ley del Sistema de Retiro para Maestros del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, con el propósito de establecer que, todo participante del Sistema que realice y sea convicto en un tribunal de justicia de Puerto Rico, o de cualquier otra jurisdicción estatal o federal, de actos constitutivos de abuso sexual y abuso contra menores, perderá todos sus beneficios bajo el Sistema; y para otros fines relacionados.”
Para crear la "Ley de Transparencia y Derecho a la Interacción Humana en Servicios Públicos Asistidos por Inteligencia Artificial", a los fines de requerir que las agendas y corporaciones públicas del Gobierno de Puerto Rico que informen a los ciudadanos cuando estén interactuando con sistemas automatizados o inteligencia artificial y garantizar el derecho a solicitar la intervención de un ser humano en la prestación de servicios públicos; y para otros fines relacionados.
“Para enmendar el inciso (34) del apartado (a) de la Sección 1031.02 de la Ley Núm. 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico”, a los fines de eximir a los Agentes Especiales Fiscales y Agentes de Rentas Internas del Departamento de Hacienda del pago de contribuciones sobre los ingresos recibidos por concepto del pago de las horas extras trabajadas; y para otros fines relacionados.”
Para enmendar el Artículo 2 de la Ley 180-2008, según enmendada, conocida como “Ley para el Manejo de los Desperdicios Biomédicos Regulados”, para que no se considere como desperdicio biomédico regulado los restos fetales humanos producto de pérdidas gestacionales ocurridas antes de las veinte (20) semanas de embarazo, independientemente de su peso, cuando la madre o el padre solicite formalmente su entrega conforme a los protocolos adoptados por el Departamento de Salud; enmendar la Ley 258-2012, según enmendada, conocida como “Ley de Servicios Funerarios de Puerto Rico”, para añadir un nuevo Artículo 4.07 autorizando a las funerarias a recibir restos fetales producto de pérdidas gestacionales antes de las veinte (20) semanas; enmendar el Artículo 8 de la Ley Núm. 24 de 22 de abril de 1931, según enmendada, conocida como “Ley del Registro Demográfico de Puerto Rico”, para que se autorice al Departamento de Salud a emitir un certificado especial para su inscripción y disposición en aquellos casos en que el padre o la madre lo solicite; ordenarle al Departamento de Salud adiestrar a su personal, enmendar los reglamentos, aprobar protocolos y órdenes administrativas que sean necesarios para implementar y hacer cumplir las disposiciones y los propósitos de esta Ley; y para otros fines relacionados.
Para derogar la Ley 212-2014, conocida como "Ley de Desarrollo y Preservación del Tren de Arroyo", a fin de eliminar del ordenamiento jurídico un organismo interagencial inoperante desde 2015, evitar duplicidad administrativa y modernizar el andamiaje gubernamental de Puerto Rico.
Para crear el “Programa de Desvío para la Reeducación en Casos de Explotación Financiera que constituyan delito grave cometido por familiares de personas de edad avanzada o incapacitados” a los fines de establecer un programa de reeducación para aquellas personas que se declaren culpable o convicto que fueren del Artículo 127-C de la Ley 146-2012, según enmendada, conocida como “Código Penal de Puerto Rico” y tengan un vínculo de consanguinidad o afinidad con la víctima, para autorizar la expedición automática de orden de protección en estos casos; para enmendar el Artículo 127-C (b)(2) de la Ley 146-2012, según emendada, conocida como “Código Penal de Puerto Rico”; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los Artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19 y 20 de la Ley Núm. 132 de 25 de junio de 1968, según enmendada, conocida corno "Ley para Reglamentar la Extracción de Arena, Grava y Piedra", a los fines de cumplir con la política pública de centralizar los procesos de permisos en la Oficina de Gerencia de Permisos o la dependencia gubernamental que le sustituya; y para otros fines para relacionados.
Para añadir un Artículo 8.4 C a la Ley 161-2009, según enmendada, conocida como “Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico”, a fin de exceptuar del cumplimiento de instalación de provisión “rapid shutdown” para sistemas de energía renovable instalados en techos de uso exclusivo residencial de concreto; y establecer que la Oficina de Gerencia de Permisos, la Autoridad de Energía Eléctrica, el Negociado de Energía, así como cualquier otro departamento, agencia, municipio, corporación o instrumentalidad pública del Gobierno revisarán, enmendarán o derogarán sus reglamentos administrativos, órdenes administrativas, memorandos para instituir procedimientos, políticas y formularios de permisos con la intención de atemperarlos a lo aquí contenido; y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley de Oportunidad de Compra Comunitaria de Puerto Rico” o “Ley COPA-PR”, a los fines de otorgar a organizaciones sin fines de lucro calificadas, incluyendo fideicomisos de tierras comunitarias, una oportunidad prioritaria para ofertar por propiedades multifamiliares en venta, con el propósito de expandir y preservar el inventario de viviendas asequibles, combatir el desplazamiento urbano y promover el desarrollo de vivienda social; establecer el proceso de notificación y plazos para ofertas; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre la implementación, cumplimiento y efectividad de las políticas públicas y legislación vigente para combatir el abandono de adultos mayores por parte de su familia, tutor o persona responsable; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre la implementación y el cumplimiento con la Ley 121-2019, según enmendada, conocida como la “Carta de Derechos y la Política Pública del Gobierno a Favor de los Adultos Mayores”, y sus implicaciones en la actuación de las agencias gubernamentales responsables de garantizar los derechos y servicios esenciales a esta población; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación sobre todo asunto relacionado a las leyes que promueven el desarrollo integral de la población adulta mayor, particularmente la Ley 121-2019, según enmendada, conocida como “Carta de Derechos y la Política Pública del Gobierno a favor de los Adultos Mayores” y la legislación especial citada en la misma que beneficia a esta población; la eficacia de las agencias gubernamentales responsables por la implementación de estas leyes; a fines de determinar si resulta necesario el desarrollo de política pública para promover el desarrollo integral de este creciente e importante sector poblacional; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de la Región Norte de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el problema energético, de voltaje y de telecomunicaciones que afecta al barrio Cibao del Municipio de Camuy; la respuesta y gestión de las entidades proveedoras de los servicios de energía eléctrica y telecomunicaciones, así como de las agencias gubernamentales concernidas, ante dicha problemática; y los efectos de la misma en la seguridad pública, los servicios esenciales y la calidad de vida de los residentes de dicho barrio; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Transportación de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre los estudios, proyectos y soluciones propuestas por el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) y la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) dirigidas a mitigar la congestión vehicular y reducir los accidentes de tránsito en la carretera estatal PR-107, en el municipio de Aguadilla; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Infraestructura, Ordenación Territorial y Transportación de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre los planes de ordenación territorial, la concesión de nuevos permisos de usufructo y del desarrollo acelerado de establecimientos comerciales y oficinas de servicios en la carretera estatal PR-107, en el barrio Borinquen del municipio de Aguadilla; examinar el cumplimiento con la reglamentación vigente, la capacidad vial, la seguridad pública, la disponibilidad de infraestructura, y el impacto socioeconómico y la seguridad vial de dicho crecimiento; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a las comisiones de Asuntos de la Juventud y de lo Jurídico de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico realizar una exhaustiva investigación sobre la implementación y cumplimiento de las disposiciones de la Resolución Conjunta 1-2023, conocida como Resolución Conjunta del Plan de Emergencia para Atender la Crisis de Abuso y Maltrato de Menores en Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico llevar a cabo un estudio y evaluación luego de la implementación de las disposiciones contenidas en la Ley Núm. 168 de 12 de agosto de 2000, según enmendada, conocida como “Ley para el Fortalecimiento del Apoyo Familiar y Sustento de Personas de Edad Avanzada”; asimismo, medir su efectividad para cumplir con su objetivo.
Para ordenar a la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva en torno a la implementación de las nuevas guías nutricionales publicadas por el Departamento de Salud de los Estados Unidos y el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos en la Autoridad Escolar de Alimentos del Departamento de educación; así como la continuidad, si alguna, de la compra prioritaria de productos locales ante los nuevos cambios alimenticios y todo lo relacionado a la elaboración de alimentos nutritivos por parte de los comedores escolares; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva en torno a cómo el Departamento de Salud de Puerto Rico ejecutará cambios en sus planes, reglas, reglamentos, órdenes administrativas, memorandos, cartas circulares y en toda documentación oficial que haya tenido como base legal o referencia las directrices de la Organización Mundial de la Salud (OMS); así como auscultar todo lo relacionado al impacto en Puerto Rico tras la salida de los Estados Unidos de la OMS; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva en torno a la implementación, educación de los funcionarios, orientación a la ciudadanía y el alcance en Puerto Rico de las nuevas guías nutricionales publicadas por el Departamento de Salud y el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos y todo lo relacionado con el consumo de alimentos y la nutrición de los puertorriqueños; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva en torno a la ejecución y resultados del Plan de Acción para la Prevención de la Obesidad en Puerto Rico 2023-2025 por parte de la Comisión de Alimentación y Nutrición de Puerto Rico; así como las estrategias de la Comisión de Alimentación y Nutrición tras la salida de los Estados Unidos de la Organización Mundial de la Salud y las nuevas guías alimentarias del Departamento de Salud y el Departamento de Agricultura federal; y todo lo relacionado a la prevención de la obesidad en Puerto Rico, de manera particular la prevención de la obesidad infantil; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva en torno a la implementación de desarrollo de guías y protocolos por parte del Departamento de Educación para la implementación y desarrollo de todo lo relacionado al reciclaje vegetal y compostaje y el desarrollo y la coordinación de ventas de productos conforme la Ley 15-2024, conocida como “Ley para fomentar el reciclaje vegetal y compostaje en las escuelas de Puerto Rico”; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Seguridad Pública y a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la preocupante crisis de salud mental que afecta a las personas privadas de su libertad en las instalaciones del sistema correccional bajo custodia del Departamento de Corrección y Rehabilitación; con énfasis en la estadísticas de incidencia de condiciones de salud mental, las medidas de consejería tomadas para atender a esta población y el uso de farmacoterapia como tratamiento.
Para ordenar a la Comisión de la Región Sur a realizar una investigación sobre los incidentes de violencia y criminalidad recientes en los municipios de Cayey y Cidra, que alteran la sana convivencia social y generan preocupación en los municipios, comunidades, comerciantes y familias afectadas, y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Turismo de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre las prácticas de mantenimiento, conservación y operación de los aviones utilizados por la línea aérea Iberia en la ruta San Juan–Madrid, ante múltiples quejas de viajeros sobre condiciones deficientes; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a las Comisiones de Salud; y de Asuntos Municipales de la Cámara de Representantes, realizar una investigación exhaustiva sobre el cumplimiento de la Oficina Estatal de Control de Animales, adscrita al Departamento de Salud de Puerto Rico, y a los gobiernos municipales, con su deber para con el recogido y tratamiento de animales realengos; y para otros fines relacionados.
Para ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) y al Departamento de Hacienda, poner en vigor lo establecido en la Ley 96-2022, la cual enmienda la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, para que cuando un ciudadano haya presentado un recurso de revisión relacionado con las faltas administrativas o multas de tránsito, y no prevalezca, los términos que tienen las personas para acogerse a los descuentos provistos en el Artículo 23.05 de la precitada Ley 22-2000, comiencen a decursar cuando la resolución o sentencia dictada por el Tribunal correspondiente advenga final, firme e inapelable; y para otros fines relacionados.
Para designar el puente sobre el Río Grande de Loíza que ubica en la PR-894, vía que discurre entre la PR-181 y la PR-175, en la jurisdicción del Municipio de Trujillo Alto, con el nombre del distinguido servidor público y ex – representante, Pedro E. “Perucho” Díaz Díaz (QEPD); y para otros fines relacionados.
Para ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), en coordinación con el Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS), que realicen la programación necesaria, para que se pueda adjuntar una certificación de validación de dirección a través de la aplicación de CESCO Digital, cuando la persona a renovar su licencia resida en la residencia de sus padres o de algún familiar y no tiene alguna evidencia de dirección a su nombre; y para otros fines relacionados.
Para ordenar al Departamento de Recreación y Deportes (DRD) la liberación de las condiciones restrictivas de uso y la autorización para la enajenación de la Finca Número 11,305, ubicada en el Barrio Padilla del Municipio de Corozal, la cual fue cedida originalmente al amparo de la Ley Núm. 120-2001; y para otros fines relacionados.
Para designar el parque Municipal de Patillas con el nombre Gaspar Cochran y derogar la Resolución Conjunta núm. 64 del 2012
Para ordenar a la Departamento de Agricultura y a la Junta de Planificación de Puerto Rico de acuerdo con lo establecido a liberar de las restricciones y condiciones sobre preservación e indivisión previamente impuestas y anotadas según dispuesto en la Ley Núm. 107 de 3 de julio de 1974, según enmendada, del predio de terreno marcado con el número diecisiete (17) en el Plano de Subdivisión de la finca “Vega Redonda”, según consta en la Escritura de Compraventa con Restricciones Número Diecinueve (19), otorgada en el Municipio de San Juan, Puerto Rico, el nueve (9) de junio de 1988, sobre la Finca Número Siete Mil Seiscientos Treinta y Seis (7,636), inscrita al Folio Número Noventa y Tres (93) del Tomo Ciento Trece (113) de Comerío, en el Registro de la Propiedad de Barranquitas, Inscripción Primera e inscrita a favor de Don Cruz Sierra Gonzalez, fallecido y su viuda Doña Armanda Méndez Rodríguez, de 100 años de edad.”
Para ordenar a la Departamento de Agricultura y a la Junta de Planificación de Puerto Rico de acuerdo con lo establecido a liberar de las restricciones y condiciones sobre preservación e indivisión previamente impuestas y anotadas según dispuesto en la Ley Núm. 107 de 3 de julio de 1974, según enmendada, del predio de terreno marcado con el número tres (3) en el Plano de Subdivisión de la finca “Vega Redonda”, según consta en la Certificación expedida en San Juan, Puerto Rico, el 24 de mayo de 1985, por Antonio González Chapel, sobre la Finca Número Seis Mil Seiscientos Sesenta (6,660), inscrita al Folio Número Doscientos Ochenta y Nueve vuelto (289 vto) del Tomo Noventa y Tres (93) de Comerío, en el Registro de la Propiedad de Barranquitas, Inscripción Primera e inscrita a favor de Don Jacinto Meléndez Franco y Doña Virginia Meléndez Castrodad, ambos fallecidos.
Para ordenar a la Departamento de Agricultura y a la Junta de Planificación de Puerto Rico de acuerdo con lo establecido a liberar de las restricciones y condiciones sobre preservación e indivisión previamente impuestas y anotadas según dispuesto en la Ley Núm. 107 de 3 de julio de 1974, según enmendada, del predio de terreno marcado con el número dieciocho (18) en el Plano de Subdivisión de la finca “Vega Redonda”, según consta en la Escritura de Compraventa con Restricciones Número 83, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el 15 de noviembre de 1979, ante el Notario Público Bolívar Ramos Rivera, sobre la Finca Número Seis Mil Quinientos (6,500), inscrita al Folio Número Ciento Setenta y Ocho (178) del Tomo Ciento Sesenta y Uno (161) de Comerío, en el Registro de la Propiedad de Barranquitas, Inscripción Primera e inscrita a favor de Don Ramón Alvelo Torres y Doña Sofía Rolón Fontánez, ambos fallecidos.
Para ordenar a la Departamento de Agricultura y a la Junta de Planificación de Puerto Rico de acuerdo con lo establecido a liberar de las restricciones y condiciones sobre preservación e indivisión previamente impuestas y anotadas según dispuesto en la Ley Núm. 107 de 3 de julio de 1974, según enmendada, del predio de terreno marcado con el número trece (13) en el Plano de Subdivisión de la finca “Vega Redonda”, según consta en la Escritura de Compraventa con Restricciones Número Setenta y Nueve (79), otorgada en el Municipio de San Juan, Puerto Rico, el 15 de noviembre de 1979, sobre la Finca Número Seis Mil Cuatrocientos Noventa y Seis (6,496), inscrita al Folio Número Ciento Cuarenta y Nueve (149) del Tomo Noventa y Uno (91) de Comerío, en el Registro de la Propiedad de Barranquitas, Inscripción Primera e inscrita a favor de don Ramon Febo Rodríguez, también conocido como Ramon Febus Rodríguez y doña Rosenda Burgos Ortiz, ambos fenecidos
Para ordenar a la Departamento de Agricultura y a la Junta de Planificación de Puerto Rico de acuerdo con lo establecido, a liberar de las restricciones y condiciones sobre preservación e indivisión previamente impuestas y anotadas según dispuesto en la Ley Núm. 107 de 3 de julio de 1974, según enmendada, del predio de terreno marcado con el número seis (6) en el Plano de Subdivisión de la finca “Vega Redonda”, según consta en la Certificación de Titulo con Restricciones, otorgada en el Municipio de Guaynabo, el 19 de julio de 2010, sobre la Finca Número Diez Mil Seis Cientos Treinta y Uno (10,631), inscrita al Folio Número Ciento Cuarenta (140) del Tomo Ciento Sesenta y Dos (162) de Comerío, Registro de la Propiedad de Barranquitas, Inscripción Primera e inscrita a favor de don Rubén Rivera Burgos y Angelina Ortiz Rodríguez
Para designar la Carretera Estatal PR-989, en el Municipio de Vieques, con el nombre de "Gerardo Osorio Ramos", en honor a sus aportaciones y servicios a la comunidad viequense, dejando un legado de solidaridad, compromiso comunitario y amor profundo por Vieques; establecer sobre su rotulación; y para otros fines relacionados.
Para designar el tramo de la Carretera PR-866, ubicada en la Urb. Levittown, que discurre desde la Avenida Boulevard hasta la Panadería Aquino en intersección con la Avenida Amalia Paoli en el Municipio de Toa Baja, como Avenida Olga Tañón, en reconocimiento a su destacada trayectoria artística y su firme compromiso social y humanitario; autorizar la instalación de rótulos, autorizar el pareo de fondos; y para otros fines relacionados.
Para asignar al Departamento de Hacienda la cantidad de quinientos cincuenta y cuatro millones de dólares ($554,000,000), con cargo al Fondo General del Tesoro Estatal, a los fines de financiar los costos relacionados con una distribución de pagos a ciertos individuos por concepto de un Cheque de Alivio Contributivo para los Trabajadores y la Clase Media para el año contributivo 2025, facultar al Departamento de Hacienda a emitir pagos de conformidad con los requisitos aquí establecidos, establecer los parámetros para dicho proceso, ordenar y facultar al Secretario del Departamento de Hacienda promulgar cualquier norma administrativa para cumplir los propósitos aquí establecidos, ordenar a la Oficina de Gerencia y Presupuesto a autorizar las partidas que sean necesarias para cumplir y hacer cumplir los propósitos de esta Resolución Conjunta, y para otros fines relacionados
Para ordenar al Departamento de la Vivienda a adquirir al precio nominal de un (1.00) dólar por parte de la Autoridad de Tierras, los terrenos donde enclavan las viviendas de los residentes del barrio Paso Seco en el sector Paso Seco Abajo carretera 153 Km. 4.5 del Municipio de Santa Isabel, y una vez adquirida la titularidad, segregarlos y cederlos; otorgándole títulos de propiedad a los vecinos de la antes mencionada comunidad; disponiéndose que estas personas estarán exentos del cumplimiento del requisito de ingresos establecido en la Ley Núm. 132 de 1 de julio de 1975, según enmendada.
Para ordenar al Comite de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por virtud de la Ley 26-2017, segun enmendada, conocida coma "Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal", evaluar la transferencia al Municipio de Cabo Rojo, mediante los mecanismos contemplados en dicha Ley, del terreno y la estructura del antiguo cuartel estatal ubicado en la zona urbana de dicho Municipio, con el fin de utilizarlo para establecer diversos proyectos de desarrollo económico, educativos, comunitarios, turísticos y deportivos, así como otros proyectos de beneficio para la ciudadanfa en general.
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por virtud de la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, transferir al Centro de Microempresas y Tecnologías Agrícolas Sustentables de Yauco Inc., las instalaciones de la antigua Escuela Elemental del Bo. Quebradas de Yauco, antes conocida como “Escuela Elemental Antonio Rodríguez Menéndez”, localizada en la la Carretera PR- 375, Km. 2.8, Yauco, Puerto Rico, por el valor nominal de un dólar ($1.00); y para otros fines relacionados.
Para asignar al Departamento de Hacienda la cantidad de quinientos cincuenta y cuatro millones de dólares ($554,000,000), con cargo al Fondo General del Tesoro Estatal, a los fines de financiar los costos relacionados con una distribución de pagos a ciertos individuos por concepto de un Cheque de Alivio Contributivo para los Trabajadores y la Clase Media para el año contributivo 2025, facultar al Departamento de Hacienda a emitir pagos de conformidad con los requisitos aquí establecidos, establecer los parámetros para dicho proceso, ordenar y facultar al Secretario del Departamento de Hacienda promulgar cualquier norma administrativa para cumplir los propósitos aquí establecidos, ordenar a la Oficina de Gerencia y Presupuesto a autorizar las partidas que sean necesarias para cumplir y hacer cumplir los propósitos de esta Resolución Conjunta, y para otros fines relacionados
Para designar la Carretera Estatal PR- 301 dentro de la jurisdicción del Municipio de Cabo Rojo, con el nombre de Perza Rodríguez Quiñonez, en honor a su destacada trayectoria de servicio público como exalcaldesa del Municipio de Cabo Rojo, destacando su liderato, su compromiso con el desarrollo integral de su pueblo y su legado histórico como la primera mujer negra en ocupar dicho cargo; autorizar la instalación de los rótulos; ordenar el pareo de fondos; y para otros fines relacionados.
Para ordenar al Negociado del Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico y al Departamento de Seguridad Pública del Gobierno de Puerto Rico, adquirir un camión bomba para incendios forestales a ser designado como parte de la flota de la estación de bomberos del Municipio de Sabana Grande.
Para ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas, a la Autoridad de Carreteras y Transportación, y cualquier otra agencia concerniente; incluir en sus Planes de Mejoras, como proyecto prioritario, la reconstrucción, repavimentación y optimización de la carretera PR-368 jurisdicción del Municipio de Sabana Grande; así como ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas, a la Autoridad de Carreteras y Transportación, y cualquier otra agencia concerniente; realizar las gestiones necesarias y pertinentes para lograr la asignación de fondos bajo los programas federales aplicables.
Para ordenar al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) a tomar acción inmediata para atender el problema de sedimentación en el cauce del Río Guanajibo, jurisdicción del Municipio de Sabana Grande; identificar y separar los fondos necesarios para la creación de un plan de trabajo que redunde en la limpieza del cauce, ya sea por fondos estatales así como de fondos federales de recuperación, reconstrucción y resiliencia, incluyendo aquellos asignados a través de los programas de Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA) o Cuerpo de Ingenieros del Ejército de EE. UU. (USACE); y para otros fines relacionados.
Para denominar con el nombre de “Noel Matías Borrelli” el tramo de la Carretera Estatal PR-364 ubicado en el Barrio Rincón del Municipio de Sabana Grande; ordenar a las agencias concernidas a adoptar las acciones necesarias para viabilizar dicha designación en el ámbito estatal; y para otros fines relacionados
Para ordenar al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) a tomar acción inmediata para canalizar el cauce de la quebrada que discurre entre el barrio tallaboa saliente, sector seboruco y la carretera PR-385 del municipio de Peñuelas; identificar y separar los fondos necesarios para la creación de un plan de trabajo que redunde en la canalización y limpieza del cauce, ya sea por fondos estatales así como de fondos federales de recuperación, reconstrucción y resiliencia, incluyendo aquellos asignados a través de los programas de Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA) o Cuerpo de Ingenieros del Ejército de EE. UU. (USACE); y para otros fines relacionados.
Para ordenar al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC), al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH), a la Oficina de Innovación y Servicios de Tecnología de Puerto Rico (PRITS) y al Departamento de Educación de Puerto Rico (DEPR) a establecer de manera conjunta mecanismos y programas educativos que utilicen las escuelas vocacionales como plataforma para enseñar a los estudiantes actuales y egresados de estas instituciones los fundamentos del emprendimiento, el acceso al financiamiento y las oportunidades que ofrecen sus destrezas vocacionales en el contexto de la transformación del mundo laboral mediante la Inteligencia Artificial.
Para ordenar a la Comisión de Desarrollo Económico, Pequeños Negocios, Banca, Comercio, Seguros y Cooperativismo del Senado de Puerto Rico, realizar un estudio general sobre los procesos de elaboración, adopción, aprobación y/o actualización de los planes de ordenamiento territorial, por parte de los municipios en la Isla, con el propósito de identificar alternativas viables dirigidas a que los setenta y ocho (78) municipios tengan dichos planes y puedan asumir ciertas competencias de la Junta de Planificación y de la Oficina de Gerencia de Permisos; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Desarrollo Económico, Pequeños Negocios, Banca, Comercio, Seguros y Cooperativismo del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre el impacto y consecuencias legales, financieras y sociales de las hipotecas revertidas (reverse mortgage) contratadas por personas de edad avanzada en Puerto Rico, particularmente en cuanto a los efectos que estas han tenido en la seguridad de su vivienda principal, su calidad de vida, y el posible aprovechamiento indebido por parte de instituciones financieras o intermediarios, con el fin de evaluar legislación vigente, deficiencias regulatorias y proponer las enmiendas o medidas legislativas necesarias para proteger esta población vulnerable.
Para ordenar a la Comisión de Desarrollo Económico, Pequeños Negocios, Banca, Comercio, Seguros y Cooperativismo del Senado de Puerto Rico, realizar un estudio para evaluar la viabilidad del traspaso de permisos de un comercio a otro, cuando se lleve a cabo la venta de este, siempre y cuando se mantenga el uso según aprobado en el permiso original por ley, de la Oficina de Gerencia de Permisos.
Para ordenar a la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico, realizar un estudio comprensivo sobre la aplicación de las disposiciones contenidas en la Ley 129-2020, según enmendada, conocida como “Ley de Condominios de Puerto Rico”, con el propósito de corroborar que esta cumpla con su cometido de facilitar que aquellos que residen en condominios, lo hagan dentro de un marco de sana convivencia y respeto al derecho ajeno; así como constatar si el Departamento de Asuntos del Consumidor deba ser la agencia gubernamental encargada de administrar la precitada Ley 129; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Agricultura del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre el proyecto para inundar el Valle de Lajas, su impacto en la infraestructura agrícola, los cultivos y la economía local; la respuesta gubernamental inmediata y a mediano plazo del estado de los sistemas de mitigación de inundaciones y drenaje; y los posibles efectos de la propuesta de restauración de la Laguna de Guánica en la producción y cadena agroalimentaria de la Isla.
Para enmendar la Sección 3 de la R. del S. 105, aprobada el 14 de octubre de 2025, que ordenó a la Comisión de Desarrollo Económico, Pequeños Negocios, Banca, Comercio, Seguros y Cooperativismo del Senado de Puerto Rico, realizar un estudio general sobre los procesos de elaboración, adopción, aprobación y/o actualización de los planes de ordenamiento territorial, por parte de los municipios en la Isla, con el propósito de identificar alternativas viables dirigidas a que los setenta y ocho (78) municipios tengan dichos planes y puedan asumir ciertas competencias de la Junta de Planificación y de la Oficina de Gerencia de Permisos; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a las Comisiones de Educación, Arte y Cultura; y de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional e Impedimentos del Senado de Puerto Rico, a realizar una investigación exhaustiva sobre los protocolos, procedimientos y medidas adoptadas por el Departamento de Educación para atender situaciones de maltrato, ausentismo escolar y condiciones inadecuadas de higiene, así como aquellos casos en los que se identifiquen patrones de conducta del menor o de su entorno familiar que representen un riesgo para su seguridad física o emocional o que menoscaben su capacidad para recibir una educación adecuada en el sistema público; y para otros fines relacionados.
Para ordenar al Departamento de Transportación y Obras Publicas de Puerto Rico que rinda un informe detallado sobre la incidencia de delitos en el sistema de transporte público, incluyendo guaguas de la Autoridad Metropolitana de Autobuses (AMA) y el Tren Urbano; las medidas preventivas implementadas; y las propuestas para mitigar la criminalidad en estos servicios; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional e Impedimentos del Senado de Puerto Rico realizar un estudio sobre la incidencia, modalidades y estrategias preventivas de la violencia cibernética contra mujeres en redes sociales y plataformas digitales en Puerto Rico; identificar patrones de acoso digital, ciberacoso sexual, doxing, difusión no consentida de imágenes íntimas y amenazas en línea; evaluar la respuesta actual del sistema de justicia y proponer recomendaciones para fortalecer la prevención, persecución y protección de las víctimas sin impacto fiscal adicional; y para otros fines relacionados.
Para expresar la más sincera felicitación y el reconocimiento del Senado de Puerto Rico a Benito Antonio Martínez Ocasio, conocido como “Bad Bunny”, por su extraordinaria trayectoria artística, su impacto cultural a nivel mundial y por hacer historia al obtener el premio Álbum del Año en la sexagésima octava edición de los Premios Grammy, con su producción Debí Tirar Más Fotos.
Para ordenar a la Comisión de Relaciones Federales y Viabilización del Mandato del Pueblo para la Solución del Estatus del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación sobre la capacidad administrativa, técnica y fiscal del Gobierno de Puerto Rico para manejar y cumplir con los requisitos asociados a los fondos federales que recibe, incluyendo aquellos otorgados mediante procesos de Notice of Funding Opportunity (NOFO), la fiscalización de dichos fondos desde su otorgación hasta su impacto real en los servicios a la ciudadanía, la identificación de deficiencias en su manejo y ejecución, y para otros fines relacionados.