Qué se movió cada día en la Legislatura. Toca un día para ver qué le pasó a cada medida. Los filtros te dejan seguir un solo tipo de trámite, como el Calendario de Órdenes Especiales, que es la antesala de una votación.
En trámite
Camino a votarse
Camino a ser ley
Detenidas
Resto
+135 más
3+34 más
4+29 más
5+128 más
6+36 más
+93 más
10+19 más
11+3 más
12+102 más
13+33 más
14+77 más
18+47 más
19+116 más
20+22 más
21+125 más
24+37 más
25+17 más
26+132 más
27+28 más
28Sr. Eric Pérez Rovira como Miembro de la Junta de Directores de la Corporación para la Promoción de Puerto Rico como Destino (DMO).
Dr. Edward R. Moreno Alonso como Miembro y Presidente de la Junta de Instituciones Postsecundarias.
Lcda. Vanessa Santo Domingo como Miembro de la Junta de Gobierno de la Universidad de Puerto Rico, para un término remanente que vence el 29 de abril de 2029.
Para enmendar el Artículo 66 de la Ley Núm. 205-2004, según enmendada, conocida como ‘Ley Orgánica del Departamento de Justicia’, y los Artículos 279 y 284 de la Ley Núm. 210-2015, según enmendada, conocida como la ‘Ley del Registro de la Propiedad Inmobiliaria de Puerto Rico’, a los fines de extender a dieciséis (16) años el término de nombramiento de los Fiscales, Procuradores de Asuntos de Menores y de Familia, y Registradores de la Propiedad; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 92 de la Ley 146-2012, según enmendada, conocida como “Código Penal de Puerto Rico”, a los fines de establecer que para propósito de lo dispuesto en los incisos (g) y (h) del Artículo 93 de dicha ley, se considerará ser humano al concebido en cualquier etapa de gestación dentro del útero materno; y para otros fines relacionados.
Para crear la "Ley de Protección y Transparencia en el Otorgamiento de Becas Deportivas a Menores de Edad", a los fines de establecer los requisitos mínimos en los contratos de becas deportivas ofrecidos por instituciones privadas, clubes, academias y agentes a menores de edad en Puerto Rico; prohibir cláusulas abusivas que comprometan el futuro económico del menor; garantizar la prioridad de la educación; establecer la jurisdicción del Departamento de Recreación y Deportes; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los Artículos 1.2, 1.4 y 2.3 de la “Ley de Política Pública de Diversificación Energética por Medio de la Energía Renovable Sostenible y Alterna en Puerto Rico”, Ley 82-2010, según enmendada,; a los fines de actualizar la Declaración de Política Pública para reforzar la diversificación energética y la reducción de emisiones; añadir definiciones relativas a los Reactores Modulares Pequeños (SMR, por sus siglas en inglés) y promover la investigación sobre su posible implementación en Puerto Rico; ordenar a la Universidad de Puerto Rico a desarrollar currículos académicos y programas de investigación enfocados en alternativas energéticas modernas y de menor impacto ambiental, así como a diseñar y ejecutar programas educativos comunitarios sobre fuentes de energía limpias; y para otros fines relacionados.
Para enmendar las reglas 9.1 y 9.2 de las Reglas de Procedimiento Civil de 2009, según enmendadas, a los fines de remover la obligación de notificar el número de fax como medio de comunicación entre las partes y otras enmiendas técnicas; para enmendar la regla 37.4 de las Reglas de Procedimiento Civil de 2009, según enmendadas, a los fines de que requerir que se incluya en el informe preliminar entre abogados y abogadas las controversias sobre autenticidad y admisibilidad de evidencia creada mediante inteligencia artificial generativa; para enmendar la regla 47 de las Reglas de Procedimiento Civil de 2009, según enmendadas, a los fines de impedir que se utilice la reconsideración para presentar evidencia que se pudo o debió haber presentado en etapas previas judiciales, y que no fue evaluada por el tribunal.
Para enmendar el inciso (b) de la regla 404 de las Reglas de Evidencia de Puerto Rico, a los fines de aclarar cuando el Ministerio Público justificará la prueba de carácter que pretende presentar; para añadir una nueva regla 516 y renumerar las reglas 516, 517 y 518, a los fines de establecer el privilegio del periodista a no divulgar sus fuentes o informaciones confidenciales; para enmendar la nueva y renumerada regla 519 de las Reglas de Evidencia de Puerto Rico, a los fines de aclarar que la nueva regla 516 no se interpretará restrictivamente; para enmendar los incisos (e), (f), y (r) de la regla 805 de las Reglas de Evidencia de Puerto Rico, a los fines de aclarar que el jurado solo podrá escuchar la prueba de referencia, y requerir una declaración jurada en lugar de una certificación del custodio de la prueba o testigo cualificado; para crear un nuevo inciso (c) de la regla 901 de las Reglas de Evidencia de Puerto Rico, a los fines de atender impugnaciones sobre prueba autenticada que resultó ser creada mediante inteligencia artificial generativa; para enmendar el inciso (l) de la regla 902 de las Reglas de Evidencia de Puerto Rico, a los fines de crear nuevos incisos (l) y (m) sobre como autenticar registros certificados generados por un proceso o sistema electrónico, y datos certificados copiados de un dispositivo electrónico, medio de almacenamiento o archivo; y para otros fines relacionados.
Para añadir una nueva Sección 4030.29 a la Ley Núm. 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011” con el fin de establecer una exención del pago del impuesto sobre ventas y uso sobre los pañales de adultos o los protectores absorbentes desechables para camas y superficies utilizados por adultos mayores; y para otros fines relacionados.
Para enmendar la Ley 129-2020, conocida como “Ley de Condominios de Puerto Rico”, a los fines de fortalecer los derechos de los titulares, promover la transparencia administrativa y financiera, establecer un Capítulo especial sobre conductas delictivas, penalidades y otras medidas, y ampliar el acceso a remedios judiciales mediante estados provisionales de derecho; enmendar la Ley Núm. 140-1974, conocida como “Ley sobre Controversias y Estados Provisionales de Derecho”, para incluir expresamente las controversias relacionadas con condominios dentro de su ámbito de aplicación; y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley de Derecho a Reparar”, a los fines de establecer que será obligación de los fabricantes entregar a los consumidores y proveedor de reparaciones la documentación necesaria para diagnosticar y reparar el equipo adquirido; hacer disponible para la venta las piezas necesarias para reparar el equipo y los equipos necesarios para efectuar diagnósticos de reparación; y otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 18 de la Ley 42-2017, según enmendada, conocida como la “Ley para la Implantación del Plan para la Reorganización de la Industria del Cannabis Medicinal de Puerto Rico” a los fines de atemperar las regulaciones bancarias para con los negocios relacionados al cannabis medicinal a la de las demás jurisdicciones de los Estados Unidos y al gobierno federal; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 1.033 de la Ley Núm. 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”; a los fines de disponer una licencia especial para los Legisladores Municipales que cursan estudios en institución educativa pública o privada; establecer requisitos; disponer sobre procedimientos internos en las instituciones educativas públicas y privadas en beneficio de estos estudiantes; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 36.5 de la Ley 239-2004, según enmendada, conocida como “Ley General de Sociedades Cooperativas de Puerto Rico de 2004”; a los fines de aclarar que la jurisdicción sobre el trámite y examen de documentos constitutivos de las cooperativas eléctricas es de la Comisión de Desarrollo Cooperativo de Puerto Rico, y aclarar la jurisdicción regulatoria del Negociado de Energía de Puerto Rico sobre las cooperativas de energía.
Para añadir un nuevo Artículo 1, enmendar y renumerar los actuales Artículos 1 y 2 como nuevos Artículos 2 y 3 respectivamente, así como renumerar los actuales Artículos 3, 4 y 5 como nuevos Artículos 4, 5 y 6 de la Ley 185-2018, conocida como “Ley del Foro Anual para la Prevención y Combate de la Delincuencia Juvenil”, a los fines de enmendar su título, ampliar el alcance de dicho Foro Anual de la Asamblea Legislativa para que su celebración se extienda a toda la segunda semana de agosto de cada año, incluir expresamente el abuso o maltrato de menores dentro del proceso de discusión informada que este Foro mandata y añadir a los municipios, el Departamento de Educación, la Policía de Puerto Rico, el Departamento de Familia, el Departamento de Justicia, el Departamento de Corrección y Rehabilitación, la Oficina de la Administración de Tribunales, entre otros, como participantes del mismo, con el propósito de identificar ajustes o cambios a los esfuerzos interagenciales y municipales de programas en uso y las enmiendas necesarias al marco legal vigente en Puerto Rico sobre estos temas fundamentales; y para otros fines relacionados.”
Para enmendar el artículo 2, añadir un nuevo inciso a, enmendar el inciso d, eliminar los incisos e y f; renumerar los incisos posteriores del artículo 2; añadir un subinciso 5 al artículo 2 (g); enmendar los artículos 3, 4, 5, 6 inciso a, añadir un nuevo inciso b y c y reenumerar los incisos subsiguientes; enmendar ellos artículos 7, 8, 9, 10; enmendar el artículo 11, incisos a y b, añadir los incisos (d) y (e) y añadir un nuevo subinciso (d); enmendar los artículos 12, 14, 15, 17, 20; enmendar el artículo 21 inciso “e”; enmendar los artículos 23, 26, 27, 28, 29; enmendar el artículo 31 incisos 2, 3 y 6, añadir los incisos 7, 8, y 9; enmendar los artículos 32 y 35 de la "Ley de la Junta Examinadora de Maestros y Oficiales Plomeros y del Colegio de Maestros y Oficiales Plomeros de Puerto Rico" a los fines de a los fines realizar enmiendas técnicas a la ley, modificar la estructura de los diversos grados en que se puede practicar el oficio, incorporar cambios en la educación continua y mejorar los mecanismos de vigilancia y seguimiento de la práctica del oficio en Puerto Rico; regular los procesos para obtener la certificación de ayudante de plomero; detallar los deberes y facultades de la Junta, y para otros fines relacionados.
Para establecer la “Ley para Declarar un Estado de Emergencia por Violencia Infantil en Puerto Rico”, a los fines de declarar un estado de emergencia estatal por la violencia infantil, según las disposiciones y términos que establece esta Ley; y para otros fines relacionados.
Para crear un registro de personas convictas por violar las disposiciones de la Ley 154-2008, según enmendada, conocida como “Ley para el Bienestar y la Protección de los Animales”; establecer quiénes serán registrados en el mismo, sus deberes y obligaciones; proveer sobre la disponibilidad de la información; prohibir a personas convictas por maltrato de animales poder adquirir, criar, vender o adoptar animales; establecer las obligaciones de las personas o entidades que se dedican al cuidado, crianza o venta de animales; fijar penas; enmendar el segundo párrafo del Artículo 2A de la Ley Núm. 259 de 3 de abril de 1949, según enmendada, que establece el sistema de libertad a prueba y el inciso (a) del Artículo 3 de la Ley Núm. 118 de 22 de julio de 1974, según enmendada, que crea la Junta de Libertad Bajo Palabra, a fin de imponer como condición al beneficio de libertad a prueba y libertad bajo palabra el haber sido registrado según lo dispone esta Ley; y para otros fines relacionados.
Para declarar y reconocer que el primer domingo del mes de noviembre de cada año será conocido como el “Día de la Movilidad Asistida”, con el propósito de crear conciencia y propiciar el auto desempeño y el bienestar de las personas con discapacidad y/o que presenten lesiones que requieran utilizar la asistencia de equipos para lograr obtener su movilidad; y para otros fines relacionados.
Para enmendar la Ley Núm. 168 de 30 de junio de 1968, según enmendada, conocida como “Ley de Exenciones Contributivas a Hospitales”, a los fines de añadir un nuevo Artículo 4 para otorgar un beneficio de exención total del pago de contribuciones sobre la propiedad mueble aplicable a equipos médicos nuevos utilizados para el tratamiento y diagnóstico de cáncer, a oficinas médicas oncológicas, centros de tratamiento de cáncer y otras unidades que brinden servicios a pacientes de cáncer; y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley para Regular la Profesión de los Emplazadores en Puerto Rico”, a los fines de establecer un marco uniforme de requisitos, deberes, responsabilidades y estándares éticos para el ejercicio de la función emplazadora; disponer un sistema de licenciamiento, educación y fiscalización; crear un Registro de Emplazadores Autorizados; establecer un procedimiento disciplinario y penalidades; y para otros fines relacionados.
Para establecer la “Ley para el Permiso Especial de Construcción de Hogares Verdes”; disponer política pública, establecer el alcance e interpretación con otras leyes y reglamentos; para enmendar el Artículo 3 de la Ley Núm. 75 de 24 de junio de 1975, según enmendada, mejor conocida como la “Ley Orgánica de la Junta de Planificación de Puerto Rico”; para enmendar el Artículo 1.5 y añadir un nuevo Artículo 8.17 a la Ley 161-2009, según enmendada, mejor conocida como la “Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico”; y para enmendar los Artículos 6.007, 6.026, 6.028 y 8.001 de la Ley 107-2020, según enmendada, mejor conocida como el “Código Municipal de Puerto Rico”; a fin de establecer una alternativa razonable, luego de cumplir con estrictos requisitos, para permitir la lotificación y construcción de residencias que no representen impacto a las utilidades del Estado, y que a su vez permitan el desarrollo de viviendas para nuestra gente en lugares asequibles económicamente, siendo ecológicamente responsables y cercanos a sus comunidades y entorno social, entre otras cosas.
Para enmendar los Artículos 48, 53, 59 y 69 de la Ley Núm. 129-2020, según enmendada, conocida como “Ley de Condominios de Puerto Rico”, a los fines de incluir salvaguardas y protecciones a fondos pagados por los Titulares; evitar conflictos de interés y abusos de poder por las Juntas Directivas; facilitar y agilizar las reclamaciones de los Titulares ante los foros judiciales; para disponer medidas cautelares sobre cheques o cualesquiera otros instrumentos negociables con cargos a la cuenta del Consejo de Titulares; y para otros fines relacionados
Para crear la “Ley para la Regulación de Espacios Sanitarios Públicos del Gobierno de Puerto Rico”, a los fines de establecer un marco normativo uniforme aplicable a todas las agencias, dependencias, instrumentalidades, corporaciones públicas, incluyendo a la Universidad de Puerto Rico y sus recintos y los municipios; regular el uso y la designación de baños públicos de ocupación múltiple; salvaguardar la privacidad, dignidad e integridad de las personas; disponer acomodos razonables; e imponer multas por incumplimientos y para otros fines relacionados.
Para enmendar la Regla 9.3 de las Reglas de Procedimiento Civil de Puerto Rico, según enmendadas, a los fines de añadir los criterios a ser considerados por el tribunal cuando una parte solicite la descalificación de un abogado; y, para otros fines relacionados.
Para enmendar el inciso (j) del Artículo 4(A) de la Ley Núm. 108 de 29 de junio de 1965, según enmendada, conocida como la “Ley para Regular las Profesiones de Detectives Privados y Guardias de Seguridad en Puerto Rico”, a los fines de eximir a los empleados municipales de la prohibición de obtener o renovar una licencia como detective privado, y para otros fines relacionados.
Para añadir un nuevo Artículo 247A a la Ley Núm. 146-2012, según enmendada, conocida como “Código Penal de Puerto Rico”, a los fines de tipificar como delito la obstrucción a vías públicas que afecten el orden público; y, para otros fines relacionados.
Para enmendar el Articulo 6, inciso ff de la Ley 122-2019, conocida como “Ley de Datos Abiertos del Gobierno de Puerto Rico”, a los fines de establecer una excepción en las facultades de revisión, evaluación y aprobación de cualquier proyecto de creación, implantación, modificación, migración y actualización de las bases de datos, innovación, información y tecnología a ser adoptadas por las agencias, cuando los fondos para sufragar dichos proyectos sean subvencionados en su totalidad con fondos federales; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los Artículos 3 y 7 en la Ley 430-2000, según enmendada, mejor conocida como la “Ley de Navegación y Seguridad Acuática de Puerto Rico”; a los fines de establecer el uso mandatorio de protectores de hélices en toda embarcación, establecer cuáles serán las embarcaciones exentas; definir “protector de hélice”; disponer el importe de multa administrativa por el incumplimiento con esta Ley; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 4 de la Ley Núm. 17-2004, mejor conocida como la “Ley de la Reserva Marina Tres Palmas a los fines de incluir como parte de la Reserva Marina la franja de terreno obtenida mediante la sentencia del caso Autoridad de Carreteras y Transportación v. Sucesión Francisco Levy Cumpiano (KEF-2006-0571) propiedad de la Autoridad de Carreteras; disponer la aplicabilidad de las disposiciones que regulan la Reserva Marina a la franja de terreno; y para otros fines.
Para crear la “Ley de Rescate al Empresario Puertorriqueño” a los fines de establecer un programa de reembolso salarial, beneficios y planes de pago de utilidades para las empresas que ante una merma en el volumen de ventas, ganancias o producción que deseen proteger la cantidad de empleados que tienen a tiempo completo y/o transicional los empleados de medio tiempo a tiempo completo; establecer los requisitos de elegibilidad para que una empresa pueda acogerse a los beneficios dispuestos bajo esta Ley; definir las facultades y responsabilidades de la Compañía de Comercio y Exportación de Puerto Rico en la administración de esta Ley; derogar el Artículo 2.4 de la Ley Núm. 120 de 31 de julio de 2014, según enmendada, conocida como la “Ley de Incentivos para la Generación y Retención de Empleos en PyMEs”; asignar fondos para su implementación; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los Artículos 2 y 5 de la Ley Núm. 132 - 2009, según enmendada, conocida como la "Ley Habilitadora para implantar el Plan de Alerta Silver"; a los fines de aclarar el periodo de tiempo en el que se emitirá la alerta; y para otros fines relacionados.
Para añadir el inciso (q) al Artículo 5 de la Ley 60-2014, según enmendada, conocida como "Ley Uniforme de Vehículos Oficiales del Gobierno de Puerto Rico", a los fines de exceptuar de sus disposiciones a los comisionados auxiliares, comandantes de zona, jefes de distrito y al director de transportación del Negociado del Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico, en consideración a las facultades, poderes y deberes que ejercen dichos funcionarios; y para otros fines relacionados.
Para emnendar los artículos 623 y 632 del Código de Enjuiciamiento Civil de Puerto Rico de 1933, según enmendado, a fin de requerir queen procedimientos de desahucio contra veteranos se notifique a la Oficina de Procurador del Veterano; armonizar ambos artículos; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 1.02 y el Artículo 2.02 (e) de la Ley 168-2019, mejor conocida como la “Ley de Armas de Puerto Rico de 2020”, según enmendada con el propósito de añadir un inciso (rr) y enmendar el Artículo 2.02 (e) con el propósito de añadir nuevos incisos; y para otros fines relacionados.
Para añadir un inciso 3. al Artículo 3.2 de la Ley 1-2012, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica de la Oficina de Ética Gubernamental de Puerto Rico”, con el fin de ordenar como parte de las facultades y deberes del Centro para el Desarrollo del Pensamiento Ético (CDPE) el establecer acuerdos colaborativos con la Escuela Graduada de Administración Pública, Roberto Sánchez Vilella (EGAP) de la Universidad de Puerto Rico (UPR), para integrarlos expresamente como recursos en las iniciativas educativas, los programas formativos de adiestramientos, proyectos y campañas de difusión que se realicen como parte de la política pública de prevención que se dispone por ley; así como para otros asuntos relacionados.
Para crear la “Ley del Sistema de Emergencias 9-1-1”, definir sus funciones y deberes, asignar los recursos necesarios para su constitución y operación, garantizar que el uso de los fondos recibidos para el Sistema de Emergencias 9-1-1 se utilicen de acuerdo con la regulación federal vigente, prohibir el uso de dichos fondos para propósitos contrarios a esta legislación, disponer su independencia fiscal y administrativa, enmendar los Artículos 1.06 y 1.16, así como derogar el Capítulo 4 de la Ley 20-2017, según enmendada, conocida como “Ley del Departamento de Seguridad Pública”, a los fines de excluir al Negociado del Sistema de Emergencias 9-1-1 de dicho departamento, eliminando la burocracia operacional en la que se encuentra que afecta el debido descargue de sus deberes y la prestación de este servicio público, en específico en cuanto a la aprobación de contratos de servicios esenciales para su debido funcionamiento y el que pueda agilizar el reclutamiento de empleados(as) para mejorar el tiempo de llamadas en espera y el tiempo de respuesta, entre otros asuntos; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los Artículos 1 y 3 de la Ley Núm. 18 de 30 de octubre de 1975, según enmendada, conocida como “Ley de Registros de Contratos”, a los fines de que se incluya en dicho registro una certificación de la persona jurídica o natural contratante, expresamente autorizada para subcontratar, que identifique a los subcontratistas para llevar a cabo los servicios o labores que se establecen en el contrato otorgado, así como que se remita dicha certificación dentro de los términos dispuestos a la Oficina del Contralor(a); y para otros fines relacionados.
Para declarar el 25 de marzo de cada año como el “Día del Niño por Nacer” para promover así, la celebración, el respeto y la defensa a la vida humana desde el momento de la concepción; responsabilizar al Departamento de Estado de organizar y patrocinar las actividades correspondientes a este día; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el inciso (A) de la Sección 2 de la Ley Num. 221 de 15 de mayo de 1948, según enmendada, a los fines de imponer penalidades mas severas por violaciones a dicha Ley; y para otros fines relacionados.
Para añadir un inciso 24 al Artículo 10 de la Ley 151-2004, según enmendada, conocida como "Ley de Gobierno Electrónico", a los fines de establecer en el portal electrónico principal del Gobierno de Puerto Rico un enlace que permita el acceso al portal del Registro de Personas Convictas por Delitos Sexuales y Abuso Contra Menores, y para otros fines relacionados.
Para añadir un nuevo Artículo 1.118 y renumerar los subsiguientes; añadir nuevos Artículos 10.27, 10.28 y 10.29 a la Ley Núm. 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, a los fines de prohibir la práctica conocida como “voceteo” en horario nocturno, reconocer la facultad de las legislaturas municipales para regular dicha práctica; establecer sanciones administrativas; establecer la facultad de reglamentación para el Estado y los distintos municipios; y para otros fines relacionados.
Para enmendar la Ley Núm. 97 de 10 de junio de 2000, según enmendada, conocida como “Ley de Rehabilitación Vocacional de Puerto Rico”, a los fines de ordenar a la Administración de Rehabilitación Vocacional la revisión y actualización de las tablas de subsidio de transportación para estudiantes participantes de sus programas; establecer un mecanismo de revisión periódica; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los Artículos 10, 23, 148, 149, 235 y 240 de la Ley Núm. 210-2015, según enmendada, conocida como la “Ley del Registro de la Propiedad Inmobiliaria del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, con el propósito de mejorar la precisión y confiabilidad de las descripciones inmobiliarias; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los Artículo 2 y 3; y añadir un nuevo Artículo 4 a la Ley 217-2006, que establece un Protocolo para Manejar Situaciones de Violencia Doméstica en lugares de trabajo o empleo; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 2 de la Ley 268-1998 y la Sección 7 de la Ley Núm. 17 de 17 de abril de 1931, según enmendada, a los fines de eliminar la práctica administrativa de los patronos, incluyendo las agencias, instrumentalidades, corporaciones públicas y municipios del Gobierno de Puerto Rico, de condicionar la forma de pago del salario de empleados regulares al balance de días acumulados de vacaciones o cualquier licencia; establecer el depósito directo como método ordinario de pago cuando el empleado así lo autorice; disponer excepciones razonables; y para otros fines relacionados.
Para enmendar la Sección 2 de la Ley Núm. 99 de 5 de mayo de 1941, según enmendada conocida como “Ley para Prohibir el Nepotismo en el Nombramiento de Funcionarios y Empleados de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico”, a los fines de fortalecer los controles para evitar el nepotismo en la Asamblea Legislativa.
Para añadir un inciso (39) al apartado (a) de la Sección 1031.02 de la Ley Núm. 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011”, a los fines de eximir a los empleados y funcionarios públicos del Gobierno de Puerto Rico, sus instrumentalidades, corporaciones públicas y municipios del pago de contribuciones sobre los ingresos devengados por concepto de la liquidación del pago de licencias por vacaciones y enfermedad acumuladas como resultado de su retiro, renuncia o cese de servicio; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el inciso (b) del Artículo 73 de la Ley 146-2012, según enmendada, conocida como el “Código Penal de Puerto Rico”, a los fines de disponer que en los casos donde se configure reincidencia agravada se aumentará treinta (30) años a la pena fija dispuesta por ley para el delito cometido.
Para enmendar el inciso (c) de la regla 4.3 de las “Reglas de Procedimiento Civil de 2009”, según enmendadas, con el propósito de reducir a sesenta (60) días el término para diligenciar emplazamientos, prorrogable por treinta (30) días adicionales previa oportuna solicitud cuando medie justa causa a discreción del tribunal.
Para enmendar la Sección 14L de la Ley Núm. 75 de 8 de agosto de 1925, según enmendada, conocida como “Ley de la Junta Dental Examinadora” a los fines de facultar a la Junta Dental Examinadora de Puerto Rico a emitir licencias provisionales a asistentes dentales; y para otros fines relacionados.
Para establecer guías voluntarias para programas de igualación de donaciones corporativas dirigidas a arcas públicas mediante el uso de incentivos fiscales existentes; promover que empresas igualen las donaciones de sus empleados a fondos públicos designados sin crear nuevos impuestos ni gastos adicionales al erario; fomentar la filantropía corporativa y ciudadana para apoyar prioridades fiscales en Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Para establecer guías para que las aseguradoras ofrezcan cobertura de brecha digital que integre riesgos cibernéticos y de interrupción de negocios; promover la inclusión voluntaria de estas coberturas en pólizas comerciales y gubernamentales para mitigar impactos en la era digital; sin imponer costos adicionales al erario ni obligaciones mandatorias a las empresas o consumidores; y para otros fines relacionados.
Para establecer guías para la implementación de licencias flexibles post-parto en el sector privado; promover opciones adaptables que incluyan trabajo remoto, horarios flexibles y extensiones parciales de licencia para apoyar a las nuevas madres y familias sin costos adicionales al erario; requerir su adopción obligatoria en empresas con 15 empleados o más, mientras que sea voluntaria para empresas con menos de 15 empleados; fomentar el aumento en las tasas de natalidad en Puerto Rico mediante políticas familiares equilibradas; y para otros fines relacionados.
Para incentivar donaciones voluntarias a fondos públicos mediante el redondeo de compras en plataformas digitales y establecimientos comerciales que recolecten el Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU); crear un marco voluntario para que plataformas de pago y comercios ofrezcan la opción de redondear el monto de transacciones al dólar superior y donar la diferencia a arcas estatales designadas; promover la filantropía ciudadana sin imponer impuestos nuevos ni costos adicionales a los consumidores o empresas; y para otros fines relacionados.
Para implementar la verificación electrónica de documentos apostillados; enmendar la Ley Núm. 26 de 22 de abril de 1975, conocida como la "Ley Orgánica del Departamento de Estado", a fin de incorporar disposiciones sobre sistemas electrónicos de verificación; promover la eficiencia administrativa, la seguridad y la accesibilidad en la autenticación de documentos públicos para uso internacional; y para otros fines relacionados.
Para regular la publicidad mediante el uso de Inteligencia Artificial en el mercadeo; exigir la divulgación clara y obligatoria cuando el contenido publicitario sea generado por IA; proteger a los consumidores de engaños y confusiones; y para otros fines relacionados.
Para implementar certificaciones digitales para entrenadores deportivos; enmendar la Ley Núm. 8 de 8 de enero de 2004, conocida como la "Ley Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes", a fin de incorporar disposiciones sobre emisión y renovación digital de licencias; promover la modernización de sistemas administrativos, el ahorro de materiales y la eficiencia en procesos; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Código de Seguros de Puerto Rico, Ley Núm. 77 de 19 de junio de 1957, según enmendada, a fin de establecer guías voluntarias para la oferta de seguros paramétricos contra desastres naturales; promover pagos automáticos basados en factores predefinidos para mitigar impactos económicos sin costos adicionales al erario ni obligaciones mandatorias a las aseguradoras o consumidores; y para otros fines relacionados.
Para designar el primer párrafo del Artículo 2.6 como inciso (a) y añadir un nuevo inciso (b) a la Ley Núm. 106 de 23 de agosto de 2017, según enmendada, conocida como “Ley para Garantizar el Pago a Nuestros Pensionados y Establecer un Nuevo Plan de Aportaciones Definidas para los Servidores Públicos”, con el propósito de incluir a los padres o madres que se separen del servicio para dedicarse al cuido de sus hijos con incapacidad o enfermedad terminal, permitiéndoles acceder a los beneficios de retiro acumulados; y para otros fines.
Para añadir un nuevo inciso (c) y (d), redesignar los actuales incisos (c) al (x), respectivamente, como incisos (e) al (z) del Artículo 3, enmendar los Artículo 5 y 16 y añadir un nuevo Artículo 23-A de la Ley Núm. 8-2004, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes”; a los fines de crear el Carnet Nacional Deportivo como mecanismo de control, trazabilidad y seguimiento del cumplimiento de las disposiciones legales, emocionales y formativas aplicables a los atletas menores de edad y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 5 de la Ley 182-1996, según enmendada, conocida como “Ley del Promotor de Espectáculos Públicos”, así como el Artículo 3 de la Ley 209-2016, según enmendada, conocida como “Ley para la Transparencia en el Recibo de Compra”, a los fines de disponer expresamente que, ante la suspensión o cancelación de cualquier festividad, evento público, cultural, artístico, recreativo y/o turístico, el consumidor tendrá derecho al reembolso total de la suma pagada por concepto de boletos, cargos por servicio, manejo u otros costos asociados, dentro de un término no mayor de quince (15) días; y para otros fines relacionados.
Para enmendar las Reglas 172 y 177 de las Reglas de Procedimiento Criminal, según enmendadas, a los fines de atemperar su contenido a lo dispuesto en el Artículo 57 de la Ley Núm. 146-2012, según enmendada, conocida como "Código Penal de Puerto Rico", para garantizar los derechos de los ciudadanos en la etapa de cumplimiento de la pena de multa en los procedimientos criminales; permitir excepciones de conformidad con la Sección 4 de la Ley Núm. 34-2021, conocida como "Ley para la Imposición de la Pena Especial del Código Penal de Puerto Rico"; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los Artículos 3 y 12; y añadir un nuevo Artículo 12.2 a la Ley Núm. 194 de 4 de agosto de 1979, según enmendada, conocida como “Ley del Ejercicio de la Medicina Veterinaria de Puerto Rico”, a los fines de aclarar y precisar los requisitos para solicitar los exámenes de reválidas, así como obtener licencias provisionales bajo esta Ley; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el inciso (cc) del Artículo 1.02, añadir un nuevo subinciso (12) al inciso (e), enmendar y redesignar el inciso (k) como inciso (i), redesignar el inciso (1) como inciso (j), respectivamente, del Artículo 2.02, y enmendar los Artículos 6.05 y 6.08 de la Ley 168-2019, según enmendada, conocida como "Ley de Armas de Puerto Rico de 2020", a los fines de modificar la definición de "Parte de Arma de Fuego" e incluir como delito poseer, portar o transportar "Parte de Arma de Fuego", según definida en la propia Ley; y para otros fines relacionados.
Para enmendar los articulos '1, 2, 3, 4 y 5 de la Ley 33-2008, según enmendada, coúinmente llamada "Ley del Programa de Monitoreo de Calidad en el Servicio Público", con el propósito de incluir a los municipios, entre las entidades públicas que deben establecer programas de monitoreo de calidad en los servicios ofrecidos; enmendar el Articulo 1.010 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico", a los fines de atemperar sus disposiciones con la presente Ley; y para otros fines relacionados.
Para crear la "Ley de Maneio de Estudiantes con Dermatitis Atópica en las Escuelas Públicas y Privadas", a fin de establecer el procedimiento a seguir en las aulas para el manejo, acomodos y tratamiento adecuado de los estudiantes con dermatitis atópica; prohibir el discrimen por razón de su condición médica; y para otros fines relacionados.
Para enmendar las secciones 2.01, 3.01, 4.01, 5.01, 6.01, 6.02, 7.03, 7.04, 7.05, 8.01, suprimir la actual Sección 8.02, reenumerar la actual Sección 8.03, como 8.02, y, a su vez, enmendarla, enmendar las secciones 9.03, 10.03, 11.01, 11.02, 11.03, 11.04, 12.01 y 12.02 de la Ley 18-2012, según enmendada, conocida como “Ley de Reciclaje y Disposición de Equipos Electrónicos de Puerto Rico”, con el propósito de incluir en la definición de “equipos electrónicos”, lo que son los equipos portátiles de energía solar renovable, incluyendo los sistemas fotovoltaicos (PVS) y los sistemas de almacenamiento en batería (BSS), las baterías de iones de litio de vehículos eléctricos y cualquier otro aparato análogo portátil que se use para almacenar electricidad, y los cargadores de batería de iones de litio de vehículos eléctricos y cualquier otro componente de sistemas de energía solar que pueda reciclarse o que necesite un proceso especial de disposición; hacer correcciones técnicas en la Ley, en consideración a la promulgación del “Plan de Reorganización del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales de 2018”; y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley de Inteligencia Artificial como herramienta de trabajo e instruccional para estudiantes y maestros en el Departamento de Educación de Puerto Rico” y establecer el marco legal; para el uso ético y responsable de la inteligencia artificial (IA) en el sistema educativo de Puerto Rico, con el objetivo de mejorar la calidad de la enseñanza; personalizar el aprendizaje y preparar a los estudiantes para un futuro impulsado por la IA; y para otros fines relacionados.
“Para conceder al Departamento de la Familia la facultad para licenciar y supervisar los establecimientos privados y públicos existentes en Puerto Rico dedicados al cuidado de adultos con impedimentos; y para otros asuntos relacionados.”
Para enmendar el inciso (n) del Artículo 3.4 de la Ley 10-2017, según enmendada, conocida como "Ley Orgánica de la Oficina para el Desarrollo Socioeconómico y Comunitario de Puerto Rico", a los fines de establecer, actualizar y publicar digitalmente en la página cibernética oficial de la Oficina los programas, beneficios, servicios, actividades e instalaciones disponibles para los adultos mayores, tanto en las agencias gubernamentales, así como en entidades privadas; además, incluir un listado actualizado de las comunidades especiales por distrito para facilitar y acceder a canales de comunicación efectivos; y para otros fines relacionados.
“Para derogar la Ley 217-2006, conocida como “Ley del Protocolo para Manejar Situaciones de Violencia Doméstica en Lugares de Trabajo o Empleo” y crear la “Ley para la Protección Laboral de Víctimas Sobrevivientes de Violencia Doméstica de Puerto Rico”; y para otros fines relacionados.”
Para añadir el inciso (x) al Artículo 41.050 de la Ley 77 de 19 de junio de 1957, según enmendada, conocida como “Código de Seguros de Puerto Rico” a los fines de extender los límites de responsabilidad civil por impericia médico-hospitalaria a los que está sujeto el Gobierno de Puerto Rico, al Hospital San Fernando de la Carolina, independientemente sea operado o administrado por una institución privada, de los y para otros fines relacionados.
“Para añadir un nuevo Artículo 24 y renumerar los actuales Artículos 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32 como los Artículos 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32 y 33 de la Ley 8-2004, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes”, con el fin de promover la innovación, tecnología e inteligencia artificial en el deporte; y para otros fines.”
Para adicionar una nueva Sección 3c en la Ley Núm. 19 de 30 de marzo de 1944, según enmendada, con el propósito de declarar reservas agrícolas educativas, los terrenos adquiridos para la enseñanza agrícola en las escuelas pertenecientes al sistema público de educación; establecer la política pública que regirá las disposiciones de esta Sección; crear resoluciones de zonificación especial, para los terrenos aquí declarados como reservas agrícolas educativas; crear planes de desarrollo; delimitar las facultades del Secretario de Educación, con respecto a la implantación de esta Ley; y para otros fines relacionados.
Para crear el “Programa de Desvío para la Reeducación en Casos de Explotación Financiera que constituyan delito grave cometido por familiares de personas de edad avanzada o incapacitados” a los fines de establecer un programa de reeducación para aquellas personas que se declaren culpable o convicto que fueren del Artículo 127-C de la Ley 146-2012, según enmendada, conocida como “Código Penal de Puerto Rico” y tengan un vínculo de consanguinidad o afinidad con la víctima, para autorizar la expedición automática de orden de protección en estos casos; para enmendar el Artículo 127-C (b)(2) de la Ley 146-2012, según emendada, conocida como “Código Penal de Puerto Rico”; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el inciso (d) del Artículo 5 de la Ley 156-2006, según enmendada, denominada “Ley de Acompañamiento durante el Trabajo de Parto, Nacimiento y Post-parto”, con el propósito de requerir la designación de espacios idóneos para la lactancia de personas recién nacidas que se encuentren bajo cuidado o tratamiento en las unidades neonatales de cuidado intensivo; y para decretar otras disposiciones complementarias.
Para crear el “Programa de Internado Tecnológico del Servicio Público”, para brindar experiencia práctica a los estudiantes universitarios en las agencias e intrsumentalidades públicas del Gobierno de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Para añadir los nuevos Artículos 6-A y 8; enmendar los Artículos 4, 5, 6 y 7; y reenumerar los actuales Artículos 8, 9 y 10 como Artículos 9, 10 y 11 a la Ley 133-2024, conocida como la “Ley para la Prevención y Protección Contra el Acoso y Hostigamiento Sexual en el Deporte en Puerto Rico”, a los fines de fortalecer los mecanismos de cumplimiento, fiscalización y prevención mediante la creación de un Registro de Cumplimiento de Entidades Deportivas, la adopción de un Protocolo Uniforme de Prevención y Respuesta, la implantación de un mecanismo de denuncia confidencial, y para otros fines relacionados.
Para establecer la “Ley para la Regulación de la Medicina Estética en Puerto Rico”; establecer responsabilidades y prohibiciones, fijar penalidades; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar un estudio abarcador sobre la viabilidad de establecer un programa adicional de paradas de autobuses en zonas donde se ubican centros de cuidado, al igual que complejos de vivienda, para adultos mayores en la jurisdicción del Municipio de San Juan; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a las comisiones de la Región Norte; y de la Región Metro de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre aquellas medidas adoptadas por las agencias, corporaciones públicas, instrumentalidades y municipios dentro de la extensión territorial del Distrito Representativo Número 10, como parte de los preparativos para enfrentar la temporada de huracanes que comienza el 1 de junio de 2025 y culmina el 30 de noviembre de 2025; identificar la necesidad de llevar a cabo mantenimiento preventivo, reparaciones o mejoras en aquella infraestructura que sirva como refugios de emergencia; evaluar las condiciones de los sistemas de alcantarillado; evaluar las condiciones de los caños, canales, ríos y lagos de retención que discurren por dicha jurisdicción; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión Región Norte de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva dirigida a evaluar la magnitud de los daños estructurales que presenta el puente ubicado en la Calle II Principado de la Urbanización Covadonga, en el Municipio de Toa Baja, y los efectos del deslizamiento de terreno adyacente a la quebrada sobre cuyo cauce está construido el puente; requerir al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) y al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) evaluar la condición actual del puente y del terreno afectado, a fin de confirmar el riesgo a la seguridad de los residentes del sector e informar si estas agencias reclamaron los daños observados en el área afectada a la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA) tras el paso de los huracanes Irma y María, así como si tienen programadas medidas correctivas que permitan garantizar la seguridad de los residentes y la estabilidad de la infraestructura; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Recursos Naturales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva en torno al cumplimiento con la Orden Administrativa de Cumplimiento CWA-02-2016-31-3 emitida al amparo de la Ley de Aguas Limpias (Clean Water Act) por parte de la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos de América (EPA, por sus siglas en inglés) y la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico (AAA); e identificar las medidas correctivas y de mitigación necesarias para el buen funcionamiento del Sistema de Colección de Aguas Usadas del Desarrollo Quintas de Dorado. ubicado en el Municipio de Dorado, Puerto Rico.
Para ordenar a las Comisiones de Salud; y de Asuntos Municipales de la Cámara de Representantes, realizar una investigación exhaustiva sobre el cumplimiento de la Oficina Estatal de Control de Animales, adscrita al Departamento de Salud de Puerto Rico, y a los gobiernos municipales, con su deber para con el recogido y tratamiento de animales realengos; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico que investigue el efecto de la contaminación de plomo por las líneas de servicio de agua en la salud de las personas y comunidades; en qué fase de implementación está el Plan de reemplazo de líneas de servicio de plomo de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico; si la agencia está cumpliendo con sus metas internas de para remplazar todas las líneas de servicio de plomo para el año 2034; y cuál es el plan manejo de para las personas afectadas por el plomo
Para ordenar a la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano y a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, a realizar una investigación exhaustiva sobre el manejo, cumplimiento y fiscalización de las normas relacionadas con la pintura a base de plomo en los complejos de vivienda pública de Puerto Rico por parte de la Administración de Vivienda Pública; evaluar el impacto de dichas actuaciones en la salud de los residentes, particularmente de menores de edad; identificar posibles fallas administrativas, operacionales y de supervisión; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a las Comisiones del Norte y de Gobierno de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre el problema energético, de voltaje y telecomunicaciones en los barrios Santiago, Quebrada, Abra Honda y Puertos del Municipio de Camuy.
Para ordenar a la Cámara de Representantes de Puerto Rico, reunida en Comisión Total y a tenor con las disposiciones de la Sección 18.5 del Reglamento de la Cámara de Representantes, a realizar una Sesión Especial de Interpelación a la Secretaria del Departamento de la Familia, Hon. Suzanne Roig Fuertes, a los efectos de requerir información relativa a la actual crisis de violencia y maltrato infantil en Puerto Rico.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos Municipales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva dirigida a evaluar la situación de la titularidad de los solares residenciales ubicados en el Sector Monserrate del Municipio Autónomo de Toa Baja, cuyos residentes no cuentan con títulos de propiedad, con el fin de identificar y evaluar los procesos necesarios para que se otorgue la titularidad a favor de sus residentes; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a las comisiones de Desarrollo Económico; y de Turismo de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre la viabilidad económica, social, ambiental y fiscal de desarrollar complejos regionales multifuncionales de entretenimiento, gastronomía, hotelería y eventos, de menor escala, inspirados en modelos existentes de éxito en Puerto Rico; solicitar memoriales explicativos a las agencias pertinentes; identificar regiones con potencial de desarrollo conforme a dichos estudios; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes realizar un estudio sobre el estado del Puente General Norzagaray, también conocido como Los Frailes, localizado en la Carretera Estatal PR-873, kilómetro 0.8, Barrio Tortugo, Río Piedras, en el término municipal de San Juan, que incluya una evaluación de su estado actual, posibles obras de conservación y su potencial como recurso histórico, turístico, comunitario y cultural.
Para ordenar al Departamento de Educación de Puerto Rico a investigar, validar y rendir un informe detallado sobre la implementación y efectividad de sus protocolos, políticas y procedimientos para la atención, identificación, notificación, manejo y seguimiento de sospechas de maltrato, maltrato institucional, negligencia y negligencia institucional de menores en el sistema escolar público, conforme a las disposiciones de la Ley 57-2023; para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a investigar las gestiones gubernamentales realizadas para identificar los terrenos aledaños al Aeropuerto Internacional Rafael Hernández, en Aguadilla, y al Aeropuerto José Aponte de la Torre, en Ceiba, que anteriormente formaron parte de la Base Ramey y de la Base Naval Roosevelt Roads; determinar cuáles de dichos terrenos son propiedad del Estado y se encuentran actualmente vacantes; realizar un inventario detallado de los mismos; evaluar su condición jurídica y uso actual; analizar posibles planes de desarrollo económico, social o de interés público; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación sobre la operación y práctica del “life coaching” en Puerto Rico; evaluar la necesidad de un marco regulatorio; analizar la necesidad de delimitar su alcance profesional frente a la terapia de salud mental; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Transportación y Obras Públicas de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva en torno al inventario, la condición estructural y la necesidad de mantenimiento de los distintos pasos peatonales ubicados en el Municipio de Bayamón; identificar áreas donde sea necesario mejorar o establecer facilidades adecuadas para el tránsito seguro de peatones; evaluar posibles riesgos a la seguridad pública; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre el manejo de los protocolos de intervención, procedimientos y medidas adoptadas por el Departamento de Educación para atender y reportar situaciones de maltrato, como cualquier otra situación referida que constituya o represente un riesgo para la salud física o emocional de los estudiantes o en su aprovechamiento académico; así como los recursos humanos y fiscales asignados y dirigidos a estos fines; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Secretaría de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, a tenor con las disposiciones de la Regla 16.2 sobre “Petición de Información o Documentos”, realizar una petición de información y documentos al Departamento de Transportación y Obras Públicas y a la Autoridad de Carreteras y Transportación, a los fines de que provea información actualizada sobre el estado de la infraestructura del puente conocido como “Puente del Millón” ubicado en la carretera PR-172 jurisdicción del Municipio de Cidra, así como las reparaciones realizadas a este, historial de mantenimiento y proyectos de reparación o construcción programados para mantener su infraestructura; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Recursos Naturales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva en torno a la situación de embarcaciones hundidas y abandonadas en Isleta Marina, en el municipio de Fajardo; analizar las medidas que debe adoptar el Gobierno para la prevención de estos sucesos; identificar los recursos necesarios para la remoción de dichas embarcaciones; y para otros fines relacionados.
Para ordenar al Departamento de Recreación y Deportes de Puerto Rico a transferir por el precio nominal de un dólar ($1.00) al Municipio de Juana Díaz las facilidades de chanchas de tenis ubicadas en la urbanización Tomás Carrión Maduro de dicho municipio, sin sujeción a las disposiciones de la Ley 26-2017, según enmendada, mejor conocida como ‘’Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal’’; y para otros fines relacionados.
Para ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), en coordinación con el Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS), que realicen la programación necesaria, para que se pueda adjuntar una certificación de validación de dirección a través de la aplicación de CESCO Digital, cuando la persona a renovar su licencia resida en la residencia de sus padres o de algún familiar y no tiene alguna evidencia de dirección a su nombre; y para otros fines relacionados.
Para reasignar a la Oficina de Obras Públicas del Municipio de Bayamón, la cantidad de ciento siete mil dólares ($107,000), provenientes de la Resolución Conjunta 110-2016, Sección 1; para ser utilizados según se desglosa en la Sección 1 de esta Resolución Conjunta; y para autorizar el pareo de los fondos reasignados.
Para designar con el nombre de “SFC Jorge A. ‘Rambo’ Otero Barreto”, el tramo de la carretera Núm. 2, desde el kilómetro 35.6, entrada al barrio Pueblo Nuevo, hasta el kilómetro 214.0, en la Urbanización Camino del Sol, en la jurisdicción del Municipio de Vega Baja, Puerto Rico; establecer sobre la señalización de la vía; y para otros fines relacionados.
Para designar con el nombre de "Dr. Luis Manuel 'Mañé' Collazo Romero" el Centro de Diagnóstico y Tratamiento del Municipio de Culebra, para honrar la memoria y reconocer su trayectoria y aportación como profesional de la salud y para otros fines relacionados.
Para designar el parque Municipal de Patillas con el nombre Gaspar Cochran y derogar la Resolución Conjunta núm. 64 del 2012
Para designar el tramo de la Carretera PR-866, ubicada en la Urb. Levittown, que discurre desde la Avenida Boulevard hasta la Panadería Aquino en intersección con la Avenida Amalia Paoli en el Municipio de Toa Baja, como Avenida Olga Tañón, en reconocimiento a su destacada trayectoria artística y su firme compromiso social y humanitario; autorizar la instalación de rótulos, autorizar el pareo de fondos; y para otros fines relacionados.
Para ordenar al Departamento de la Vivienda a adquirir al precio nominal de un (1.00) dólar por parte de la Autoridad de Tierras, los terrenos donde enclavan las viviendas de los residentes del barrio Paso Seco en el sector Paso Seco Abajo carretera 153 Km. 4.5 del Municipio de Santa Isabel, y una vez adquirida la titularidad, segregarlos y cederlos; otorgándole títulos de propiedad a los vecinos de la antes mencionada comunidad; disponiéndose que estas personas estarán exentos del cumplimiento del requisito de ingresos establecido en la Ley Núm. 132 de 1 de julio de 1975, según enmendada.
Para ordenar al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales el traspaso libre de costo al Municipio de Cabo Rojo de la titularidad, administración, control y manejo del Parque Nacional Balneario y Centro Vacacional de Boquerón; y para otros fines relacionados.
Para designar el tramo de la carretera PR-670 desde el kilómetro 5.7 hasta el kilómetro 9.3, jurisdicción del municipio de Vega Baja, con el nombre de Iván “Pudge” Rodríguez Torres; autorizar la instalación de rótulos; autorizar el pareo de fondos; y para otros fines relacionados.
Para ordenar al Departamento de Recreación y Deportes a traspasar el dominio de los inmuebles y facilidades que componen el Parque Colón al Municipio de Aguadilla, con arreglo a las disposiciones de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como el “Código Municipal de Puerto Rico”, a fin de que dicho Municipio pueda administrar, desarrollar y utilizar dichas facilidades para la celebración de eventos deportivos y recreativos, actividades de pequeñas ligas, eventos artísticos y culturales, así como para la prestación de servicios y actividades de índole comercial compatibles con su naturaleza, entre otros usos similares, que redunden en beneficio de la calidad de vida, el bienestar comunitario y el desarrollo socioeconómico de los residentes del área oeste y visitantes de todo Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Para designar el tramo de la Carretera PR-125 que discurre por el Municipio de Moca Barrio Capá con el nombre de "Nélida Cardona Ramírez", en honor a su labor y contribución como destacada líder comunitaria y filántropa mocana; y para otros fines relacionados
Para ordenar a la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación sobre la operación y práctica del “life coaching” en Puerto Rico; evaluar la necesidad de un marco regulatorio; analizar la necesidad de delimitar su alcance profesional frente a la terapia de salud mental; y para otros fines relacionados.
Para ordenar al Comite de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por virtud de la Ley 26-2017, segun enmendada, conocida coma "Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal", evaluar la transferencia al Municipio de Cabo Rojo, mediante los mecanismos contemplados en dicha Ley, del terreno y la estructura del antiguo cuartel estatal ubicado en la zona urbana de dicho Municipio, con el fin de utilizarlo para establecer diversos proyectos de desarrollo económico, educativos, comunitarios, turísticos y deportivos, así como otros proyectos de beneficio para la ciudadanfa en general.
Para designar con el nombre de “Hon. Carlos Romero Barceló” el túnel, conocido como “Túnel Minillas”, localizado al inicio de la Carretera PR-22, conocida como “Expreso de Diego”, justo antes de la intersección con el Expreso Román Baldorioty de Castro (PR-26), en el Municipio de San Juan; y para otros fines relacionados.
Para ordenar al Departamento de Agricultura y a la Junta de Planificación de Puerto Rico, a proceder con la liberación de las condiciones y restricciones sobre preservación e indivisión previamente impuestas y anotadas, según dispuesto por la Ley 107 Núm. de 3 de julio de 1974, según enmendada, al predio de terreno marcado con los número 13 en el Plano de Subdivisión de la Finca conocida como “La Trapa”, ubicado en el barrio Furnias, Río Cañas, Naranjales y Maravilla Sur del municipio de Las Marías y según consta en la Certificación de Título otorgada por la Corporación para el Desarrollo Rural de Puerto Rico a favor de Don Agustín Rosado Carlo y Doña Leonarda Martí Martínez; y para otros fines pertinentes.
Para ordenar al Negociado del Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico y al Departamento de Seguridad Pública del Gobierno de Puerto Rico, adquirir un camión bomba para incendios forestales a ser designado como parte de la flota de la estación de bomberos del Municipio de Sabana Grande.
Para ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas, a la Autoridad de Carreteras y Transportación, y cualquier otra agencia concerniente; incluir en sus Planes de Mejoras, como proyecto prioritario, la reconstrucción, repavimentación y optimización de la carretera PR-368 jurisdicción del Municipio de Sabana Grande; así como ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas, a la Autoridad de Carreteras y Transportación, y cualquier otra agencia concerniente; realizar las gestiones necesarias y pertinentes para lograr la asignación de fondos bajo los programas federales aplicables.
Para ordenar al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) a tomar acción inmediata para atender el problema de sedimentación en el cauce del Río Guanajibo, jurisdicción del Municipio de Sabana Grande; identificar y separar los fondos necesarios para la creación de un plan de trabajo que redunde en la limpieza del cauce, ya sea por fondos estatales así como de fondos federales de recuperación, reconstrucción y resiliencia, incluyendo aquellos asignados a través de los programas de Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA) o Cuerpo de Ingenieros del Ejército de EE. UU. (USACE); y para otros fines relacionados.
Para denominar con el nombre de “Noel Matías Borrelli” el tramo de la Carretera Estatal PR-364 ubicado en el Barrio Rincón del Municipio de Sabana Grande; ordenar a las agencias concernidas a adoptar las acciones necesarias para viabilizar dicha designación en el ámbito estatal; y para otros fines relacionados
Para ordenar al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) a tomar acción inmediata para canalizar el cauce de la quebrada que discurre entre el barrio tallaboa saliente, sector seboruco y la carretera PR-385 del municipio de Peñuelas; identificar y separar los fondos necesarios para la creación de un plan de trabajo que redunde en la canalización y limpieza del cauce, ya sea por fondos estatales así como de fondos federales de recuperación, reconstrucción y resiliencia, incluyendo aquellos asignados a través de los programas de Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA) o Cuerpo de Ingenieros del Ejército de EE. UU. (USACE); y para otros fines relacionados.
Para ordenar al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) en coordinación con el Departamento de la Vivienda, el Departamento de Justicia, la Compañía de Turismo de Puerto Rico y los municipios, la realización de un estudio integral sobre el impacto de los alquileres a corto plazo (incluyendo plataformas como Airbnb, VRBO y similares) en las comunidades residenciales de Puerto Rico; evaluar aspectos socioeconómicos, de vivienda asequible, calidad de vida, gentrificación, desplazamiento poblacional y sobrecarga en servicios municipales; y presentar recomendaciones para políticas públicas equilibradas que protejan tanto el desarrollo turístico como los derechos de los residentes, sin incurrir en gastos adicionales significativos al erario; y para otros fines relacionados.
Para designar con el nombre de "Teniente II Edwin Orlando Maldonado García", la Carretera Estatal PR-683, en el Municipio de Arecibo, para honrar la memoria y reconocer su vida de servicio a su comunidad; autorizar la instalación de rótulos; autorizar el pareo de fondos; y para otros fines relacionados.
Para ordenar al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC), al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH), a la Oficina de Innovación y Servicios de Tecnología de Puerto Rico (PRITS) y al Departamento de Educación de Puerto Rico (DEPR) a establecer de manera conjunta mecanismos y programas educativos que utilicen las escuelas vocacionales como plataforma para enseñar a los estudiantes actuales y egresados de estas instituciones los fundamentos del emprendimiento, el acceso al financiamiento y las oportunidades que ofrecen sus destrezas vocacionales en el contexto de la transformación del mundo laboral mediante la Inteligencia Artificial.
“Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por virtud de la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, la transferencia al Municipio de Vega Alta de las instalaciones de un almacén perteneciente a la Autoridad Escolar de Alimentos y al Departamento de Educación, localizado en la Carretera 647, Barrio Candelaria de dicho municipio; y para otros fines relacionados.”
Para ordenar al Departamento de Transportación y Obras Publicas de Puerto Rico (DTOP) a designar la Carretera Estatal PR-861, desde el kilómetro 0.0 al kilómetro 4.7 del Municipio Autónomo de Toa Alta con el nombre de "Pastora Wanda Rolón", en reconocimiento a su destacada labor pastoral, filantrópica y comunitaria tanto en Puerto Rico como en el extranjero; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Seguridad Pública y Asuntos del Veterano del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva en torno a las condiciones de infraestructura de los Cuarteles de la Policía de Puerto Rico en el distrito de Arecibo, así como, la disponibilidad y asignación de personal de mantenimiento en dichas instalaciones.
Para ordenar a la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico realizar una investigación sobre los posibles efectos nocivos que pudiera tener en los consumidores puertorriqueños la quiebra de Sunnova TEP Developer LLC, filial de Sunnova Energy International Inc., empresa que le ofrece servicios de financiamiento para sistemas solares en Puerto Rico, incluyendo préstamos, alquileres y acuerdos de compra de energía (PPA), a aproximadamente un 70% de los propietarios de paneles solares en la Isla; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Asuntos Municipales del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación amplia, continua y exhaustiva sobre los principales retos, desafíos emergentes y situaciones apremiantes que afectan a los gobiernos municipales en la Isla; examinar el marco legal aplicable, incluyendo la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, y cualquier legislación relacionada, con el propósito de evaluar su efectividad, pertinencia o necesidad de enmiendas; investigar el estado y sostenibilidad del financiamiento de los municipios, la prestación de servicios esenciales, el desarrollo de obras públicas, y otros asuntos fiscales y administrativos; analizar la interrelación entre el Gobierno Estatal, sus agencias y los gobiernos municipales; identificar mecanismos que fortalezcan la autonomía municipal, promuevan la eficiencia administrativa y mejoren la calidad de vida de los ciudadanos; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Relaciones Federales y Viabilización del Mandato del Pueblo para la Solución del Estatus del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación sobre la capacidad administrativa, técnica y fiscal del Gobierno de Puerto Rico para manejar y cumplir con los requisitos asociados a los fondos federales que recibe, incluyendo aquellos otorgados mediante procesos de Notice of Funding Opportunity (NOFO), la fiscalización de dichos fondos desde su otorgación hasta su impacto real en los servicios a la ciudadanía, la identificación de deficiencias en su manejo y ejecución, y para otros fines relacionados.
Para enmendar la Sección 3 de la R. del S. 309, aprobada el 27 de octubre de 2025, que ordena a la Comisión de Asuntos Municipales del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación amplia, continua y exhaustiva sobre los principales retos, desafíos emergentes y situaciones apremiantes que afectan a los gobiernos municipales en la Isla; examinar el marco legal aplicable, incluyendo la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, y cualquier legislación relacionada, con el propósito de evaluar su efectividad, pertinencia o necesidad de enmiendas; investigar el estado y sostenibilidad del financiamiento de los municipios, la prestación de servicios esenciales, el desarrollo de obras públicas, y otros asuntos fiscales y administrativos; analizar la interrelación entre el Gobierno Estatal, sus agencias y los gobiernos municipales; identificar mecanismos que fortalezcan la autonomía municipal, promuevan la eficiencia administrativa y mejoren la calidad de vida de los ciudadanos; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Salud a realizar una investigación exhaustiva sobre el uso, la administración y la fiscalización de los fondos federales asignados al sistema de salud de Puerto Rico, particularmente los diecinueve punto cinco (19.5) billones de dólares otorgados por el Congreso de los Estados Unidos, así como su impacto en las instituciones hospitalarias y en la prestación de servicios de salud a la población; y para otros fines relacionados.